Contenido Nacional Cláusulas de Ejemplo

Contenido Nacional. De conformidad con el artículo 11, fracción XXIII de la LIE y 128 del Reglamento de la LIE, la Secretaría a propuesta de la Secretaría de Economía, determinó que el porcentaje mínimo de Contenido Nacional que deberá de cumplir el Licitante Ganador del proyecto de interconexión entre el Sistema Eléctrico Baja California y el Sistema Interconectado Nacional será del 30 (treinta) por ciento del valor total del Proyecto para la fase de Construcción; cuyo cumplimiento será verificado en los términos señalados en el Contrato de Gestión y Operación.
Contenido Nacional. X. Manifiesto de vínculo o relaciones. Sí
Contenido Nacional. 16. Desarrollo de la Industrial Nacional
Contenido Nacional. (a) En consideración a las obligaciones de la COMPAÑÍA de cumplir con las disposiciones de contenidonacional (las "Obligaciones de la CN") bajo el marco regulatorio aplicable para el sector de hidrocarburos en México (el "Marco Regulatorio"), así como bajo los contratos celebrados o a ser celebrados por la COMPAÑÍA con la Comisión Nacional de Hidrocarburos para la exploración y producción de hidrocarburos en México (los "Contratos"), el CONTRATISTA: (i) garantiza que ha leído, entendido y cumplirá con las disposiciones de contenido nacional y con todos los términos y condiciones del Marco Regulatorio y de los Contratos, en su caso, especialmente las disposiciones de contenido nacional, aplicables al ALCANCE a ser realizado; (ii) se asegurará de que todas sus Filiales y Subcontratistas que realicen cualquier actividad relacionada con este CONTRATO hayan leído y comprendido el Marco Regulatorio y los Contratos, y de que las disposiciones de dicho Marco Regulatorio y de los Contratos sean válidas y ejecutables para todas sus Filiales y Subcontratistas; (iii) en particular, el CONTRATISTA garantiza a LA COMPAÑÍA, y hará que sus Filiales y Subcontratistas garanticen que están plenamente conscientes de las responsabilidades relacionadas con las Obligaciones de CN bajo el Marco Regulatorio y los Contratos, en su caso, y que podrían surgir de la realización de sus actividades para cumplir con el ALCANCE en favor de la COMPAÑÍA y de sus Filiales; y (iv) debida y diligentemente, proporcionará a la COMPAÑÍA toda la información y documentación necesaria para que la COMPAÑÍA cumpla con las Obligaciones de CN.
Contenido Nacional. El Proveedor debe entregar al IMP su Declaración de Contenido Nacional en los plazos, medios y formas que se establecen en el “Acuerdo por el que se establece la Metodología para la Medición del Contenido Nacional en Asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos, así como para los permisos en la Industria de Hidrocarburos”, publicado por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014 y su modificación de fecha 16 de julio de 2015. Para la declaración referida se debe considerar el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal al que correspondan las facturas que se reportan en cada declaración.
Contenido Nacional. En la última entrega de cada partida EL PROVEEDOR entregará un escrito mediante el cual manifiesta, bajo protesta de decir verdad, el nom fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados.
Contenido Nacional. El Contratista se obliga a cumplir como mínimo con el 26% (veintiséis por ciento) de contenido nacional, establecido al efecto en las Bases de Licitación. Dicho porcentaje deberá ser cumplido no obstante las subcontrataciones que realice. Las Partes deberán ajustarse a la Metodología para la medición del grado de contenido nacional en las asociaciones y contratos para las actividades de construcción e instalación de obras y proyectos de ampliación y modernización de la infraestructura para prestar el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, acuerdo publicado por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2018 o aquella que se encuentre vigente durante la Etapa de la Construcción, con el objeto de medir y verificar que el grado del contenido nacional cumple con el porcentaje indicado y la normatividad que resulte aplicable. El incumplimiento al porcentaje mínimo de contenido nacional, que debe cumplir el Contratista, será sancionado en términos de lo que establece la LIE, quedando a cargo del CENACE su aplicación con cargo a los pagos que deba realizar con motivo del presente contrato. El Contratista reconoce que la Contratante y la Secretaría de Economía se encuentran facultadas para realizar visitas de verificación a efecto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contenido nacional.
Contenido Nacional. En tanto el Consejo de Administración de la CFE emite disposiciones expresas al respecto, la CFE y sus EPS, para requerir porcentajes m ínimos de contenido nacional, aplicarán supletoriamente los porcentajes mínimos, establecidos en las "Reglas para Ja requisito del contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal': publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 201 O, de acuerdo con lo señalado en el oficio No. 41 7.594.201 6, emitido por el Jefe de la Unidad de Compras de Gobierno, de la Secretaría de Economía.
Contenido Nacional. El Prestador del Servicio deberá cumplir con un porcentaje mínimo de integración nacional de, al menos, treinta por ciento (30%). El CENAGAS verificará el cumplimiento del porcentaje de integración nacional antes de la entrada de la Fecha de Operación, y, en su caso, aplicará las deducciones al Prestador del Servicio que correspondan como resultado del incumplimiento en el porcentaje de integración nacional presentado en su oferta. Para ello, el Prestador de Servicio, al término de las obras, deberá presentar al CENAGAS, un informe detallado donde se demuestre el nivel de integración nacional obtenido, discriminado en mano de obra, materiales, equipos y consumibles. De no alcanzar el nivel mínimo establecido del treinta por ciento (30%), el Prestador del Servicio manifiesta y acepta que el CENAGAS deduzca a través del pago una cantidad equivalente al monto que resulte de aplicar la siguiente fórmula: VO * 0.5 Donde: DIIN = Deducción por Incumplimiento Integración nacional PRIN= Porcentaje Real Integración nacional PEIN= Porcentaje Estimado en la Oferta por Contenido Nacional VO= Valor manifestado de las Obras. De igual forma el Prestador del Servicio deberá cumplir durante el periodo de operación el porcentaje mínimo de integración nacional de al menos treinta por ciento (30%) durante la vigencia restante del contrato. Para ello, el Prestador de Servicio deberá presentar anualmente al CENAGAS, en el primer bimestre del año siguiente en relación al año recién terminado, un informe detallado donde se demuestre el nivel de integración nacional obtenido basado en el presupuesto anual operacional discriminado en mano de obra, materiales, equipos y consumibles. De no alcanzar el nivel mínimo establecido del treinta por ciento (30%), el Prestador del Servicio manifiesta y acepta que el CENAGAS deduzca a través del pago de la Cláusula __ una cantidad equivalente al monto que resulte de aplicar la siguiente fórmula: VCOA * 0.5 Donde: DIIN = Deducción por Incumplimiento Integración nacional PRIN= Porcentaje Real Integración nacional PEIN= Porcentaje Estimado en la Oferta por Contenido Nacional VCOA= Valor Costo Operativo Anual Las cantidades que el Prestador del Servicio deba pagar de conformidad con esta Cláusula podrán también ser deducidas por el CENAGAS de cualquier cantidad debida o pagadera al Prestador del Servicio conforme al presente Contrato o podrán cobrarse mediante la ejecución de la Garantía de Cumplimiento. No se aplicarán las deducciones establecidas...