De la opción de compra Cláusulas de Ejemplo

De la opción de compra. Por el presente acto, EL ARRENDADOR concede a EL CLIENTE el derecho de opción de compra de EL BIEN que se señala en la Hoja Resumen y que podrá ser ejercitado dentro de los 10 (diez) días de pagada la última cuota del cronograma, siempre que a la fecha de ejercicio de la opción, haya cumplido con todas las obligaciones que asume por este contrato. En este caso, pagará a EL ARRENDADOR como todo pago por la transferencia de propiedad en su favor, el monto establecido en la Hoja Resumen dentro del plazo perentorio de 2 (dos) días útiles de comunicado a EL ARRENDADOR el ejercicio de tal derecho de opción. Tal pago podrá ser realizado por el CLIENTE, mediante orden de cargo en la cuenta corriente que mantiene en el Banco de Crédito del Perú, lo que se atenderá sólo si existen fondos disponibles suficientes por el monto total o dicho Banco esté dispuesto a concederle un sobregiro. Este pago se entiende que es por la transferencia de propiedad de EL BIEN en favor de EL CLIENTE y se hará necesariamente en la misma moneda al efecto pactada, más los tributos xx xxx. Igual acuerdo se adopta para el pago de las cuotas y demás obligaciones de cargo de EL CLIENTE que sean en moneda extranjera, quien acepta pagar conforme al Artículo 1237 del Código Civil en la misma moneda extranjera todas las obligaciones provenientes de este contrato en dicha moneda. Si el BIEN es un vehículo automotor, será condición del ejercicio de la opción de compra que el CLIENTE (i) presente al ARRENDADOR el documento en donde consten los poderes de sus representantes legales para suscribir contratos de compra venta de bienes muebles, así como la vigencia de poderes respectiva (ii) que el CLIENTE suscriba el contrato de transferencia de propiedad del BIEN materia del presente contrato. El incumplimiento de EL CLIENTE de las obligaciones antes señaladas, se entenderá como su renuncia al ejercicio de la opción de compra, autorizando al ARRENDADOR a retirar EL BIEN del lugar donde se encuentre. En caso que EL CLIENTE no ejercitara esta opción, y de existir acuerdo entre las partes, este contrato podrá prorrogarse o renovarse, por el lapso y en las nuevas condiciones que al efecto formalicen mediante otro contrato. De no existir acuerdo entre las partes, EL CLIENTE deberá devolver a EL ARRENDADOR en forma inmediata EL BIEN materia del contrato, la demora en la entrega de EL BIEN acarreará para EL CLIENTE, el pago en favor de EL ARRENDADOR como penalidad un monto equivalente a la cuota mensual más a...
De la opción de compra. Las partes acuerdan que antes del transcurso del plazo de duración máximo del presente contrato, CINCO AÑOS, el arrendatario podrá adquirir la propiedad del inmueble objeto del este arrendamiento, debiendo comunicarlo al titular del mismo, de modo fehaciente dentro del mes anterior a la fecha de expiración. Se establece como precio de venta de la vivienda para el supuesto de ejercicio de dicha facultad por el arrendatario, sin que se incluyan en él las rentas derivadas del arrendamiento; el de 60.101,21 EUROS. En caso de verificarse la venta del inmueble, esta se llevará a cabo en escritura pública, libre de cargas y procediéndose al pago de la totalidad del precio convenido en el momento de su otorgamiento. Los gastos e impuestos que se deriven de la compraventa serán exigirán con arreglo a lo establecido en el Código Civil al respecto. A instancia de cualquiera de las partes podrá procederse a la inscripción del presente contrato de arrendamiento con opción de compra en el Registro de la Propiedad, corriendo los gastos de la misma a cargo de quien la inste.
De la opción de compra. Las partes acuerdan que antes del transcurso del plazo de duración del presente contrato, CINCO AÑOS) , el arrendatario podrá adquirir la propiedad del inmueble objeto del este arrendamiento, debiendo comunicarlo al titular del mismo, de modo fehaciente dentro del mes anterior a la fecha de expiración.
De la opción de compra. En virtud de este contrato, las partes quedan obligadas a una opción de compra – venta. Dicha opción, estará vigente durante el plazo del presente contrato y hasta un mes después de finalizado el mismo. En caso de que LA ARRENDATARIA lo solicite, LA ARRENDANTE le venderá a aquella el BIEN ARRENDADO por el valor residual del bien arrendado. El precio de venta será de _ _ ($ _)- moneda de curso legal en los Estados Unidos de Norteamérica, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, que serán pagados en dinero efectivo o por cualquier otro mecanismo aceptado por LA ARRENDANTE.
De la opción de compra. La ARRENDANTE le otorga opción de compraventa a la ARRENDATARIA sobre el INMUEBLE por el plazo de ____________ contados a partir de la fecha de la firma de este Contrato. Para dichos efectos el precio de compra del INMUEBLE será de _______ (monto en números) moneda de curso legal de __________. En caso de que la ARRENDATARIA ejerza la opción de compraventa, como abono al precio de compra del INMUEBLE, la ARRENDANTE le reconocerá a la ARRENDATARIA un monto equivalente al ______ por ciento (porcentaje en números %) de todos los montos pagados en concepto de arrendamiento hasta ese momento. En caso de que la ARRENDATARIA proceda con la compraventa, recibirá el INMUEBLE al día con los impuestos municipales y territoriales a la fecha. La compraventa se haría a favor de la persona física o jurídica que en su momento indique la ARRENDATARIA. Todo gasto por concepto de la compraventa del INMUEBLE, incluyendo, pero no limitado a honorarios, impuestos y timbres, correrán por cuenta de la ARRENDATARIA. Es entendido por la ARRENDATARIA, que hasta que ejerza la opción de compraventa del INMUEBLE y el traspaso del mismo se haya hecho en su favor, deberá seguir pagando el precio del arrendamiento a la ARRENDANTE.

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  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO

  • Idioma de las Ofertas 12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL.

  • ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros X. Xxxxxxx Xxxxxx Serrano, Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Secretaria de la Corporación). — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Interventora de la Corporación). — X. Xxxxxx Xxxxxx Valle, Vocal. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, que actuará como Secretaria de la Mesa.

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

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