Seguros y garantías Cláusulas de Ejemplo

Seguros y garantías. Los seguros y garantías vinculados al presente contrato son los establecidos en el Contrato de Concesión y se constituyen, en caso corresponda, a favor del CONCEDENTE. El Contrato de Concesión establece los términos y condiciones en que el CONCESIONARIO contrata los seguros y otorga las garantías vinculadas a las obligaciones y derechos establecidos en el mismo.
Seguros y garantías. La financiación está cubierta por un Seguro Sí No El Titular del Proyecto ha constituido una Garantía a favor del Inversor Sí No
Seguros y garantías. La “CONTRATISTA” contratará a su costo y mantendrá permanentemente actualizada la cobertura de las pólizas de seguros necesarios y suficientes para la ejecución de los servicios, durante todo el tiempo de duración del Contrato, con compañías aseguradoras y/o bancos reconocidos nacional o internacionalmente, debiendo ser previamente conocidas y aprobadas por “ORNCEM”. USegurosU: La Contratista, por su propia cuenta y costo, contratará y mantendrá las pólizas que considere necesarias y suficientes para asegurar a su personal nacional o extranjero; para los equipos que se emplee; y, para el bodegaje de los mismos. Las pólizas que contrate deberán permanecer vigentes durante la vigencia del contrato. “ORNCEM” en ningún caso asume responsabilidad alguna por los riesgos inherentes a las actividades desarrolladas por la Contratista, para cumplir con el contrato y que esta debe asegurar bajo su exclusiva responsabilidad.
Seguros y garantías. El Cliente asegura y garantiza que:
Seguros y garantías. Para asegurar y garantizar el exacto y puntual cumplimiento de sus obligaciones el adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del presente contrato, las pólizas de seguro que exija la legislación aplicable al tipo de servicios prestados y, en particular, a mantener la Póliza de Responsabilidad Civil para garantizar la cobertura de los riesgos inherentes a la prestación de los servicios que son objeto de este contrato, con las siguientes coberturas: - R.C. Explotación Mín.300.000 de euros por siniestro.
Seguros y garantías a) Fotocopia de la póliza de responsabilidad civil comprensiva, que incluya cláusula de coasegurado a favor de TOCSE
Seguros y garantías. Los CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS, PROVEEDORES y/o cualquier otra figura afectada a la OBRA deberán contratar y mantener vigentes los seguros que se mencionan en el PBCG, por los siguientes montos: SEGURO REQUERIDO MONTO ASEGURADO Seguro Resp. Civil y Resp. Civil Cruzada U$D 500.000.- por acontecimiento y en el agregado anual Seguro de Riesgos de Trabajo Monto establecido por ley Seguro de Vida Monto establecido por ley Seguro Resp. Civil Automotores y Equipamiento Vial. Veh. Livianos $ 6.000.000 Veh. Pesados $18.000.000 Seguro Accidentes Personales por persona (Monotributistas) U$S 100.000 SEGURO AMBIENTAL Suma que surja del formulario de autodeterminación Las garantías exigidas son las siguientes: TIPO MONTO Garantía de Mantenimiento de Oferta UNO POR CIENTO (1%) del del valor del presupuesto de la OBRA establecido en el presente con IVA incluido. Garantía de Impugnación VEINTE POR CIENTO (20%) del monto establecido para la Garantía de Oferta Garantía de Cumplimiento del Contrato CINCO POR CIENTO (5%) del importe total del CONTRATO, IVA incluido.
Seguros y garantías. EL CONTRATISTA a su xxxxx deberá constituir a favor de EL FONAPAZ, todos los seguros y Garantías establecidos en las Condiciones Generales del Contrato y Condiciones Especiales del Contrato, las cuales podrán ser ejecutadas por EL FONAPAZ de conformidad con lo regulado en dichas Condiciones. OCTAVA:
Seguros y garantías. El Naviero deberá presentar a PEMEX REFINACIÓN en el momento de la firma del presente contrato, el original de los certificados de seguros que a continuación se mencionan y entregará un ejemplar de las pólizas de los seguros contratados con compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como tales, a menos que se cuente con la autorización expresa de dicha autoridad administrativa para contratarlas con empresa aseguradora extranjera, de conformidad con lo dispuesto la fracciones II y III del Artículo 3º de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, acorde al tipo de buque, servicio y normas internacionales y se compromete a mantenerlos en vigor durante la vigencia del presente contrato:
Seguros y garantías. Con respecto a cada Depósito Electrónico, usted ofrece los mismos seguros y garantías que se hubieran aplicado si hubiera depositado el cheque impreso original. Esto incluye seguros y garantías que ofrezcamos en su nombre cuando transferimos, presentamos u originamos Depósitos Electrónicos creados a partir de su Imagen de Cheque. Estos seguros y garantías incluyen, entre otros, que: (a) la transmisión contenga imágenes exactas del frente y dorso del cheque original; (b) las transmisiones contengan todos los endosos necesarios; y (c) a ningún banco de depósito, librado, librador o endosador se le pida realizar un pago basado en un artículo que ya se haya pagado. Usted puede transferir fondos entre cuentas elegibles que tenga con nosotros (“Transferencia Interna”), o entre cuentas elegibles que tenga con nosotros y una Cuenta Externa (“Transferencia Externa”). En la mayoría de los casos, usted puede transferir fondos desde cuentas en las cuales tiene derechos sin restricciones a retiro de fondos o préstamo de dinero.