NULIDAD DE CLÁUSULAS. En caso de que por cualquier circunstancia una o varias cláusulas contenidas en este contrato fueran total o parcialmente invalidadas o declaradas nulas, ilegales o inejecutables las previsiones restantes permanecerán siendo válidas y ejecutables.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. En caso de que una o varias cláusulas de este Acuerdo fueran total o parcialmente invalidadas o declaradas nulas, ilegales o inejecutables, las provisiones restantes permanecerán siendo válidas y ejecutables.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. Serán nulas las siguientes cláusulas:
NULIDAD DE CLÁUSULAS. En caso de que por cualquier circunstancia una o varias cláusulas contenidas en este contrato fueran total o parcialmente invalidadas o declaradas nulas, ilegales o inejecutables por alguna Autoridad Competente, las cláusulas restantes permanecerán siendo válidas y ejecutables, teniéndose tal disposición o parte de la misma que resulte afectada, como no escrita.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. La ilegalidad, invalidez, imposibilidad y/o nulidad de alguna de las cláusulas contenidas en el presente contrato por una autoridad competente, y previa adquisición de la autoridad de la cosa juzgada de dicha decisión, no afectará la validez, legalidad, pertinencia u oponibilidad de las cláusulas restantes.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. La nulidad, invalidez o inaplicabilidad de cualquiera de las cláusulas de este Contrato, que sea separable del mismo, aún cuando sea declarada en virtud de una resolución judicial, arbitral o administrativa, no perjudicará a las otras, por lo que no afectará la validez o aplicabilidad de las demás contenidas en este Contrato las que continuarán produciendo sus plenos efectos.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. Cuando por resolución judicial o de cualquier otra naturaleza, alguna de las Cláusulas del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx resultase nula o ineficaz, tal ineficacia o invalidez no afectará a la validez y efectividad de las restantes Cláusulas del mismo, las cuales se mantendrán en vigor y podrán ser ejercitadas ante cualquier jurisdicción. Las Partes acuerdan sustituir cualquier Cláusula que deviniese inválida o Ineficaz por otra válida de efecto lo más similar posible.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. La nulidad, invalidez o inaplicabilidad de cualquiera de las cláusulas de este Contrato, que sea separable del mismo, aún cuando sea declarada en virtud de una resolución judicial, arbitral o administrativa, no perjudicará a las otras, por lo que no afectará la validez o aplicabilidad de las demás contenidas en este Contrato las que continuarán produciendo sus plenos efectos. TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS, EL CLIENTE, EL CUSTODIO y LOS FIADORES, acuerdan que de ser necesario recurrir a la jurisdicción ordinaria por alguna diferencia en cuanto a la interpretación y ejecución de lo prescrito en este contrato y sus cláusulas adicionales de ser el caso, será sometida a los Jueces y Tribunales de Lima, renunciando las partes al fuero de su domicilio. Agregue señor Notario las Cláusulas xx Xxx. Lima, ………………….. Interviene en la presente Cláusula Adicional el Sr. ……, identificado con DNI No. …….., de nacionalidad peruana, de estado civil ………, de ocupación empresario, con domicilio en , con correo electrónico ……….; a quienes en adelante se les denominará EL/LOS FIADOR/ES, quienes se constituyen en fiadores solidarios de …………………, con RUC No ……………, a quien en adelante se le denominará EL CLIENTE, según los términos y condiciones siguientes:
NULIDAD DE CLÁUSULAS. Queda entendido y convenido entre las partes contratantes que si alguna de las estipulaciones del presente contrato resultare nula según las leyes de la República de Panamá, tal nulidad no invalidará el contrato en su totalidad, sino que éste se interpretará como si no incluyera la estipulación o estipulaciones que declaren nulas y los derechos y obligaciones de las partes contratantes será interpretadas y observadas en la forma en que en derecho proceda.
NULIDAD DE CLÁUSULAS. Si alguna autoridad judicial o administrativa declarará que una o más cláusulas de este Contrato son inaplicables en cualquier grado conforme a la legislación vigente o devinieren nulas, las estipulaciones respectivas serán interpretadas conforme a su finalidad y subsanando el vicio de legalidad, de manera que pueda ser aplicable hasta el mayor grado posible sin violación a la ley. El resto del Contrato se interpretará como si dicha disposición estuviera excluida y será aplicable de conformidad con sus términos hasta el grado máximo permitido por las disposiciones legales aplicables.