CESION Cláusulas de Ejemplo

CESION. El presente contrato es intuito personae y en consecuencia una vez legalizado, no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA sin la previa autorización escrita de LA LOTERIA SANTANDER.
CESION. TdP podrá ceder su posición contractual o sus obligaciones a empresas del Grupo Telefónica. De producirse ello, se lo comunicaremos por escrito o mediante una publicación en algún diario de circulación nacional.
CESION. El CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente la presente, ni subcontratar servicios objeto de la misma a persona alguna, salvo previa autorización por parte del Gerente del Hospital.
CESION. Queda convenido que ninguna cesión del presente seguro ni de intereses en él ni de cualquier suma que sea o deba ser pagada por tal concepto, obligará o será reconocida por los aseguradores, a menos que, un aviso fechado de tal cesión o interés, firmado por el asegurado y por el cedente en el caso de una cesión subsiguiente, sea endosado en este seguro y con tal endoso, sea presentado antes del pago de cualquier siniestro o reclamación o devolución de prima.
CESION. EI contratante podrá ceder a terceros su póliza de seguro, como garantía de una deuda u obligación. En este caso, el cesionario adquiere pleno derecho sobre todo o parte del Valor de la Póliza, sin perjuicio de los cargos por rescate parcial que pudiera corresponder. Si quedara un remanente en el Valor de la Póliza que no se hubiese cedido, pertenecerá al contratante quien podrá disponer libremente de él. EI cedente deberá notificar a través de carta certificada al asegurador respecto de la cesión que efectuará de su póliza la que deberá remitirle, además, a fin de registrar la cesión en sus Condiciones Particulares. El asegurador tendrá prioridad sobre cualquier cesión para rebajar del Valor de la Póliza los costos de las coberturas de fallecimiento y adicionales según lo que se señala en la letra c) del Artículo 4. El contratante podrá dejar sin efecto la cesión pactada con un tercero en el momento que lo estime conveniente y siempre que el cesionario manifieste su conformidad. Ambos deberán comunicar el término de la cesión al asegurador a través de carta certificada junto con remitir la póliza correspondiente a fin de anular en ella la cesión registrada con anterioridad.
CESION. ES PROHIBIDO AL CONTRATISTA CEDER LA PRESENTE ORDEN CONTRACTUAL EN FORMA TOTAL O PARCIAL, SIN LA PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DEL ORDENADOR DEL GASTO DE LA UNIVERSIDAD.
CESION. El CONTRATISTA seleccionado no podrá ceder el contrato que se suscriba sin la aprobación previa y IMSALUD. expresa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE
CESION. Le queda expresamente prohibido al CONTRATISTA ceder en todo o en parte las obligaciones que le impone o los derechos que le confiere este contrato.
CESION. El Administrador no podrá ceder, total o parcialmente, el Acuerdo ni las obligaciones que emergen de él sin el previo consentimiento escrito de CABAL.
CESION. Queda absolutamente prohibido a la contratada traspasar o ceder a cualquier título ios derechos y obligaciones que emanen del presente Contrato. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a la terminación del mismo, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de Contrato. X) INCUMPLIMIENTO: Se calificará como de incumplimiento si la Contratada no cumpliere con las entregas del servicio solicitado por La Municipalidad dentro de los tiempos acordados y respecto a la calidad presentada, los cuales estarán de acuerdo a los Términos de Referencia y a la oferta presentada por ía Contratada.