REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere expedición del registro presupuestal y aprobación de las garantías por parte de FONADE. En constancia se firma, a los Representante Legal XXXXXXXXXXXXXXXXXX Proyectó: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx- Xxxxxxx - Subgerencia de Contratación - FONADE. Revisó: XXXXXXXXXXXXXX – Abogada (o) - Subgerencia de Contratación - FONADE.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se entiende perfeccionado con la suscripción de las partes contratantes y el registro presupuestal correspondiente para la vigencia 2015. Para su ejecución se requiere de la constitución de la garantía única por parte de EL CONTRATISTA y la aprobación de la misma por parte de EL HOSPITAL.CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA- DOMICILIO CONTRACTUAL: Las partes acuerdan como domicilio para la ejecución del contrato Xxxxxxxxxxx 0x Xx. 00- 00XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Xxxxxx X.X. Para los efectos del contrato las comunicaciones entre las partes se dirigirán, a la Dirección indicada en los datos generales del presente contrato.(Esta minuta de contrato será modificada de conformidad con las obligaciones contraídas por parte de la entidad y el contratista de acuerdo a las condiciones de orden técnico, económico y jurídico establecidos en los documentos pre contractuales, la entidad publica este documento par que los interesados tengan una idea cercana de lo que conformara el futuro contrato a celebrar) Para constancia de lo anterior, se firma en Bogotá, D.C., Colombia, a los . Representante Legal Subdirector del Sector Defensa Subdirector Administrativo
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Según lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el presente contrato requiere para su perfeccionamiento la suscripción del mismo por las partes contratantes, en señal de acuerdo sobre el objeto y la contraprestación. Para la ejecución del presente contrato, además de lo exigido para su perfeccionamiento se requiere del Registro Presupuestal del contrato, la constitución de la garantía única por parte de EL CONTRATISTA y aprobación de la misma a cargo de LA DIRECCIÓN. El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. El contratista, dentro de los tres (3) días siguientes a la firma del contrato, presentará al Grupo de Contratos de la Dirección garantía única del contrato, la cual puede ser bancaria o una póliza de seguro, que ampare:  El cumplimiento del contrato: en cuantía igual al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, por un término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.  Calidad del servicio prestado: en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia por el término de duración del contrato y cuatro (4) meses más.  Pago de salarios y prestaciones sociales: por valor asegurado equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una duración igual al plazo del contrato y tres (3) años más.  Responsabilidad civil extracontractual: por un valor igual a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes, con una duración igual al plazo del contrato y dos (2) años más. No obstante y como ya se mencionó en el punto 1.9 respecto al valor del contrato, para efectos de constituir la garantía única de cumplimiento, la base para esta debe ser el Presupuesto Oficial estimado para el presente Concurso de Méritos, que incluye el valor de los impuestos a que hubiere lugar. En caso de efectuarse adiciones o prórrogas al contrato, el contratista deberá ajustar las vigencias de los amparos. Por último la legalización del contrato, se obtiene cuando se verifique lo siguiente:
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y para su ejecución se requiere la aprobación de la garantía única de cumplimiento, el registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Obtenido el certificado de disponibilidad presupuestal correspondiente, el contrato se perfeccionará con la firma de ambas partes, tanto por la plataforma de contratación pública SECOP II y en físico; no obstante, para su ejecución requerirá: • La expedición del registro presupuestal por el valor total del contrato. • La aprobación de las garantías que constituya en su favor el contratista para amparar el cumplimiento integral del contrato, siempre que dichas garantías estén conformes con las exigencias de sumas aseguradas, vigencias, cubrimientos, beneficiario, asegurado y tomador. • La constitución de garantías en favor de la entidad contratante para amparar el cumplimiento integral del contrato. • Certificación de pago de aportes parafiscales cuando aplique.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 47 2.2. MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS 47 2.3. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO 48 2.4. PRÓRROGA DEL CONTRATO 49 2.5. ADICIÓN DEL CONTRATO 50 2.6. CESIÓN DEL CONTRATO 52
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 32 6.6.1. PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA DEL CONTRATO 32 6.6.2. COMPROBANTE DE PAGO DE LOS DERECHOS DE PUBLICACIÓN E IMPUESTO DE TIMBRE 33

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: