Criterios que servirán de base para la adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Criterios que servirán de base para la adjudicación. En cumplimiento del artículo 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, los criterios que servirán de base para la adjudicación del objeto del presente Pliego serán los siguientes:
Criterios que servirán de base para la adjudicación. En cumplimiento del artículo 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los criterios que servirán de base para la adjudicación del objeto del presente Pliego serán los siguientes:
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Mejor precio 2 puntos
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Para valorar las ofertas se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: - M Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de la CCAA y las Entidades Locales. Las ofertas deberán referirse siempre al coste total máximo de la operación, y en su caso, propondrán la rebaja de algún punto básico. Concretándose dicha aplicación en un valor TAE. La mejor oferta será aquella que presente mayor rebaja de puntos básicos respecto al coste total máximo, y por tanto menor valor TAE. En caso de empate de este criterio se resolverá a favor de aquella Entidad que oferte un menor porcentaje de recargo para los intereses de demora. De persistir el empate, la Corporación se reserva el derecho de fraccionar la operación entre los licitadores empatados o bien resolver la adjudicación por sorteo. Por ello, los licitadores expresarán con claridad en la proposición si mantienen la oferta en el caso de que se les adjudique por un importe inferior al inicialmente ofertado.
Criterios que servirán de base para la adjudicación. En cumplimiento del artículo 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los criterios que servirán de base para la adjudicación de cada lote serán los siguientes: El Criterio Precio se valorará otorgando la máxima puntuación a la oferta que resulte más ventajosa económicamente en cada lote, teniendo en cuenta los precios unitarios ofertados en el formulario de precio contemplado en el Anexo 3 de cada lote, y obteniendo el resto de licitadores la puntuación inversamente proporcional al incremento que suponga el precio final obtenido. Siendo: Puntos = 95 x A
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Para determinar la oferta más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios: - Precio (60%) - Memoria sobre la actividad a desarrollar en el inmueble (40%). Se valorará especialmente la adecuación de la actividad propuesta a las características del inmueble; creación de puestos de trabajo; carácter innovador de la propuesta; prestación de nuevos servicios a la localidad y la comarca; e inversión.
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Para la adjudicación de este contrato se atenderá, exclusivamente, al menor precio ofrecido por los licitadores, es decir, a la oferta más ventajosa desde el punto de vista estrictamente económico. Dentro del procedimiento negociado, por parte del Ayuntamiento, si procediera, se podrán realizar, sin que se alteren las condiciones esenciales de las ofertas, las negociaciones con las entidades financieras que permitan discernir entre ofertas iguales u otras circunstancias.
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Mejor precio… 4 puntos Se le asignará la máxima puntuación (2 puntos) a la propuesta que presente el precio más elevado, asignándose el valor cero (0) al valor mínimo de licitación y el resto de manera proporcional. Propuestas de Mejoras en beneficio del local y de la actividad: 3 puntos Todas las propuestas de mejora deberán estar cuantificadas y desglosadas económicamente, no siendo susceptible de valoración en este apartado aquellas que no lo estén. A tal efecto se le asignará la máxima puntuación a la propuesta que presente el valor más alto de mejoras propuestas y cero (0) a la propuesta que no presente mejoras. Proyecto de explotación del Local: Estudio económico y de gestión de la arrendamiento… 3 puntos Para ello los licitadores deben aportar el modelo normalizado de Plan de viabilidad y la Memoria normalizada de Plan de Viabilidad que se incorporará como Anexo a los Pliegos. La plantilla de dicho Plan en formato de Hoja de cálculo electrónico podrá ser enviado por correo electrónico previa petición a la siguiente cuenta de correo: patrimonio@ayto- xxxxxxxx.xx (u otro cualquiera). A la propuesta que presente los mejores ratios de rentabilidad se le asignará la máxima puntuación, el resto se hará de forma proporcional.
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Porcentaje de canon de explotación 50 puntos
Criterios que servirán de base para la adjudicación. Para determinar la oferta económicamente más ventajosa, el órgano de contratación tendrá en cuenta los siguientes criterios para proceder a la adjudicación: - Valoración de la Memoria justificativa de la iniciativa. Valoración máxima de 50 puntos. - Precio ofertado. Valoración máxima de 50 puntos. Para la asignación de puntos se atenderá a lo siguiente:  La asignación máxima de 50 puntos derivados del precio ofertado, corresponderá a un precio que suponga un incremento igual o superior a un 50% sobre el tipo de licitación inicial. A incrementos menores se le asignará la puntuación atendiendo a esa misma proporción.  Dentro de la Memoria se valorarán exclusivamente los siguientes aspectos: generación de puestos de trabajo, inversión total a realizar, carácter de la iniciativa (nueva creación, ampliación o traslado) y carácter innovador de la actividad.  Generación de puestos de trabajo.- Hasta 20 puntos. Se valorará con 5 puntos cada puesto de trabajo indefinido a crear. Los puestos deben ser de nueva creación.  Inversión total a realizar.- Hasta 20 puntos. Se valorarán las inversiones a realizar en la nave, tanto en adaptación de la misma como en dotación equipos, maquinaria, mobiliario, etc…, a razón de 1 punto por cada 2.000 € de inversión. Para la valoración de este mérito deben venir perfectamente desglosados los conceptos de los que se deriva la cifra estimada a invertir.  Carácter de la iniciativa.- Hasta 5 puntos. Si la iniciativa a desarrollar en la nave es de nueva creación (no se viene desarrollando ya en otros terrenos y/o instalaciones en la localidad), se valorará con 5 puntos. Si se pretende el ejercicio de una actividad que ya se desarrolla en la localidad, pero cuyo traslado va a posibilitar un ostensible mayor volumen de negocios y/o la prestación de nuevos servicios y/o el incremento de posibilidades comerciales, etc..., se valorará con 3 puntos. Si se pretende el traslado de una actividad que ya se desarrolla con características similares en otra ubicación, o la simple ampliación de las posibilidades de almacenaje de una actividad que ya se desarrolla en otra ubicación, se valorará con 2 puntos.  Carácter innovador.- Hasta 5 puntos. Se valorará con hasta 5 puntos el carácter innovador de la iniciativa, referido a la oferta de nuevos productos y/o servicios a la localidad y su comarca. Se establece una puntuación mínima de la Memoria de 10 puntos para poder ser adjudicatario de la nave. En caso de no alcanzarse esta puntuación, la p...