OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. De acuerdo con lo normado en los artículos 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 xx Xxxx 26 de 2015, todos los interesados pueden enviar las observaciones y/o sugerencias al contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones y xxx xxxxxx de condiciones definitivo a través del correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o por escrito radicado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá. En todos los casos se deberá mencionar claramente el número del proceso de selección y el objeto del mismo. En el caso que sean presentadas observaciones al contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, y que ameriten su modificación, la entidad dará aplicación al procedimiento señalado en el numeral 2.14 del presente documento. En todo caso la aceptación o rechazo de tales observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la DNDA agrupará aquellas de naturaleza común, y serán publicadas por la entidad a través del Portal Unico de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la fecha fijada para ello en el cronograma del presente proceso. En el evento en que los interesados presenten observaciones, y/o solicitudes de aclaración, que de ningún modo ameriten la modificación del contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, la DNDA las contestará bajo los parámetros aquí descritos, y tendrán únicamente valor interpretativo.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Los proponentes que realicen observaciones o reclamos durante el proceso de apertura, deberán fundamentar sus reclamos por escrito y presentarlos a través del sistema propuesto por la Dirección de compras públicas.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Los interesados en participar y/o ejercer el control social sobre el proceso de selección de contratistas, podrán enviar sus observaciones, solicitudes, recomendaciones y/o sugerencias al contenido de la invitación pública y demás documentos del proceso a través de la sección de “OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES” o “MENSAJES”, según sea el caso, de la plataforma SECOP II a través en el Link del proceso.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Si tienen alguna observación o duda sobre el proceso de contratación solo serán de recibo hasta un (1) día hábil antes de la fecha de entrega de las propuestas y debe realizarse mediante oficio PDF al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, indicando que va dirigida a la Unidad de Compras, número de la convocatoria y la respectiva observación. AGUAS DE URABA S.A. E.S.P. tendrá un (1) día hábil para resolver las inquietudes presentadas, el cual será prorrogable si la Empresa lo considera necesario. En caso que las aclaraciones solicitadas impliquen la modificación de las Condiciones, AGUAS DE URABA S.A. E.S.P., publicara dicha modificación mediante adenda, antes del vencimiento del plazo inicial para la recepción de las ofertas, y lo prorrogará si lo considera necesario, hasta por dos (2) días hábiles.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso, los interesados podrán formular observaciones o aclaraciones al xx Xxxxxx de Condiciones a través de la plataforma SECOP II. LA CAJA comunicará la respuesta a las observaciones o aclaraciones dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso y publicará el documento de respuesta en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. La Caja de la Vivienda Popular, podrá incluir en el pliego de condiciones, los temas planteados en las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones siempre que se estimen relevantes, pertinentes y procedentes. En el caso que sean presentadas observaciones al contenido xxx xxxxxx de condiciones, y que ameriten su modificación, (cambiar su contenido) la entidad incluirá dichos aspectos en el pliego de condiciones definitivo, mediante adenda. Así mismo la Caja de la Vivienda Popular aclara que las observaciones presentadas al contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, fuera del término fijado por la entidad para ello, recibirán el trato de una petición cuya respuesta se emitirá en los términos y condiciones dispuestas en la ley 1437 de 2011.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. De acuerdo con lo normado en el inciso 3 del numeral 2.2.6 del Decreto 734 de 2012, todos los interesados pueden enviar las observaciones y/o sugerencias al contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones y xxx xxxxxx de condiciones definitivo a través la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx , al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o por escrito radicado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Contratos – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá. En todos los casos se deberá mencionar claramente el número del proceso de selección y el objeto del mismo. La DNDA podrá incluir en el pliego de condiciones definitivo, los temas planteados en las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones siempre que se estimen relevantes y necesarios para el proceso.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Firma y Aclaración
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Las comunicaciones relacionadas con el Proceso de Contratación deben hacerse únicamente a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP II–, sin perjuicio del trámite a que haya lugar cuando sea necesario activar el protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente. Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF por canales distintos al mencionado, no serán tenidas en cuenta hasta que sean remitidas por el SECOP II. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF solamente dará respuesta a las observaciones de los interesados a través del SECOP II. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, podrá incluir en el pliego de condiciones definitivo, los temas planteados en las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones siempre que se estimen relevantes, pertinentes y procedentes, lo cual constará en correspondiente documento de repuestas a las observaciones al prepliego de condiciones. En el caso que sean presentadas observaciones al contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, y que ameriten su modificación, (cambiar su contenido) la entidad dará aplicación al procedimiento señalado en el numeral 1.18 del presente documento. En todo caso todas las respuestas a los documentos aquí señalados serán publicadas por la entidad a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP II–, en la fecha fijada para ello en el cronograma del presente proceso. En el evento en que los interesados presenten observaciones, y/o solicitudes de aclaración, que de ningún modo ameriten la modificación del contenido xxx xxxxxx de condiciones definitivo, el ICBF las contestará bajo los parámetros aquí descritos.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Los proponentes que realicen observaciones o reclamos durante el proceso de apertura, deberán fundamentar sus reclamos de acuerdo a las bases y respuestas y aclaraciones. No se permitirán reclamos posteriores.
OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Todos los interesados podrán formular observaciones por escrito al contenido del proyeto de los pliegos de condiciones, dentro del término previsto en el cronograma de la convocatoria PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO MUNICIPIO DE SIBATE PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA N° 009 -2011 CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES TECNICAS Y PROFESIONALES REQUERIDAS EN LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN ARTISTICA Y CULTURAL DEL MUNICIPIO DE SIBATE CUNDINAMARCA. Sibaté Social e Incluyente dispuesto para tal fin, radicadas directamente en la Alcaldía Municipal – Oficina de Contratación o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Para dar cumplimiento y surtir efectos a lo establecido por el artículo 9 del decreto 2025 de 2009. Los pliegos de condiciones definitivos de la presente convocatoria se publicarán en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Dentro del plazo señalado en el cronograma del proceso. La publicación xxx xxxxxx de condiciones de que trata el presente numeral, estará precedido de la publicación del correspondiente acto administrativo de apertura de la convocatoria que así lo disponga.