INFORMACION CONFIDENCIAL Cláusulas de Ejemplo

INFORMACION CONFIDENCIAL. En virtud del presente acuerdo la ASEGURADORA se obliga a no divulgar, copiar, ni revelar, en forma alguna, registros, bases de datos, costos, clientes, infraestructura y demás información que pueda llegar a conocer o a acceder por parte de CREDIFAMILIA, y en general cualquier información que pudiese obtener, ya sea con autorización o sin ella, en desarrollo de las actividades que realicen en cumplimiento del objeto de este acuerdo. Para tal efecto, en consideración a lo establecido en la legislación vigente y a lo dispuesto por las normas que regulan la materia, toda información que circule, conozca, solicite, transfiera a través xx xxxxxxx alternos y medios de distribución digital o análoga conocidos o por conocer deberán reunir los requisitos de confidencialidad, calidad y seguridad que a continuación se mencionan. PARAGRAFO PRIMERO: En el evento en que la Parte RECEPTORA tuviere alguna duda en relación con la naturaleza de la Información recibida, podrá solicitar a la parte REVELADORA que se pronuncie en forma expresa y escrita sobre la naturaleza de dicha información, es decir, que indique por escrito si se trata de Información Confidencial o no. PARAGRAFO SEGUNDO.- No se entenderá como Información sujeta a la confidencialidad y reserva a la que hace referencia el presente Acuerdo, la siguiente: a) Información que estaba en el dominio público al momento de su divulgación.
INFORMACION CONFIDENCIAL. En cumplimiento de lo previsto en el Título Primero Capitulo XII de la Circular Básica Jurídica (007/96) y Numeral 2.14 de la Circular 052 del 2007, ambas de la Superintendencia Financiera de Colombia, la Fiduciaria ha implementado un nuevo sistema de seguridad para transmisión de datos y/o información confidencial a sus clientes.
INFORMACION CONFIDENCIAL. Para los efectos de este contrato, se entenderá como tal, la obtenida por el Emisor o proporcionada por el Tarjeta-Habiente originada en la relación presente o futura entre ambos, no incluyendo aquella que sea o pueda convertirse del conocimiento público o que sea o se convierta en información disponible al Emisor de cualquier otra fuente que no sea el Tarjeta-Habiente, a menos que sea del conocimiento expreso del Emisor, que dicha información ha sido adquirida con infracción a alguna obligación de confidencialidad por parte de la persona que la ofrezca. El Emisor mantendrá la información confidencial obtenida o proporcionada por el Tarjeta-
INFORMACION CONFIDENCIAL. Para efectos del presente Convenio, el término “Información Confidencial” significará toda aquella información escrita, verbal, gráfica, que se encuentre contenida en medios electrónicos, magnéticos, ópticos, en papel o cualquier otro medio que la contenga, incluyendo instalaciones y/o materiales, propiedad de “EL INSTITUTO”, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa, datos técnicos, descripciones escritas, dibujos, planos, graficas, muestras, piezas, prototipos, composiciones, diseños, demostraciones visuales, o cualesquier datos, así como descripción de procesos, reportes, proyectos, registros, y en general cualquier otra información concerniente o relacionada con EL INSTITUTO y que sea públicamente desconocida o de la que hayan tenido conocimiento o acceso antes, durante o después de la vigencia del presente Convenio, aún y cuando no correspondiéndoles conocerla, se hayan enterado con motivo de las relaciones comerciales o de negociosque mantienen o pudieren llegar a mantener con” EL INSTITUTO” y que involucren o comprometan directa o indirectamente los intereses de “EL INSTITUTO”, incluyendo sus socios, clientes, proveedores, aliados estratégicos públicamente anunciados y/o distribuidores.
INFORMACION CONFIDENCIAL. A pesar de que la naturaleza de la información solicitada para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegido por la Ley, los proponentes son responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieran información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la Ley colombiana, indicando la totalidad y expresando las normas legales que lo fundamenten.
INFORMACION CONFIDENCIAL. El AUDITOR EXTERNO no deberá divulgar ninguna información suministrada por la EMPRESA generada u obtenida por el AUDITOR EXTERNO en la ejecución del presente contrato, así como cualquier información que tenga relación con la presente negociación, sin el consentimiento previo de la EMPRESA.
INFORMACION CONFIDENCIAL. El proveedor acepta no divulgar ninguna información de LEXMARK o acerca de LEXMARK basándose en la Orden de compra, solo en caso de ser necesario para el cumplimiento de la Orden. Esto aplica aún al término y después de completado el trabajo. El proveedor se compromete a devolver a LEXMARK documentos, partes o artículos utilizados durante sus relaciones comerciales que contengan información considerada confidencial por LEXMARK. Solo ante consentimiento escrito por parte de LEXMARK. El proveedor se compromete a no transmitir o comunicar en su país ni ningún otro país, cualquier información proporcionada por LEXMARK en alguna de sus Ordenes de compra así como alguna experiencia que resultara de esa información. ( documentos, productos, como-hacer, etc.) El proveedor no revelará ninguna información que LEXMARK le proporcione, de igual manera LEXMARK no se vera obligada a considerar información recibida por el proveedor como confidencial, incluyendo manuales, diseños u otros documentos. Frases que acompañen los documentos del proveedor que no se contrapongan a lo estipulado en este párrafo, no tendrán consecuencias ni crearán una obligación para LEXMARK.
INFORMACION CONFIDENCIAL. Durante un plazo de 5 (cinco) anos contados a partir del 25 de septiembre de 2000, las Partes mantendran en secreto y en la mas estricta confidencialidad y no usaran en beneficio propio o el de cualquier tercero informacion confidencial de cada una de ellas o de sus negocios o subsidiarias que tengan por virtud de su situacion con anterioridad a la Escision de Telmex, incluyendo sin limitar a, los conocimientos tecnicos ("know-how"), secretos comerciales, listas de clientes, informacion de clientes o de consultores, politicas de precios, metodos, planes o estrategias xx xxxxxxx, tecnicas o planes de desarrollo de productos, metodos de comercializacion, procesos tecnicos y proyectos de 13 investigacion de cada una de las Partes y sus subsidiarias. Toda esta informacion debera ser considerada como "Confidencial" para efectos de este Contrato. La obligacion de confidencialidad no debera aplicarse a porciones particulares de la informacion confidencial referida anteriormente, si tal informacion se vuelve disponible para el publico en general por una razon diferente a una revelacion no autorizada por alguna de las Partes.
INFORMACION CONFIDENCIAL. Cuando el oferente incluya información confidencial en su oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del TOCAF, será de su exclusiva responsabilidad ingresar la misma, indicando expresamente tal carácter, en archivo separado de la parte pública de la oferta.
INFORMACION CONFIDENCIAL. El Tarjetahabiente reconoce y acepta que El EMISOR mantendrá la Información Confidencial (tal y como se define abajo) que haya sido obtenida o proporcionada por el Tarjetahabiente como consecuencia de la relación que exista, presente o futura, entre el EMISOR y el TH. La información se mantendrá confidencial de acuerdo con el proceso común y prácticas comerciales para el manejo de información de dicha naturaleza. No obstante, el EMISOR podrá compartir y transferir la Información confidencial: i) cuando así le sea requerido por autoridad judicial, administrativa, supervisora o de cualquier manera exigida con base en estatutos, reglas, regulaciones, leyes, reglamentos o un proceso judicial; ii) a los fiscalizadores del EMISOR, a solicitud y requerimiento de cualquier otro órgano fiscalizador o regulador, supervisor o autoridad competente; iii) cuando la información haya sido hecha pública por medios diferentes a cualquier prohibición hecha al EMISOR, iv) en conexión con cualquier investigación, litigio o procedimiento legal en el que el EMISOR sea parte, o en relación con cualquier remedio o recurso relacionado; v) a las sucursales del EMISOR, sus subsidiarias, oficinas de representación, afiliadas agentes o a terceras personas seleccionadas por cualquiera de las entidades antes mencionadas, cualquiera que sea su ubicación, para uso confidencial (incluyendo en relación con la prestación de cualquier servicio o para el procesamiento de datos con fines estadísticos o de análisis de riesgos);