Permanencia mínima Cláusulas de Ejemplo

Permanencia mínima. E l abonador se acoge al período de permanencia mínima de …………………. en la prestación del servicio contratado? SI NO Los beneficios de la permanencia mínima son: EL PRESTADOR: Cumplirá los estándares de calidad emitidos y verificados por los organismos regulatorios y de control de las telecomunicaciones en el Ecuador. Así como declara que el SERVICIO DE INTERNET DEDICADO tendrá: Disponibilidad 99,6% mensual calculada sobre la base de 720 horas al mes. Para el cálculo de no disponibilidad del servicio no se considerará el tiempo durante el cual no se lo haya podido prestar debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o completamente ajenas al proveedor. Para trabajos en caso de mantenimiento, en la medida de lo posible, deberán ser planificados en períodos de 4 horas después de la media noche, debiéndose notificar previamente el tiempo de no disponibilidad por mantenimiento y siguiendo lo previsto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. El Departamento Técnico del PRESTADOR recibirá requerimientos del Cliente, las 24 horas del día, a través de los números de Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 horas al: 00-0000-000 /2279-550 ext. 100 o 104 y fuera de los horarios mencionados, fin de semana y feriados al: 0967441877 o los que se haga conocer en el futuro a los abonados; o mediante e-mail: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx; xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, se lo registrará en el sistema haciendo la apertura de un registro y lo dirigirá al personal indicado. EL PRESTADOR realizará el seguimiento de los requerimientos y el cumplimiento de la corrección del problema, en un plazo máximo de 24 horas contadas desde que se notifique el problema. La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el abonado/suscriptor conforme lo determina la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, y en cualquier tiempo, previa notificación por medios físicos o electrónicos al prestador, con por lo menos quince (15) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los servicios efectivamente prestados por los bienes solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato. Condiciones generales que deben cumplir los abonados, suscriptores y clientes.- Sin perjuicio de las obligaciones que se encuentran detalladas para los abonados o suscriptores y clientes, en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, su Reglamento General, Reglamento para la Prestación de servicios de telecomunicaciones y servicios de ...
Permanencia mínima. El abonador se acoge al periodo de permanencia mínima de Si… …………………… en la prestación del servicio contratado? No… Los beneficios de la permanencia mínima son: (Detallar los beneficios de la permanencia mínima del servicio si el abonado decide acogerse a esta). La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el abonado/suscriptor conforme lo determina la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, y en cualquier tiempo, previa notificación por medios físicos o electrónicos al prestador, con por lo menos quince (15) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los servicios efectivamente prestados o por los bienes solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato.
Permanencia mínima. Corresponde al plazo por el cual las partes contratantes se obligan a respetar y mantener invariables las condiciones originalmente pactadas en la carátula del presente contrato a cambio que el usuario reciba un beneficio real, cuantificable y proporcional al periodo que se obliga a mantener la relación con el Operador. En todo caso, el Operador ofrece opciones de contratación sin sujeción a plazos mínimos de permanencia.
Permanencia mínima. El SUSCRIPTOR se acoge al periodo de permanencia mínima de meses en la prestación del SERVICIO contratado: SÍ NO Los beneficios de la permanencia mínima aplicable al presente CONTRATO, podrán ser uno o varios de los detallados en el ANEXO 1 que forma parte integral del presente CONTRATO, los cuales han sido cuantificados en un beneficio neto para el SUSCRIPTOR de: USD $ La permanencia mínima se acuerda sin perjuicio de que el SUSCRIPTOR pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, en cualquier tiempo, previa notificación por medios físicos o electrónicos a DIRECTV, con por lo menos quince (15) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los SERVICIOS efectivamente prestados, los bienes, condiciones de permanencia mínima aplicables y/o productos solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato. DIRECTV no se hace responsable por daños ocasionados por variaciones de voltaje del fluido eléctrico de la red pública, caso fortuito o fuerza mayor quedando como responsabilidad absoluta del SUSCRIPTOR tomar las medidas adecuadas para prevenir los daños antes mencionados, debiendo pagar todos los costes asociados a daños producto de la falta de previsión. DIRECTV recomienda de sobremanera que el SUSCRITPOR adquiera equipo protección contra variaciones de voltaje.
Permanencia mínima. “EL EMPLEADO” se hace sabedor que de conformidad a lo previsto en el artículo 40 de “LA LEY” está obligado a laborar, al menos, por el período de un año al servicio de “LA INSTITUCIÓN”, cuando ésta lo requiera. Para el evento de que “EL EMPLEADO” incumpliera con lo previsto en el párrafo anterior, acepta que ello puede acarrearle una responsabilidad civil por daños y perjuicios que por su temprana separación le genere a “LA INSTITUCIÓN”, atendiendo al contenido del artículo 32 de “LA LEY”.
Permanencia mínima. La persona prestadora y el suscriptor y/o usuario de común acuerdo, podrán pactar un tiempo de permanencia mínima, el cual debe ser inferior a dos (2) años, a cambio de una ventaja sustancial asociada con la prestación del servicio de aseo. Parágrafo. El tiempo de permanencia se renovará automáticamente por un año.
Permanencia mínima. El Abonado se acoge al periodo de permanencia mínima de en la prestación del servicio contratado? Si… No… Los beneficios de la permanencia mínima son: La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el Abonado, conforme lo determina la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, y en cualquier tiempo, previa notificación por medios físicos o electrónicos al prestador, con por lo menos quince (15) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los servicios efectivamente prestados o por los bienes solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato.
Permanencia mínima. El abonado se acoge al periodo de permanencia mínima establecido en los Anexos correspondientes del servicio contratado? SI NO Los beneficios de la permanencia mínima serán descritos en los Anexos correspondientes. La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el abonado o suscriptor pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, conforme lo señalado en la cláusula tercera del presente contrato. En el evento de que el abonado o suscriptor desee terminar con la prestación del servicio contratado, deberá cancelar los valores adeudados por promociones en las que se haya establecido el tiempo de permanencia mínima.
Permanencia mínima. El abonador se acoge al período de permanencia mínima de.................... en la prestación del servicio contratado? Si.... No.... Los beneficios de la permanencia mínima son: (Detallar los beneficios de la permanencia mínima del servicio si el abonado decide acogerse a esta). La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el abonado/suscriptor conforme lo determina la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, y en cualquier tiempo, previa notificación por medios físicos o electrónicos al NORMA TECNICA REGULA CONTRATOS DE ADHESION DEL CONTRATO NEGOCIADO - Página 29 LEXIS FINDER - xxx.xxxxx.xxx.xx prestador, con por lo menos quince (15) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los servicios efectivamente prestados o por los bienes solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato.
Permanencia mínima. El abonador se acoge al período de permanencia mínima de 3 meses en la prestación del servicio contratado, sin perjuicio de darlo por terminado o cancelar el servicio mediante comunicación escrita dirigida al PRESTADOR. Los beneficios de la permanencia mínima son: SI NO Para el cálculo de no disponibilidad del servicio no se considerará el tiempo durante el cual no se lo haya podido prestar debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o completamente ajenas al proveedor. Para trabajos en caso de mantenimiento, en la medida de lo posible, deberán ser planificados en períodos de 4 horas después de la media noche, debiéndose notificar previamente el tiempo de no disponibilidad por mantenimiento y siguiendo lo previsto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. EL PRESTADOR realizará el seguimiento de los requerimientos y el cumplimiento de la corrección del problema, en un plazo máximo de 24 horas contadas desde que se notifique el problema. La permanencia mínima se acuerda, sin perjuicio de que el abonado/suscriptor conforme lo determina la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, pueda dar por terminado el contrato en forma unilateral y anticipada, y en cualquier tiempo, previa notificación por medios osicos o electrónicos al prestador, con por lo menos cinco (5) días de anticipación, para cuyo efecto deberá proceder a cancelar los servicios efectivamente prestados por los bienes solicitados y recibidos, hasta la terminación del contrato. Condiciones generales que deben cumplir los abonados, suscriptores y clientes.- Sin perjuicio de las obligaciones que se encuentran detalladas para los abonados o suscriptores y clientes, en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, su Reglamento General, Reglamento para la Prestación de servicios de telecomunicaciones y servicios de radiodifusión por suscripción y demás normativa vinculada; así como de lo establecido en sus respectivos titulos habilitantes para la prestación del servicio o servicios, estos se obligan a observar, respetar y aplicar, lo siguiente: