FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. Los trabajos deberán realizarse dentro del plazo establecido en la Cláusula 4. Transcurrido dicho plazo el Responsable del contrato realizará un primer examen de las instalaciones y de cualquier documentación generada durante la vigencia del contrato. En caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, ordenará por escrito al Contratista corregir o completar las partes del trabajo que estime necesarias, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas y dará cuenta al Órgano de contratación, en su caso, del incumplimiento del plazo a los efectos procedentes. El incumplimiento de dichas instrucciones por parte del Contratista sin motivo justificado será causa de resolución, con pérdida de fianza. Si se considera que el trabajo reúne las condiciones debidas se dará por finalizado, levantándose al efecto el Acta de Finalización correspondiente.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. El contratista deberá realizar la prestación dentro del plazo estipulado y en los términos previstos en el contrato. En el supuesto de otorgamiento de garantía, transcurrido el plazo previsto para la misma sin que HZ haya formalizado ningún reparo, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. 10.1.- Una vez finalizados los trabajos y cumplidas, en su caso, las demás prestaciones accesorias del Mediador, éste reclamará la aprobación de CTV, S.A.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. Los trabajos deberán realizarse dentro del plazo establecido en la Cláusula 4 del presente Xxxxxx. A tal efecto, el responsable del Contrato elaborará, con seis meses de antelación sobre la fecha prevista de finalización del contrato, un inventario final de tareas pendientes, que recogerá todas las incidencias no resueltas, labores de mantenimiento incompletas, mejoras no ejecutadas o aplazadas, … y, en general, todas aquellas obligaciones derivadas del contrato pendientes de ejecución. Dicho inventario irá acompañado de una valoración estimada de las obligaciones pendientes y de un cronograma, que establecerá los plazos concedidos para la conclusión de cada una de ellas; el incumplimiento de dichos plazos supondrá la aplicación de las penalizaciones establecidas en la Cláusula 30. Transcurrido el plazo de ejecución contractual, el Responsable del contrato realizará un primer examen de las instalaciones y de cualquier documentación generada durante la vigencia del contrato. En caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, ordenará por escrito al Contratista corregir o completar las partes del trabajo que estime necesarias, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas y dará cuenta al Órgano de contratación, en su caso, del incumplimiento del plazo a los efectos procedentes. El incumplimiento de dichas instrucciones por parte del Contratista sin motivo justificado será causa de resolución, con pérdida de fianza. Si se considera que el trabajo reúne las condiciones debidas se dará por finalizado, levantándose al efecto el Acta de Finalización correspondiente.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. 40 6. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 40 7. MODIFICACIONES DEL CONTRATO 41
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. El contratista deberá realizar la prestación dentro del plazo estipulado y en los términos previstos en el contrato.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. El contratista deberá realizar la prestación dentro del plazo estipulado y en los términos previstos en el contrato. El Contrato se extinguirá por su vencimiento, mutuo acuerdo o resolución. La resolución del Contrato se podrá acordar por el Órgano de Contratación, siendo causas de resolución las siguientes:
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. El plazo de finalización, se corresponderá con la recepción definitiva de los servicios, a cuyo efecto, el contratista adoptará las medidas oportunas a solicitud del Responsable del contrato.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. Finalizado el contrato se procederá su recepción por la Mancomunidad. A tal efecto se levantará acta en la que se indicará si la prestación reúne las condiciones debidas. Si la prestación no reúne las condiciones necesarias, se indicarán por escrito las instrucciones oportunas para que se subsanen los defectos observados en el plazo que se establezca a tal fin, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas. En ningún caso se considerarán cumplidas las obligaciones contractuales hasta que el adjudicatario destruya o devuelva a la Mancomunidad cualquier soporte que contuviera datos de carácter personal.
FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. Finalizados los trabajos de redacción por parte del Consultor, y previamente a la edición definitiva del proyecto, el Consultor remitirá un ejemplar completo en encuadernación preliminar o “copia cero” a la Dirección del Proyecto para su examen, revisión y, en su caso, ordenar las correcciones oportunas, pudiendo exigirse al Adjudicatario cuantos datos, aclaraciones o ampliaciones se considere oportuno. Mientras la Dirección del Proyecto no de explícitamente al Consultor su conformidad al contenido de la “copia cero”, no se realizará la edición definitiva del proyecto. En caso de que el Consultor edite definitivamente el Proyecto sin la conformidad previa de la Dirección del Proyecto, no serán de abono los ejemplares editados, sin perjuicio de que ésta conmine al Adjudicatario para la subsanación de las correcciones que estime pertinentes. Tras recibir la Administración en sus dependencias los ejemplares solicitados del proyecto, se procederá al trámite de recepción de los trabajos y de liquidación del contrato, según lo establecido en las cláusulas 19 y 20 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.