PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. 8.-PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto y harmonizado, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan a continuación, por ser los adecuados para evaluar el interés de las ofertas que presenten los licitadores. Los criterios que servirán de base para la adjudicación, de acuerdo con el artículo 134 de la LCSP, serán los siguientes: Criterios evaluables automáticamente (precio) 93 Precio Kw/hora 90 Plazo inicio del suministro: 3 Criterios NO evaluables automáticamente 7 A los efectos de valoración del criterio de precio, se considerará anormal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la LCSP, toda proposición económica en la que su baja porcentual exceda de los parámetros establecidos en el artículo 85 del RXLCAP, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previos informes de los técnicos que estime oportunos y audiencia a los interesados, como susceptibles de normal cumplimiento las respectivas proposiciones. El segundo y último criterio evaluable automáticamente, es la disminución del plazo de inicio del suministro, se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos, que se concederán a través de la fórmula: P=3*(1- plazo ofertado en días/plazo requerido en días) Auditorías energéticas, de instalaciones de producción y consumo energético 3 Servicios técnicos: asesoramiento y formación en el mantenimiento de las instalaciones energéticas, especialmente el Centro de Transformación del CESGA 1 Asesoramiento sobre ayudas, subvenciones o actividades de promoción en los campos de ahorro, eficiencia energética y energías renovables 2 Información sobre la curva de consumo de días tipo (laborales, festivos, etc.) 1 Los criterios indicados se valorarán de forma comparativa en función de las características y de los servicios ofertados por los empresarios admitidos a la licitación. Para la valoración de estos criterios no evaluables de forma automática, el órgano de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos estime oportunos. El contrato le será adjudicado a la empresa licitadora que obtenga la mayor puntuación en la valoración de su propuesta, de acuerdo con los criterios de adjudicación especificados. De conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 19 de la Ley 2/2007, de 28 xx xxxxx, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, aquella empresa que tenga implantado un plan de igualdad o, si es el caso, tuviera obtenido la Marca Gallega de Excelencia en Ig...
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. 6. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. 1 OFERTA TÉCNICA 25
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. Se escoge el procedimiento abierto simplificado, en su formato abreviado, en base a lo previsto en los artículos 156 a 159 de la LCSP, por lo que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta por el órgano de contratación, se utilizarán los siguientes criterios objetivos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas: xxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx· Tel. 00 000 00 00 · X/ Xxxx Xxx 0 · 00000 Xxxxxx xxx.xxxxxx.xx Máximo 60 puntos. Se otorgará la máxima puntuación al mejor precio y el resto en proporción.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. La presente concesión administrativa se adjudicará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 141 y siguientes de la LCSP. La concesión se adjudicará al ofertante que, cumpliendo todas y cada una de las condiciones de este pliego, presente la oferta más ventajosa para los intereses municipales. Para ello, los criterios a valorar serán los siguientes: - Precio ofertado en concepto de canon: 50 puntos sobre 100. Se otorgará la máxima puntuación al mayor precio ofertado, al resto se concederá la puntuación que resulte de la aplicación de una regla de tres directa. - Experiencia profesional acreditada, con un máximo de 15 puntos sobre 100 - Dominio del euskera por el personal dedicado a la atención al público, con un máximo de 10 puntos sobre 100. Para la valoración de este criterio, el Servicio de Euskara del Ayuntamiento podrá desarrollar las pruebas que considere oportunas. - Compromiso formal de contratación de residentes en el municipio, hasta 5 puntos sobre 100 - Mejoras: hasta 20 puntos sobre 100. Se valorará tanto la propuesta de realización de obras de mejora de las instalaciones como la organización de actividades culturales y deportivas.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN 

Related to PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.