FORMA DE PAGO XX XXXXXX Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE PAGO XX XXXXXX. Las primas del presente seguro, tanto por concepto del capital asegurado en caso de fallecimiento, o por concepto de servicios funerarios deben ser pagadas conjuntamente en forma anual y anticipada, y el pago mismo debe ser hecho en las Oficinas Principales de la compañía aseguradora o en sus sucursales o agencias autorizadas. La compañía aseguradora, para facilidad del cliente, y mediante pacto expreso incorporado a la póliza, puede aceptar pagos fraccionados de la prima en semestres, trimestres o mensualidades.
FORMA DE PAGO XX XXXXXX. La póliza se regirá bajo el sistema de declaraciones mensuales mes completo sin prorratas y pago mensual vencido treinta (30) dias fecha de factura. La aseguradora deberá conciliar con GIROS & FINANZAS C.F. S.A dentro de los primeros quince 15 días del mes. Al momento de pagar la prima mensual el cliente se descontará el retorno de manera mensual y adjuntará la cuenta de cobro como soporte, con sujeción a la normatividad tributaria. Noventa (90) días después de finalizar la vigencia se liquidará una participación de utilidades, de acuerdo con los siguientes parámetros: PU = veinte por ciento (20%) de la Siguiente Fórmula: PRIMAS EMITIDAS (-) COMISIÓN DE INTERMEDIACIÓN (Igual a 0) (-) GASTOS POR ADMINISTRACIÓN Y RECAUDO (-) SINIESTROS INCURRIDOS (Siniestros incurridos = Siniestros pagados + siniestros pendientes de la vigencia + XXXX) (-) GASTOS ADMINISTRATIVOS COMPAÑÍA DE SEGUROS (quince por ciento (15%) sobre el valor xx xxxxxx liquidado con la tasa única) (=) RESULTADO * veinte por ciento (20%) = PU * El IBNR corresponderá al diez (10%) de la sumatoria de los siniestros pagados del periodo más los siniestros pendientes del periodo.
FORMA DE PAGO XX XXXXXX. El Banco, recauda anticipadamente el total del valor de la prima correspondiente a 1 año de vigencia para la póliza de Incendio y Terremoto y riesgos aliados - Grupo 2. La aseguradora adjudicataria acepta que la facturación de las primas de seguros se realice a cargo y en los ciclos de facturación establecidos por el Banco y que su recaudo o causación se traslade a la aseguradora mes vencido. El Banco descontará de las cuentas de cobro mensuales el porcentaje correspondiente a su gestión de administración y Recaudo. La base de datos de asegurados, que suministrará BANCOMPARTIR S.A. contendrá la siguiente información:  Nombre del asegurado.  Identificación del asegurado.  Fecha inclusión del bien  Fecha finalización vigencia póliza  Características del bien  Dirección exacta  Ciudad y departamento  Tipo de construcción  Año de construcción  Valor asegurado  Valor de la prima  Número del créditoDirección de correspondencia  Teléfono de correspondencia  Correo electrónico, en caso en que lo suministren
FORMA DE PAGO XX XXXXXX. El pago de la prima se efectuará a los 90 días calendario de iniciada la vigencia de la Póliza, previa correcta presentación de la factura correspondiente, en la Oficina Principal de PETROPERÚ S.A. En un plazo que no excederá de los (10) días calendario de culminada la vigencia de la Póliza.
FORMA DE PAGO XX XXXXXX. La aseguradora adjudicataria deberá abrir y/o mantener una cuenta corriente o de ahorros en una entidad financiera, destinada a recibir la transferencia mensual de las primas recaudadas por EL BANCO en el evento en que opte por la alternativa de que aquella recaude dichas primas. La póliza se regirá bajo el sistema de declaraciones mensuales, mes completo sin prorratas y el pago a la aseguradora lo realizará EL BANCO, a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recaudo. La aseguradora deberá conciliar con EL BANCO, dentro de los primeros 15 días del mes. En caso de que la compañía de seguros opte porque EL BANCO realice el servicio de recaudo xx xxxxxx, ésta descontará de dicho pago el valor correspondiente al reconocimiento de tarifa por el servicio de recaudo xx xxxxxx. Sin perjuicio de lo anterior, EL BANCOactuará con sujeción a la normatividad tributaria.
FORMA DE PAGO XX XXXXXX. La póliza se regirá bajo el sistema de declaraciones mensuales, mes completo, sin prorratas y el pago a la aseguradora lo realizará EL BANCO, a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recaudo. La aseguradora deberá conciliar con EL BANCO dentro de los primeros 15 días de cada mes. En caso de que la compañía de seguros opte porque EL BANCO, realice el servicio de recaudo xx xxxxxx, éste descontará de dicho pago el valor correspondiente al costo de servicio de recaudo de la prima. Sin perjuicio de lo anterior, EL BANCOactuará con sujeción a la normatividad tributaria.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.