Informe Técnico Cláusulas de Ejemplo

Informe Técnico. La Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de “LA SEP” establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos. Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes requerimientos: Deberá incluir la siguiente información: • Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio. • Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio. • Nombre del “Programa”. Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el “Programa”. • Objetivo del “Programa”. Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el “Programa” contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del “Programa”. • Vigencia del “Programa”. La duración esperada en que se ejecutará y completará el proyecto suscrito en el convenio. • Responsables de la operación del “Programa” junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior la requiere. • Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del “Programa”, para ello deberán integrar la siguiente información: • Cobertura del “Programa”. Alcance territorial del “Programa”, utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del “Programa”. • Características de los(as) beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser beneficiarios(as) del “Programa”. • Requisitos de los beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el “Programa” busca beneficiar. • Criterios de selección de los(as) beneficiarios(as). Las valoraciones q...
Informe Técnico. En un plazo no mayor de cinco ( 5 ) días hábiles, el De partamento Despacho de la ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE XXXX, realizará un informe que haga referencia a que “ si al cotejar las propuestas recibidas”, las mismas se ajustan a lo requerido, para conocimiento de la Comisión de Compras.-
Informe Técnico. 3.1. El estado de conservación de las piezas objeto de este Contrato es el que se recoge en el informe técnico que se anexa, a efectos de su conservación durante el período xx xxxxxxxx y las responsabilidades en caso de pérdida o daños de aquéllas. Cuando por las especiales características de las piezas prestadas éstas exijan unas condiciones excepcionales para su traslado y/o exhibición, se recogerán en el referido informe. 3.2. A tales efectos, el prestatario reconoce recibir dichas piezas en la forma en que se recoge en dicho informe y se compromete a su devolución en iguales condiciones en las que le fueron entregadas.
Informe Técnico. 3.1. El estado de conservación de las piezas objeto de este Contrato es óptimo para el fin solicitado. En el caso de que presentasen algún deterioro digno de reseñar a efectos de su conservación durante el período xx xxxxxxxx y de las responsabilidades en caso de pérdida o daños de aquéllas, se hará constar en un informe técnico que se anexará al contrato. Asimismo, cuando por las especiales características de las piezas prestadas éstas exijan unas condiciones excepcionales para su traslado y/o exhibición, se recogerán en el referido informe. 3.2. A tales efectos, el prestatario reconoce recibir dichas piezas en la forma en que se recoge en el anexo o en su caso, en dicho informe y se compromete a su devolución en iguales condiciones en las que le fueron entregadas.
Informe Técnico. La Supervisión de Obra es la obligada a realizar los controles antes mencionados y descritos. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. El Informe incluirá además el análisis y/o resultado estadístico de los ensayos de afirmado y obras de arte realizados durante la ejecución de la obra, comparando con los parámetros o requisitos exigidos en las especificaciones técnicas. El Informe Técnico será presentado al GOBIERNO REGIONAL y se incluirá en el Informe de Situación de la Obra, que presenta el Supervisor anticipadamente a la Comisión de Recepción y será requisito indispensable para la Recepción de la Obra.
Informe Técnico. Acta de Preadjudicación
Informe Técnico a) BCA podrá, por medio de su personal, elaborar un informe técnico para cada vehículo presentado a subasta. Dicho informe será relativo al estado del motor, la caja de cambios, el embrague y los frenos, la dirección, la transmisión, u otros datos que se consideren interesantes para valorar el vehículo. b) BCA podrá negarse a efectuar el informe técnico que le solicite el vendedor si considera excesivo el tiempo necesario para su elaboración. c) En el caso de que se elabore un informe técnico, deberá ir adherido al vehículo en el momento de la subasta, y el subastador deberá mencionar dicha circunstancia. d) El vendedor y el comprador están de acuerdo en que, sin perjuicio de cualquier otro derecho o acción que el comprador pueda tener contra el vendedor, BCA podrá aceptar la resolución del contrato de compraventa siempre que el informe técnico contenga evidentes incorrecciones u omisiones sobre el estado del motor, la caja de cambios, el embrague, los frenos, la dirección, la transmisión, así como sobre otras informaciones consideradas relevantes para valorar un vehículo. e) La situación prevista en el apartado anterior sólo será válida en caso de que el comprador devuelva el vehículo, las llaves y la respectiva documentación, dentro de la hora posterior a la autorización de salida emitida por BCA, y redacte su reclamación por escrito dentro del mismo plazo. f) En caso de darse la resolución del contrato a causa del informe técnico, el motivo de dicha resolución será corregido por BCA sin coste alguno para el vendedor, y el vehículo será readmitido a subasta sin que se genere una nueva tasa de inscripción.
Informe Técnico. Las plantas a suministrar por el adjudicatario de la presente subasta cumplirán los siguientes requisitos: - El material vegetal será sano y bien formado, no presentará defectos derivados de enfermedades, plagas o prácticas de cultivo o manejo inadecuadas ni tampoco heridas en la corteza que no sean consecuencia de la poda. - Serán plantas sanas y bien formadas, para que la recuperación y el desarrollo futuro no peligren. - Arboles y arbustos vendrán perfectamente identificados con su correspondiente etiquetado. - Las plantas no tendrán heridas en la corteza, fuera de las normales producidas durante la poda. - El substrato de las plantas, tanto las suministradas en contenedor como en cepellón, estará libre de malas hierbas, especialmente de plantas vivaces. - Todos los ejemplares cumplirán con la autenticidad específica y varietal. - Existirá una proporcionalidad equilibrada, según especie y/o variedad, tanto entre las dimensiones de altura y tronco y como entre las de sistema radical y aéreo. - Para el caso de cultivo en contenedor, los sustratos suministrados estarán libres de malas hierbas. - Los lotes suministrados serán homogéneos y se acompañarán de las correspondientes etiquetas, según NTJ 07A, y, si procede, pasaporte fitosanitario. - La totalidad de cada lote deberá cumplir con la media de dimensiones especificadas. - Los árboles de hoja perenne y a raíz desnuda se deberán medir según el perímetro del tronco, a 1 metro sobre el nivel del cuello de la raíz. - La medida del cepellón deberá ser proporcional al tipo de crecimiento y estructura de la especie o variedad, al desarrollo de la planta y a las condiciones del suelo. - Los árboles de hoja perenne suministrados con cepellón deberán disponer de unas dimensiones mínimas de cepellón a partir de las fórmulas siguientes: o Diámetro del cepellón (en cm) = Media de la clase perimetral del tronco (en cm) X 2. o Profundidad del cepellón (en cm) = Diámetro del cepellón (en cm) X 1,2. - El sistema radical deberá estar bien desarrollado y corresponder, tanto en forma como en tamaño, a las características de la especie o variedad, a la edad del árbol, así como a las características del suelo o substrato donde haya sido cultivado. - En los árboles injertados, los injertos deberán estar satisfactoriamente unidos a los portainjertos. Los injertos de copa, además, deberán dar nacimiento a una corona centrada en el eje del tronco, bien desarrollada y que presente las características propias del cultivar. - En l...
Informe Técnico. La Dirección General de Seguridad Ciudadana de la Consejería del mismo nombre, con competencia en seguridad conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de septiembre de 2016, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOMe Extraord. núm. 17, de 30 de septiembre de 2016), designará al/los representante/s que considere al objeto de verificar que las características técnicas que se señalan en el presente Pliego son las que corresponde con los suministros ofertados, puediendo ser superiores, dicho cumplimiento es condición sine quanom para la continuidad de la empresa/ as en la licitación. Dirección General de Servicios Sociales D. titular del DNI núm. Nombre y representación de la empresa , titular del CIF núm. , DECLARA:
Informe Técnico. No existe inconveniente por parte del informante en la aprobación xxx Xxxxxx de Condiciones antes trascrito y, en especial, en cuanto a la necesidad, características e importe calculado de las prestaciones objeto del contrato.