POLIZA DE SEGURO. El adjudicatario definitivo del contrato se obliga a suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil con un capital asegurado por un importe mínimo de 2.000.000,00 €, que deberá cubrir, al menos, las contingencias de accidentes, muerte e invalidez, con vigencia durante todo el tiempo que dure el contrato, incluido, en su caso, el de sus eventuales prórrogas, y que cubra asimismo los daños que eventualmente puedan sufrir las instalaciones objeto del contrato y los usuarios de las mismas.
POLIZA DE SEGURO. La empresa adjudicataria deberá suscribir una póliza de seguro que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo en las que pudiera incurrir como consecuencia de la prestación del servicio, por importe de 300.000€, incluyendo la responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, los incendios, robos, y cualquier otro daño de naturaleza análoga, que pudiera producirse en las instalaciones, mobiliario, maquinaria, utillaje; ocasionados directa o indirectamente por las instalaciones de alumbrado o por los trabajos que se realicen como consecuencia de la prestación del servicio. La cuantía de la póliza será por el importe de licitación.
POLIZA DE SEGURO. Todas las empresas acogidas al presente Convenio, están obligadas a formalizar una póliza de seguros a favor de sus trabajadores/as que cubran, a partir del año 2017, y durante el resto de vigencia del presente convenio, las siguientes cantidades y contingencias:
a) Invalidez Permanente 6.500,00 €.
b) Muerte Natural 9.500,00 €.
c) Invalidez Permanente Absoluta para toda clase de Trabajos 6.500,00 €.
d) Muerte por Accidente 18.500,00 €.
POLIZA DE SEGURO. Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, la empresa adjudicataria dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en cuantía suficiente y no menor de 500.000 euros, debiendo entregar copia compulsada de la póliza de seguro al hacerse cargo de la contrata. Esta póliza de seguro no podrá tener franquicia de ningún tipo.
POLIZA DE SEGURO. Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza,11 para efectos de garantizar lo siguiente12: Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
POLIZA DE SEGURO. La empresa estará obligada a suscribir una póliza de seguro para su personal que cubra como mínimo, los siguientes riesgos por los importes siguientes que supone un incremento del 25%. Muerte Natural. 37.500 Euros Muerte por Accidente. 75.000 Euros Muerte por accidente de circulación. 112.500 Euros Invalidez Permanente y Absoluta. 56.250 Euros Invalidez Profesional. 56.250 Euros
POLIZA DE SEGURO. El adjudicatario suscribirá una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños imputables a la empresa, que se deriven de la prestación del servicio de ayuda a domicilio o de las prestaciones ofertadas como mejoras, en una cuantía mínima de 300.000 euros. ACCESO A DATOS PERSONALES: Dado que los adjudicatarios accederán a datos personales de los usuarios, deberán respetar íntegramente lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. La realización de tratamientos por cuenta de terceros deberá estar regulada en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. (ver cláusula 12 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, anexo V). Todo ello en los términos expresados en el Anexo V de este pliego donde consta el de prescripciones técnicas. CATEGORÍA: Anexo XIV de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública, en adelante DN.- “Servicios Sociales”.
POLIZA DE SEGURO. El Concesionario deberá contratar los seguros con anterioridad a la toma de posesión del espacio concesionado, debiendo presentar las pólizas respectivas endosadas a favor del Cedente, sobre los siguientes riesgos:
POLIZA DE SEGURO. Una vez formalizado el contrato el adjudicatario, deberá aportar el siguiente documento: El adjudicatario formalizará una póliza de SEGURO TODO RIESGO CONSTRUCCION por un importe mínimo de MEDIO MILLON DE EUROS (500.000 €), con una duración que cubra el período de vigencia del contrato, que cubrirá los daños a la obra civil y a las instalaciones durante su ejecución, siempre que estos daños o pérdidas hayan sido producidos de forma accidental o imprevisible, cualquiera que fuese su procedencia, incluso aquellas que tengan su origen en los fenómenos de la naturaleza. El adjudicatario formalizará una póliza de SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL por un importe mínimo de MEDIO MILLON DE EUROS (500.000 €) por un siniestro, con una duración que cubra el período de vigencia del contrato, que cubrirá los daños a terceros que se produzcan con motivo de la ejecución de los trabajos contratados, en la que se extenderá la condición d asegurado al Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, así como a sus representantes, funcionarios y agentes que intervengan en la obra. Momento de entrega de las pólizas: Previa a la adjudicación del contrato.
POLIZA DE SEGURO. “EL LOCADOR” tiene contratada con la compañía de seguros LA POSITIVA las siguientes pólizas de Seguros y Riesgos: responsabilidad civil frente a terceros por $30,000.00 (treinta mil dólares), deshonestidad por $ 30,000.00 (treinta mil dólares) y accidentes personales por $ 2,000.00 (dos mil dólares), con la finalidad de cubrir cualquier eventualidad en el servicio de muerte accidental o invalidez permanente y a favor de terceros, entre ellos “LA ZONA REGISTRAL”.