CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Las propuestas serán rechazadas cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones:
a. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley.
b. La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
c. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
d. Cuando la carta de presentación de la propuesta, se omita o se presente sin la respectiva firma de la persona natural o del Representante Legal de la sociedad o de la Unión Temporal o consorcio.
e. Cuando el Representante Legal de la sociedad o de la Unión Temporal o consorcio, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
f. Cuando falte el documento de integración del Consorcio o Unión Temporal o su firma, o cuando alguno de sus miembros, tratándose de personas jurídicas no se encuentre debidamente autorizado.
g. Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
h. Cuando se evidencie que la información presentada por el proponente no se ajusta a la realidad.
i. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea o se deje en un lugar distinto al indicado en el Término.
j. Cuando modifique o altere el Anexo 3 formulario de propuesta técnica y económica.
k. Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
l. Cuando la propuesta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos técnicos mínimos o jurídicos habilitantes y/o cuando el AIU ofertado sea inferior al 10%, del valor total del contrato.
m. Cuando el(los) proponente(s) no cumpla(n) con las Especificaciones Técnicas Mínimas requeridas de acuerdo con lo establecido en el presente proceso.
n. Cuando sobrepase el presupuesto oficial asignado.
o. Cuando condicione su propuesta.
p. Cuando no se demuestre en debida forma la capacidad financiera.
q. Cuando el proponente no se encuentre debidamente inscrito, clasificado y calificado en la actividad, especialidad y grupo requerido por la entidad.
r. Cuando dentro de su actividad comercial u objeto social, según el caso, no contenga el objeto del presente proceso de Selección.
s. Cuando el proponente NO SUBSANE LA INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA ENTIDAD, EN LA ...
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Las propuestas serán rechazadas cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones:
a. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley.
b. La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
c. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
d. Cuando la carta de presentación de la propuesta, se omita o se presente sin la respectiva firma de la persona natural o del Representante Legal de la sociedad o de la Unión Temporal o consorcio.
e. Cuando el Representante Legal de la sociedad o de la Unión Temporal o consorcio, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. No serán consideradas admisibles aquellas Ofertas que, a juicio del Comitente fundado en dictamen previo de la CAP:
a) Contengan objeciones o reservas al régimen legal aplicable a esta licitación, o de cualquier modo condicionen la vigencia y efectos de la presentación de la Oferta y sus términos; o la subordinen a la ulterior existencia o comprobación de hechos o situaciones, limiten o restrinjan las obligaciones a asumir por el Oferente para el caso que resultare Adjudicatario o restrinjan las facultades de la Autoridad de aplicación o la CAP.
b) Excluyan de sus textos las declaraciones, que expresamente impone el Pliego como necesarios contenidos de la Oferta, indicados en el numeral 17.1 del presente pliego.
c) Adolezcan de omisiones, incumplimientos o defectos graves que impidan su consideración o la comparación de las ofertas.
d) Omitan la inclusión de la documentación requerida y/o de las constancias que acrediten la constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, bajo las condiciones previstas por el Pliego.
e) Contengan Oferentes o Integrantes incursos en cualquiera de los impedimentos previstos en este Pliego.
f) Se aparten xxx Xxxxxx o contengan omisiones que impidan su comparación con las restantes, salvo que ello estuviese expresamente contemplado en el Pliego y fundado en las particulares características del objeto.
g) Omitan la inclusión de la documentación requerida en los numerales 00.0.xx y cc.
h) La enumeración que antecede es simplemente enunciativa. La desestimación de una Oferta también podrá fundarse en toda falta de presentación de la documentación requerida y/o violación o alteración significativa de las condiciones o requisitos establecidos en la legislación vigente o en las disposiciones de este Pliego.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Habrá lugar a rechazo de la propuesta cuando:
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Una oferta podrá ser rechazada cuando no cumpla con uno de los siguientes requisitos: Cuando oferten un precio ruinoso o no remunerativo para el Licitante, que de lugar a presumir su incumplimiento en las obligaciones contractuales por insuficiencia de la retribución establecida, previa indagación con el Licitante con el propósito de averiguar si éste satisface las condiciones de participación y es o será capaz de cumplir los términos del contrato. No se ajusten al presente Pliego de Bases y Condiciones de la contratación. Presenten un precio inaceptable (Excesivo o Ruinoso). Tengan litigios con INISER. Contengan más de una Oferta, sin estar autorizado en el PBC. Incurran en prácticas de comercio desleal u ofertas colusorias. El Licitante esté bajo sanción por incumplimiento. Cuando un Oferente no presente las Garantías requeridas.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. El Comité de Evaluación rechazará las ofertas en los siguientes supuestos:
1. Cuando la oferta no estuviese firmada por el oferente o su representante legal debidamente acreditado.
2. Cuando el oferente presente oferta de diferentes entidades comerciales con un mismo producto sin estar autorizado en el pliego de bases y condiciones.
3. Cuando el oferente presente más de una oferta, sin estar autorizado ello en el pliego de bases y condiciones.
4. Cuando el oferente no presentare las garantías requeridas.
5. Cuando las ofertas no cumplan con los requisitos esenciales establecidos en el pliego de bases y condiciones.
6. Contenga un precio ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir su incumplimiento en las obligaciones contractuales por insuficiencia de la retribución establecida, previa indagación con el oferente con el propósito de averiguar si éste satisface las condiciones de participación y será capaz de cumplir los términos del contrato.
7. Cuando el oferente no presente las aclaraciones a su oferta en el plazo y condiciones reguladas por el artículo 44 de esta Ley. En el Reglamento de la presente Ley se definirá lo que deba entenderse como "precio ruinoso".
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Sin perjuicio de lo establecido por la ley aplicable, serán rechazadas las propuestas cuando por su contenido, impidan la selección objetiva, y especialmente en los siguientes casos:
1. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, consagradas en las leyes: 80 de 1993, 617 de 2000, 1148 de 2007, 1150 de 2007, 1296 de 2009, 1474 de 2011, así como lo dispuesto en las demás normas legales vigentes que las reglamenten, modifiquen o adicionen, en cuanto sean pertinentes.
2. Si el proponente se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales (Artículo 60, Ley 610 de 2000) y/o con Antecedentes Disciplinarios. 13
3. Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de una forma asociativa como Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de una forma asociativa como Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de ellas.
4. Cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciarán las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar.
5. Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego y en la normatividad vigente. La Lotería de Medellín se reserva el derecho de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores, siempre que éstos sean subsanables y no alteren el tratamiento igualitario de las mismas.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Se considerarán causales de rechazo de las ofertas presentadas a la presente invitación, las siguientes: • Cuando, dentro de la experiencia mínima de la empresa, la sumatoria de las áreas de los contratos ejecutados o en ejecución no sea de al menos el 5% del área total a verificar definida en la presente invitación y/o no cuente, como mínimo, con un (1) proyecto en establecimiento de plantaciones forestales comerciales. cuando sea actualmente asistente técnico de un Beneficiario de un CIF otorgado por FINAGRO. • Cuando un Oferente integrante de un consorcio o unión temporal participe en más de una oferta. • Cuando un Oferte modifique en su oferta el número de proyectos vinculados en la presente invitación o el área de ellos. • Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley. • Si FINAGRO comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados, respecto de los compromisos adquiridos sobre anticorrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la selección, FINAGRO podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación. • Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución, liquidación, concordato o cualquier otro proceso de concurso de acreedores o proceso de reestructuración según lo previsto en las Leyes 550 de 1999 u 1116 de 2006. • Cuando la oferta presentada no cumpla con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia. • Cuando la oferta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas en la ley y en los Términos de Referencia. • Cuando los documentos presentados por el oferente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciarán las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. • Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o es dejada en lugares distintos al previsto en los Términos de Referencia. • Cuando no se presente la oferta económica, no se oferten todos los ítems o no se xxxxxxx la información necesaria para llevar a cabo la evaluación económica de las ofertas. • Cuando el oferente no subsane la información y/o documentación requerida por F...
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. 20 6.1. APERTURA 21 6.2. ACCESO A LAS OFERTAS 21 6.3. AMPLIACIÓN DE INFORMES 22 6.4. ERRORES EN LAS OFERTAS 22 6.5. ADJUDICACIÓN 22 6.6. FIRMA Y GARANTÍA DE CONTRATO 23 6.7. GASTOS DE LA CONTRATA 23 6.8. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO 23 6.9. DOCUMENTOS INCORPORADOS 23
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS. Será excluida toda Oferta que adolezca de uno o más de los vicios que luego se señalan, renunciando el Oferente a todo reclamo judicial, administrativo o de otra naturaleza; como a cualquier compensación económica, a la cual no tendrá derecho.
a) Que se presente después de la hora límite fijada para la Recepción de las Ofertas y/o en lugar distinto del que se señala en el Llamado.