OBJETO Y DEFINICIONES Cláusulas de Ejemplo

OBJETO Y DEFINICIONES. 1. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que decidan presentar proyectos bajo el esquema de asociación público privada deberán observar los presentes Lineamientos, los cuales tienen por objeto establecer las disposiciones para determinar la conveniencia de llevar a cabo un proyecto mediante dicho esquema.
OBJETO Y DEFINICIONES. Artículo 1
OBJETO Y DEFINICIONES. Artículo 1:
OBJETO Y DEFINICIONES. El Cliente encomienda al Constructor y éste bajo su propia responsabilidad se obliga a eje- cutar en el Inmueble los trabajos de reparación, ampliación o mejora descritos en los Planos, el Programa de Trabajo y la Cotización de la Obra, los cuales se adjuntan al presente contra- to como Anexo 1. Para efectos de este Contrato, las siguientes definiciones tendrán los significados a con- tinuación indicados:
OBJETO Y DEFINICIONES. El objeto del presente Capítulo es regular la circulación de las bicicletas en las vías urbanas del término municipal de València. Lo dispuesto en este Capítulo es igualmente aplicable a las bicicletas con pedaleo asistido cuyo motor sea de 250 W o menor y se desconecte al dejar de pedalear o alcanzar los 25 km/h. Para el resto de ciclos, en su caso, será aplicable la normativa particular desarrollada en los siguientes Capítulos de este Título, donde se regulan los ciclos de uso comercial, los dispositivos tipo patín de tracción humana, y los denominados vehículos de movilidad personal, de tracción eléctrica. En todo lo no regulado en este Título será de aplicación lo dispuesto en esta Ordenanza para el resto de vehículos, así como en el Reglamento General de Circulación.
OBJETO Y DEFINICIONES. Las Partes convienen regular la modalidad organizativa de teletrabajo, de conformidad con lo dispuesto al efecto en el RDL 28/2020, de Trabajo a distancia. A estos efectos, se asumen las siguientes definiciones establecidas en el citado RDL: – trabajo a distancia: la forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral conforme a la cual esta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar elegido por esta, durante toda su jornada o parte de ella, con carácter regular. – teletrabajo: aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. – trabajo presencial: aquel trabajo que se presta en el centro de trabajo (recinto de trabajo o dependencia) o en el lugar determinado por la empresa. No tendrán la consideración de teletrabajo aquellas actividades laborales que, por su propia naturaleza, impliquen la realización del trabajo habitualmente fuera de las dependencias e instalaciones de la empresa, en las que los medios informáticos y de comunicación utilizados por la persona trabajadora xxxx xxxxx elementos de auxilio y facilitación de dicha actividad laboral. Se considerará aplicable la presente regulación convencional sobre teletrabajo a la actividad laboral de la persona trabajadora que se preste bajo esta modalidad organizativa durante un mínimo del treinta por ciento de su jornada laboral considerada en cómputo anual. Para fomentar el trabajo en equipo y el sentimiento de pertenencia y vinculación con la empresa, el teletrabajo en Metro de Madrid, S.A. se desarrollará siempre compatibilizando y alternando las modalidades de teletrabajo y de trabajo presencial, de forma que la actividad laboral de teletrabajo se preste durante un máximo de tres jornadas laborales por cada semana laboral ordinaria de cinco días laborables y dos de descanso, y proporcionalmente en otros supuestos, siendo necesariamente las restantes jornadas laborales de la semana de trabajo presencial. En consecuencia, no serán de aplicación, en ningún caso, jornadas anuales completas de teletrabajo.
OBJETO Y DEFINICIONES. Mediante el presente instrumento se establecen las condiciones contractuales aplicables al suministro del Servicio de Telefonía Móvil y/o el Servicio de Acceso a Internet Móvil (en adelante “Servicio(s)”) que el Suscriptor haya elegido en el Formulario y/o solicite posteriormente.
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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.