XXXXXX XXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

XXXXXX XXXXXXX. Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la Inspección de Obra podrá ordenar las demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de tales vicios o defectos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista. En caso contrario, los abonará el Comitente. Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía previsto en el artículo 93 del PCG, el Contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación; transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el Comitente o por terceros, x xxxxx de aquél, deduciéndose su importe del Fondo de Reparos. La recepción definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho del Licitante de exigir el resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la Obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios. Tampoco libera al Contratista de las responsabilidades que determina el artículo 1271, 1273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
XXXXXX XXXXXXX. A N E X O I
XXXXXX XXXXXXX. 1. Es la cantidad que percibe el Futbolista Profesional con independencia de que participe o no en los partidos que este dispute. Deberá fijarse con carácter inexcusable en el contrato que suscriban ambas partes, o en el Convenio que se establezca entre cada Club/SAD y sus respectivas plantillas, para la fijación de la cuantía que corresponda a cada temporada. 2. Cada Futbolista Profesional percibirá, cada año de vigencia de su contrato, doce sueldos mensuales de una cuantía mínima de:
XXXXXX XXXXXXX. B202 DIAMANTE II (DESDE LA CARRERA 20 HASTA LOS PEGUES DE LA CARRERA 22 ENTRE 89 Y CALLE 92) B203 DIAMANTE II (DESDE LA CARRERA 22 HASTA LOS PEGUES DE LA CARRERA 25 ENTRE CALLES 89 Y 91) Y CALLE 89 HASTA LOS PEGUES DE LA CALLE 87 ENTRE AV 89 Y CARRERA 23. B301 DIAMANTE II(CARRERA 25 HASTA LA CARRERA 26 ENTRE CALLES 91 HASTA LA CALLE 87) MIÉRCOLES SÁBADO B302 DIAMANTE II (DESDE LA CARRERA 24 HASTA LOS PEGUES DE LA CARRERA 25 ENTRE CALLES 83 Y CALLE 89, B303 DIAMANTE II (DESDE LA CALLE 87 HASTA LA CALLE 83 ENTRE CARRERA 25 HASTA LA AUTOPISTA) Y Y DESDE LA CALLE 84 HASTA LA TRANSVERSAL 24 DESDE LOS PEGUES DE LA CARRERA 24 HASTA LA CARRERA 25) B401 AVENIDA 89 DESDE LA AUTOPISTA FLORIDABLANCA HASTA LA CARRERA 18C, Y LA VÍA SAN XXXX X XXXXXXX Y AUTOPISTA BUCARAMANGA HASTA EL BARRIO SAN XXXX. LUNES MIÉRCOLES VIERNES B501 PARQUE PRINCIPAL DE DIAMANTE II, PARQUE SAN XXXX. MARTES JUEVES SÁBADO Los puentes y sectores a atender en esta actividad corresponden a los definidos en el respectivo acuerdo xx xxxxxx suscrito entre los prestadores del Municipio de Bucaramanga, el cual se publicará cada vez que surjan modificaciones por variación en la participación xxx xxxxxxx. VEOLIA ASEO BUCARAMANGA S.A. E.S.P. realizará dos (2) veces al año el lavado de áreas públicas, de conformidad a lo establecido en el Artículo 64 y siguientes del Decreto 2981 de 2013 corresponda a los usuarios efectivamente vinculados VEOLIA ASEO BUCARAMANGA S.A. E.S.P.
XXXXXX XXXXXXX. Análisis económico del derecho.” Fondo de cultura económica de México. México DF.1.992.pág 259. de precio adquiere una gran vitalidad en el entendimiento de la ley de la demanda que en un estricto sentido económico puede denominarse también como el costo. Esto incluso con fines prácticos, puede definirse como la cantidad de dinero que hay que pagar para negar a alguien el uso del xxxxxxx00. En consecuencia esta restricción en el uso puede aproximarnos a una definición del concepto de costo, que asume unas características bien especiales y es que es el mínima cantidad a pagar por un bien, teniendo en cuenta los costos de producción y la utilidad del productor. Sin embargo, el planteamiento de esta definición de costos no debe apartarse de los fundamentos teóricos más autorizados y por lo tanto debe armonizarse con estudios previos ya elaborados que logran enriquecer sustancialmente esta definición, en este caso debe hacerse referencia obligatoria a los trabajos desarrollados por el profesor Xxxxxx Xxxxxxx, quien ha elaborado una importante construcción teórica sobre el tema, en un primer orden uno de los principales elementos de su teoría es enfocar el concepto de costo como un elemento medular del proceso productivo, en este particular contexto el costo de un producto se obtendrá estableciendo el costo de los productos que lo componen, esto implica que el costo de un producto estará dado por el costo de todos sus componentes o en otras palabras por la cantidad de componentes que se necesitan y que hay que desplazar para obtener el bien terminado. En consecuencia esta teoría del costo implica el movimiento propio del proceso productivo, donde se desplazan bienes con un costo específico para ser transformados en otros más complejos. Ya en palabras del autor en cita y describiendo estos pormenores de la teoría se ha dicho que: “La concepción de los costos de la teoría económica moderna es una concepción de alternativas desplazadas: el costo de la obtención de cualquier cosa es la que debe ser restituida para conseguirlo. El proceso de evaluación es esencialmente un proceso de elección, y los costos son el aspecto negativo de ese proceso.”13 En consecuencia esta rápida incorporación de la teoría del desplazamiento del costo, hace más fácil afirmar que las leyes de la oferta y la demanda y el aumento del precio tendrá una gran repercusión cuando los productos que componen un 12 X. XXXXXX Xxxxxxx. “Análisis económico del derecho.” Fondo de cultura económica de ...
XXXXXX XXXXXXX. 5.13.1 Adquisición de bienes, servicios y obras por Xxxxxx Xxxxxxx 1. Elabora e ingresa la SOLICITUD DE CONTRATACIÓN SERVICIOS/BIENES Y SERVICIOS– ÍNFIMA CUANTÍA en el Módulo Documental IFS. 2. Recibe la notificación de IFS para inicio de la fase. 3. Para el caso de bienes, revisa la disponibilidad de bienes en Bodega. 4. Para el caso de bienes, genera la solicitud de compra en IFS indicando en sus artículos la especificación técnica, registrando en el campo “notas” del IFS. 5. Emite y firma electrónicamente el Certificado de Disponibilidad en Bodega y lo vincula en el Módulo Documental de IFS y aprueba el paso en la SOLICITUD DE CONTRATACIÓN. 6. Recibe la notificación de IFS para inicio de la fase. 7. Para el caso de bienes, valida y de ser el caso autoriza la solicitud de compra.
XXXXXX XXXXXXX. Es aquel cheque girado por el correntista, en cuyo anverso se ha colocado dos líneas paralelas, cuyo objetivo principal es impedir que sea pagado en ventanilla, es decir, en efectivo. El cruzamiento obliga al tenedor o beneficiario a presentarlo al banco para abono en su cuenta corriente. Estos cheques se clasifican en: • Cheque cruzado general, en cuyo anverso aparecen únicamente las dos líneas paralelas, sin designación o mención alguna dentro de ellas. Estos cheques pueden ser presentados en cualquier Banco para su cobro. • Cheque cruzado especial, es el que presenta dentro de las líneas paralelas el nombre de un Banco específico, cuya característica, es que sólo puede ser pagado por el Banco girado al Banco designado dentro de las líneas paralelas. La nueva Ley de Títulos Valores establece que si un cheque tiene en el anverso dos líneas paralelas (cruzamiento general) y dentro de ellas se consigna la cláusula “no negociable” u otra equivalente, se considerará como Cheque Intransferible. Debe tenerse presente que los cheques cruzados son negociables, salvo que contenga en forma expresa la cláusula “no negociable”. También debe tenerse en cuenta que el cruzamiento general puede transformarse en especial, pero no el especial en general, teniéndose en cuenta que toda tarjadura del cruzamiento anula sus efectos cambiarlos. Los Cheques cruzados son girados bajo la condición de que su presentación al pago se haga a través de cualquier Banco o, en caso de tratarse de un cruzamiento especial, a través del Banco designado. En todo caso existe la posibilidad de que el Banco designado pueda recurrir a otro Banco para el cobro del cheque, en cuyo caso podría hacer otro cruzamiento especial, con la designación del Banco que deba pagar dicho cheque. La nueva Ley permite sólo en estos casos la posibilidad de varios cruzamientos especiales en el mismo cheque.
XXXXXX XXXXXXX. Figura 33. Sendero prehispánico. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 34. Vía a la xxxxxx Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 35. Vehículo particular prestando servicio público en la xxxxxx Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 36. Lugar de Acopio de motos que prestan servicio público. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 37. Servicio de mototaxismo en el corregimiento de San Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 38. Entrada a la xxxxxx Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 39. Sitio de descenso de los usuarios a la xxxxxx Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 40. Trasbordo a la xxxxxx Xxxxxx, situación que incrementa el costo de transporte. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 41. Tiempo de espera en la entrada a la xxxxxx Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 42. Entrada a la vereda San Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 43. Vía interna de la vereda San Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 45. Personas de edad avanzada exponiéndose al cruzar la vía. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 47. Vía a la vereda El Hospicio. Fuente: ASOMOVILIDAD Figuras 49 y 50. Condiciones de vida de la población rural de La Mesa. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 51. Moto prestando servicio público de transporte en la vereda San Xxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 52. Xxx xx Xxx Xxxxxxx xxxxx la vereda Santa Xxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 54. Zona limítrofe con el municipio de Zipacón. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 55. Tramo de la vía a la Vereda Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 56. Tramo de vía hacia El Ocaso. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 58. Mototaxismo en el Corregimiento de San Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 59. Usuarios de la ruta San Xxxxxx – La Mesa esperando el vehículo. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 60. Vehículos particulares que prestan servicio hacia el corregimiento La Esperanza. Fuente: ASOMOVILIDAD Figura 61. Estado de la vía en la salida hacia los corregimientos San Xxxxxx y San Xxxxxxx. Fuente: ASOMOVILIDAD
XXXXXX XXXXXXX. El Viajero.