OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA. La EMPRESA que sea escogida después del proceso de selección se compromete a cumplir en forma estricta con lo siguiente: festivas trabajadas. Mensualmente La EMPRESA acreditará el pago oportuno y en cuantía correspondiente al valor total del trabajo realizado por cada uno de los colaboradores que laboren en la copropiedad en el marco de la ejecución del contrato y de los aportes parafiscales correspondientes. El no cumplimiento de esta obligación implica una amonestación escrita. La EMPRESA en ninguna situación podrá alegar que no ha cumplido con esta obligación, esperando que el Conjunto Residencial Parques xx Xxxxxxxxx I etapas I y II P.H. le efectúe el desembolso correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA. La EMPRESA que sea escogida después del proceso de selección se compromete a cumplir en forma estricta con lo siguiente: a) CUMPLIR CON EL NIVEL DE SERVICIO REQUERIDO b) CUMPLIR CON LOS HORARIOS PROGRAMADOS c) EFECTUAR LOS CAMBIOS DE PERSONAL QUE SOLICITE LA COPROPIEDAD d) EFECTUAR OPORTUNAMENTE LOS REEMPLAZOS POR INCAPACIDAD MÉDICA O PERMISOS QUE CONCEDA LA EMPRESA e) CUMPLIR LA PROGRAMACIÓN APROBADA f) COMUNICACIÓN ASERTIVA Y EFECTIVA g) DOTAR AL PERSONAL DE UNIFORMES ADECUADOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO h) CARNÉ O ESCARAPELA. Los colaboradores deberán portar un carné o escarapela, en material que no permita modificación o adulteración, que contenga como mínimo: i) CAPACITACIÓN A SU PERSONAL
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA. 22 6.2. CANTIDAD DE OPERARIOS, HORARIOS Y TURNOS DE SERVICIO SOLICITADOS POR EL CONTRATANTE. 24 6.3. EQUIPO A UTILIZAR PARA EL SERVICIO DE ASEO GENERAL Y MANTENIMIENTO BÁSICO INFRAESTRUCTURA 28 6.4. CONDICIONES DEL PERSONAL REQUERIDO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 30 6.5. MODIFICACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO GENERAL Y MANTENIMIENTO BÁSICO INFRAESTRUCTURA 32 6.6. APOYO TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO CON PERSONAL DE LA OFICINA CENTRAL, ASESORÍAS REQUERIDAS. 32
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA. LA EMPRESA que sea escogida después del proceso de selección se compromete a cumplir en forma estricta con lo siguiente: CANCELAR TOTAL Y OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES PARAFISCALES. Es obligación inherente de LA EMPRESA cancelar total y oportunamente los sueldos del personal asignado al contrato, reconociendo el valor de las horas extras, nocturnas y festivas trabajadas. Mensualmente LA EMPRESA acreditará el pago oportuno y en cuantía correspondiente al valor total del trabajo realizado por cada uno de los operarios, de los aportes parafiscales. El no cumplimiento de esta obligación implica una amonestación escrita. LA EMPRESA en ninguna situación podrá alegar que no ha cumplido con esta obligación, esperando que LA UNIVERSIDAD le efectúe el desembolso correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA. LA EMPRESA que sea escogida después del proceso de selección se compromete a cumplir en forma estricta con lo siguiente: LA EMPRESA debe garantizar los relevos y cubrir las ausencias de su personal. Es responsabilidad de LA EMPRESA mantener disponible el personal adicional necesario para este fin. Los horarios de trabajo para los diferentes puestos son los que aparecen en el numeral 6.2., los cuales deben ser cumplidos rigurosamente, incluyendo sus extremos, es decir, se iniciará y se terminará el turno en las horas indicadas. Dependiendo de la necesidad del servicio, LA UNIVERSIDAD podrá modificar los turnos y horarios existentes. En todo caso, en cualquiera de los horarios, no podrá existir un turno de trabajo superior a doce (12) horas diarias por operario. Al finalizar cada turno LA EMPRESA efectuará el relevo respectivo; buscando rendimiento y optimización del recurso humano. LA EMPRESA debe cambiar en un término máximo de dos (2) días, a los operarios y coordinadores que la Supervisión del Contrato considere deben ser relevados, sin que sea necesario explicar los motivos de la solicitud. Las incapacidades médicas y los permisos que conceda LA EMPRESA a su personal, deberán ser cubiertos en el término de la distancia, es decir, máximo dentro de las 2 horas siguientes a la eventualidad que se presente, y los costos serán cubiertos por LA EMPRESA. Los coordinadores de LA EMPRESA deben presentar por anticipado al Supervisor de la Universidad, la programación mensual, así como la relacionada con fines de semana, período de vacaciones u otro tiempo de características similares. Ningún cambio a la programación convenida se hará sin la aprobación previa del Supervisor. LA EMPRESA debe garantizar la permanencia de los coordinadores y operarios que hayan prestado satisfactoriamente el servicio a la UNIVERSIDAD, según criterio de la Supervisión; entendiendo que este personal no podrá ser retirado o trasladado sin previo consentimiento del Supervisor del contrato, como tampoco podrá traer de nuevo a las instalaciones, personal que haya sido retirado por solicitud del mismo.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA 

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  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA (arts. 133.2, 196, 201, 202 y 211.1 LCSP) 23.1.- La contratista está obligada a cumplir fielmente lo establecido en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación. 23.2.- La contratista habrá de cumplir las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado. 23.3.- Será obligación de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. 23.4.- La contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 133.2 de la LCSP. 23.5.- La contratista está obligada a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la información pública. La información deberá suministrarse por escrito acompañada de una declaración responsable por parte de la adjudicataria en la que se declare, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos aportados. La presentación podrá realizarse igualmente mediante transmisión por medios electrónicos o telemáticos, siempre que tales medios estén respaldados por procedimientos que garanticen la autenticidad, confidencialidad de los documentos y el reconocimiento de su firma, de acuerdo con la normativa vigente al respecto. 23.6.- La contratista habrá de pagar a los subcontratistas o suministradores que intervienen en la ejecución del contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 216 LCSP. 23.7.- Asimismo, tiene las siguientes obligaciones, que tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales: 23.7.1- Cumplir todas las condiciones ofertadas en su proposición.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

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