CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA DE ACUERDO AL SIGUIENTE MODELO ENTIDAD CONTRATANTE: Ministerio de Planificación del Desarrollo – Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo / Dirección General de Programación y Preinversión DENOMINACIÓN: ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO – PROMULPRE FUENTE DE FINANCIAMIENTO: CORPORACION ANDINA DE FOMENTO MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: ANPE MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN: Presupuesto Fijo FORMA DE ADJUDICACIÓN: Por el Total SEDE DE TRABAJO: La Paz CANTIDAD DE CONSULTORES: Uno (1) ANTECEDENTES La Ley N°418 de 30 de septiembre de 2013, aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento en fecha 8 xx xxxxxx de 2013, por $US25.000.000,00 (Veinticinco millones 00/100 dólares americanos) destinados al financiamiento parcial del “Programa Multisectorial de Preinversión - PROMULPRE”. El objetivo general del Programa es promover el desarrollo económico y social de Bolivia, mediante el financiamiento de estudios de preinversión para la conformación de una cartera de proyectos de inversión pública estratégicos de la Agenda Patriótica 2025, a nivel nacional, departamental y municipal, asociados a infraestructura económica y social, servicios básicos y medio ambiente”. Los objetivos específicos del Programa, son: Mejorar la calidad de la inversión mediante la elaboración de estudios técnicamente factibles, permitiendo un uso racional y óptimo de los recursos disponibles. Conformar una cartera de estudios que por su calidad y cantidad permitan una selección de proyectos acordes con las prioridades y políticas de la Agenda Patriótica 2025. Evitar la formulación de proyectos sobredimensionados que constituyan una verdadera carga para el desarrollo. Permitir la utilización y desarrollo de los recursos humanos. Contar oportunamente con estudios bancables para la inversión. Evitar formular proyectos aislados y fuera del marco de las políticas nacionales. Fortalecer la capacidad de identificación para la formulación de Programas sectoriales en los Ministerios cabeza de sector. La Resolución Ministerial N°234 de 30 de diciembre de 2013, del Ministerio de Planificación del Desarrollo, resuelve delegar la ejecución del PROMULPRE al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo a través de la Unidad de Preinversión (UP) dependiente de la Dirección General de Programación y Preinversió...
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL DE LÍNEA COMO “RELEVAMIENTO Y PROCESAMIENTO DE BASES DE DATOS DE FACTURACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA TARIFA DIGNIDAD”
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA DE ACUERDO AL SIGUIENTE MODELO CONSULTORÍA INDIVIDUAL DE LÍNEA PROFESIONAL HABILITADO EN RECURSOS HUMANOS ANTECEDENTES La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad, fue creada mediante Decreto Supremo No. 0071 de 09 xx xxxxx de 2009, dentro del Sistema de Fiscalización, como institución pública, técnica y operativa, con personería jurídica y patrimonio propio, independencia administrativa, financiera, legal y técnica, actualmente se encuentra supeditada al Ministerio de Energías. La Dirección Administrativa Financiera es la instancia encargada de la Gestión de Recursos Humanos y dotación de personal idóneo para que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad cumpla su misión institucional. Sin embargo, en la estructura organizativa actual de la Dirección Administrativa Financiera se cuenta únicamente con un ítem (personal de planta). Por lo tanto, con la finalidad de apoyar la gestión de recursos humanos en la AE se requiere contratar los servicios de Consultores de Línea.
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. SERVICIO PLURINACIONAL DE DEFENSA PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA DEFENSORES PÚBLICOS LIQUIDADORES PARA EL ÁREA URBANA Y RURAL DEL PAÍS
1. PRESENTACIÓN Mediante Ley N° 463 de 19 de diciembre de 2013, fue creado el SERVICIO PLURINACIONAL DE DEFENSA PÚBLICA (SEPDEP), como una institución descentralizada con autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, actualmente bajo tuición del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, cuya estructura y funcionamiento fue definido en la norma de referencia. El SEPDEP, es un servicio que otorga el Estado Plurinacional de Bolivia para consagrar el derecho fundamental a la defensa técnica penal como una expresión de acceso a la justicia, precautelando los derechos fundamentales y garantías jurisdiccionales, basado en los principios, garantías, valores, fundado en la pluralidad y pluralismo jurídico, tiene por finalidad:
1. Garantizar la inviolabilidad del derecho de defensa y el acceso a una justicia plural, pronta, oportuna y gratuita, proporcionando la asistencia jurídica y defensa penal técnica estatal a toda persona denunciada, imputada o procesada carente de recursos económicos y a quienes no designen abogada o abogado para su defensa. 2. Ejercer sus funciones con el propósito de lograr una alternativas favorables a la solución del conflicto, evitando por todos los medios la retardación de justicia.
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA DE ACUERDO AL SIGUIENTE MODELO
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA Forma de Presentación: La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado a la siguiente dirección: Señores: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA XX. XXXX XXXXXXX XXXXXXX S/N CASI ESQ. XXXXX XXXXXXX EN LA CIUDAD XX XXXXXXXX – AREA DE PERSONAL Teléf.: 0-00-00000 Ref.: ANPE/SENASAG/UNSV/APRISA/001/2012 – CONTRATACION DE CONSULTOR DE LINEA REF (Cargo al que postula) Nombre del Proponente: -- Documentación a presentarse:
a) El proponente debe llenar y/o presentar lo siguiente: Formulario 1a – Datos del Proponente (Anexo 1) Carnet de Identidad Formulario de Postulación (Anexo 2)
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. Enfoque metodológico 15 Plan de trabajo 20
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. ASPECTOS ESPECIFICOS DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA “DESARROLLO Y/O MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DEL BCB”
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA. TERMINOS DE REFERENCIA
1. TITULO DEL SERVICIO. CONSULTOR INDIVIDUAL POR PRODUCTO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME PERICIAL SOBRE LA CONCILIACIÓN DE PARTIDAS EN DISCREPANCIA DE LAS ACREENCIAS DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA CON EL BANCO DE CREDITO ORURO EN LIQUIDACIÓN.