XXXXXX XXXXXXX. Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la Inspección de Obra podrá ordenar las demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de tales vicios o defectos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista. En caso contrario, los abonará el Comitente. Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía previsto en el artículo 93 del PCG, el Contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación; transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el Comitente o por terceros, x xxxxx de aquél, deduciéndose su importe del Fondo de Reparos. La recepción definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho del Licitante de exigir el resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la Obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios. Tampoco libera al Contratista de las responsabilidades que determina el artículo 1271, 1273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
XXXXXX XXXXXXX. Xxx xxxxxx xx 00 xx Xxxxx xx 0000.
XXXXXX XXXXXXX. 1. Es la cantidad que percibe el Futbolista Profesional con independencia de que participe o no en los partidos que este dispute. Deberá fijarse con carácter inexcusable en el contrato que suscriban ambas partes, o en el Convenio que se establezca entre cada Club/SAD y sus respectivas plantillas, para la fijación de la cuantía que corresponda a cada temporada.
XXXXXX XXXXXXX. 1er. Vicepresidente del SPT Presidente del Capítulo SPT de Conservación, Técnicos, Mantenimiento y Vigilancia del DE 4 SINDICATO PUERTORRIQUEÑO DE TRABAJADORES-SEIU ARTÍCULO 1 CompareCenCia 13 ARTÍCULO 2 reConoCimiento de la Unión Spt 13 ARTÍCULO 3 Unidad apropiada 15 ARTÍCULO 4 dedUCCión de CUotaS 16
XXXXXX XXXXXXX. A N E X O I IVA $68,965.07
XXXXXX XXXXXXX. Contratar La Prestación De Servicios De Un Profesional, Para Realizar Un Dialogo Social En El Municipio Surata, Orientado Hacia La Socialización De La Gestion Ambiental De La Cdmb Respecto A Los Procesos De Preservación, Restauración Y Uso Sostenible De Las C Clase: Prestacion De Servicios Forma: Directa Según El Tipo De Contrato 11603-2 0 / 5 26/01/2018 13,750,000 Contratar Los Servicios De Un Profesional En Salud Ocupacional Para La Asesoria Y El Acompañamiento Al Proceso De Gestión De Talento Humano. Clase: Prestacion De Servicios Forma: Directa Según El Tipo De Contrato 11604-2 0 / 5 26/01/2018 18,500,000 Prestar Los Servicios Profesionales Asesorando Las Actividades Incluidas Dentro Del Programa 4 Del Pai A Cargo De La Coordinación De Biodiversidad Y Servicios Ecosistemicos En El Area De Influencia Del Convenio Amb-Cdmb Clase: Prestacion De Servicios Forma: Directa Según El Tipo De Contrato 11605-2 26/01/2018 37,864,196-7 Prestar Los Servicios Profesionales Como Ing. Ambiental En El Desarrollo De Actividades 0 / 5 13,750,000 Nelly Johanna Mantilla Moreno En La Ejecución De Proyecto 5. Del Pai Preservación, Restauración Y Uso Sostenible De Las Coberturas Vegetales En El Área De Influencia De Hidroelectricas Dentro Del Area Juris Clase: Prestacion De Servicios Forma: Directa Según El Tipo De Contrato 11606-2 26/01/2018 1,095,796,659-5 Prestar Los Servicios Profesionales Como Tecnolog@ En Gestion Agroindustrial 0 / 5 9,500,000 Pedro Alexander Sanchez Gil Ejecutando Las Actividades Del Proyecto 7. Del Pai Articulacion Institucional Con El Sector Productivo De La Jurrisdicion De La Cdmb Para La Implementacion De Los Programas De N Clase: Prestacion De Servicios Forma: Directa Según El Tipo De Contrato 11607-2 0 / 5 26/01/2018 13,750,000
XXXXXX XXXXXXX. “Análisis económico del derecho.” Fondo de cultura económica de México. México DF.1.992.pág 259. demanda de un producto se regirá por los costos de producción lo cual ayudara a posicionar el costo de un producto en el mercado. Esta relación se precisa mejor comprendiendo que son los costos de producción un factor decisivo al determinar el precio de un producto, pues en verdad la disminución del precio, dependerá primero que todo, por la capacidad que tenga el empresario de disminuir estos costos y de esta manera poder incidir en que el mercado reaccione favorablemente a esta estrategia aumentando la demanda a su favor. En consecuencia y a la hora de determinar el comportamiento de un producto en el mercado la ciencia económica ha sido clara en descubrir la siguiente regla: Entre más bajo el precio más será su demanda y si este producto tiene un ingreso marginal favorable los beneficios estarán garantizados para el empresario. Este es el panorama inicial que siempre enmarca la colocación de un producto en el mercado, Un esfuerzo denodado para que el empresario este siempre inmerso en la regla económica fundamental, menor precio-más demanda-más utilidad, asegurando la maximización económica o el reporte de la utilidad. No obstante la cuestión se vuelve compleja cuando no se está en un ambiente de monopolio sino competitivo, pues en este evento la competencia entre productores reducirá sistemáticamente los precios hasta donde esto sea posible o en términos económicos hasta donde se mantenga un ingreso marginal aceptable, donde todos los competidores lucharán por auto garantizar la prevalencia de este ingreso marginal. Lo realmente vistoso en ello se encuentra en que todos jugarán con el precio para captar más mercado, aplicando nuevamente la regla hasta aumentar la producción, esto finalmente arrojara un continuo ajuste en el precio hasta donde más soporte mantener el ingreso marginal de todos los competidores. Si trasladamos el desenvolvimiento de estas reglas a los servicios públicos domiciliarios se obtendrá, que en un ambiente xx xxxxxxx altamente competitivo en un servicio público cuya prestación admita la concurrencia de múltiples operadores, se presentara por efecto de esta situación competitiva una reducción del precio hasta donde los ingresos marginales de cada una de ellas lo permitan. Esto sin duda se constituye en una reducción de tarifas cuando estas no están reguladas. Lo realmente complejo para los usuarios se presenta cuando no existen mecanis...
XXXXXX XXXXXXX. El Cliente Gerente de IRICOM S.L.
XXXXXX XXXXXXX. El conductor y los datos de pago se registran al realizar la reserva y no son modificables. La persona que alquile / recoja el vehículo debe ser el titular de la tarjeta de crédito indicada. Ésta debe presentarse en el mostrador xx XXXX al recoger el vehículo y ser válida en ese momento y estará sujeto a las condiciones de pago anteriores. En caso de modificaciones a la reserva, no se realizan reembolsos por no recogida, por recogida tardía del vehículo o por devolución del vehículo antes de tiempo.
XXXXXX XXXXXXX. Matrícula: 5714 C.E.C.B.A. CUIT 30711911118. Por Instrumento Privado (reunión de socios) del 28/2/2024 Xxxxxxxxx Xxxxx XXXXXXXXX cedió 5.000 cuotas a Xxxxx Xxxxxx XXXXXXXXX, capital: $ 100.000 dividido en 10.000 cuotas de $ 10 VN c/u, suscripción actual: Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX 5.000 cuotas y Xxxxx Xxxxxx XXXXXXXXX 5.000 cuotas; renuncia el gerente: Xxxxxxxxx Xxxxx XXXXXXXXX, se ratifica gerente: Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX con domicilio especial en Xxxxxx 1948 Piso 3 Departamento B CABA; se reformo art. 4 Autorizado según instrumento privado reunion de socios de fecha 28/02/2024 Xxxxx Xxxxxx La Xxxx - T°: 101 F°: 0369 C.P.A.C.F.