PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos. COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA para el manejo del incentivo. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en la que se manejarán los recursos del proyecto, la suscripción del acta de inicio y la autorización de la interventoría. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya certificado el cumplimiento de EL CONTRATISTA respecto de la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Así mismo los desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA debidamente aprobados). El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derecho, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialme...
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. La DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (DiGFE) efectuará los pagos parciales correspondientes al beneficio conforme al plan establecido, previa verificación de: - En el primer desembolso: del cumplimiento de las condiciones previas detalladas anteriormente. - En los desembolsos subsiguientes: de la rendición de al menos el 75% del desembolso inmediato anterior recibido y de la rendición del 100% de los desembolsos recibidos previamente. - Para el caso de los proyectos PICTO, previo al desembolso de la AGENCIA, se deberá acreditar el aporte en efectivo del Cofinanciador para la instancia del presupuesto que corresponda. Para la concreción del tercer y quinto desembolso en los proyectos de dos y tres años de duración, se deberá haber presentado al FONCyT el 100% de los Informes Técnicos de Avance 1 ó 2, según corresponda, y tener aprobado al menos el 80% de ellos. La UA no deberá realizar desembolsos a los proyectos si los mismos no tuvieran el ITA del año anterior aprobado por el FONCYT. El Investigador Responsable deberá realizar la rendición de todos los comprobantes de gastos del proyecto en un plazo máximo de hasta 30 días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de finalización de la ejecución del proyecto; en caso de no cumplirse con lo expresado anteriormente, la Unidad Administradora deberá informar al FONCYT, habilitando a la Agencia a suspender los desembolsos de otros proyectos en ejecución donde participen los Investigadores Responsables del proyecto en falta. El último desembolso del proyecto estará sujeto al plazo de ejecución restante, el que deberá ser de por lo menos seis meses, en caso contrario solo de desembolsará como reembolso de pagos efectuados.
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Los recursos xxx Xxxxxxxx deben ser desembolsados por el BANCO en la medida en que el avance del proyecto lo requiera y de acuerdo con el procedimiento de desembolsos.
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. El Procedimiento de desembolsos aplicable a cada Contrato xx Xxxxxxxx serán el Procedimiento de Compromiso, el Procedimiento de Reembolsos, el Procedimiento de Transferencias, y/o el Procedimiento de Anticipos, a menos que se estipule lo contrario en cada Contrato xx Xxxxxxxx.
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Los recursos xxx Xxxxxxxx serán desembolsados por JICA según lo requiera el avance del Proyecto y de conformidad con el procedimiento de desembolsos.
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Los desembolsos requeridos para el pago de obras deberán estar avalados por las cubicaciones o los informes de avance de obras o facturas, recibos o cualquier otro documento fehaciente que puedan soportar las solicitudes. Xxxxxxx X: Las cubicaciones y demás documentos serán previamente evaluadas por la Unidad de Supervisión, quien certificará los montos de avance de obras presentados en las cubicaciones o en las facturas. Luego de estas aprobaciones, y antes de proceder al pago, La Fiduciaria deberá cerciorarse que el concepto del desembolso solicitado debe estar estipulado como partida en el presupuesto aprobado. Xxxxxxx XX: La Fiduciaria se reserva la facultad de no efectuar cualquier desembolso si las comprobaciones efectuadas por la Unidad de Supervisión demuestran la no existencia en obras o sustento de la suma cuyo desembolso se solicita, o si las mismas no alcanzan el grado de calidad requerida. Xxxxxxx XXX: Los demás desembolsos se realizarán de acuerdo a los presupuestos de gastos aprobados por el Comité Fiduciario, cumpliendo con los procedimientos establecidos en las reglas de operación fijada al respecto.
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. La Unidad Funcional Financiero Administrativa (UFFA) efectuará los pagos parciales correspondientes al beneficio conforme al plan establecido, previa verificación de: • En el primer desembolso: de la firma del contrato e instrumentos de adhesión y del cumplimiento de las condiciones previas. • En los desembolsos subsiguientes: de la rendición de al menos el 75% del desembolso inmediato anterior recibido y, eventualmente, de la rendición del 100% de los desembolsos recibidos previamente. Para el caso de los proyectos PICTOs, previo al desembolso de la AGENCIA, se deberá acreditar el aporte en efectivo del Cofinanciador para la instancia del presupuesto que corresponda. Para la efectivización del primer y quinto desembolso en los proyectos de tres años de duración, se deberá haber presentado y tener aprobado por el FONCyT, al menos, el 80% de los Informes Técnicos de Avance 1 y 2, respectivamente. De tratarse de un proyecto de dos años de duración, se deberá tener el ITA 1 aprobado en no menos del 80% del mismo para la liberación de los fondos correspondientes al segundo año. Las UAs no deberán efectuar desembolsos a los proyectos si los mismos no tuvieran el ITA del año anterior aprobado por el XXXXXX.

Related to PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS

  • PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN El plan de trabajo presentado y aprobado especifica el retiro de partes por lotes. Al momento de desmantelar las hojas se levantará un inventario de las partes que se colocan en custodia de la empresa adjudicada hasta su reinstalación y marcarán las piezas con código en inferior de bastidor no visto contrapiso o contramarco. El contratista y obreros procederán con el mayor cuidado de no dañar las partes, romper vidrios o deteriorar las diferentes piezas que constituyen las carpinterías. Se clasificarán las piezas de herrajes (tornillos, pernos de bisagra, bisagras, fallebas, otros) e incluirán en inventario contenidos en sobres o bolsas marcados, se verificarán los vidrios sanos o no en correspondencia a planilla para su cambio, que se desmonten, para luego ser tratados de la manera que establece el presente pliego. Es muy importante la realización del inventario de las diferentes piezas (la marcación o señalización debe ser hecha de manera de no dañar las piezas), ya sea que la restauración de las mismas se haga in situ o en taller, lo que deberá ser aprobado por el supervisor de obra. Retirada la hoja se procederá a cerrar el vano con plástico transparente sujetado con cinta adhesiva (masking tape) a xxxxx x xxxxx u otro material aprobado por supervisor que no dañe o deteriore dependencias y elementos en su sujeción o apoyo. La recolección de las hojas por lote deberá prever partes que sobresalen y que deberán envolverse para evitar su deterioro o posible daño que pudiesen ocasionar en el apoyo entre elementos, de igual modo los vidrios deberán protegerse para evitar romperlos. En el caso de los zócalos a restaurar se envolverán en conjunto protegiendo los extremos. Protegidas y embaladas se trasladarán con el cuidado de no manchar, rayar o raspar paredes, escaleras, pisos, otros, en el recorrido de salida de dependencias hacia la calle para su transporte a taller de carpintería. La cantidad de obreros será la necesaria para carguío del peso y tamaño de las hojas a trasladar, los guantes de los que estén provistos serán los adecuados para protegerlos y sujeción adecuada de las hojas. Los sobres o bolsas de partes inventariadas serán trasladados en cajas de cartón numeradas por lotes. El supervisor de obra anotará en libro de órdenes el inventario realizado, el lote embalado, así como posibles daños por manipulación o proceso que pudiesen ocurrir de responsabilidad de la empresa a subsanar con pago a sus expensas. Desde la salida de dependencias del lote la empresa adjudicada a la cabeza del contratista es la directa responsable de su custodia hasta su ingreso para reinstalación.

  • PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Cronograma Establece las fechas estimadas, hora y lugar para la realización de las diversas etapas y sub etapas del procedimiento de licitación, las cuales pueden variar cuando sobrevienen situaciones que lo justifican y que deben ser formalizadas y comunicadas oportunamente a los potenciales Oferentes.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Procedimiento de Selección 0.Xx contratación de Personal Docente e Investigador se realizará mediante concursos públicos convocados por las Universidades de acuerdo con el procedimiento establecido en el presente Convenio Colectivo y en los Estatutos de cada Universidad. Los concursos serán públicos y la convocatoria será comunicada con suficiente antelación al Consejo de Coordinación Universitaria para su difusión en todas las Universidades. 0.Xx selección se efectuará con respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los concursos de acceso a que se refiere el art. 63 de la Ley Orgánica de Universidades. 3.Cada Universidad, establecerá un baremo puntuado de méritos el cual previamente será informado de manera razonada por los representantes de los trabajadores en el plazo de quince días, en el caso de informe negativo la Universidad en igual plazo emitirá informe razonado. En estos baremos, se tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a)Con carácter prioritario, los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto de trabajo. b)Estar habilitado para participar en los concursos de acceso a que se refiere el artículo 63 de la XXX. c)El grado de doctor en aquellos casos en los que no sea un requisito de acceso a la categoría correspondiente d)La experiencia profesional o/y académica del candidato en puestos de similar contenido. e)Podrá incluirse una presentación del candidato sobre su currículum vitae. f)Los requisitos del puesto no podrán ser objeto de puntuación de méritos. 4.Los puestos de Profesor Visitante y Emérito quedan excluidos del proceso de selección al que se refiere este apartado. 5.Contra las convocatorias y los actos administrativos que de ellas se deduzcan, se podrán interponer los recursos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • Procedimiento de Apertura de Sobres La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de Licitación. Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.

  • PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN (Art. 37, b de la Ley N° 2051)

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.