Revelación. 43. En los estados financieros deberán hacerse, como mínimo, las siguientes revelaciones:
Revelación. A la Fecha de Cierre, a excepción de lo que hubiere sido informado al AGENTE, las declaraciones hechas por los miembros de la administración o de la gerencia de DRP en este documento y en los Contratos de Garantía, no incluyen declaración falsa de algún hecho ni omiten intencionalmente algún hecho material que pueda generar que la información proporcionada por DRP conduzca a los Bancos a incurrir en error. A la Fecha de Cierre, no existe hecho alguno conocido por DRP que no haya sido revelado al AGENTE, y que puede resultar en un Efecto Material Adverso para DRP.
Revelación. EL CONTRATISTA podrá revelar la información confidencial proporcionada por el CONTRATANTE en los siguientes eventos:
Revelación. En aquellos casos en los que las pautas y medidas establecidas por la Sociedad para gestionar el conflicto de interés y evitar que se perjudiquen los intereses de sus clientes, sean insuficientes para garantizar, con razonable certeza, que se prevendrán los riesgos de perjuicio para los intereses del cliente, Mutuactivos procederá a la revelación de la naturaleza y origen del conflicto a los clientes afectados con carácter previo a la prestació n del Servicio o conclusión de una operación, así como las medidas adoptadas para mitigar el riesgo de perjuicio para el cliente. La Sociedad obtendrá, si lo estimase oportuno, el previo consentimiento expreso de los clientes afectados, una vez informados de la existencia del conflicto. La revelación de los conflictos de interés a los clientes debe considerarse, en todo caso, una medida de último recurso, aplicable únicamente en el supuesto de que las medidas establecidas por la Sociedad para prevenir o gestionar los conflictos de interés no fueran suficientes para garantizar, con razonable certeza, la prevención de un posible perjuicio de los intereses del cliente. En este tipo de situaciones, se debe comunicar, en soporte duradero y con suficiente detalle, que dichas medidas no han sido suficientes para garantizar, con razonable certeza, la ausencia de perjuicio de los intereses del cliente. La comunicación debe tener en cuenta la naturaleza del cliente, para su adec uada comprensión y para que pueda tomar una decisión sobre el servicio con conocimiento de causa, debiendo incluir una descripción concreta del conflicto de interés que indique:
Revelación. En aquellos casos en los que las pautas y medidas establecidas por la Sociedad para gestionar el conflicto de interés y evitar que se perjudiquen los intereses de sus clientes, sean insuficientes para garantizar, con razonable certeza, que se prevendrán los riesgos de perjuicio para los intereses del cliente, Mutuactivos procederá a la revelación de la naturaleza y origen del conflicto a los clientes afectados con carácter previo a la prestación del Servicio o conclusión de una operación, así como las medidas adoptadas para mitigar el riesgo de perjuicio para el cliente. La Sociedad obtendrá, si lo estimase oportuno, el previo consentimiento expreso de los clientes afectados, una vez informados de la existencia del conflicto. La revelación de los conflictos de interés a los clientes debe considerarse, en todo caso, una medida de último recurso, aplicable únicamente en el supuesto de que las medidas establecidas por la Sociedad para prevenir o gestionar los conflictos de interés no fueran suficientes para garantizar, con razonable certeza, la prevención de un posible perjuicio de los intereses del cliente. En este tipo de situaciones, se debe comunicar, en soporte duradero y con suficiente detalle, que dichas medidas no han sido suficientes para garantizar, con razonable certeza, la ausencia de perjuicio de los intereses del cliente. La comunicación debe tener en cuenta la naturaleza del cliente, para su adecuada comprensión y para que pueda tomar una decisión sobre el servicio con conocimiento de causa, debiendo incluir una descripción concreta del conflicto de interés que indique: · (i) la naturaleza del conflicto o conflictos de interés objeto de la comunicación. · (ii) origen del conflicto de interés; · (iii) riesgos que surgen para el cliente como consecuencia del conflicto o conflictos de interés. y · (iv) medidas adoptadas para mitigar dichos riesgos. Los clientes recibirán, junto al Contrato Básico para la Prestación de Servicios de Inversión, una información resumida sobre la Política, y tendrán a su disposición, previa solicitud, la versión completa. El resumen de dicha información se encuentra también publicado en la página web de la Sociedad.
Revelación. La Parte Receptora no podrá, sin previa autorización escrita de la Parte Reveladora, informar a persona alguna el hecho de que se le ha suministrado, hecho disponible o ha revisado alguna parte de la Información protegida por este Acuerdo.
Revelación. La compañía puede revelar sus datos personales a nuestros socios seleccionados. Estos socios pueden usar sus datos personales para proporcionarle los servicios de Mobile Softphone que necesita o cualquier otro servicio o ayuda.
Revelación. La información respecto de los arrendamientos capitalizables que debe ser revelada en los estados financieros del arrendador es la siguiente: 52 una conciliación entre la inversión bruta en el arrendamiento y el valor presente de los pagos mínimos a recibir, al final del periodo sobre el que se informa. Además, la entidad revelará los importes de ambos conceptos, para cada uno de los siguientes periodos: hasta un año entre uno y cinco años; y más de cinco años; los ingresos financieros por devengar; el importe de los valores residuales no garantizados a favor del arrendador; la estimación acumulada por incobrabilidad de las cuentas por cobrar relativas al arrendamiento; las rentas variables reconocidas como ingresos en el periodo; y una descripción general de los contratos de arrendamiento considerados como importantes5. La información respecto a los arrendamientos capitalizables que deber ser revelada en 53 los estados financieros del arrendatario es la siguiente: para cada tipo de activo en arrendamiento capitalizable, el importe neto en libros al final del periodo sobre el que se informa; una conciliación entre el importe total de los pagos mínimos futuros del arrendamiento y su valor presente, al final del periodo sobre el que se informa. Además, la entidad debe revelar los importes totales de ambos conceptos, clasificados en los periodos siguientes: hasta un año; entre uno y cinco años; más de cinco años; las rentas variables reconocidas como gastos en el periodo; el importe total de los pagos mínimos futuros por subarriendo que se espera recibir al final del periodo sobre el que se informa, por los subarriendos no cancelables; una descripción general de los contratos de arrendamiento considerados como importantes incluyendo, sin limitarse a ellos, los datos siguientes: las bases para la determinación de cualquier renta de carácter variable que se haya pactado; la existencia y, en su caso, los plazos de renovación o las opciones de compra y las cláusulas de escalonamiento; y las restricciones impuestas a la entidad en virtud de los contratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento.6 ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS Requisitos Todos aquellos contratos que no reúnen los requisitos para considerarse como arrendamientos capitalizables, se considerarán como arrendamientos operativos. 54 Contabilización para el arrendador Las rentas se reportan como ingreso...
Revelación. Nos reservamos el derecho de acceder, leer, preservar y divulgar cualquier información que razonablemente creamos que es necesaria para: cumplir cualquier ley, regulación, proceso legal, citación o solicitud gubernamental aplicable; hacer cumplir estos Términos, incluida la investigación de posibles infracciones a los mismos; detectar, prevenir o abordar de cualquier modo los problemas técnicos, de fraude o de seguridad; cooperar con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley o prevenir la explotación infantil; responder a las solicitudes de asistencia al usuario; o proteger nuestros derechos, propiedad o seguridad, los de nuestros usuarios o los del público en general. Bookaway declina expresamente a cualquier responsabilidad que pueda derivarse de disputas entre usted y el Proveedor. En caso de disputa con el Proveedor, usted libera a Bookaway y sus afiliados (y sus respectivos funcionarios, directores, agentes, inversores, subsidiarias y empleados) de todas y cada una de las reclamaciones, demandas o daños (reales o consecuentes) de cualquier tipo y naturaleza, conocidos y desconocidos, sospechosos e insospechados, revelado y no revelado, que surjan de o estén relacionados de alguna manera con dichas disputas. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY, NOSOTROS, NUESTROS AFILIADOS, SOCIOS, LICENCIANTES Y AGENTES NO SEREMOS RESPONSABLES DE NINGÚN CAMBIO EN LOS HORARIOS, RUTAS O PUNTOS DE ENTREGA CAUSADOS O NECESARIOS DEBIDO A HUELGAS, CIERRES O BLOQUEOS DE CARRETERAS O CALLES, CIERRE DE FERROCARRILES, INCENDIOS, INUNDACIONES, FUERZA DE LA NATURALEZA, ACCIDENTES DE TRÁFICO, ACTOS XX XXXXXX O TERRORISMO, DISTURBIOS, DISTURBIOS CIVILES O MILITARES, CASO FORTUITO O CUALQUIER OTRA CAUSA FUERA DE NUESTRO CONTROL Y SIN NUESTRA CULPA O NEGLIGENCIA. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY, NOSOTROS, NUESTROS AFILIADOS Y SUS RESPECTIVOS FUNCIONARIOS, DIRECTORES, EMPLEADOS, LICENCIANTES, CESIONARIOS Y AGENTES DECLINAMOS ESPECÍFICAMENTE TODAS Y CADA UNA DE LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD COMERCIAL, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, NO INFRACCIÓN DE TÍTULO Y CUALQUIER GARANTÍA QUE SURJA DEL CURSO DE LA NEGOCIACIÓN O EL USO COMERCIAL. SI BIEN HACEMOS ESFUERZOS RAZONABLES PARA GARANTIZAR QUE LOS SERVICIOS FUNCIONEN SEGÚN LO PREVISTO, NOSOTROS, NUESTROS AFILIADOS Y NUESTROS Y SUS RESPECTIVOS FUNCIONARIOS, DIRECTORES, EMPLEADOS, LICENCIANTES, CESIONARIOS Y AGENTES NO GARANTIZAMOS QUE LOS SERVICIOS ESTÉN LIBRES DE ERRORES, VIOLACIONES...
Revelación. Orientación en cuanto a la revelación se proporciona en otro LP al cual el actuario podría referirse.