DECLARACIÓN EXPRESA. El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en el artículo 127 de la Constitución Política y 8° de la Ley 80 de 1993 y que no se encuentra en proceso de concordato o acuerdo de recuperación o concurso liquidatorio, según Leyes 222/95 y 550 de 1999.
DECLARACIÓN EXPRESA. Los PRESTATARIOS y GARANTES reconocen expresamente la personalidad jurídica de la IFD y la personería y capacidad de sus personeros legales (firmantes del contrato) así como de las personas a las cuales se delegue dicha personería o capacidad jurídica mediante mandato expreso, en consecuencia, no podrá oponer la excepción de falta de personería de la IFD ni la de sus representantes legales en caso de cobro judicial en proceso coactivo de sumas de dinero o cualquier otro. Llegado el caso, la IFD podrá ejecutar o enjuiciar legalmente a través de sus personeros firmantes de este contrato o de quienes los sustituyan o de los apoderados que estos designen.
DECLARACIÓN EXPRESA. El CLIENTE y todos los obligados solidarios firmantes del presente contrato, declaran haber leído minuciosamente este contrato con todas las condiciones que anteceden, para lo cual han contado con el mismo con la debida antelación, presentando su expresa conformidad y aceptación a todo lo estipulado en él, sin objeciones ni reservas de ninguna índole que formular al respecto. Asimismo declara haber recibido copia de un ejemplar del presente contrato. *El presente Contrato se encuentra transcripto mediante E.P. N° 76 de fecha 28/05/2021 pasada ante la N.P. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx El cliente acuerda con FINANCIERA ueno S.A.E.C.A., en adelante LA FINANCIERA, celebrar el presente Anexo I del CONTRATO ÚNICO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS, el cual se regirá por los siguientes términos y condiciones: El Cliente y La Financiera acordaron firmar el Contrato Único de productos y servicios financieros, el cual tiene por objeto establecer las condiciones generales y especiales que regirán la relación entre los mismos, uno de los productos ofrecidos es la Cuenta de Ahorro, que podrá ser habilitada a nombre de personas físicas o jurídicas, a su vez, podrán ser abiertas bajo las siguientes modalidad: Conjunta, separada o indistinta. En tal sentido, con relación al Capítulo III- Condiciones Especiales Inciso 2.4 referente a las cuentas conjuntas (habilitada a nombre de dos o más personas) y en cumplimiento a la Resolución N° 12 – Acta N° 28 de fecha 03/05/2018, emitida por el Banco Central del Paraguay, entidad reguladora de la Financiera, se amplía el alcance de este apartado.
DECLARACIÓN EXPRESA. El CLIENTE y todos los obligados solidarios, declaran haber leído minuciosamente este contrato con todas las condiciones que anteceden, para lo cual han contado con el mismo con la debida antelación, presentando su expresa conformidad y aceptación a todo lo estipulado en él, sin objeciones ni reservas de ninguna índole que formular al respecto.
DECLARACIÓN EXPRESA. La Contratista, declara poseer la cualificación y competencias necesarias para la óptima prestación de los servicios contratados, por lo que certifica la validez científica y técnica para la prestación del "SERVICIO TECNICO INTEGRAL ESPECIALIZADO PARA EL MONITOREO AMBIENTAL INTERNO DE EMISIONES A LA ATMOSFERA DESDE FUENTES FIJAS DE COMBUSTION, DESCARGAS LÍQUIDAS, CALIDAD DEL AIRE Y RUIDO AMBIENTAL DEL CAMPO SACHA”. La contratista es responsable de que los equipos y el servicio ofertados cumplan las especificaciones, así como también la calidad del servicio y el cumplimento de la normativa para la ejecución del servicio. La CONTRATISTA es financieramente solvente y capaz de cumplir con todas sus obligaciones en los plazos respectivos y posee el capital suficiente de operación para cubrir con todas las obligaciones asumidas por el Contrato. Si por causa de la Contratista, ocurrieren perjuicios técnicos o económicos durante la prestación del servicio, Operaciones Río Napo CEM se reserva el derecho de demandar los daños y perjuicios que genere la contratista por su negligencia en la ejecución del objeto del contrato. El personal de la CONTRATISTA será capacitado, experimentado y calificado para prestar sus servicios. Se requerirá que el personal de la CONTRATISTA tome los cursos de inducción de ORNCEM, y que conozca y observe las políticas y procedimientos pertinentes de ORNCEM. La CONTRATISTA deberá proveer a su personal todo el equipo de protección personal requerido de conformidad con la normativa vigente. Así mismo deberá proporcionar las identificaciones e insignias correspondientes, en coordinación con ORNCEM. La CONTRATISTA deberá mantener estricta disciplina y buen orden entre su personal. La CONTRATISTA deberá instruir adecuadamente a todo su personal respecto al uso del equipo de protección personal y procedimientos apropiados de trabajo, a fin de evitar daños o lesiones corporales y daños a los equipos con que presta el servicio, a los equipos de ORNCEM o a los equipos de terceros. La CONTRATISTA, por su cuenta, riesgo y costo, deberá contar y proporcionar con todo el Equipo, herramientas, instrumentos, etc., detallados en su oferta, requeridos para la ejecución del Contrato en el sitio de ejecución de los servicios. La CONTRATISTA declara y garantiza que durante el plazo de este Contrato, todos sus equipos y suministros proporcionados para la ejecución de los Servicios, deberán proporcionarse y mantenerse en buenas condiciones por su cuenta y costo...
DECLARACIÓN EXPRESA. La ASOCIACIÓN COMUNAL reconoce expresamente la personalidad jurídica de la IFD y la personería y capacidad de sus personeros legales (firmantes del contrato) así como de las personas a las cuales se delegue dicha personería o capacidad jurídica mediante mandato expreso; en consecuencia, no podrá oponer la excepción de falta de personería de la IFD ni la de sus representantes legales en caso de cobro judicial en proceso ejecutivo o cualquier otro. Llegado el caso, la IFD podrá ejecutar o enjuiciar legalmente a través de sus personeros firmantes de este contrato o de quienes los sustituyan o de los apoderados que estos designen. Oficina Central: Calle Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº 27 entre 16 y 17 de Obrajes, Edificio CRECER IFD. 3 LíneaGratuita:000-00-0000 • Telf.:(000-0)0000000 • La Paz - Bolivia
DECLARACIÓN EXPRESA. En el Contrato de Provisión de Servicios de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y Comunicación en modalidad Postpago, la Usuaria o Usuario declarará expresamente que lo suscribe de manera libre, espontánea y voluntaria, sin que medie presión, violencia ni dolo alguno y que tiene conocimiento de lo siguiente:
a) Que previa a la firma del contrato se ha informado de las características de todos y cada uno de los servicios ofrecidos por Nuevatel, condiciones de calidad, fiabilidad y de las limitaciones propias de los servicios, habiendo Nuevatel proporcionado toda la información que la Usuaria o Usuario solicitó sobre la materia.
DECLARACIÓN EXPRESA. Los PRESTATARIOS reconocen expresamente la personalidad jurídica de la IFD y la personería y capacidad de sus personeros legales (firmantes del contrato) así como de las personas a las cuales se delegue dicha personería o capacidad jurídica mediante mandato expreso; en consecuencia no podrá oponer la
DECLARACIÓN EXPRESA. El CONTRATISTA
DECLARACIÓN EXPRESA. Las empresas incluirán en sus ofertas una declaración expresa de estar vinculadas, en todo lo referido al contrato, al convenio colectivo vigente en el sector de la teleoperación, ( telemarketing)