SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. La beneficiaria tendrá la obligación de realizar un adecuado seguimiento y control del Proyecto durante su ejecución. Sin perjuicio de lo anterior, CONICYT, a través de la Dirección Ejecutiva de FONDEF, supervisará la ejecución del Proyecto, para lo cual la beneficiaria dará al personal de dicha Dirección Ejecutiva y a otros especialistas que acredite CONICYT, las facilidades necesarias para tomar conocimiento directo de dichos trabajos. Se prestará atención especial a aspectos tales como: evidencia de la ejecución técnica y su coherencia con lo presupuestado, vigencia económico-social, documentación de la ejecución financiera y contabilidad del Proyecto, coherencia entre la inversión física y gastos reales con lo declarado.
SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. La ANID realizará el seguimiento y control del proyecto como herramienta de manejo de información para la toma de decisiones, la mantención de un adecuado control del uso de los recursos transferidos, el control de los resultados de cada proyecto y el apoyo al desarrollo exitoso de cada uno de ellos, cuyo fin es la adquisición, instalación y puesta en marcha del equipamiento. Se prestará especial atención a aspectos tales como: evidencia de la ejecución técnica, uso eficiente de los recursos y uso de los equipos para los fines convenidos y su coherencia con lo presupuestado en el proyecto, estado de la documentación de ejecución financiera y contabilidad del proyecto, entre otros.
SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. 1. SEGUIMIENTO Y CONTROL Los recursos en la Etapa 1 serán asignados a la Institución Responsable para garantizar la elaboración de un programa de magíster construido participativamente en la región y para la implementación de la Etapa 2 (en caso de ser aprobada) para garantizar la matrícula y arancel de la nómina de estudiantes que le proporcione a CONICYT, de acuerdo a la resolución que adopte el CSE. CONICYT realizará el seguimiento y control de la ejecución del proyecto para: el apoyo al desarrollo exitoso, la verificación del cumplimiento de los resultados esperados y el correcto uso de los recursos transferidos. La Institución Responsable deberá poseer mecanismos de control y garantía de participación de los/as expositores/as y docentes que impartirán las temáticas propuestas. Así las solicitudes de cambios de docentes se podrán realizar solo por motivos de fuerza mayor, las que deberán ser presentadas a CONICYT con, al menos, dos semanas de anterioridad a la fecha en que se dictará el módulo del que se trate el cambio de docentes. Asimismo, deberá poseer mecanismos de control de la asistencia de los/as estudiantes a las actividades contempladas en el proyecto, manteniendo registros de su participación semanalmente, los cuales podrán ser auditados. CONICYT podrá solicitar la presentación de resultados del proyecto al Gobierno Regional respectivo. Asimismo, podrá solicitar directamente al ejecutor del proyecto información de manera extraordinaria, respecto al estado de ejecución de los proyectos adjudicados, según se requiera para reportar a los gobiernos regionales u otras entidades competentes. Asimismo, CONICYT podrá además realizar visitas a terreno para una mejor evaluación del avance en la ejecución del proyecto. Informes a presentar: CONICYT exigirá a la Institución Responsable presentar los informes que se señalan a continuación:
SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. CONICYT realizará el seguimiento y control del proyecto como herramienta de manejo de información para la toma de decisiones, la mantención de un adecuado control del uso de los recursos transferidos, el control de los resultados de cada proyecto y el apoyo al desarrollo exitoso de cada uno de ellos, cuyo fin es la adquisición, instalación y puesta en marcha del equipamiento. Se prestará especial atención a aspectos tales como: evidencia de la ejecución técnica, uso eficiente de los recursos y uso de los equipos para los fines convenidos y su coherencia con lo presupuestado en el proyecto, estado de la documentación de ejecución financiera y contabilidad del proyecto, entre otros.
SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. CONICYT realizará el seguimiento y control del proyecto como herramienta de manejo de información para la toma de decisiones, la mantención de un adecuado control del uso de los recursos transferidos, el control de los resultados de cada proyecto y el apoyo al desarrollo exitoso de cada uno de ellos. Se prestará especial atención a aspectos tales como: evidencia de la ejecución técnica; gasto convenido y coherente con lo presupuestado en el proyecto, estado de la documentación de ejecución financiera y contabilidad del proyecto, entre otros. En cuanto a los informes a presentar, en el marco de esta labor, CONICYT exigirá a la INSTITUCIÓN RESPONSABLE elaborar y enviar tres informes técnicos, dos de avance y otro final, los que deberán ser entregados a los 4 y 8 meses de ejecución del proyecto, respectivamente después de realizado el traspaso de los recursos, y el final a más tardar una vez transcurridos 20 días corridos, después de los 12 meses de ejecución del proyecto. El Informe final incluirá también un informe Financiero, el que consistirá en una rendición de cuentas por la totalidad de los fondos transferidos en documentos originales, los que deberán ser entregados al finalizar la ejecución del proyecto y ser enviados por lo menos dos meses antes del plazo de término de la respectiva garantía.
SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO. La jefatura del proyecto (responsable del contrato) será asumida por la dirección del Área de Informática o por quien ésta designe para este cometido. El responsable del contrato llevará el seguimiento y coordinación operativos de las actividades a realizar al amparo del objeto del contrato. A tal efecto, se reunirá, al menos, con una periodicidad mensual, con el responsable del servicio de la empresa adjudicataria. Asimismo, el inicio del proyecto estará marcado por una reunión conjunta entre el responsable del contrato y el responsable del servicio de la empresa adjudicataria, en la que se revisarán los planes ofertados por el adjudicatario, para el ajuste a las circunstancias reales en que deberá ejecutarse el proyecto. Además, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la fecha de cada reunión de seguimiento, el responsable del servicio de la empresa adjudicataria deberá entregar al Defensor del Pueblo un informe de seguimiento, en el que reflejará el grado de desarrollo de los servicios de acuerdo con la planificación establecida. Dicho informe, deberá además reflejar el progreso y desviación de los planes establecidos, señalando las siguientes magnitudes:

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX Un paseo por las calles de Al- corcón puede ser muy fructífe- ro, culturalmente hablando, si el caminante repara en las es- culturas que encuentra a cada paso. Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, y así hasta veinte escultores consa- grados distribuyen parte de su obra por la ciudad. “Me gustan las esculturas, pero muchas veces no entien- do qué quieren decir”, ase- gura un vecino de Al- corcón que pasea por el parque de La Xxxxxx. Esta es una concepción bastan- te habitual. Por eso, desde el Ayuntamien- to se pretende impul- sar el conocimiento de es- tas obras fomentando los pa- seos guiados. “La idea es comenzar por la es- cuelas y editar un ma- pa para que los visitan- tes puedan hace el recorrido por su cuenta”, asegura el al- calde de Alcor- xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx. Así, vecinos y turistas podrán disfrutar de otro tipo de museo. Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx se ofrecieron para hacer de Escultura de Júpiter en La Xxxxxx, de Xxxxx Xxxxxxxx XXXX XXXXXXXX/GENTE guías por este singular museo. Una operación policial en Al- corcón contra el tráfico de dro- gas en la ciudad concluyó con la detención de dos personas y la incautación de tres kilos de hachís y 7.600 euros en metáli- co. Los detenidos fueron sor- prendidos mientras realizaban un intercambio de droga por dinero en la calle Urano, del barrio San Xxxx xx Xxxxxxxx. El Centro de Difusión a la Inno- vación reanudará el próximo mes de julio, y ya hasta el mes de septiembre, sus actividades en favor de las pequeñas y me- dianas empresas locales, a tra- vés del servicio de información, asesoramiento y formación di- rigidos a la implantación de las nuevas tecnologías y sus activi- dades empresariales.

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo un importe total de $XXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.