Relación de aprobados. El órgano de selección elevará la lista a la Alcaldía junto con el acta de la última sesión, en la que habrán de figurar los aspirantes que hayan superado las pruebas, ordenados por de mayor a menor puntuación, así como el aspirante propuesto para la plaza, que será el de mayor puntuación. Quienes no reúnan los requisitos exigidos, no podrán ser seleccionados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Relación de aprobados. 1.- Lista pública.- Terminadas las pruebas selectivas y la calificación de los/las aspirantes, El Tribunal, publicará la relación de aspirantes aprobados/as, por orden de puntuación alcanzada, siendo esta la suma de la fase de oposición , la del concurso y la de la entrevista personal. En caso de que se produzca empate, se resolverá dando preferencia en primer lugar a la fase de oposición, en segundo lugar al concurso y en tercer lugar a la Entrevista Personal y en último lugar, de persistir el empate por sorteo.
2.- Recursos y reclamaciones .- En cuanto a las reclamaciones el plazo de presentación será de quince días naturales siguientes a la publicación de la lista de aprobados/as en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento , que serán resueltas por el Tribunal. Resueltas las reclamaciones o superado el período para su presentación se publicará la lista definitiva.
3.- Lista definitiva y Bolsa de Empleo.- Serán llamados por orden de puntuación Dicha bolsa tendrá una vigencia mínima de 2 años a contar desde la fecha de la Resolución por la que se constituya. .
Relación de aprobados. El Tribunal, terminada la calificación de los aspirantes, levantará acta y publicará los resultados en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en la web institucional, por orden de puntuación obtenida, elevando propuesta a la autoridad competente del aspirante que deba ser nombrado para ocupar en propiedad las plazas vacantes objeto de la convocatoria, sin que en la propuesta pueda figurar mayor número de aspirantes que de plazas a cubrir. No obstante lo anterior, y conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada, cuando se produzca la renuncia de un aspirante propuesto antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano municipal correspondiente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a aquél para su posible nombramiento.
Relación de aprobados. 1. Al finalizar cada ejercicio, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y web de la Corporación, las listas en orden decreciente de puntuación. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Alcalde Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. Al mismo tiempo remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión. No obstante, con la finalidad de garantizar la cobertura de la plaza objeto de convocatoria, en el supuesto de que se produzcan renuncias, o cuando la persona seleccionada carezca de los requisitos previstos en las presentes Bases, se podrá requerir al Tribunal Calificador relación complementaria de las personas aspirantes que siguen en el orden decreciente para su posible nombramiento como personal funcionario xx xxxxxxx en la Escala, Subescala y Clase convocada, de conformidad con la previsión contenida en el art. 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Así mismo, se creará una bolsa de trabajo con los aspirantes que no hayan sido seleccionados, formándose una lista por orden decreciente atendiendo a la puntuación total obtenida teniendo por tanto preferencia aquellos aspirantes que hayan superado todos los ejercicios y tengan mayor puntuación y, en su defecto, a los puntos obtenidos en el primer ejercicio y segundo ejercicio fijado también por orden decreciente, o bien a los puntos obtenidos en el primer ejercicio, igualmente fijado por orden decreciente. En caso de empate ser resolverá por sorteo. La inclusión en la bolsa de trabajo no otorga, en ningún caso, derecho a nombramiento, tratándose de una mera expectativa y pudiendo quedar sin efecto en cualquier momento.
Relación de aprobados. Concluidas las pruebas se elevará al Director del Consorcio propuesta de candidatos para la formación de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Relación de aprobados. 10.1. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del mismo y en el tablón de anuncios del edificio Rectorado, la relación de aspirantes que lo hayan superado, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes que no se hallen incluidos en esta relación tendrán la consideración de no aptos.
10.2. Finalizada la fase de oposición, y con respecto a los aspirantes que la hayan superado, se hará pública la puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso, al mismo tiempo y en los mismos lugares que la correspondiente a la de la fase de oposición. Los aspirantes que no estén incluidos en la citada relación serán considerados no aptos.
10.3. Una vez efectuada la calificación final de los aspirantes, el Tribunal elevará al Rector la relación de aprobados en el concurso-oposición, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas por la presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
10.4. Junto a la calificación final, deberán constar, además, las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.
Relación de aprobados. Concluido el proceso selectivo el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación total del proceso selectivo. La misma determinará el orden de clasificación definitiva y, por tanto la propuesta de contratación del Tribunal a favor del aspirante que mayor puntuación final haya obtenido por orden de clasificación, elevando dicha propuesta a la Sra. Alcaldesa para su contratación como personal laboral temporal a favor de quienes hubieren alcanzado la mayor puntuación en la fase de oposición y en la fase de concurso, siempre que hubiese obtenido como mínimo 5 puntos en el ejercicio de la oposición o, en su caso, el mínimo exigido, según lo previsto en la base octava de la bases. La propuesta de contratación no crea derecho alguno a favor del candidato propuesto. En ningún caso se podrá proponer a más candidatos que el número de puestos objeto de la presente convocatoria. En el acta de la última sesión se propondría la constitución de una bolsa de trabajo con el personal aspirante que, una vez finalizado el proceso selectivo, hayan sido seleccionadas pero que debido a su puntuación no hayan obtenido plaza, según lo previsto en la base octava de las bases, y el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación total alcanzada.
Relación de aprobados. Concluida la prueba selectiva, se hará público en el Tablón de Edictos del IEDT el listado provisional de seleccionados, estableciéndose un plazo de 3 días hábiles para la presentación de reclamaciones; en caso de no existir reclamaciones, se elevará a definitivo el listado provisional sin más trámite; si, por el contrario, se presentasen reclamaciones, una vez resueltas por el Órgano de Selección, se expondrá en el mismo lugar, el listado definitivo de seleccionados, que bajo ninguna circunstancia podrá contener un número superior al de convocados. Los candidatos seleccionados deberán presentar los originales de los requisitos exigidos en Base Cuarta en el Registro General del IEDT a fin de comprobar su autenticidad. Asimismo se creará, una lista de reserva con los/as aspirantes no seleccionados/as, por orden de puntuación, exclusivamente sustituciones y renuncias.
Relación de aprobados. El órgano de selección elevará la lista a la Alcaldía junto con el acta de la última sesión, en la que habrán de figurar los aspirantes que hayan superado las pruebas, siendo nombrado para el contrato de relevo el aspirante de mayor puntuación, integrando el resto una bolsa para necesidades futuras, en su caso.
Relación de aprobados. Finalizada la calificación, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes por orden de puntuación, resultando seleccionado en el concur- so-oposición sólo el que obtenga mayor número de puntos, sobre el que se elevará a la Alcaldía propuesta de nombra- miento de funcionarios en prácticas para la realización del curso de capacitación. En caso de empate se resolveráa favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.