Common use of FACTURACIÓN Y PAGO Clause in Contracts

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (en adelante, ECOEMBES). De otra parte, EL RECICLADOR, con domicilio a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de SelecciónPlanta, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, validados por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selecciónla planta, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte) de salidas de material de plantas de selección recicladores, se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selecciónla Planta, se tomará ésta como referencia la para emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento nos suministren las plantas a ECOEMBESplantas, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. Los Comités de Adjudicación de materiales de ECOEMBES podrán no considerar las ofertas de aquellas empresas que lleven más de tres meses de retraso en la aportación a ECOEMBES de documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de retirada de material de plantas de contratos anteriores. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... 2019. De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECICLADORRECICLADOR (OPERADOR DEL TRASLADO), con domicilio domicilio, a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación NIF nº XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Pet Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECUPERADOR/RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECUPERADOR/RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, por EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECUPERADOR/RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECUPERADOR/RECICLADOR y la suministrada por las plantas la planta de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECUPERADOR/RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas la Planta de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas Plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR RECUPERADOR/RECICLADOR. a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECUPERADOR/RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECUPERADOR/RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECUPERADOR/RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECUPERADOR/RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECUPERADOR/RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En el caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECUPERADOR/RECICLADOR, con domicilio a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación fiscal XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el EL RECUPERADOR/RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECUPERADOR/RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECUPERADOR/RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, validados por EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECUPERADOR/RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECUPERADOR/RECICLADOR y la suministrada por las plantas la planta de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECUPERADOR/RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte) de salidas de material de plantas de selección recicladores, se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selecciónla Planta, se tomará ésta como referencia la para emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento nos suministren las plantas a ECOEMBESplantas, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR RECUPERADOR/RECICLADOR. a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECUPERADOR/RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. Los Comités de Adjudicación de materiales de ECOEMBES podrán no considerar las ofertas de aquellas empresas que lleven más de tres meses de retraso en la aportación a ECOEMBES de documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de retirada de material de plantas de contratos anteriores. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECUPERADOR/RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECUPERADOR/RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECUPERADOR/RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECUPERADOR/RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. mismas ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... 2019. De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECICLADORRECUPERADOR/RECICLADOR (OPERADOR DEL TRASLADO), con domicilio domicilio, a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación NIF nº XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Aluminio Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, validados por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECICLADOR. RECICLADOR Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas la planta de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte) de salidas de material de plantas de selección recicladores, se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas la Planta de Selección, se tomará ésta como referencia la para emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento nos suministren las plantas a ECOEMBESplantas, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. Los Comités de Adjudicación de materiales de ECOEMBES podrán no considerar las ofertas de aquellas empresas que lleven más de tres meses de retraso en la aportación a ECOEMBES de documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de retirada de material de plantas de contratos anteriores. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... 2019. De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECICLADORRECICLADOR (OPERADOR DEL TRASLADO), con domicilio domicilio, a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación NIF nº XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECUPERADOR/RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECUPERADOR/RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, validados por EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECUPERADOR/RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles naturales siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECUPERADOR/RECICLADOR y la suministrada por las plantas la planta de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECUPERADOR/RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte) de salidas de material de plantas de selección recicladores, se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selecciónla Planta, se tomará ésta como referencia la para emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento nos suministren las plantas a ECOEMBESplantas, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento documento de Identificaciónidentificación/Anexo VIIcontrol/carta de porte). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECUPERADOR/RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECUPERADOR/RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. Los Comités de Adjudicación de materiales de ECOEMBES podrán no considerar las ofertas de aquellas empresas que lleven más de tres meses de retraso en la aportación a ECOEMBES de documentos acreditativos (documento de identificación/control/carta de porte) de retirada de material de plantas de contratos anteriores. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECUPERADOR/RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECUPERADOR/RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECUPERADOR/RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de a realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECUPERADOR/RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... 2019. De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECICLADORRECUPERADOR/RECICLADOR (OPERADOR DEL TRASLADO), con domicilio domicilio, a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación NIF nº XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Papel Cartón Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECUPERADOR/RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de SelecciónPlanta, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECUPERADOR/RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, por EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECUPERADOR/RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECUPERADOR/RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selecciónla planta, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECUPERADOR/RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECUPERADOR/RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR RECUPERADOR/RECICLADOR. a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECUPERADOR/RECICLADOR. EL RECUPERADOR/RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECUPERADOR/RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECUPERADOR/RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECUPERADOR/RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECUPERADOR/RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (en adelante, ECOEMBES). De otra parte, EL RECUPERADOR/RECICLADOR, con domicilio a efecto de notificaciones, notificaciones en XXX, y con número de identificación fiscal XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECUPERADOR/RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Cartón Bebidas/Alimentos Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de SelecciónPlanta, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selecciónla planta, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión de la misma remitida por ECOEMBES. Será necesario que EL RECICLADOR indique en cada pago el número de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés de demora igual al interés legal vigente en cada momento incrementado en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madrid, y con NIF nº A-81601700 (A-81601700, en adelante, ECOEMBES). ECOEMBES De otra parte, EL RECICLADOR, con domicilio a efecto de notificaciones, en XXX, y con número de identificación fiscal nº XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,

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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Pet Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto

FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (El Comercializador emitirá la factura mensualmente correspondiente al consumo realizado en caso el mes anterior conforme a lo establecido en las estipulaciones de precio negativo) emitirá una única Xxxxxx, así como el alquiler del equipo de medida, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en procedimientos concursales. La factura completa, incluirá todos los conceptos liquidables por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, el suministro eléctrico de acuerdo a lo indicado los datos registrados en el Anexo IIlos Equipos de Medida y las condiciones resultantes de la adjudicación. La factura deberá emitirse a nombre de la empresa solicitante del suministro, por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes siendo enviada a la finalización del mes natural objeto de facturacióndirección que corresponda. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en En el caso de que dispusiera los Equipos de la información necesaria para Medida no dispusieran de capacidad de lectura remota, la emisión de la Facturación se realizará por ciclo de lectura de las mismas con anterioridad empresas Distribuidoras. El Término de Energía se calculará como resultado de la aplicación del Precio de la Energía a la recepción los consumos de los documentos relacionados Puntos de Suministro en el párrafo anteriorperiodo facturado. El Precio de la Energía será el que se establezca en el Contrato según sean las condiciones resultantes de la adjudicación. El Término de Potencia y los recargos por excesos de potencia y energía reactiva se calcularán cumpliendo las reglas establecidas en el Real Decreto 1164/2001, por parte de EL RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre o en la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para regulación posterior que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición modifique o la sustituya. El Precio de EL RECICLADOR la Potencia será en todo momento el que corresponda según la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas regulación vigente. Se desglosará el importe correspondiente al Impuesto Especial sobre la Electricidad (en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicaráadelante el Impuesto Eléctrico o IEE), así como sus modificacionesdel Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante el IVA) en cada una de las facturas con expresión de su importe y tipo impositivo aplicado, en de acuerdo con las normas reguladoras de estos impuestos. En caso de que durante el Periodo de Vigencia fuera posible la página web exención del IEE, ya fuera total o parcial, para los Puntos de ECOEMBES Suministro de MAYASA, el Adjudicatario deberá realizar las gestiones oportunas para la obtención de dicha exención y repercutir a MAYASA la reducción que pudiera proceder. MAYASA podrá suspender la tramitación de la facturación que incumpla cualquiera de los requisitos anteriores o que contenga datos que se consideren claramente erróneos, procediendo a la devolución de las mismas para su conocimiento por EL RECICLADORrevisión y corrección. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra El Comprador deberá hacer efectivo el convenio según las salidas de material pago de las plantas de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento particularmente. En el supuesto de que EL RECICLADOR incumpliera con su obligación de validar en tiempo y forma la documentación/información requerida y necesaria para que ECOEMBES emita las facturas correspondientes y ECOEMBES no dispusiera de otra información para determinar su importe, ECOEMBES podrá tomar como referencia para la emisión de las mismas, emitidas dentro del plazo fijado por la Ley, el importe de la garantía económica prestada por EL RECICLADOR a ECOEMBES para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato. Todo ello, sin perjuicio de la posible modificación, al alza o a la baja, de la factura emitida por ECOEMBES a EL RECICLADOR que pudiera corresponder una vez ECOEMBES disponga de la información necesaria para determinar correctamente el importe definitivo de la factura. La información cargada después de los diez (10) 30 días naturales no se tendrá en cuenta para la facturación correspondiente a las entregas del mes inmediatamente anterior. Dicha información, se tendrá en cuenta para emitir la factura rectificativa por la diferencia con la factura estimada calculada según se indica en el párrafo anterior. No serán objeto de facturación los lotes de residuos de envases y envases usados respecto de los cuales esté en marcha una controversia en los términos señalados en el ANEXO I al presente Contrato hasta tanto no se solucione la misma. En estas circunstancias, serán objeto de facturación en el mes natural correspondiente a la finalización de la controversia. Excepcionalmente, las primeras facturas comprenderán exclusivamente los lotes entregados en nombre propio y por cuenta de la Entidad durante el período transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato y el día en que concluya dicho mes natural en curso. EL RECICLADOR estará obligado a satisfacer a ECOEMBES cada factura en los cuarenta (40) días naturales siguientes a la fecha de emisión las facturas mediante transferencia bancaria el día 25 de la misma remitida por ECOEMBEScada mes. Será necesario que EL RECICLADOR indique en cada pago el número El impago de cualquiera de las facturas que está abonando. En caso de no indicarlo, ECOEMBES asignará los pagos a las facturas que determine. Se recuerda la conveniencia de asignar cada pago al contrato preciso con el objeto de disponer de una situación actualizada de cada garantía para cada contrato firmado entre cantidades facturadas fuera del plazo acordado por las partes. En caso de precio negativo, ECOEMBES ha puesto a disposición del RECICLADOR una plataforma informática (Web de Recicladores) a efectos de facilitar la tarea de realizar la facturación correspondiente. La validación formal y las responsabilidades derivadas de la emisión de facturas corresponden y deberán ser garantizadas por parte del RECICLADOR. Si este último decidiera facturar mediante firma electrónica a través de la aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas. ECOEMBES pagará las facturas recibidas según las condiciones de pago estipuladas en cada momento por la Ley 15/2010, de 5 de julio, y una vez esté en su poder la documentación demandada en el ANEXO II correspondiente a dicho periodo. En caso de que EL RECICLADOR pague a ECOEMBES, las partes pactan expresamente que o el retraso en el cumplimiento abono de las obligaciones de pagomismas, cualesquiera que éstas fueran, originará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo o de denuncia de la xxxx, el devengo a favor de ECOEMBES de un interés devengará automáticamente los intereses de demora igual al interés legal vigente sobre las cantidades no satisfechas, conforme a lo estipulado en cada momento incrementado la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en dos puntos. En Madrid, a ……. de …. de 20.... De una parte, ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., sociedad anónima sin ánimo de lucro, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 14 - 2ª Planta, 28016 Madridlas operaciones comerciales, y con NIF nº A-81601700 (cualquier otra xxxxx xx xxxxx legal que la modifique o desarrolle, aceptando ambas partes el sometimiento a dicho texto normativo en adelante, ECOEMBES). De otra parte, EL RECICLADOR, con domicilio a efecto de notificaciones, en XXX, todos sus aspectos y con número de identificación XXX. En adelante, se hará referencia conjunta a ECOEMBES y el RECICLADOR como las “Partes”. Las Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente documento y, a tal efecto,obligaciones.

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Samples: Pliego De Bases Administrativas Para El Suministro Eléctrico a Minas De Almadén Y Arrayanes