COMISIÓN EVALUADORA Cláusulas de Ejemplo

COMISIÓN EVALUADORA. La Comisión Evaluadora estará integrada por Xxxxxxxx Xxxxxxxxx RUT: 00.000.000-0, Xxx Xxxxxxx RUT: 00.000.000-0 y Xxxxx Xxxx RUT: 00.000.000-0 , todos pertenecientes al Departamento de Adquisiciones, conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras. Terminada la etapa evaluativa, la Comisión Evaluadora levantará un Informe Final o acta de su trabajo, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. De acuerdo con lo propuesto en el informe final elaborado por la Comisión Evaluadora, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Subsecretaría. Dicho acto se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio del Jefe de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo.
COMISIÓN EVALUADORA. El Presidente del Directorio de la CBAS y/o la autoridad competente designarán una Comisión Evaluadora, integrada por un mínimo de tres miembros, de entre el personal de la Corporación. La Comisión podrá designar adjuntos de acuerdo a las necesidades de contar con aportes especializados.
COMISIÓN EVALUADORA. Las propuestas presentadas en el presente proceso de licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora cuyos integrantes serán designados, tanto en su calidad de titulares, como de reemplazantes, en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes bases. La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios públicos, ya sean personal de planta o a contrata, de la Subsecretaría, de sus Programas dependientes, o de otros servicios públicos. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrá integrarse por una persona ajena a la Administración, con calidad de agente público y cuyo convenio contemple la tarea de integrar comisiones evaluadoras. Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes al momento de la evaluación, debiendo abstenerse de integrarla cuando se hubiere manifestando el impedimento. En consecuencia, los integrantes de la Comisión Evaluadora designados deberán emitir, previo a la apertura técnica, una declaración jurada de:
COMISIÓN EVALUADORA. La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través del Anexo N°4. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
COMISIÓN EVALUADORA. La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto. Dicha Comisión estará compuesta por tres funcionarios de la entidad licitante designados por Resolución Exenta de la Subsecretaría de Evaluación Social. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios de la División de Información Social, conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, los que a continuación se individualizan: -Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, cédula de identidad número 0.000.000-0, funcionario de Contrata de la Subsecretaría de Evaluación Social. -Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, cédula de identidad número 00.000.000-0, funcionario de Contrata de la Subsecretaría de Evaluación Social. -Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, cédula de identidad número 00.000.000-0, funcionario de Contrata de la Subsecretaría de Evaluación Social. La comisión evaluadora dispondrá de un plazo de 7 días corridos para evaluar las ofertas., contados desde la fecha de apertura del presente llamado. Terminada la etapa evaluativa, la Comisión Evaluadora levantará un Informe Final o acta de su trabajo, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. De acuerdo con lo propuesto en el informe final elaborado por la Comisión Evaluadora, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Subsecretaría. Dicho acto se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx de acuerdo con lo señalado en las presentes Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente...
COMISIÓN EVALUADORA a. Una Comisión conformada por al menos tres funcionarios públicos, designados mediante el acto administrativo que apruebe las Bases de la presente Licitación, efectuará la evaluación de las ofertas técnicas y administrativas y de los antecedentes recibidos, de acuerdo a los requisitos para los oferentes, los requisitos de preselección de las ofertas y los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación.
COMISIÓN EVALUADORA. La Comisión Evaluadora tendrá a su cargo el análisis y evaluación de las Propuestas recibidas, conforme a lo indicado en el presente Xxxxxx, expidiéndose oportunamente sobre las que, ajustadas a éste, resulten ser convenientes a los intereses de FASE. Dicha Comisión evaluará la documentación presentada, verificando los antecedentes pertinentes y los informes técnicos emitidos o los que ésta requiera. Asimismo, la Comisión podrá solicitar al oferente mayor información y/o documentación que considere necesarios con la finalidad de ampliar los elementos de juicio dentro de las pautas fijadas en el presente Pliego o a subsanar errores u omisiones. Ante la negativa o presentación fuera del término que se estipule en la solicitud descripta precedentemente, como así también ante el incumplimiento de los requisitos exigidos en el Pliego, se tendrá por desestimada la oferta. La Comisión Evaluadora emitirá el dictamen que la normativa exige, el cual proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo pertinente.
COMISIÓN EVALUADORA. La Comisión Evaluadora emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará al Presidente / Directorio los fundamentos para la adjudicación, con la cual concluya el procedimiento.
COMISIÓN EVALUADORA. 11.1. La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora que será designada y convocada ad hoc por la Gerencia de Contrataciones y Logística. La referida Comisión estará integrada como mínimo por tres (3) miembros, elegidos de acuerdo en los incisos a), b) y c):
COMISIÓN EVALUADORA. La Comisión Evaluadora será la que se ocupará de estudiar las propuestas presentadas al acto licitatorio y emitirá; en primer lugar un informe acerca del cumplimiento de las propuestas de los requisitos del sobre N° 1, o para el caso de los sobres N° 2 emitirá informe acerca de la oferta más conveniente que establece la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Jujuy que se publicará en la página oficial. Estará constituida por funcionarios y/o técnicos que designará el Intendente Municipal por Decreto correspondiente.