RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. La Contratación Administrativa de Servicios constituye un régimen especial de contratación laboral para el sector público cuyos derechos, beneficios y demás condiciones aplicables a EL TRABAJADOR son los previstos en el Decreto Legislativo 1057 y sus normas reglamentarias y complementarias. Toda modificación normativa es de aplicación inmediata al Contrato.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. El contrato que resulte de la presente contratación se regirá por el derecho privado con arreglo a lo establecido en el Código Civil y en el Código de Comercio de la República de Colombia y en las demás normas concordantes que los adicionen, modifiquen o complementen.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. Salvo que en este documento se establezca lo contrario, el derecho aplicable a esta invitación a proponer y al contrato que llegaré a suscribirse será el consagrado en el ordenamiento jurídico colombiano. El presente proceso de contratación y el contrato que se llegare a suscribir se sujetan a las disposiciones del derecho privado, salvo las excepciones estipuladas en el presente documento y en la ley. Especialmente, deberán cumplirse las disposiciones que se encuentran relacionadas en el documento ‘Código de Ética para Contratistas de la Cámara de Comercio de Bogotá” referidas al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. Las obligaciones y derechos de EL CONTRATO y LA ENTIDAD, aplicables al presente Contrato, se originan por lo establecido en éste y en el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. Toda modificación normativa es de aplicación inmediata al contrato.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. EL CONTRATO se regirá por el derecho privado con arreglo a lo establecido en el Código Civil, en el Código de Comercio y las demás normas concordantes que las adicionen, modifiquen o complementen.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. De conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 21 de 1982 y las disposiciones contenidas en la Ley 789 de 2002, Comfamiliar Huila en su proceso de negociación y contratación se somete integralmente a las normas de derecho privado y se regirá por las normas contenidas en el Manual de Contratación de la Corporación, en aquellos aspectos no regulados por el manual, se regirá por las normas del derecho civil, comercial, por los postulados que orientan la función administrativa y de la gestión fiscal en relación con aquellos recursos parafiscales que provengan de 4% y del Sistema de Seguridad Social en Salud y cualquier otro recurso de naturaleza pública de conformidad con los artículos 209 y 267 de la Constitución Política y las normas especiales del Régimen del Subsidio Familiar.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. La presente Licitación queda sometida a las disposiciones de: 2.1. La Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, y demás Ordenanzas Generales y/o Municipales vigentes a la fecha de la Licitación. 2.2. Decreto Provincial N°2980/00 sobre la Reforma de la Administración Financiera del Ámbito Municipal, su supletorio el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas. 2.3. Ordenanza Municipal de Procedimientos Nro. 11654. 2.4. El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales y demás pliegos que integran la presente licitación. Las circulares emitidas de oficio por la Municipalidad o a pedido de los Oferentes. La Oferta presentada por el Adjudicatario y los documentos aclaratorios y/o supletorios suscritos e intercambiados y notificados a los Oferentes y la Municipalidad, entre el llamado a Licitación y la firma del Contrato, debidamente notificadas a los Oferentes.-
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. El régimen aplicable a esta convocatoria y al contrato que llegare a suscribirse será el consagrado en el ordenamiento jurídico colombiano, por tanto, el presente proceso y el contrato que se llegare a suscribir se sujetan a las disposiciones del DERECHO PRIVADO, salvo las excepciones estipuladas en la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En materia de inhabilidades e incompatibilidades. En todo caso, se observarán los principios generales de la contratación establecidos en el artículo 13 de la ley 1150 de 2007.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. En lo referente al reconocimiento, por parte del Comitente, de las re-determinaciones de precios que pudieran producirse en las obras contratadas, se procederá según lo establecido en el Decreto Nacional Nº 691/2.016.
RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. El presente proceso de selección se rige por lo contemplado en las siguientes normas:  Ley 80 de 1993.  La Ley 1150 del 2007.  Decreto 1082 de 2015.  Ley 1882 de 2018  Ley 1474 de 2011.  Decreto Ley 019 de 2012.  Código Civil.  Código de Comercio.  Normas orgánicas de presupuesto y Estatuto Tributario