Common use of GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Clause in Contracts

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Licitación Pública Internacional, Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA TODAS LOS ENTES PARTICIPANTES PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSInstituto, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSSInstituto. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSSInstituto. G. F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir ASIPONA DOS BOCAS; Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequerida. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las ASIPONA DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para que trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación no existencia de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que pasivos se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. El no presentar la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive Garantía dentro del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá plazo señalado dará lugar a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia rescisión Administrativa del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con lo dispuesto por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre Artículo 54 de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLAASSP.

Appears in 2 contracts

Samples: Contract for Specialized Security Services, Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad La ASEGURADORA, garantiza el correcto y fiel cumplimiento del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía presentada, que en ningún caso podrá ser un garantía emitida por la propia entidad aseguradora), No. , emitida por (Registrar el nombre del ente emisor de la garantía), con vigencia hasta el (Registrar el día, mes y año de la vigencia de la garantía) a la orden de (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía), por un monto de (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. El importe de dicha garantía en caso de que existan créditos cualquier incumplimiento contractual incurrido por la ASEGURADORA, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. La Garantía será devuelta después del cierre y liquidación del contrato conjuntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. La ASEGURADORA tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. La Garantía de Cumplimiento de Contrato, se ejecutará a favor contra de la ENTIDAD en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento de la ASEGURADORA, en las cláusulas pertinentes que deriven de su obligación. 2. Cuando la ASEGURADORA hubiera incumplido la indemnización de los siniestros convenidos como prestación, mismos que deben estar calificados en xxxx, una vez transcurrido el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que plazo establecido en el supuesto Artículo 1034 del Código de Comercio y producto de ello se resolviera el contrato. El monto por incumplimiento en la indemnización de las obligaciones que deriven del contratolos siniestros calificados en xxxx, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta no será deducido por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal ejecución de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), cuanto el cobro de dichos montos es independiente uno del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a otro en favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesENTIDAD. Esta garantía deberá presentarse a más tardarLA ENTIDAD, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, pondrá en términos del artículo 48 conocimiento de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, Contraloría General del Estado y la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contratoAPS, para lo cual deberá constituir la fianza correspondientelos efectos legales pertinentes, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto todo acto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva ejercida por la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”ASEGURADORA. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Contratación De Seguros, Base Contract for Insurance Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el día hábil inmediato anterior IVA) correspondiente al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento monto del contrato, consistente en: Póliza a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PROVEEDOR garantizará todas y cada una de las obligaciones que se constituirá pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente escrito de la API; c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aun para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado requerida; y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la API del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo; para tal caso, las API hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API el importe negociado y en caso de negativa, las API procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La cancelación de la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante deberá ser solicitada por escrito a la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria API DOS BOCAS por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientePROVEEDOR. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la Dicha liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de garantía solamente procederá cuando la API certifique la recepción satisfactoria de los SERVICIOS. La API solicitará la liberación de la fianza en su casodirectamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía dentro del plazo señalado, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 2 contracts

Samples: Contract for Optimization Study and Project, Contract for Supply and Installation of Self Supporting Tower

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 17 (Diecisiete). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesque el servicio fue prestado de conformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLey.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine, respecto de las moneda que oferta. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente Proveedor entregue los MATERIALES en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 17 (diecisiete). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  : A) El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  del Instituto Mexicano del Seguro Social. B) Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de Veracruz.  Abastecimiento y Equipamiento. C) El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega que el servicio fue prestado de los bienes correspondientesconformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLey.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine, respecto de las moneda que oferta. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente Proveedor entregue los BIENES en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Electrónica Internacional Abierta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSInstituto, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSSInstituto. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo dede 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSSInstituto. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 92. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de VeracruzISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruzel ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruzdel ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso El licitante adjudicado, para garantizar el cumplimiento de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento todas y cada una de las obligaciones que deriven estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se haga efectiva la garantía otorgadasin considerar el Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 13 (trece). Toda vez que para el presente procedimiento el contrato a realizar será abierto, se señala que el porcentaje de la fianza que garantiza garantía será sobre el cumplimiento monto máximo del contrato. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales siempre y los recursos legales que se interpongancuando el proveedor haya cumplido a satisfacción del Instituto, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que todas las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadocontractuales. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal900 UMAS, el licitante adjudicado adjudicado, podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro SocialInstituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División Oficina de ContratosContratos de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, sito Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 675, Colonia Xxxxxxxxx de las Xxxxxxx, Alcaldía de Xxxxxxx X. Xxxxxx, X.X. 07760, Ciudad de México. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”Ley. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad a) De conformidad con lo señalado en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSartículo 48, fracción II, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto PROVEEDOR a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma notificación del contratofallo, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía póliza de cumplimiento fianza emitida por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse afianzadora mexicana debidamente autorizada por el 10%(diez un monto equivalente al 20% (Veinte por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoIVA), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud la Administración Portuaria Integral de Tlaxcala”Veracruz, S.A. de acuerdo con C.V. Con dicha fianza el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar PROVEEDOR garantizará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas establecidas en el contrato, a excepción de las contingencias laborales que pudieren derivarse del mismo, las cuales estarán garantizadas mediante otra fianza. Debido a que con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, se apercibe al PROVEEDOR de que el incumplimiento en la entrega a la API DE VERACRUZ de la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en la presente INVITACIÓN, será motivo de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la LEY, en cuyo caso la API DE VERACRUZ remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos mencionados, para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la LEY. La póliza de fianza otorgada a la API DE VERACRUZ deberá estar vigente por todo el periodo de duración del contrato adjudicadoy tendrá como objeto el de respaldar el cumplimiento del mismo y cualquier responsabilidad que resultase a cargo del PROVEEDOR. En caso de que antes de la recepción satisfactoria del SERVICIO se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la fianza continuará vigente hasta que el PROVEEDOR corrija los defectos y satisfaga dichas responsabilidades. La póliza en que sea expedida la fianza, ya sea impresa o electrónica, deberá presentar contener lo señalado en el ANEXO 16. b) El LICITANTE que resulte ganador deberá entregar a más tardar 10 (diez) días naturales siguientes a la notificación del fallo, una póliza de fianza expedida emitida por una afianzadora mexicana debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, autorizada por un importe monto equivalente al 1020% (diez veinte por ciento) del monto total máximo del contrato, contrato (sin considerar incluir el Impuesto al Valor AgregadoIVA), a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud la Administración Portuaria Integral de Veracruz, con todas las obligaciones contractualesS.A. de C.V. para garantizar posibles contingencias laborales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad La póliza en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruzsea expedida la fianza, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicabledeberá contener lo señalado en el ANEXO 16. La obligación garantizada será indivisible, por lo que otorga su consentimiento expreso para en caso de presentarse algún incumplimiento se harán efectivas las garantías que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta procedan por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis total de la Ley Federal obligación garantizada. Una vez cumplidas las obligaciones del “PROVEEDOR” a satisfacción de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada“API DE VERACRUZ”, el beneficio devolverá servidor público facultado procederá inmediatamente a extender la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía constancia de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de las garantías derivadas del presente contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  . c) El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque “PROVEEDOR” deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto entregar a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha notificación del fallo, una póliza de firma seguro de daños a terceros y responsabilidad civil, emitida por una aseguradora mexicana debidamente autorizada, por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a favor de la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. Con dicha póliza el “PROVEEDOR” cubrirá los riesgos derivados de sus actividades y los posibles daños que pudiera ocasionar durante la prestación del contratoSERVICIO, en términos a las personas, a las instalaciones, y a los equipos que maneje. Asimismo, los vehículos que utilice el “PROVEEDOR” para la prestación del SERVICIO deberán encontrarse asegurados. NOTA: El costo de las disposiciones aplicables. En caso de que la fianza debe ser absorbido por el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.PROVEEDOR

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por cientoASIPONA DOS BOCAS; c) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatoriosrequerida. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoe) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las ASIPONA DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para que trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación no existencia de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que pasivos se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. El no presentar la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive Garantía dentro del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá plazo señalado dará lugar a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia rescisión Administrativa del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con lo dispuesto por el procedimiento siguienteArtículo 54 de LAASSP. EL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS ES UNA SOLUCIÓN INTEGRAL QUE TIENE COMO OBJETIVO FORTALECER EL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE NUESTRO PAÍS, CON HERRAMIENTAS QUE LES PERMITAN INCREMENTAR SU CAPACIDAD PRODUCTIVA Y DE GESTIÓN. AL INCORPORARTE A CADENAS PRODUCTIVAS TENDRÁS ACCESO SIN COSTO A LOS SIGUIENTES BENEFICIOS:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz• CONOCE OPORTUNAMENTE AL CONSULTAR DESDE LA COMODIDAD DE TU NEGOCIO LOS PAGOS QUE TE REALIZARÁN LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES CON LA POSIBILIDAD DE OBTENER LA LIQUIDEZ QUE REQUIERES SOBRE TUS CUENTAS POR COBRAR DERIVADAS DE LA PROVEEDURÍA DE SERVICIOS Y SI REQUIERES CAPITAL DE TRABAJO PODRÁS ACCEDER A LOS PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE CRÉDITO PYME QUE NACIONAL FINANCIERA INSTRUMENTA A TRAVÉS DE LOS BANCOS.  Dicho cheque deberá ser resguardado• INCREMENTA TUS VENTAS, a título de garantíaAL PERTENECER AL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de VeracruzMEDIANTE EL CUAL LAS DEPENDENCIAS Y/O ENTIDADES U OTRAS EMPRESAS PODRÁN CONSULTAR TU OFERTA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL MOMENTO QUE LO REQUIERAN, AL MISMO TIEMPO, CONOCERÁS OTRAS EMPRESAS CON LA POSIBILIDAD DE AMPLIAR TU BASE DE PROVEEDORES.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato• PROFESIONALIZA TU NEGOCIO, A TRAVÉS DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN EN LÍNEA O PRESENCIALES, SOBRE TEMAS RELACIONADOS AL PROCESO DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL QUE TE AYUDARÁN A SER MÁS EFECTIVO AL PRESENTAR TUS PROPUESTAS. En este caso• IDENTIFICA OPORTUNIDADES DE NEGOCIO, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoAL CONOCER LAS NECESIDADES DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE NUESTROS BOLETINES ELECTRÓNICOS.

Appears in 1 contract

Samples: Contratación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente Proveedor entregue los LUBRICANTES en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEX“LA ENTIDAD”, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Seguros y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. “LA ENTIDAD” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza cuando el Proveedor entregue y/o proporcione el servicio de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente SUMINISTRO en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en caso todas sus partes con la [Registrar el tipo de que existan créditos garantía presentada], Nº [Registrar el número de la garantía presentada] emitida por [Registrar el nombre del ente emisor de la garantía], con vigencia hasta el [Registrar día, mes y año de la vigencia de la garantía], a la orden de [Registrar el nombre o razón social del COMPRADOR], por [Registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal], equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. El importe de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, será pagado en favor del COMPRADOR a su favor contra sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. La devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, procederá si el IMSSContrato ha sido cumplido en su totalidad y se efectivice la recepción de los BIENES objeto de la contratación, hecho que se hará constar mediante el Acta de renunciar Recepción suscrita por la Comisión de Recepción y el PROVEEDOR. La devolución se efectivizará en la liquidación final del Contrato. El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera el COMPRADOR por razones justificadas. La Unidad Administrativa del COMPRADOR será quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. Al cumplimiento de cada entrega, el PROVEEDOR podrá solicitar al derecho a compensar que le concede COMPRADOR la legislación sustantiva civil aplicablesustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en una garantía equivalente al siete por ciento (7%) del saldo restante del monto del Contrato; siempre y cuando el supuesto COMPRADOR haya realizado la recepción de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativoBIENES, en el juicio contencioso plazo previsto de acuerdo al cronograma, no debiendo existir retraso y/o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. incumplimiento en las entregas previas, atribuibles al PROVEEDOR. (v. septiembre 2020) 50 SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS En caso de que el procedimiento administrativoPROVEEDOR no haya solicitado la sustitución de dicha garantía y se haya efectivizado recepciones y posteriormente sobreviniese una Resolución de Contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a se ejecutará la Garantía de Cumplimiento de Contrato. La Comisión de Recepción deberá verificar que los intereses BIENES, hayan sido entregados conforme la propuesta adjudicada, estableciendo en el Acta de Recepción que los BIENES han sido entregados de manera satisfactoria y dentro del fiadoplazo previsto. El PROVEEDOR con esta Acta de Recepción, y podrá solicitar al COMPRADOR la institución autorización de fianzas haya pagado sustitución la cantidad reclamadaGarantía de Cumplimiento de Contrato, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito no mayor a la Institución de Fianzas. b. Copia cinco (5) días hábiles. El COMPRADOR a través de la póliza Unidad Administrativa verificará el Acta de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento Recepción a efectos de notificación al fiado autorizar la sustitución de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía contra entrega de cumplimiento una nueva garantía. El PROVEEDOR podrá solicitar al COMPRADOR la sustitución de las obligaciones estipuladas en el contratola Garantía de Cumplimiento de Contrato, mediante cheque certificado, por un importe misma que será equivalente al 10% siete por ciento (diez por ciento), 7%) del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso ejecución restante de la entrega provisión de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardarBIENES al momento de la solicitud, dentro de los diez días naturales siempre y cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones a la fecha de firma del contrato, la solicitud: a) Se alcance un avance en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega provisión de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse BIENES de al menos setenta por el 10%(diez por cientociento (70%) del monto máximo del Contrato; [Por ejemplo, de establecerse un avance en la provisión de BIENES del 80%, el PROVEEDOR podrá solicitar el cambio de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por un 7% del 20% del monto del Contrato que falta por proveer, que corresponde al 1,4% del monto total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro Contrato] b) La provisión de los 10 días naturales siguientes BIENES y las condiciones del Contrato, hayan sido ejecutadas sin retraso o suspensión atribuible al PROVEEDOR de acuerdo al Cronograma de Xxxxxxxx. La Unidad Solicitante, en base a la fecha solicitud del PROVEEDOR, deberá emitir informe sobre la solicitud de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos sustitución de la Ley Federal garantía un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, en base a los registros o planillas de Instituciones provisión de Fianzasbienes, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de aceptando o rechazando la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá solicitud realizada por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicablesPROVEEDOR. En caso de aceptar la solicitud de sustitución de la garantía, la Unidad Solicitante remitirá a la Unidad Administrativa del COMPRADOR la autorización de sustitución y antecedentes a efectos de que el proveedor adjudicado no presente se realice la sustitución por única vez de la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratouna nueva garantía.

Appears in 1 contract

Samples: Solicitud De Cotizaciones

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXLA ENTIDAD, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 282 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. LA ENTIDAD podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza cuando el Proveedor entregue y/o proporcione el servicio de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente SUMINISTRO en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas y cada una de sus partes, con la presentación de una Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato renovable, irrevocable y de ejecución inmediata a primer requerimiento, con vigencia hasta sesenta (60) días calendario posteriores a la emisión del Acta de Recepción Definitiva, equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. Dicha garantía forma parte indisoluble del presente CONTRATO. Asimismo cubrirá las insuficiencias de diseño, errores y/o daños de fabricación, construcción, montaje y operación y mantenimiento del PROYECTO. A solo requerimiento de ENDE, el importe total de la garantía citada anteriormente será ejecutado en caso de incumplimiento contractual, total o parcial, incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de realizar trámite o acción judicial o extrajudicial alguna. La Garantía de Cumplimiento de Contrato deberá estar vigente desde la fecha de vigencia del CONTRATO hasta la emisión del Acta de Recepción Definitiva del PROYECTO. A la emisión del Acta de Recepción Definitiva del PROYECTO, que existan créditos incluye la conclusión de operación y mantenimiento, a entera satisfacción de ENDE, dicha garantía será devuelta previo requerimiento del CONTRATISTA. El CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, quien llevará el control directo de vigencia de la mismas bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de las garantías en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a ENDE su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de ENDE, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR. La no renovación oportuna de la Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato en un plazo no menor a cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de vencimiento, otorga a ENDE la potestad de ejecutarla a su favor contra favor, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial o extrajudicial. El importe de dichas garantías en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el IMSSCONTRATISTA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableo deficiente suministro, por lo que otorga obra o montaje no mejorado o corregido en los plazos contractuales, será ejecutado en su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo totalidad a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales ENDE y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, consolidará en su caso favor, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis sin necesidad de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad ningún trámite o acción judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de a su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. solo requerimiento. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a quiebra de los intereses del fiado, y la institución entes otorgantes de fianzas haya pagado la cantidad reclamadalas Boletas de Garantía Bancaria, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza CONTRATISTA deberá reemplazarlas con Boletas de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia otra entidad bancaria de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contratomisma calificación, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, ningún costo para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicablesENDE. En caso de que el proveedor adjudicado CONTRATISTA no presente la garantía renueve las Boletas de cumplimientoGarantía a través de una nueva entidad, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento ENDE presentará las Boletas de todas y cada una de las obligaciones estipuladas Garantía en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así cobranza como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruzacreedor preferido. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Para La Ejecución Del Proyecto Planta Piloto Geotérmica Laguna Colorada

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El adjudicatario deberá constituir un seguro de caución en una compañía de primera línea a satisfacción del GCBA, antes de la firma del Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total que resulte de multiplicar el canon mensual ofertado y aceptado por el plazo total de concesión, debiendo ser acreditada ante la Dirección General y/u organismo que en el futuro la reemplace. Si así lo considerara conveniente, el GCBA podrá optar por una garantía anual debiendo contar el adjudicatario, con renovación automática con anterioridad al vencimiento, debiendo presentar anualmente la renovación en la Dirección General, bajo apercibimiento en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contratodisponer la fijación de multas progresivas y conminatorias y, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado promover la revocación de la concesión por falta grave a las obligaciones previstas por los Pliegos licitatorios y el Contrato de concesión. La presente garantía se hará efectiva en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento forma inmediata y automática, sin perjuicio de notificación al fiado la aplicación de su incumplimiento. e. En su caso, la las sanciones que pudieren corresponder. La rescisión del contrato y Contrato por culpa del Concesionario importa la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato en proporción al período que reste para su notificación. f. En su casocumplimiento, documento sin perjuicio de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y la aplicación, en su caso, su notificación. h. Importe reclamadode las multas y sanciones que correspondieren, quedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados que sean consecuencia de circunstancias imputables al Concesionario. No obstante lo anteriorLa Garantía de Cumplimiento de Contrato continuará vigente hasta que prescriba la acción judicial por reclamo de deuda, con excepción que el Concesionario cancelare la totalidad de los montos, momento en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federalcual se restituirá, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso corresponder, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientegarantía. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 17 (Diecisiete). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega que el servicio fue prestado de los bienes correspondientesconformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley. Se deberá considerar en el presente numeral de esta convocatoria y en la formalización del contrato que resultara asignado lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39 y 81 fracción II del reglamento de la Ley de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, así como el artículo 77, fracción VIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública, respecto a la divisibilidad o indivisibilidad de las disposiciones aplicables. En caso obligaciones contractuales, y la aplicación total o proporcional de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientocumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, le será cancelado Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estableciéndose que para esta convocatoria deberá aplicarse el contratocriterio de divisibilidad, en el que la garantía se hará efectiva por el monto de las obligaciones incumplidas de acuerdo a lo que previene el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso La garantía de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven cumplimiento del contrato, se haga efectiva la solicitará al PRESTADOR DE SERVICIOS, dicha garantía otorgada, así como cualquier otro saldo será mediante fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, entregada a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más mas tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; inclusive las penas convencionales. Que en caso de que la API sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el que se llamara a juicio a la API o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en términos caso de demanda que implique pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la API del artículo 48 juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la API harán del conocimiento de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía afianzadora tal evento y esta reembolsará a la API el importe negociado y en caso de cumplimiento por cada contratonegativa, la cual contará con una vigencia API procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e). Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de 12 meses contados a partir los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la entrega de los bienesAPI. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos estará vigente durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia requerida. El no presentar la Garantía dentro del plazo señalado dará lugar a la rescisión Administrativa del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta dispuesto por el monto garantizado másArtículo 54 xx Xxx de Adquisiciones, en su caso , la indemnización por xxxx que derive Arrendamientos y Servicios del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoriaSector Público. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir API DOS BOCAS; Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequerida. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de las obligaciones que deriven del contratopesos o responsabilidad patrimonial, se haga efectiva la garantía otorgadaa negociar con el o los actores, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive API DOS BOCAS del artículo 95 bis juicio de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecuciónreferencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las API DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS el importe negociado y en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativonegativa, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, API DOS BOCAS procederán en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación forma y vía a que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzasrefiere el inciso d) anterior. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Supply and Installation of Self Supporting Tower

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 16 (dieciséis). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesque el servicio fue prestado de conformidad. Esta garantía será divisible y deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de la firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En la LAASSP, en caso de presentarse algún incumplimiento se harán efectivas las garantías que el proveedor adjudicado no presente procedan, en términos de los artículos 39 fracción II inciso i, numeral 5, y 81 fracción II del Reglamento de la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLAASSP.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 17 (diecisiete). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesque el servicio fue prestado de conformidad. Esta garantía será divisible y deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de la firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En la LAASSP, en caso de presentarse algún incumplimiento se harán efectivas las garantías que el proveedor adjudicado no presente procedan, en términos de los artículos 39 fracción II inciso i, numeral 5, y 81 fracción II del Reglamento de la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLAASSP.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al ANEXO NÚMERO 18 (dieciocho). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega que el servicio fue prestado de los bienes correspondientesconformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley. Se deberá considerar en el presente numeral de esta convocatoria y en la formalización del contrato que resultara asignado lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39 y 81 fracción II del reglamento de la Ley de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, así como el artículo 77, fracción VIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública, respecto a la divisibilidad o indivisibilidad de las disposiciones aplicables. En caso obligaciones contractuales, y la aplicación total o proporcional de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientocumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, le será cancelado Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estableciéndose que para esta convocatoria deberá aplicarse el contratocriterio de divisibilidad, en el que la garantía se hará efectiva por el monto de las obligaciones incumplidas de acuerdo a lo que previene el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir API DOS BOCAS; Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequerida. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios BIENES, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la API DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las API DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las API DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los BIENES objeto del contrato, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se haga efectiva extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. El no presentar la garantía otorgadaGarantía dentro del plazo señalado dará lugar a la Rescisión Administrativa del Contrato de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 54 de LAASSP. ANEXO 17 SECRETARÍA DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO. ACUERDO por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como cualquier otro saldo a favor en la presentación de los Servicios las inconformidades por la misma vía. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud Contraloría y Desarrollo Administrativo. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Secretario de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales Contraloría y los recursos legales que se interponganDesarrollo Administrativo, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria fundamento en lo dispuesto por parte los artículos 37 de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago Ley Orgánica de la cantidad reclamada hasta por Administración Pública Federal; 7, 26, 27, 31 fracción XVIII, 56, 65 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y BIENES del Sector Público; 8, 27, 28, 33 fracción XXII, 74, 83 y 85 de la Ley de Obras Públicas y BIENES Relacionados con las Mismas, y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, tomando en cuenta las opiniones de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comercio y Fomento Industrial, y Que el monto garantizado másPlan Nacional de Desarrollo 1995-2000, en su caso apartado relativo a la modernización de la gestión pública, establece la necesidad de implementar una renovación que revitalice los esquemas de trabajo del sector público, reoriente sus incentivos, simplifique sus procedimientos y modernice sus métodos de gestión; Que el Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000, prevé el propósito de vincular la tecnología de la información con la simplificación de los procedimientos administrativos, para mejorar la calidad y oportunidad de los BIENES públicos, así como hacer más eficientes los procesos en la toma de decisiones, la indemnización administración de recursos y la racionalización de los sistemas de trabajo, observando la debida congruencia con el Programa de Desarrollo Informático 1995-2000; Que en este contexto, como parte de las acciones emprendidas por xxxx la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en materia de modernización administrativa, determinó poner en operación el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET), mecanismo que derive del artículo 95 bis ha permitido difundir, agilizar y dar transparencia a los procedimientos de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES celebrados por las dependencias y entidades, en materia de adquisiciones y arrendamientos de BIENES muebles, y BIENES de cualquier naturaleza, así como de obras públicas y BIENES relacionados con las mismas; Que las ventajas que actualmente concede el propio Sistema, además de las que venía ofreciendo, se traducen en la Ley Federal posibilidad de Instituciones que los licitantes, puedan, a su elección, sin necesidad de Fianzasacudir personalmente a las oficinas de las convocantes, aun cuando enviar sus propuestas, a través de medios remotos de comunicación electrónica, así como presentar sus inconformidades por la obligación se encuentre sub judicemisma vía ante los órganos internos de control en las dependencias y entidades, y Que en virtud de procedimiento ante autoridad judiciallo que prevén las Leyes de Adquisiciones, no judicial o tribunal arbitralArrendamientos y BIENES del Sector Público, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativoObras Públicas y BIENES Relacionados con las Mismas, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso sentido de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá corresponde a la afianzadora Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo establecer mediante disposiciones administrativas los términos y condiciones a las que deberá ajustarse la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega participación de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse licitantes cuando las proposiciones sean enviadas a más tardartravés de medios remotos de comunicación electrónica, dentro así como la de los diez días naturales siguientes interesados que decidan presentar por la misma vía sus inconformidades, he tenido a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que bien expedir el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.siguiente:

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Con el objeto de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar caucionar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas referidas a la explotación de los servicios materia de este Contrato, y previa conformidad del Ministerio, el concesionario ha hecho entrega en el contrato adjudicadoeste acto, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos [diez o más Boletas de Garantía Bancarias] o [Póliza de Garantía de ejecución inmediata, sin liquidador], extendida a nombre de la Ley Federal Subsecretaría de Instituciones de FianzasTransportes, por un importe equivalente monto total de [-----] ó [ ] ó [----], de conformidad con lo establecido en las Bases de Licitación 2008. La glosa de dichas boletas será: “Para Garantizar el Cumplimiento del Contrato de Prestación de Servicios en la Licitación de Vías de la Unidad de Negocio Troncal Nº 3”, pagadera a la vista, tomada por el Concesionario; emitida en Santiago de Chile, por un Banco con sucursal en Santiago de Chile; su plazo de vigencia será de un año. Esta Garantía deberá entregarse parcializada, para estos efectos, se deberán considerar, a lo menos, 10 boletas de 10 UF, 10 boletas de 20 UF, 5 boletas de 30 UF, 5 boletas de 40 UF, 3 boletas de 100 UF, 2 boletas de 200 UF, 1 boletas de 1.000 UF y al 10% (diez menos 1 boleta de 5.000 UF, en los casos que corresponda. Tratándose de Pólizas de garantía, éstas deberán permitir hacerlas efectivas por ciento) el total del monto total máximo asegurado o parcialmente, de acuerdo a los montos antes señalados. Durante la vigencia del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor AgregadoContrato, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones más tardar 30 días antes del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte vencimiento de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago las boletas o de la cantidad reclamada hasta por Póliza, el monto garantizado másconcesionario deberá entregar la nueva Garantía de Cumplimiento del Contrato para el período siguiente, en su caso cuya vigencia mínima será de 12 meses, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativodebiendo acreditar, en el juicio contencioso caso de pólizas, haber pagado la totalidad de la prima respectiva. En el caso de la o ante las boletas bancarias o póliza que garantice el tribunal arbitral correspondienteúltimo año de la concesión, su vigencia deberá ser de 18 meses. El monto de la garantía será el señalado en la Tabla N° 2: En el caso que el plazo de la concesión de la Unidad de Negocio Troncal 3 exceda los 144 meses, el monto de la garantía para cada uno de los años restantes, deberá ser igual al monto exigido para el año 12. En caso de no renovación anual de la Garantía, el Ministerio cobrará las garantías que obren en su poder. En caso de cobro de cualquiera de las boletas de Garantía de Fiel Cumplimiento, el concesionario deberá entregar al Ministerio, dentro de los cinco días siguientes, una nueva boleta por el mismo monto y términos que reconstituya la anterior. Entregadas al Ministerio las boletas referidas en esta Cláusula, éste instruirá al Banco o entidades emisoras de las mismas para que, en caso de su cobro y ejecución y previa comunicación del Ministerio, mantenga y custodie los respectivos fondos hasta que el procedimiento administrativoMinisterio ordene su transferencia. El no cumplimiento de la obligación de reemplazo o renovación de la Garantía, según corresponda, constituirá un incumplimiento de contrato y, en consecuencia, dará lugar al cobro de la o ante autoridad judicial las boleta (s) de garantía (s) o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiadoPólizas respectivas, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá así como a la afianzadora caducidad de la cantidad pagada concesión, según lo previsto en un plazo máximo el artículo 27 del Contrato de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de Concesión. Asimismo, las garantías se harán efectivas en caso que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que el concesionario no pague las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas multas impuestas y en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación caso que se presente ante hubiere dispuesto la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia caducidad de la póliza de fianza en su concesión. En todo caso, sus documentos modificatorios. c. Copia esta garantía no constituye una avaluación anticipada de los perjuicios que sufre el Estado como consecuencia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento incumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesdel concesionario. Esta La garantía deberá presentarse a más tardar, dentro pagarse con el sólo mérito de los diez días naturales siguientes a la fecha un certificado que al efecto otorgue el Subsecretario de firma del contratoTransportes, en términos de las disposiciones aplicables. En caso el sentido de que el proveedor adjudicado no presente la garantía Concesionario se ha puesto en situación de cumplimientohacerla efectiva, le será cancelado el contratolo que deberá señalarse en dicho documento.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión De Uso De Vías

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al porcentaje del monto máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 282 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente Proveedor entregue los servicios en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contratoestablecidas en las mismas. Para el caso de licitantes extranjeros, se haga efectiva la garantía otorgadapodrá presentar en substitución de dicha fianza, así como cualquier otro saldo una carta de crédito en términos y condiciones y emitida por una Institución debidamente autorizada para tal efecto y satisfactoria para “La Entidad”, a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadentera discreción, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadomoneda ofertada, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, Contrato sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, . Dicha carta de crédito deberá entregarse a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, Entidad” dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contratoContrato, y deberá contener las mismas declaraciones que las establecidas para la fianza de garantía. Así mismo, en términos de las disposiciones aplicables. En caso lo dispuesto en el Manual de que Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público aplicables a Exportadora de Sal S.A. de C.V., se reserva el derecho de exigir al proveedor extranjero adjudicado no presente de la presentación de la garantía de cumplimientocumplimiento de contrato, le será cancelado el contratocuando en su caso sea un prestador de servicio confiable.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El Adjudicatario deberá constituir un seguro de caución en una compañía de primera línea a satisfacción del GCABA, antes de la firma del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del monto total que resulte de multiplicar el Canon mensual ofertado y aceptado por todo el plazo de Concesión, debiendo ser acreditada ante la Dirección General y/u organismo que en el futuro la reemplace, en un todo y conforme al artículo 101 inciso b) del Decreto Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio. Si así lo considerara conveniente, la Dirección General podrá optar por una garantía anual debiendo contar con renovación automática, el adjudicatario, con anterioridad al vencimiento, deberá presentar anualmente la renovación en la Dirección General, bajo apercibimiento en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSincumplimiento, de renunciar al derecho a compensar que le concede disponer la legislación sustantiva civil aplicablefijación de multas progresivas y conminatorias y, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia promover la revocación de la Concesión por falta grave a las obligaciones previstas por los pliegos licitatorios y el Contrato. La presente garantía se hará efectiva en forma inmediata y automática, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondieren, ante cualquiera de las causales de los artículos 74 y siguientes del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la PBCG. La rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento por culpa del Concesionario importa la pérdida de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contratoContrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos sin perjuicio de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado másaplicación, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contratomultas y sanciones que correspondieren, mediante cheque certificadoquedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados, por un importe equivalente que sean consecuencia de circunstancias imputables al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzConcesionario. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del de contrato se liberará mediante autorización continuará vigente hasta que prescriba la acción judicial por escrito por parte reclamo de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdeuda, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad excepción que el Concesionario cancelare la totalidad de los montos, momento en el cual se restituirá, en caso de corresponder, la garantía. Se deja constancia que existan créditos a su favor contra los Servicios el monto y la constitución de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que esta garantía toma en consideración las previsiones establecidas en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis 101 de la Ley Federal Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017). A solicitud de Instituciones de Fianzaslos interesados, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá deberá procederse a la afianzadora devolución parcial de las garantías de Adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptará la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia sustitución de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadogarantía para cubrir los valores resultantes. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.PLIEG-2019-28963610-GCABA-DGCOYP

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 17 (diecisiete). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega que el servicio fue prestado de los bienes correspondientesconformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley. Se deberá considerar en el presente numeral de esta convocatoria y en la formalización del contrato que resultara asignado lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39 y 81 fracción II del reglamento de la Ley de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, así como el artículo 77, fracción VIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública, respecto a la divisibilidad o indivisibilidad de las disposiciones aplicables. En caso obligaciones contractuales, y la aplicación total o proporcional de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientocumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, le será cancelado Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estableciéndose que para esta convocatoria deberá aplicarse el contratocriterio de divisibilidad, en el que la garantía se hará efectiva por el monto de las obligaciones incumplidas de acuerdo a lo que previene el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de Para garantizar las obligaciones que deriven emanadas del contrato, presente contrato EL CONTRATISTA se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo obliga a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación presentar a satisfacción de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte LA INSTITUCION CONTRATANTE dentro de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución plazo de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá cinco días hábiles posteriores a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad fecha en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia reciba copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su casosuscrito, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un importe monto de QUINIENTOS UN DÓLARES CON CINCUENTA CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($501.50), equivalente al 10% (diez por ciento), ciento del monto máximo valor total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo para asegurar que cumplirá con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, todas las cláusulas establecidas en el caso del IMSS mismo y que el suministro será entregado a entera satisfacción. Esta Garantía se incrementará en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél misma proporción en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía valor del contrato llegase a aumentar y deberá presentarse a permanecer vigente por un período igual al plazo contractual más tardar, dentro de los diez noventa días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9calendario. La no presentación de esta garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento plazo establecido dará por caducado el contrato y se entenderá que LA CONTRATISTA ha desistido de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curaciónsu oferta, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, haciéndose efectiva la garantía de cumplimiento del contratomantenimiento de oferta, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos sin detrimento de la Ley Federal acción que le compete a LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Se aceptarán como garantías: Fianzas o Garantías bancarias emitidas por una Institución Bancaria, Sociedades de Instituciones Seguro y Afianzadoras Nacionales y Extranjeras, Sociedades de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediataGarantías Recíprocas, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción su emisión de “Salud garantías lo hicieren por medio de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento alguna de las obligaciones que deriven instituciones del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.Sistema Financiero y

Appears in 1 contract

Samples: Supply Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad En aquellos casos en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte haya requerido la presentación de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso tal garantía, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación misma deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y emitida a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Energía Argentina S.A. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar tendrá por objeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en que habrá de asumir el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos CONTRATISTA. La vigencia de esta Garantía se extenderá hasta la extinción de la Ley Federal totalidad de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones emergentes del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte a cargo del CONTRATISTA. ENARSA podrá hacer efectiva la Garantía de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Cumplimiento en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios incumplimiento total o parcial de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven le impone el Contrato al CONTRATISTA, o para imputarlas a los gastos en que incurra por cuenta del contratomismo, originados por el incumplimiento de éste. La ejecución de la Garantía no exonera al CONTRATISTA de la satisfacción de los daños y perjuicios que sus incumplimientos ocasionen a ENARSA. La forma de constitución de las garantías podrán consistir en: a) Mediante depósito efectuado en las cuentas indicadas en la documentación de la contratación, acreditándose el mismo con el correspondiente boleto. b) Fianza bancaria que cubra el valor exigido a primera demanda, conforme el artículo 1810 y sgs. del Código Civil y Comercial, en la que conste que la entidad bancaria se haga efectiva constituye en fiador, codeudor solidario liso y llano y principal pagador, con la garantía otorgadaexpresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos 1584, así como cualquier otro saldo 1590 y 1591 del Código Civil y Comercial. Deberán presentarse originales con la respectiva certificación por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción a la ciudad autónoma de Buenos Aires. c) Póliza de seguro de caución, bajo las condiciones establecidas en el Decreto PEN N° 411/69, por medio del cual la aseguradora asuma el carácter de fiador solidario con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, emitida a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que ENERGÍA ARGENTINA S.A. Deberán presentarse originales con la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante respectiva certificación por escribano público y la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, correspondiente legalización en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución tratarse de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá diferente jurisdicción a la afianzadora la cantidad pagada ciudad autónoma de Buenos Aires. La póliza deberá contener las condiciones generales para “pólizas de seguro de caución en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas contrato” establecidas en el contrato, mediante cheque certificado, la Resolución SSN N° 17.047/82. La caución deberá ser emitida por un importe equivalente al 10% (diez una compañía nacional aprobada por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor la Superintendencia de Servicios Seguros de Salud de Veracruzla Nación, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse conformidad a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, lo dispuesto en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, Ley Nº 20.091 y en la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoResolución SSN Nº 21.523/92.

Appears in 1 contract

Samples: General Terms of Contracting

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir API DOS BOCAS; Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequerida. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la API DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las API DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las API DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para que trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación no existencia de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que pasivos se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. El no presentar la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive Garantía dentro del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá plazo señalado dará lugar a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia rescisión Administrativa del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con lo dispuesto por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre Artículo 54 de Servicios de Salud de VeracruzLAASSP.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.ANEXO 17

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Optimization Study and Project

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el día hábil inmediato anterior IVA) correspondiente al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento monto del contrato, consistente en: Póliza a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., con dicha fianza el PROVEEDOR garantizará todas y cada una de las obligaciones que se constituirá pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente escrito de la ASIPONA DOS BOCAS; c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aun para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios.requerida; y c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoe) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo; para tal caso, las ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las ASIPONA DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La cancelación de la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante deberá ser solicitada por escrito a la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria ASIPONA DOS BOCAS por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientePROVEEDOR. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la Dicha liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de garantía solamente procederá cuando la ASIPONA DOS BOCAS certifique la recepción satisfactoria de los SERVICIOS. La ASIPONA DOS BOCAS solicitará la liberación de la fianza en su casodirectamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía dentro del plazo señalado, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 1 contract

Samples: Contratación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 8 (ocho), el porcentaje de Servicios de Salud de Veracruzla garantía será sobre el monto máximo del contrato. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará contrato, únicamente podrá ser liberada mediante autorización que sea emitida por escrito escrito, por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadoInstituto. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, dependiente de la Dirección Coordinación Delegacional de Administración Abastecimiento y Equipamiento, sita en Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxx Xxxxxx 21, Colonia Nombre de Servicios Dios, C.P. 31110, Chihuahua, Chih., con número de Salud de Veracruzteléfono y fax 00-000-000-00-00. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega conclusión de los bienes correspondientesla prestación del servicio correspondiente. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicablesla LAASSP. En caso el supuesto de que el proveedor adjudicado no presente Instituto procediera a hacer efectivo el importe parcial de la garantía póliza de cumplimientofianza, le será cancelado el contratoProveedor se obliga a presentar al Instituto una nueva póliza de fianza o un endoso a la misma, amparando el importe restante de la obligación total requerida.

Appears in 1 contract

Samples: Subrogación De Servicios Médicos

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá LICITANTE que resulte ganador deberá entregar a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadASIPONA Dos Bocas, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de una fianza que se constituirá emitida por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, mexicana debidamente autorizada por un importe monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado total del CONTRATO (sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoIVA), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de Tlaxcala”, de acuerdo con C.V. Con dicha fianza el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de PROVEEDOR garantizará todas y cada una de las obligaciones estipuladas que se pacten en el contrato adjudicadorespectivo. Asimismo deberá anexar copia del comprobante de pago correspondiente de la póliza arriba señalada. El modelo de la fianza de garantía que presentará el proveedor, deberá presentar fianza expedida obedecer al que indica las Disposiciones de Carácter Generales por afianzadora debidamente constituida las que se aprueban los modelos de fianzas constituidas como garantía en términos las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley Federal de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de FianzasObras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo el mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregadoasí como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, a favor y cuando la no existencia de Servicios pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de Salud decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de Veracruzpasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La garantía cancelación de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización la fianza deberá ser solicitada por escrito a la ASIPONA Dos Bocas por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractualesdel PROVEEDOR. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la Dicha liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de garantía solamente procederá cuando la ASIPONA Dos Bocas certifique la recepción satisfactoria de los SERVICIOS. La ASIPONA Dos Bocas solicitará la liberación de la fianza en su casodirectamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía dentro del plazo señalado, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Telecommunications Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso La empresa convocante solicitará la Garantía de que existan créditos a su favor contra el IMSS, Cumplimiento de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe Contrato equivalente al 10% siete por ciento (diez por ciento), 7%) del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En casos de contratación de bienes, obras o servicios de complejidad y magnitud, este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso porcentaje podrá ser mayor. (Corresponde) La vigencia de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados será computable a partir de la entrega firma del contrato y deberá exceder como mínimo treinta (30) días calendario adicionales a la recepción total de los bienesbienes o definitiva de obra o servicio del objeto del contrato, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. De conformidad con Las empresas filiales y subsidiarias de ENDE Corporación, estarán exentas de la presentación de esta Garantía, en su reemplazo se efectuará la retención del 7% de cada pago, retención que será devuelta de acuerdo a lo establecido en el Anexo Número 9Pliego de Condiciones. La garantía deberá constituirse Garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo. Tiene por Objeto garantizar el 10%(diez buen funcionamiento y/o mantenimiento de la maquinaria y/o equipo objeto del contrato hasta un xxxxxx xx xxxx por cientociento (10%) del monto máximo total del contrato sin considerar Contrato, este porcentaje será definido a criterio del Área Administrativa y/o Financiera y el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTEÁrea Solicitante. La garantía deberá ser entregada Esta Garantía será devuelta al proveedor una vez cumplido el plazo estipulado en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya este hubiese cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las sus obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Esta garantía será requerida solamente si el Pliego de Condiciones así lo establece. (No Corresponde) 4.2.Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud haberse solicitado, será ejecutada cuando: El proponente haya desistido de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que continuar participando en el supuesto proceso de incumplimiento adquisición de las obligaciones que deriven del contratobienes, se haga efectiva la garantía otorgadaconstrucción de obras y/o contratación de servicios, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte después de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución apertura de fianzas entere el pago propuestas y antes de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada notificación con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución adjudicación. El proponente desista de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus firmar el Contrato habiendo presentado los documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequeridos. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor proponente adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratocumplimiento de contrato (si hubiera sido solicitada). El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor proponente adjudicado no presente la garantía documentación requerida en el pliego de cumplimientocondiciones para la firma de contrato. 4.3.Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, le en caso de haberse solicitado, será cancelado devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos: Después de la notificación de Declaratoria Desierta. Cuando la empresa convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el contratoproponente rehúse aceptar la solicitud. Después de notificada la Cancelación del Proceso de Contratación. Después de notificada la Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la Convocatoria. Después de la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio con el proponente adjudicado.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones De Servicios Generales

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad Fecha: CVE No.: A: [nombre completo de la Convocante] POR CUANTO (en lo sucesivo denominado “el Proveedor”) se ha obligado, en virtud del Contrato Nº de fecha de de a suministrar denominado “el Contrato”). (en lo sucesivo Y POR CUANTO se ha convenido en dicho Contrato que el Proveedor le suministrará una garantía emitida a su favor por un garante de prestigio por la suma ahí establecida con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte del Proveedor de todas las obligaciones que le competen en virtud del Contrato. Y POR CUANTO los suscritos de , (en lo sucesivo denominados “el Garante”), hemos convenido en proporcionar al Proveedor una garantía en beneficio de la Contratante. DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes a nombre del Proveedor y a favor de la Contratante, por un monto máximo de y nos obligamos a pagar al Contratante, contra su solicitud escrita, en que se afirme que el Proveedor no ha cumplido con alguna obligación establecida en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones, cualquier suma o sumas dentro de los límites de , sin necesidad de que la Contratante pruebe o acredite la causa o razones que sustentan la reclamación de la suma o sumas indicadas. Esta garantía es válida hasta el del mes de de . Nombre En calidad de Firma Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de El día del mes de de . FABRICANTE: MARCA PROCEDENCIA/S: ORIGEN: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: ESPECIFICAR: ESTÉRIL - NO ESTÉRIL PRESENTACIÓN DEL PRODUCTO: EMBALAJE: INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LO OFERTADO QUE SE CONSIDERE RELEVANTE • Esta planilla deberá ser de llenado obligatorio en un hoja membretada de la firma cotizante, debidamente rubricada por el/los representante/s oferente/s autorizado/s; deberá ser presentada por cada ítem ofertado con el nombre del bien y número de ítem correspondiente. • En caso de discrepancia entre: la marca comercial, el fabricante, las especificaciones técnicas, unidad de medida de la Planilla de Precios y la Planilla de Datos Garantizados, prevalecerá la Planilla de Precios. • Los productos adjudicados deberán llevar impresos con tinta indeleble o gravada la inscripción “I.P.S”. o “USO EXCLUSIVO I.P.S.”, par su entrega al DASM., al igual que la marca y/o procedencia de los mismos. • De acuerdo a las observaciones o discrepancias que emerjan en el proceso de recepción, serán solicitados documentos que ayuden a esclarecer las discrepancias, a los efectos de buscar una solución adecuada para lograr la recepción final con los documentos que correspondan, en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSSno satisfagan serán rechazados. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contratación Por Vía De La Excepción

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso A elección de que existan créditos la empresa adjudicada, ésta podrá optar por uno de los siguientes instrumentos financieros: Boleta de Garantía, emitida por una Entidad de Intermediación Financiera (Bancaria) del Estado Plurinacional de Bolivia con estructura de alcance a su nivel nacional, registrada, autorizada y bajo el control de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero-ASFI, a la orden/a favor contra el IMSSde Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos / YPFB, con características expresas de renunciar al derecho renovable, irrevocable y de ejecución inmediata con vigencia mínima de 60 días calendario adicionales a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven vigencia del contrato, se haga efectiva por un monto equivalente al 7% del valor total del contrato. Garantía a Primer Requerimiento, emitida por una Entidad de Intermediación Financiera (Bancaria) del Estado Plurinacional de Bolivia con estructura de alcance a nivel nacional, registrada, autorizada y bajo el control de la garantía otorgadaAutoridad de Supervisión del Sistema Financiero-ASFI, así como cualquier otro saldo a la orden/a favor del IMSS. B. Su conformidad para que de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos / YPFB, con características expresas de renovable, irrevocable y de ejecución a primer requerimiento con vigencia mínima de 60 días calendario adicionales a la fianza que garantiza el cumplimiento vigencia del contrato, permanezca vigente durante por un monto equivalente al 7% del valor total del contrato. Póliza de caución a Primer requerimiento para Entidades Públicas, emitida por una empresa aseguradora del Estado Plurinacional de Bolivia con estructura de alcance a nivel nacional, registrada, autorizada y bajo el control de la sustanciación Autoridad de todos los procedimientos judiciales o arbitrales Fiscalización y los recursos legales que se interponganControl de Pensiones y Seguros a la orden/a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos / YPFB, con relación al contratolas características expresas de renovable, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte irrevocable y de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución ejecución a primer requerimiento con vigencia mínima de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá 60 días calendario adicionales a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de vigencia del contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe monto equivalente al 107% (diez por ciento), del monto máximo valor total del contrato. El Proponente o Adjudicado deberá solicitar o instruir a la entidad de intermediación financiera bancaría, sin considerar el Impuesto al Valor Agregadocorrecto registro de datos o información en los Instrumentos Financieros de Garantía requeridos, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo cumpliendo obligatoriamente con el procedimiento siguientelas siguientes condiciones:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, INSTRUMENTO DE GARANTIA Se aceptará únicamente los instrumentos detallados en el caso del IMSS en la División anexo o acápite de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicablesGarantias Financieras. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía Póliza de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, caución a Primer requerimiento para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contratoEntidades Públicas, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de deberá remitir todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competenteanexos vinculados. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contratación De Servicios Generales

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del CONTRATO, una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA), a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PROVEEDOR garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, o como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a más tardar todas las estipulaciones contenidas en el día hábil inmediato anterior contrato; b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza así como durante la substanciación de fianza todos los recursos legales o de los juicios que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme; y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud proceda el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, indemnización por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganxxxx, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su casorequerida. Tratándose de dependencias, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento el procedimiento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, ejecución será el previsto en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso artículo 95 de la entrega citada Ley, debiéndose atender para el cobro de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del lo dispuesto en el artículo 95 bis Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoriadicha Ley. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos (Anexo 12) Esta Garantía la otorgará el Contratista a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte entera satisfacción de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad CEPA, para asegurar que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que cumplirá con todas las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas cláusulas establecidas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS la que se incrementará en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél misma proporción en que el proveedor de aviso valor del contrato llegare a aumentar, en su caso. El contratista contará con CINCO (5) DÍAS HÁBILES posteriores a las fechas en las que se le entregue el contrato debidamente legalizado y la notificación de la entrega Orden de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardarInicio, dentro de los diez días naturales siguientes a para presentar la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contratomencionada garantía, la cual contará con una que será por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del mismo y cuya vigencia excederá en SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO al plazo contractual o de 12 meses contados sus prórrogas, si las hubiere. Dicha Garantía tendrá su vigencia a partir de la entrega fecha establecida como Orden de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9Inicio. La referida garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contratoserá analizada, para lo cual deberá constituir confirmar que no existan faltas, deficiencias, contradicciones o inconsistencias en la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida misma; en términos caso de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafodetectarse éstas, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza CEPA podrá requerir al ofertante que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F.subsane dichas situaciones, en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña plazo establecido en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificadonumeral 12 de la Sección I de estas Bases, de cajano hacerlo, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor se hará efectiva la Garantía de Salud Mantenimiento de TlaxcalaOferta. La Garantía de Cumplimiento de Contrato se hará efectiva en los siguientes casos: i. Por incumplimiento injustificado del plazo contractual. ii. Cuando el Contratista no cumpla con lo establecido en las presentes Bases de Licitación. iii. En cualquier otro caso de incumplimiento del Contratista. Será devuelta la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor Contratista haya cumplido obtenido la correspondiente Acta de Recepción Definitiva y presentada la Garantía de Buena Calidad de Suministro a entera satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”CEPA. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 282 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido entregue LA ROPA en forma diferente a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria Para La Adquisición De Bienes

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad a) De conformidad con lo señalado en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSartículo 48, fracción II, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto PROVEEDOR a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma notificación del contratofallo, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía póliza de cumplimiento fianza emitida por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse afianzadora mexicana debidamente autorizada por el 10%(diez un monto equivalente al 20% (Veinte por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoIVA), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud la Administración Portuaria Integral de Tlaxcala”Veracruz, S.A. de acuerdo con C.V. Con dicha fianza el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar PROVEEDOR garantizará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas establecidas en el contrato, a excepción de las contingencias laborales que pudieren derivarse del mismo, las cuales estarán garantizadas mediante otra fianza. Debido a que con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, se apercibe al PROVEEDOR de que el incumplimiento en la entrega a la API DE VERACRUZ de la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en la presente INVITACIÓN, será motivo de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la LEY, en cuyo caso la API DE VERACRUZ remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos mencionados, para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la LEY. La póliza de fianza otorgada a la API DE VERACRUZ deberá estar vigente por todo el periodo de duración del contrato adjudicadoy tendrá como objeto el de respaldar el cumplimiento del mismo y cualquier responsabilidad que resultase a cargo del PROVEEDOR. En caso de que antes de la recepción satisfactoria del SERVICIO se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la fianza continuará vigente hasta que el PROVEEDOR corrija los defectos y satisfaga dichas responsabilidades. La póliza en que sea expedida la fianza, ya sea impresa o electrónica, deberá presentar contener lo señalado en el b) El LICITANTE que resulte ganador deberá entregar a más tardar 10 (diez) días naturales siguientes a la notificación del fallo, una póliza de fianza expedida emitida por una afianzadora mexicana debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, autorizada por un importe monto equivalente al 1020% (diez veinte por ciento) del monto total máximo del contrato, contrato (sin considerar incluir el Impuesto al Valor AgregadoIVA), a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud la Administración Portuaria Integral de Veracruz, con todas las obligaciones contractualesS.A. de C.V. para garantizar posibles contingencias laborales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad La póliza en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruzsea expedida la fianza, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicabledeberá contener lo señalado en el ANEXO 16. La obligación garantizada será indivisible, por lo que otorga su consentimiento expreso para en caso de presentarse algún incumplimiento se harán efectivas las garantías que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta procedan por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis total de la Ley Federal obligación garantizada. Una vez cumplidas las obligaciones del “PROVEEDOR” a satisfacción de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada“API DE VERACRUZ”, el beneficio devolverá servidor público facultado procederá inmediatamente a extender la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía constancia de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de las garantías derivadas del presente contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  . c) El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque “PROVEEDOR” deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto entregar a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha notificación del fallo, una póliza de firma seguro de daños a terceros y responsabilidad civil, emitida por una aseguradora mexicana debidamente autorizada, por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a favor de la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. Con dicha póliza el “PROVEEDOR” cubrirá los riesgos derivados de sus actividades y los posibles daños que pudiera ocasionar durante la prestación del contratoSERVICIO, en términos a las personas, a las instalaciones, y a los equipos que maneje. Asimismo, los vehículos que utilice el “PROVEEDOR” para la prestación del SERVICIO deberán encontrarse asegurados. NOTA: El costo de las disposiciones aplicables. En caso de que la fianza debe ser absorbido por el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.PROVEEDOR

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el licitante que haya resultado adjudicado deberá presentar entregar a PEMEXLA ENTIDAD, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza divisible expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine, respecto de las moneda que oferta. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la carta, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. LA ENTIDAD podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza cuando el licitante al que se constituirá por le haya adjudicado el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de entregue Salud de TlaxcalaLOS SERVICIOS” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido diferente a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Invitacion a Cuando Menos Tres Personas

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido proporcione el suministro en forma diferente a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Participar en Un Procedimiento De Contratación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El Adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo establecido en caso el Artículo 55º de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableDisposición Nº 297/03 (AFIP), por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven DIEZ POR CIENTO (10%) del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte valor total de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadadjudicación, en la inteligencia que misma moneda de cotización y forma establecida en dicha reglamentación. La vigencia de la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación pólizas o documentos que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en presenten avalará el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de total cumplimiento de las obligaciones estipuladas contraídas hasta la finalización del respectivo contrato, debiendo constituirse en forma independiente para cada contratación, la cual deberá ser integrada dentro de los OCHO (8) días hábiles de suscripta/o la Orden de Compra u contrato respectivo. Para el caso de que en las Condiciones Particulares, se especifique la Forma de Pago Anticipado, el Adjudicatario deberá presentar la CONTRAGARANTÍA por la totalidad del monto de anticipo o del total del contrato de corresponder, además de la presentación de la GARANTIA DE CUMPLIMIENTO indicada en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, Punto 3.1. precedente. Queda exceptuada la presentación de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título la presente Garantía de garantíaAdjudicación, en el caso de provisiones, trabajos y/o servicios que se haya/n cumplimentado dentro del IMSS en la División período de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso integración de la entrega misma exigido por la norma, debiendo el Adjudicatario presentar constancia que avale dicho cumplimiento; y en el caso de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, lo estipulado en términos del artículo 48 el Artículo 55 Inciso 3 de la LAASSPnormativa vigente. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza Las Garantías de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor cumplido el mismo a fin satisfacción de garantizar el debido cumplimiento la AFIP, serán puestas a disposición, cuando no quede pendiente la aplicación de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro multa o penalidad alguna. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA EL INGRESO A LOS EDIFICIOS La firma adjudicataria previo al inicio de los 10 días naturales siguientes a la firma ejecución del contrato, o bien en cada oportunidad de ingreso a más tardar los edificios centralizados de esta Administración Federal, deberá presentar ante el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, área de Seguridad o bien la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza dependencia supervisora que se constituirá defina en las Condiciones Particulares del servicio, trabajo o provisión a contratar, toda la documentación pertinente, detallada en el ANEXO DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA ANTES DEL INICIO DEL CONTRATO. Es requisito indispensable contar con la documentación respectiva para el ingreso del personal a los Edificios dependientes de esta Administración Federal, afectado/s a la contratación en cuestión, junto con toda la documentación citada en el Punto LEGISLACIÓN LABORAL Y SEGUROS de la SECCION III de las presentes bases. La falta de presentación de dicha documentación facultará a esta AFIP proceder a la aplicación de la multa correspondiente por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el no cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediataesa Firma, siempre y cuando considerando asimismo las penalidades que para el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede correspondan por la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que demora en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven inicio del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”Contrato. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Professional Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 9 (nueve). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Coordinación de Administración de Servicios de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento, Sita en Xxxxxx Xx Xxx X/X Xx 0 xx Xx Xxxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Oaxaca. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesque el servicio fue prestado de conformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLey.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido proporcione los servicios, en forma diferente a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El adjudicatario deberá constituir un seguro de caución en una compañía de primera línea a satisfacción del GCABA, antes de la firma del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del monto total que resulte de multiplicar el canon mensual ofertado y aceptado por todo el plazo de concesión, debiendo ser acreditada ante la Dirección General y/u organismo que en el futuro la reemplace, en un todo y conforme al artículo 101 inciso b) del Decreto Nº 326/GCABA/17. Si así lo considerara conveniente, el GCBA podrá optar por una garantía anual debiendo contar con renovación automática, el adjudicatario, con anterioridad al vencimiento, deberá presentar anualmente la renovación en la Dirección General, bajo apercibimiento en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSincumplimiento, de renunciar al derecho a compensar que le concede disponer la legislación sustantiva civil aplicablefijación de multas progresivas y conminatorias y, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia promover la revocación de la concesión por falta grave a las obligaciones previstas por los pliegos licitatorios y contrato de concesión. La presente garantía se hará efectiva en forma inmediata y automática, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondieren, ante cualquiera de las causales de los artículos 79 y siguientes del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la PBCG. La rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento por culpa del concesionario importa la pérdida de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contratocontrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos sin perjuicio de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado másaplicación, en su caso de las multas y sanciones que correspondieren, quedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados, que sean consecuencia de circunstancias imputables al Concesionario. Se deja constancia que el monto y la indemnización por xxxx que derive del constitución de esta garantía toma en consideración las previsiones establecidas en el artículo 95 bis 101 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondienteNº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dicha garantía podrá ser mediante cheque de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo caja o fianza expedida a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificadoS.H.C.P., por un importe equivalente al monto del 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque pesos sin centavos y deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto entregada a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en términos del artículo 48 el contrato; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir API DOS BOCAS DOS BOCAS; Que la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida estará en términos vigor durante la substanciación de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de todos los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, recursos legales o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza juicios que se constituirá interpongan y hasta que se dicte solución definitiva por el 10% del importe máximo del contratoautoridad competente, con una vigencia equivalente y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadorequerida. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API DOS BOCAS DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API DOS BOCAS DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la API DOS BOCAS DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las API DOS BOCAS DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS DOS BOCAS DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las API DOS BOCAS DOS BOCAS DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para que trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación no existencia de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que pasivos se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. El no presentar la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive Garantía dentro del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá plazo señalado dará lugar a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia rescisión Administrativa del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con lo dispuesto por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre Artículo 54 de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLAASSP.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dentro de que existan créditos los quince (15) días calendario posteriores a su favor contra la fecha de emisión de la Orden de Inicio, el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo contratista deberá rendir a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la FOVIAL una garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), ciento (10%) del monto máximo total del contrato, para garantizar el fiel cumplimiento del mismo y que la obra será entregada y recibida a entera satisfacción del FOVIAL. Esta garantía estará vigente hasta que se hayan cumplido con los siguientes requisitos: a) que el FOVIAL haya verificado la inexistencia xx xxxxxx o desperfectos en la construcción, lo cual se hará constar en el Acta de Recepción Final, requisito sin considerar el Impuesto al Valor Agregadocual no se podrá otorgar el respectivo finiquito, y b) que el contratista haya presentado la Garantía de Buena Obra a favor entera satisfacción del Instituto Mexicano FOVIAL. Si vencido el plazo del Seguro Socialcontrato el contratista no hubiese entregado las obras, o si habiéndolas entregado dentro del plazo éstas tuvieran fallas o desperfectos, el FOVIAL podrá hacer efectiva dicha garantía después de acuerdo con agotar el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardadodetallado en las Condiciones Generales. La existencia de cualquiera de las dos circunstancias anteriores, a título o la no presentación de garantía, la Garantía de Cumplimiento de Contrato en el caso plazo y forma requeridos, serán causales de caducidad del IMSS contrato, pudiendo el FOVIAL dejarlo sin efecto, previo el procedimiento correspondiente, sin ninguna responsabilidad para él, con las correspondientes responsabilidades a cargo del contratista, según lo estipulado en la División LACAP y en la Ley del FOVIAL. Si el costo de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor reparación de aviso las fallas o desperfectos resultare mayor al valor de la entrega Garantía del Cumplimiento de Contrato, el contratista responderá ante el FOVIAL por los bienes costos correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro será devuelta luego de los diez transcurridos cinco días naturales siguientes (5) hábiles posteriores a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 presentación de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía Garantía de cumplimiento por cada contrato, Buena Obra y luego de haberse cumplido con los siguientes requisitos: (a) que el contratista haya entregado la cual contará con una vigencia de 12 meses contados obra dentro del plazo estipulado y a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) entera satisfacción del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoFOVIAL, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida (b) cuando existiendo fallas o desperfectos en la República Mexicanaobra, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y éstos ya hubiesen sido reparados a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas entera satisfacción del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”FOVIAL. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contratacion

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgadaContrato, así como cualquier otro saldo a favor para responder de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos defectos en los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea términos señalados en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito FederalContrato, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, “Licitante” ganador deberá entregar a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardarESSA, dentro de los diez días naturales siguientes a posteriores de la fecha de firma del contratoContrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos una institución autorizada para ello a favor de la Ley Federal Exportadora de Instituciones Sal, S.A. de FianzasC.V., por un importe una cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a Contrato. Las fianzas de garantía y de cumplimiento deberán prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Servicios Exportadora de Salud Xxx, S.A. de Veracruz. La garantía C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte total de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente:; A. Su voluntad c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar se otorgue prórroga al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven cumplimiento del contrato, se haga efectiva la garantía otorgadaContrato, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales o de los juicios que se interpongan, con relación al contrato, interpongan y hasta que sea dictada se dicte resolución definitiva que cause ejecutoria por parte quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, ejecución previstos en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones Seguros y Fianzas para la efectividad de Fianzaslas fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que aún para el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que proceda el procedimiento administrativocobro de indemnización por xxxx, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses con motivo del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza en su casorequerida. Tratándose de dependencias, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento el procedimiento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, ejecución será el previsto en el supuesto artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de que la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 cobro de indemnización por xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente lo dispuesto en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía artículo 283 de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratodicha Ley.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de una fianza que se constituirá expedida por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y autorizada para ello a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento la Exportadora de Control Sal, S.A. de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de TlaxcalaC.V., por un importe una cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el I. V. A. La garantía contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte total de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente:; A. Su voluntad c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar se otorgue prórroga al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente así como durante la sustanciación substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales o de los juicios que se interpongan, con relación al contrato, interpongan y hasta que sea dictada se dicte resolución definitiva que cause ejecutoria por parte quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, ejecución previstos en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud Xxxxxxx y de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad Fianzas para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contratoxxxx, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza en su casorequerida. Tratándose de dependencias, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento el procedimiento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, ejecución será el previsto en el supuesto artículo 282 de que la citada Ley, debiéndose atender para el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 cobro de indemnización por xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente lo dispuesto en el Distrito Federal, el licitante adjudicado artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá presentar hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando el Proveedor entregue los EQUIPOS en forma diferente a lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas establecidas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruzmismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad El Adjudicatario deberá constituir un seguro de caución en una compañía de primera línea a satisfacción del GCABA, antes de la firma del Contrato equivalente al diez por ciento (10%) del monto total adjudicado que resulte la sumatoria de multiplicar el canon mensual ofertado y aceptado por todo el plazo de concesión, debiendo ser acreditada ante la Dirección General y/u organismo que en el futuro la reemplace, en un todo y conforme al artículo 101 inciso b) del Decreto Nº 168/GCABA/19. La Garantía de Cumplimiento de Contrato no podrá tener una vigencia menor a un año. La misma deberá contar con renovación automática. El Concesionario, con anterioridad al vencimiento, deberá presentar anualmPeLnIEteG-2la019r-e1n7o92va04c4ió1-nGCeAnBAla-DGTALMEF Dirección General, bajo apercibimiento en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSincumplimiento, de renunciar al derecho a compensar que le concede disponer la legislación sustantiva civil aplicablefijación de multas progresivas y conminatorias y, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia promover la revocación de la concesión por falta grave a las obligaciones previstas por los pliegos licitatorios y Contrato de concesión. La presente garantía se hará efectiva en forma inmediata y automática, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades y sanciones que correspondieren, ante cualquiera de las causales de los artículos 79 y siguientes del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la PBCG. La rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento Contrato por culpa del Concesionario importa la pérdida de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contratoContrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos sin perjuicio de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado másaplicación, en su caso de las penalidades y reclamos que correspondieren, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito quedando obligado a indemnizar al GCABA por los “Salud perjuicios ocasionados, que sean consecuencia de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito circunstancias imputables al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzConcesionario. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización de Contrato continuará vigente hasta que prescriba la acción judicial por escrito por parte reclamo de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdeuda, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad excepción que el Concesionario cancelare la totalidad de los montos, momento en el cual se restituirá, en caso de corresponder. Se deja constancia que existan créditos a su favor contra los Servicios el monto y la constitución de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que esta garantía toma en consideración las previsiones establecidas en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis 101 de la Ley Federal Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017). A solicitud de Instituciones de Fianzaslos interesados, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá deberá procederse a la afianzadora devolución parcial de las garantías de Adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptará la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia sustitución de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatoriosgarantía para cubrir los valores resultantes. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXESSA, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto máximo del contrato que se determine, respecto de las moneda que oferta. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. ESSA podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contratoProveedor entregue los MEDICAMENTOS, con una vigencia equivalente SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MATERIAL DE LABORATORIO en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”establecidas en las mismas. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria Para La Adquisición De Medicamentos Y Materiales De Laboratorio

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso Dentro de que existan créditos los cinco días siguientes a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte notificación de la autoridad adjudicación o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaampliación, el beneficio devolverá a adjudicatario deberá justificar la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza constitución de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en contrato por un mínimo del 5 % de la contratación (art. 55 del TOCAF). Si el contratoadjudicatario no efectuara el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, mediante cheque certificadola Corte Electoral podrá aplicar una multa del 1% sobre el importe adjudicado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito. Transcurrido el Impuesto al Valor Agregadonuevo plazo otorgado, a favor falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del Instituto Mexicano del Seguro Socialadjudicatario, pudiendo la Corte Electoral ejecutar la garantía de acuerdo con mantenimiento de oferta, iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardadoadjudicatario, a título de garantíapor los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En futuras licitaciones este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondienteshecho. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro podrá ser ejecutada en caso de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con que el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones del contrato contractuales y se liberará mediante autorización por escrito por parte devolverá luego de “Salud producida la finalización de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”los servicios, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor previa conformidad de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria mismos por parte de la autoridad Corte Electoral. PROPUESTA Las ofertas deberán presentarse por escrito, en original y dos copias. Redactadas en forma clara y precisa, en idioma castellano y firmadas por el oferente o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago su representante. Las enmiendas, interlineados y testados deberán ser salvados en forma. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado. Las propuestas deberán venir acompañadas de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, siguiente documentación: DOCUMENTACION A PRESENTAR CON LA OFERTA 1)Justificación suficiente de la representación invocada cuando corresponda. La REPRESENTACION deberá ser acreditada en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis mediante poder o carta poder certificada notarialmente y vigente al día de la Ley Federal apertura. Dicha documentación será imprescindible para poder representar al oferente en cualquier etapa del procedimiento licitatorio. 2)Formulario de Instituciones de FianzasIdentificación del Oferente, aun cuando firmado por quien tiene legitimación para firmar la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicablesoferta. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía tratarse de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones Sociedad se podrá exigir presentación del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractualessocial o Estatuto. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra Las sociedades personales indicarán los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor nombres de los Servicios de Salud de Veracruztitulares o sus representantes autorizados. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Lease Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá presentar entregar a PEMEXla Convocante, dentro de los 10 diez días naturales siguientes a posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato que se determine, respecto de las moneda que oferta. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a más tardar los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el día hábil inmediato anterior al vencimiento caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del plazo señalado pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en este párrafoel artículo 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. La Convocante podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por cuando el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente Proveedor entregue los BIENES en forma diferente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida lo solicitado en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) presente convocatoria o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, incumpla con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del contratoestablecidas en las mismas. Tratándose de licitantes extranjeros, se haga efectiva la garantía otorgadapodrán presentar en substitución de dicha fianza, así como cualquier otro saldo una carta de crédito en términos y condiciones y emitida por una Institución debidamente autorizada para tal efecto y satisfactoria para “La Entidad”, a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contratosu entera discreción, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganen dólares americanos, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, Contrato sin considerar incluir el Impuesto al Valor Agregado, . Dicha carta de crédito deberá entregarse a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, Entidad” dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contratoContrato. Así mismo, en términos de las disposiciones aplicables. En caso lo dispuesto en el Manual de que Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público aplicables a Exportadora de Sal S.A. de C.V., se reserva el derecho de exigir al proveedor extranjero adjudicado no presente de la presentación de la garantía de cumplimientocumplimiento de contrato, le será cancelado el contratocuando en su caso sea un prestador de servicio confiable.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Electrónica Internacional Abierta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas obl,gac,ones a que se refiere el :oresente contrato y la calidad de los bienes, "El Proveedor" se obliga a constituir una fianza en el contrato adjudicadomoneda nacional, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos a favor de la Ley Federal 'El Poder JLJdicialdel Estado - Tribunal Superior de Instituciones de FianzasJus1icia del Estado", por con un importe equivalente Importe igual al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contratocontrate. esto es, sin considerar incluido el Impuesto impuesto al Valor Agregadovalor agregado, otorgada por una II1shtuciónlegalmente JL-torizada para tal efec10 Esta fianza tendra una vigencia de un año a favor partir de Servicios la fecha de Salud aceptación de Veracruzlos bienes muebles integrantes de cada uno de los cuatro lotes pacta:Xxx en esle contrato la garantia a que se refiere esta cláusula se hara efectiva parcial o totalmente. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios incumplimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento cualquiera de las obligaciones que deriven del a cargo de -El Proveedor", establecidas en este contrato, S, el proveedor, una vez. asignado el contrato, se haga n'ega ¡; firmarlo o no [o firma dentro del termino establecic!o. se har¡i efectiva el cheque que otorgó para garantizar la garantía otorgadasenedac! de sus proposIciOneS Concluida cada er.trega, "El Proveedor queda,¡i obligado ante el Tribunal a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para otra responsabil,dad en que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado máshubieren incurrido, en su caso tos términos, la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, plazo y condiciones establecidos en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzeste ccntrato, de acuerdo conformidad con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre lo dispLJestoen la fracción VII del articulo 52 del Reglamenfo de Servicios Adquisiciones, Arrendamientos Se",icics y Obra Pública del Tribunal Superior de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento Justicia del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.Estado xx xx,:atán

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Compraventa

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por De conformidad con lo que otorga su consentimiento expreso para que señalado en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contratoartículo 48, se haga efectiva la garantía otorgadafracción II, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de FianzasAdquisiciones, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido Arrendamientos y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses Servicios del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaSector Público, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto “PROVEEDOR” a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma notificación del contratofallo, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía póliza de cumplimiento fianza emitida por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse afianzadora mexicana debidamente autorizada por el 10%(diez un monto equivalente al 15% (quince por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoIVA), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL XX XXXXXXXX, S.A. DE C.V. Con dicha fianza el Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de TlaxcalaPROVEEDORconstaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar garantizará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas establecidas en el contrato adjudicadopresente contrato. Debido a que con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la Ley Federal obligación de Instituciones las partes de Fianzasfirmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, por un importe equivalente se apercibe al 10% (diez por ciento) del monto total máximo PROVEEDOR de que el incumplimiento en la entrega a la API XX XXXXXXXX de la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente apartado será motivo de rescisión administrativa del contrato, sin considerar de conformidad con lo establecido en el Impuesto al Valor Agregadoartículo 54 de la LEY, en cuyo caso la “API” remitirá a favor la Secretaría de Servicios la Función Pública la documentación de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediatalos hechos mencionados, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la Ley. La póliza de fianza otorgada a la API XX XXXXXXXX deberá estar vigente por todo el supuesto periodo de incumplimiento duración del presente instrumento y tendrá como objeto el de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza respaldar el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales contrato y los recursos legales cualquier responsabilidad que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive resultase a cargo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente“PROVEEDOR”. En caso de que el procedimiento administrativoantes de la recepción satisfactoria de los SERVICIOS se determinen responsabilidades derivadas del contrato, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca continuará vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el “PROVEEDOR” corrija los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad defectos y satisfaga dichas responsabilidades. La póliza en que sea expedida la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contratofianza, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su casoya sea impresa o electrónica, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante deberá contener lo anterior, señalado en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de VeracruzANEXO 16.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque La obligación garantizada será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contratoindivisible, en términos del artículo 2003 del Código Civil Federal de aplicación supletoria a la LEY, por lo que en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectivas las garantías que procedan por el monto total de la obligación garantizada. NOTA: Se deberá observar lo siguiente: Adicionalmente a los requisitos previstos en las LEY, las fianzas deberán contener lo siguiente: · Que se somete expresamente a los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de Tampico, Tamaulipas · Que el plazo para la reclamación de la fianza será de 10 meses. Asimismo, el costo de las disposiciones aplicablesgarantías debe ser absorbido por el PROVEEDOR. En caso de que Las modificaciones en monto, plazo o vigencia del contrato conllevarán el proveedor adjudicado respectivo ajuste a la/s garantía/s correspondiente/s, siempre y cuando dicho incremento no presente se encuentre cubierto por la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoOriginalmente otorgada.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el día hábil inmediato anterior IVA) correspondiente al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento monto del contrato, consistente en: Póliza a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PRESTADOR DE SERVICIOS garantizará todas y cada una de las obligaciones que se constituirá pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente escrito de la ASIPONA DOS BOCAS; c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aun para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado requerida; y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo; para tal caso, las ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las ASIPONA DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La cancelación de la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante deberá ser solicitada por escrito a la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria ASIPONA DOS BOCAS por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientePRESTADOR DE SERVICIOS. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la Dicha liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de garantía solamente procederá cuando la ASIPONA DOS BOCAS certifique la recepción satisfactoria de los SERVICIOS. La ASIPONA DOS BOCAS solicitará la liberación de la fianza en su casodirectamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía dentro del plazo señalado, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al ANEXO NÚMERO 18 (DIECIOCHO). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientesque el servicio fue prestado de conformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLey.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el El licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedorganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 12 (Doce). La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruzdel Instituto Mexicano del Seguro Social. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Oficina de Administración Contratos de Servicios la Coordinación de Salud de VeracruzAbastecimiento y Equipamiento. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega que el servicio fue prestado de los bienes correspondientesconformidad. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley. Se deberá considerar en el presente numeral de esta convocatoria y en la formalización del contrato que resultara asignado lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39 y 81 fracción II del reglamento de la Ley de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, así como el artículo 77, fracción VIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública, respecto a la divisibilidad o indivisibilidad de las disposiciones aplicables. En caso obligaciones contractuales, y la aplicación total o proporcional de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientocumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, le será cancelado Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estableciéndose que para esta convocatoria deberá aplicarse el contratocriterio de divisibilidad en el que la garantía se hará efectiva por el monto total de la obligaciones de acuerdo a lo que previene el Criterio AD-02/2011, publicado por la Secretaría de la Función Pública.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del CONTRATO, una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA), a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PRESTADOR DEL SERVICIO garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, o como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a más tardar todas las estipulaciones contenidas en el día hábil inmediato anterior contrato; b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza así como durante la substanciación de fianza todos los recursos legales o de los juicios que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme; y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aún para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud proceda el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, indemnización por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganxxxx, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su casorequerida. Tratándose de dependencias, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento el procedimiento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, ejecución será el previsto en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso artículo 95 de la entrega citada Ley, debiéndose atender para el cobro de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del lo dispuesto en el artículo 95 bis Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoriadicha Ley. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por De conformidad con lo que otorga su consentimiento expreso para que señalado en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contratoartículo 48, se haga efectiva la garantía otorgadafracción II, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de FianzasAdquisiciones, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido Arrendamientos y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses Servicios del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaSector Público, el beneficio devolverá “PROVEEDOR” a más tardar 10 (diez) días naturales siguientes a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadnotificación del fallo, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la entregar una póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un importe monto equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez Diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por cientoIVA), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE DOS BOCAS, S.A. DE C.V. Con dicha fianza el Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de TlaxcalaPROVEEDORconstaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar garantizará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas establecidas en el contrato adjudicadopresente contrato. Debido a que con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la Ley Federal obligación de Instituciones las partes de Fianzasfirmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, por un importe equivalente se apercibe al 10% (diez por ciento) del monto total máximo PROVEEDOR de que el incumplimiento en la entrega a la API DOS BOCAS de la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente apartado será motivo de rescisión administrativa del contrato, sin considerar de conformidad con lo establecido en el Impuesto al Valor Agregadoartículo 54 de la LEY, en cuyo caso la API DOS BOCAS remitirá a favor la Secretaría de Servicios la Función Pública la documentación de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediatalos hechos mencionados, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la Ley. La póliza de fianza otorgada a la API DOS BOCAS deberá estar vigente por todo el supuesto periodo de incumplimiento duración del presente instrumento y tendrá como objeto el de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza respaldar el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales contrato y los recursos legales cualquier responsabilidad que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive resultase a cargo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente“PROVEEDOR”. En caso de que el procedimiento administrativoantes de la recepción satisfactoria de los SERVICIOS se determinen responsabilidades derivadas del contrato, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca continuará vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el “PROVEEDOR” corrija los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad defectos y satisfaga dichas responsabilidades. La póliza en que sea expedida la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contratofianza, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su casoya sea impresa o electrónica, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante deberá contener lo anterior, señalado en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de VeracruzANEXO 16.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque La obligación garantizada será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contratoindivisible, en términos del artículo 2003 del Código Civil Federal de aplicación supletoria a la LEY, por lo que en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectivas las garantías que procedan por el monto total de la obligación garantizada. NOTA: Se deberá observar lo siguiente: Adicionalmente a los requisitos previstos en las LEY, las fianzas deberán contener lo siguiente: Que se somete expresamente a los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. Que el plazo para la reclamación de la fianza será de 10 meses. Asimismo, el costo de las disposiciones aplicablesgarantías debe ser absorbido por el PROVEEDOR. En caso de que Las modificaciones en monto, plazo o vigencia del contrato conllevarán el proveedor adjudicado respectivo ajuste a la/s garantía/s correspondiente/s, siempre y cuando dicho incremento no presente se encuentre cubierto por la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoOriginalmente otorgada.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Security Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso la misma será de que existan créditos a su favor contra el IMSS, un 3% respecto al monto de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de adjudicación del contrato deberá ser constituida bajo las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales formas que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte detallan a continuación dentro de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución los 5 días hábiles de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en recibido el contrato, pero antes del comienzo de la fiesta nacional e internacional del poncho. a) En efectivo, exclusivamente mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS depósito o transferencia bancaria en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso cuenta de la entrega Tesorería ministerio de los bienes correspondientescultura, turismo y deporte de la provincia. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la contratación o del domicilio del órgano contratante. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, El organismo depositará el cheque dentro de los diez días naturales siguientes plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional y/o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la fecha orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de firma selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del contrato, en términos del artículo 48 penúltimo día hábil anterior a la constitución de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, en la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza Bolsa o Mercado correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía lo que deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de certificado por las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior autoridades bancarias al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicablesrecibir dicho depósito. En caso de PLIEG-2024-01160438-CAT-SARH#MCTD liquidación de los valores a que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientose refiere este inciso, le será cancelado el contratose formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El proveedoreventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con fianza bancaria, para garantizar constituyéndose el cumplimiento fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de todas división y cada una de las obligaciones estipuladas excusión en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en los términos del Artículo N° 1574 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgadaNación, así como cualquier otro saldo al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de los Servicios de Salud de Veracruzdel organismo contratante. B. Su conformidad para que f) Mediante la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación afectación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo créditos que el acto rescisorio sea combatido proponente o adjudicatario tenga liquidados y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada al cobro en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados organismo provincial, a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadcuyo efecto el interesado deberá presentar, en la inteligencia que fecha de la conformidad para constitución de la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito garantía, la cesión pertinente g) Con pagaré sin protesto suscriptos por los Servicios quienes tengan el uso de Salud la firma social o actuaren con poder suficiente, cuando el monto de Veracruzla garantía no supere el valor de VEINTE (20) MODULOS. X. Xx conformidad en que h) Toda otra garantía que, a propuesta del Organismo contratante, disponga por acto administrativo la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia Contaduría General de la póliza Provincia. La elección de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anteriorforma degarantía, en el supuesto de que el monto principio, queda a opción del contrato adjudicado sea igual oferente o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoadjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Contratación Directa

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el IMSSEn cumplimiento con artículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales fracción II y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte 49 fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado másLEY, artículos 81, fracciones II del REGLAMENTO, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del correlación con el artículo 95 bis 55 segundo párrafo de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido Presupuesto y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaResponsabilidad Hacendaria, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de una fianza que se constituirá emitida por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, mexicana debidamente autorizada por un importe monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado total del CONTRATO (sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado) correspondiente al monto del Contrato, a favor de “Salud la Administración Portuaria Integral de Tlaxcala”Dos Bocas, S.A. de acuerdo C.V., con dicha fianza, el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de PROVEEDOR garantizará todas y cada una de las obligaciones estipuladas que se pacten en el contrato adjudicado, Contrato. Así mismo deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos anexar copia del comprobante de pago correspondiente de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruzpóliza arriba señalada. La póliza de garantía de cumplimiento deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la API DOS BOCAS; c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por parte autoridad competente; d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de Servicios ejecución previstos en la LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS para la efectividad de Salud de Veracruz en forma inmediatalas fianzas, siempre y cuando aun para el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios procediera el cobro de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza requerida; y Que en caso de que la API DOS BOCAS sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los BIENES, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el que se llamara a juicio a las API DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su casomomento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado quien de manera adicional y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento sin perjuicio de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el supuesto o los actores, el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la API DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo; para tal caso, las API DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS el monto importe negociado y en caso de negativa, las API DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del contrato adjudicado sea igual o menor orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los BIENES objeto del Contrato, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La cancelación de la fianza deberá ser solicitada por escrito a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá la API DOS BOCAS por parte del PROVEEDOR. Dicha liberación de la póliza de garantía solamente procederá cuando la API DOS BOCAS certifique la recepción satisfactoria de los BIENES. La API DOS BOCAS solicitará la liberación de la fianza directamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contratodentro del plazo señalado, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), dará lugar a la rescisión administrativa del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso El licitante ganador, para garantizar el cumplimiento de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento todas y cada una de las obligaciones que deriven del contratoestipuladas en el contrato adjudicado, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la deberá presentar fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria expedida por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, afianzadora debidamente constituida en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicialpor un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, no judicial o tribunal arbitralsin considerar el Impuesto al Valor Agregado, salvo que a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 10 (diez) sobre el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses monto máximo del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza contrato. La garantía de cumplimiento permanezca vigente hasta que a las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada del contrato se liberará mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su casosatisfacción del Instituto, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadocon todas las obligaciones contractuales. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro SocialInstituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Social. • Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, dependiente de la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, sita en la División Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxx Xxxxxx 21, Colonia Nombre de ContratosDios, C.P. 31110, Chihuahua, Chih., con número de teléfono y fax 00-000-000-00-00. El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”Ley. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra En cumplimiento con el IMSSartículo 48, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte fracción II de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadaLEY, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para LICITANTE que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidadresulte ganador deberá entregar, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contratoCONTRATO, o a más tardar el día hábil inmediato anterior una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA) correspondiente al monto máximo de cada partida, a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PRESTADOR DE SERVICIOS garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que para liberar la fianza, con una vigencia equivalente será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la API DOS BOCAS DOS BOCAS; c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida los procedimientos de ejecución previstos en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor para la efectividad de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en fianzas, aun para el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud procediera el cobro de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interponganintereses, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el motivo del pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive extemporáneo del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia importe de la póliza de fianza en su casorequerida, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su casoy, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “Salud de Tlaxcala”, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de “Salud de Tlaxcala”.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad Que en caso de que existan créditos la API DOS BOCAS DOS BOCAS sea emplazada a su favor contra juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los Servicios SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicableun crédito fiscal, por lo el que otorga su consentimiento expreso para se llamara a juicio a las API DOS BOCAS DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API DOS BOCAS DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por el supuesto PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de incumplimiento demandas que impliquen pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las obligaciones responsabilidades que deriven se reclamen a efecto de que se libere a la API DOS BOCAS DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. para tal caso, las API DOS BOCAS DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a las API DOS BOCAS DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, las API DOS BOCAS DOS BOCAS procederán en la forma y vía a que se refiere el inciso d) anterior. Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los servicios objeto del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor derivados de los Servicios reclamaciones de Salud estos ante las autoridades de Veracruz. B. Su conformidad para trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe. La cancelación de la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante deberá ser solicitada por escrito a la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria API DOS BOCAS DOS BOCAS por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientePRESTADOR DE SERVICIOS. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la Dicha liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de garantía solamente procederá cuando la API DOS BOCAS DOS BOCAS certifique la recepción satisfactoria de los SERVICIOS. La API DOS BOCAS DOS BOCAS solicitará la liberación de la fianza en su casodirectamente a la afianzadora que la haya expedido. El no presentar la póliza de garantía dentro del plazo señalado, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de VeracruzCONTRATO, de acuerdo con a lo señalado por el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de Servicios de Salud de Veracruz deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso Artículo 54 de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratoLEY.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS A. Su voluntad en caso El licitante ganador, para garantizar el cumplimiento de que existan créditos a su favor contra el IMSS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento todas y cada una de las obligaciones que deriven estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, se haga efectiva la garantía otorgadasin considerar el Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier otro saldo a favor del IMSS. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contratode los Servicios de Salud de Zacatecas, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación conforme al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el IMSS. G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamadoAnexo Número 08 (ocho). No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito FederalUnidades de Medida y Actualización Vigente (UMA), el licitante adjudicado ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el IMSS constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP. El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 9. La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE. La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, C.P. 14070, Delegación Tlalpan, México, D.F. Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9. El proveedor adjudicado garantizará el cumplimiento del contrato, mediante cheque certificado, de caja, fianza (Anexo Número 9) o hipoteca otorgada a favor de Salud de Tlaxcala, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto adjudicado sin incluir el I. V. A. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de “Salud de Tlaxcala” en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de “Salud de Tlaxcala”, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “Salud de Tlaxcala”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de los “Salud de Tlaxcala”. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los “Salud de Tlaxcala”. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de los Servicios de Salud de Tlaxcala”Zacatecas, de acuerdo con el procedimiento siguiente: El cheque debe expedirse a nombre de los Servicios de Salud de Tlaxcala”Zacatecas. Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección Subdirección de Administración de “Salud de Tlaxcala”.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los “Salud de Tlaxcala” constaten el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “Salud de Tlaxcala” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contrato. El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz. La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de Servicios de Salud de Veracruz en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de Servicios de Salud de Veracruz, con todas las obligaciones contractuales. El proveedor manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra los Servicios de Salud de Veracruz, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor Recursos Materiales de los Servicios de Salud de Veracruz. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondienteZacatecas. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por los Servicios de Salud de Veracruz. X. Xx conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: a. Reclamación por escrito al Institución de Fianzas. b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios. c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación. h. Importe reclamado. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de Servicios de Salud de Veracruz, de acuerdo con el procedimiento siguiente:  El cheque debe expedirse a nombre de Servicios de Salud de Veracruz.  Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Veracruz.  El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que los Servicios de Salud de Veracruz constaten Zacatecas constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de los Servicios de Salud de Veracruz Zacatecas deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso del cumplimiento de los servicios correspondientes o bien solicite la devolución de la entrega garantía presentada, por haber cumplido con las condiciones del contrato. En el supuesto de que el monto originalmente contratado se modifique, el licitante adjudicado se obliga a presentar a los bienes correspondientesServicios de Salud de Zacatecas un endoso o una nueva póliza de fianza, equivalente al 10 % del monto modificado. Esta garantía La póliza de fianza, deberá presentarse ser entregada a más tardarlos Servicios de Salud de Zacatecas, por el licitante adjudicado, dentro de los diez 10 (diez) días naturales siguientes posteriores a la fecha de firma del contrato, y en términos el caso que se modifique el contrato, el endoso o la nueva póliza de fianza, deberá ser entregada dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes, contados a partir de la firma de la modificación del contrato original. Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato será devuelta a "EL PROVEEDOR" una vez que "LOS SSZ", le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a "EL PROVEEDOR", siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las disposiciones aplicablesobligaciones adquiridas por virtud del presente contrato; para lo cual deberá presentar mediante escrito la solicitud de liberación de la fianza en la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, de la Servicios de Salud de Zacatecas, sito en: Xxxxx Xxxxxxxxx Xx. En caso 0, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx 0000, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X. X. 98604, teléfono: 00-000-000-0000, extensión 53012, misma que llevará a cabo el procedimiento para la liberación y entrega de que el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, le será cancelado el contratofianza.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública