EVALUACIÓN FINANCIERA. Se evaluaran los datos de los Estados Financieros requeridos en el numeral 2.7 de la siguiente manera: Para determinar el índice a evaluar, será el promedio de los índices de los 3 años solicitados.
(a) (Índices Financieros) Índice de liquidez: mayor a uno (Activo Circulante/Pasivo Circulante). Índice de endeudamiento: menor a 0.75 (Pasivo Total/Activo Total) Índice de Rentabilidad positivo (Utilidad Neta/Ventas Netas*100) Para determinar el Cumple o No cumple de la capacidad financiera del Licitante, se requerirá el cumplimiento del índice de liquidez y al menos uno de los otros dos índices arriba definidos. Para que una Asociación en participación, Consorcio o Asociación (APCA) estén calificados financieramente, cada integrante o combinación de éstos deberá cumplir con este requisito.
EVALUACIÓN FINANCIERA. El objeto de la evaluación es verificar el patrimonio del Proponente, el cual se considerará representativo de la capacidad de éste para llevar a cabo satisfactoriamente un proyecto de generación acorde con las características establecidas en las Bases de Licitación. El Proponente o las empresas que conforman el asocio (en caso aplique) deberán disponer directamente, o indirectamente a través de alguno de los socios, accionistas o empresas subsidiarias o filiales, de un mínimo de QUINIENTOS MIL DÓLARES (US$ 500,000.00) de Patrimonio, por cada MW de Potencia a incluir en sus ofertas, lo cual deberá encontrarse reflejado en los Estados Financieros de los últimos tres (3) años previos a la presentación de la oferta. Para evaluar el requerimiento anterior se verificará el valor de potencia máxima ofertada con base en el documento de garantía de mantenimiento de oferta. En caso que el Proponente no cuente con un Patrimonio mínimo para respaldar la Potencia Ofertada, la oferta quedará descalificada. En caso que el proponente presente Estados Financieros de varias empresas, para fines del cumplimiento del Patrimonio se calculará el total de los Patrimonios Individuales. Sin embargo, si el proponente presenta Estados Financieros consolidados de todas sus empresas, el Panel de Expertos trabajará con esta información directamente. Asimismo y debido a que se ha exigido a los oferentes que presenten Estados Financieros para los tres últimos ejercicios fiscales, el resultado obtenido del indicador para cada año será ponderado considerando un 20% de ponderación para el año más antiguo, un 30% de ponderación para el año intermedio y un 50% para el año más reciente.
EVALUACIÓN FINANCIERA. Deberá comprobarse la posible existencia de errores aritméticos en los cálculos y en los totales de las ofertas que se hayan considerado técnicamente conformes. El Comité de Evaluación corregirá dichos errores de la manera siguiente: cuando exista una discrepancia entre las cantidades expresadas en cifras y las expresadas en letras, prevalecerán estas últimas; excepto en el caso de contratos a tanto alzado, cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el precio total resultante de la multiplicación del precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario indicado. Los importes resultantes de esta corrección serán vinculantes para el licitador. En caso de que el licitador no los acepte, su oferta será rechazada.
EVALUACIÓN FINANCIERA. Se evaluará con base en la información financiera del oferente, contenida en los estados financieros. La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes indicadores: Índice de Endeudamiento (Puntaje máximo 50 puntos) Se calcula con la siguiente fórmula: IE = Pasivo Total / Activo Total La asignación de puntajes para este criterio se hará con base en la siguiente tabla: ENDEUDAMIENTO Desde Hasta 0 40% 50 Puntos 40% 70% 30 Puntos Más de 70% 10 puntos Liquidez (Puntaje máximo 50 puntos) Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente LIQUIDEZ Desde Hasta 0 10 30 Puntos
EVALUACIÓN FINANCIERA. La verificación de la capacidad financiera se realizará en la información que reposa en le RUP con base en las cifras reflejadas en los estados financieros de 30 del mes de diciembre del año 2020 debidamente suscritos por contador y representante legal y Revisor Fiscal hubiere lugar a ello, los cuales deben estar acompañados de las respectivas notas. El cumplimiento consistirá en determinar si el proponente (sea persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal) cumple los requisitos mínimos financieros que se han estimado suficientes para minimizar el riesgo durante el desarrollo y ejecución del contrato, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: INDICADORES FORMULA CONDICION CALIFICACION Índice de liquidez Activo corriente/ Pasivo corriente Mayor 1 o igual a Cumple cumple / No Nivel de endeudamiento Pasivo total total / Activo Menor 70% o igual al Cumple cumple / No Razón de Cobertura de Intereses Utilidad Operacional/ Gastos Interés Mayor a 1 Cumple cumple / No Rentabilidad sobre Patrimonio (Roe) Utilidad Operacional/ Patrimonio Menor 0.1 o igual a Rentabilidad del Activo (Xxx) Utilidad Operacional/ Activo Total Mayor 0.1 o igual a Para el caso de consorcios y uniones temporales, interesadas en participar en el proceso, cada uno de los integrantes deberá anexar los Estados financieros a 30 de Diciembre de 2020. Para efectos del cálculo de los índices a evaluar, se tendrán en cuenta la suma de los indicadores financieros de cada uno de los miembros que conforman el consorcio o unión temporal. La propuesta será aceptada siempre que al aplicar cada uno de los indicadores anteriormente enunciados, su resultado cumpla la condición de aceptada. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera será considerada como NO HABILITADA, por lo tanto, no continúa en el proceso de selección. En caso de propuestas presentadas por consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes deberá aportar el RUT.
EVALUACIÓN FINANCIERA. 12.1 Después de completar la evaluación de la Propuesta Técnica, la OIM notificará a aquellos Proveedores de Servicios cuya propuesta no cumplió con el puntaje mínimo de calificación o se consideró que no respondía en función de los requisitos de la SdP, indicando que sus Propuestas Financieras serán devueltas sin abrir después de la finalización del proceso de selección.
12.2 OIM notificará simultáneamente a los Proveedores de Servicios que hayan superado la puntuación mínima de calificación indicando la fecha y apertura de la Propuesta Financiera. Debido a las medidas de precaución de COVID-19, las propuestas financieras no se abrirán públicamente.
12.3 El BEAC determinará la exhaustividad de la propuesta financiera si todos los formularios están presentes y si el precio requerido tiene su precio.
12.4 El BEAC corregirá cualquier error computacional. En caso de discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total, o entre palabras y cifras, prevalecerá la primera. Además, las actividades y los puntos descritos en la propuesta técnica pero sin precio, se presumirá que está incluido en los precios de otras actividades o artículos.
12.5 Se abrirá la Propuesta Financiera de los Proveedores de Servicios que aprobaron el puntaje de calificación, la Propuesta Financiera (F1) más baja recibirá un puntaje financiero (Sf) de 100 puntos. Las puntuaciones financieras (Sf) de las demás propuestas financieras se calcularán sobre la base de la fórmula: Dónde: Sf - es la puntuación financiera de la propuesta financiera que se está examinando, Fl - es el precio de la propuesta financiera más baja, y
EVALUACIÓN FINANCIERA. Consiste en la evaluación de acuerdo al R.U.P. con corte a 31 de 2016. diciembre de
EVALUACIÓN FINANCIERA. EXPERIENCIA
EVALUACIÓN FINANCIERA. La verificación de los requisitos financieros exigidos se hará de conformidad con lo establecido en el numeral. Contenido Financiero de las propuestas de los presentes pliegos de condiciones. El resultado de esta verificación será: HABILITADO o NO HABILITADO.
EVALUACIÓN FINANCIERA. Análisis y recomendación de tratamiento de saldos de aportes FUDO y contratos de crédito