NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación del contrato será notificada a los participantes y publicada en los plazos y en los términos determinados en el TRLCSP.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Producida la adjudicación se notificará al adjudicatario, señalándole la cuantía y el plazo para constituir la garantía definitiva, y requiriéndole para la formalización del respectivo contrato. Asimismo se notificará a los demás proponentes y se publicará, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 del TRLCAP. En virtud de lo dispuesto en el artículo 93.5 del TRLCAP, el órgano de contratación comunicará a todo licitador rechazado que lo solicite, en el plazo de quince días a partir de la recepción de la solicitud, los motivos del rechazo de su proposición y las caracterísiticas de la proposición del adjudicatario determinantes de la adjudicación a su favor, sin que tal información pueda perjudicar los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o pueda perjudicar la competencia xxxx entre ellas.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación se notificará al adjudicatario a través del Sistema BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores y se procederá a su publicación en la misma forma y supuestos que están previstos para el anuncio de licitación.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 TRLCSP. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d) TRLCSP.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. 1. La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores y será publicada en el perfil de contratante. En el caso de los interesados que así lo soliciten en el plazo de 10 días a contar desde la notificación de la adjudicación, se les facilitará información, en un plazo máximo de 15 días a partir de la recepción por GICAMAN de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su candidatura o de su proposición, así como de las características de la proposición del adjudicatario determinantes de la adjudicación a su favor. 2. No obstante lo anterior, GICAMAN podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, previa justificación en el expediente de contratación, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Metro de Madrid adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta y acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones a que se refieren las condiciones anteriores. La adjudicación del contrato será motivada y se notificará a los licitadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 151 de la LCSP, debiendo contener la información siguiente: a. En relación con los licitadores descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su oferta. b. Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, así como un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo el adjudicatario. c. La identidad del adjudicatario, así como las características y ventajas de su oferta determinantes de que haya sido seleccionada con preferencia sobre las demás ofertas admitidas. En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Adicionalmente, la adjudicación del contrato se publicará en el perfil del contratante del Portal de Contratación de la Comunidad Autónoma de Madrid, y en su caso en el DOUE y BOCM. Con ocasión de la notificación y publicación de la adjudicación del contrato Metro de Madrid no podrá divulgar ni facilitar información confidencial, según lo previsto en la condición 6.2 del PCP.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Notificación a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. 3-.En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156 del TRLCSP 4-.La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. La adjudicación se publicará en todo caso en el perfil de contratante, simultáneamente con la notificación.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Metro de Madrid adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta y acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones a que se refieren las condiciones anteriores. La adjudicación del contrato será motivada y se notificará a los licitadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del RDLSE, debiendo contener la información siguiente: a. En relación con los licitadores descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su oferta. b. Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 45 del RDLSE, apartados 6 y 7, los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que las obras, los suministros o los servicios no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario. c. La identidad del adjudicatario, así como las características y ventajas de su oferta determinantes de que haya sido seleccionada con preferencia sobre las demás ofertas admitidas. En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Adicionalmente, la adjudicación del contrato se publicará en el perfil del contratante del Portal de Contratación de la Comunidad Autónoma de Madrid, y en su caso, en el DOUE y BOCM. Con ocasión de la notificación y publicación de la adjudicación del contrato Metro de Madrid no podrá divulgar ni facilitar información confidencial, según lo previsto en la condición 6.2 del PCP.
NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. De conformidad con el art. 137 de la LCSP, la adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores. La adjudicación definitiva de los contratos se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación en los términos establecidos en el art. 138 de la LCSP.