SEMANAL. Fregado de suelos, moviendo el mobiliario (sillas o sillones). • Limpieza del polvo del mobiliario que no supere los 2 metros de altura. • Limpieza xx xxxxxxxxx interiores en plantas baja y primera, que comprenderá igualmente en el exterior el mármol de la fachada y los xxxxxx metálicos de la planta baja. • Rejillas de aire acondicionado ubicadas en las paredes, lámparas de iluminación y alto de armarios. • Tratamiento adecuado para la conservación de los suelos xx xxxxxx de la planta baja: pulido y cristalizado.
SEMANAL. 2.3.3 Barrido y posterior baldeado de todos los accesos y aceras. Retirada de papeles y desperdicios de las zonas exteriores y lindantes del edificio de oficinas de Sogama.
SEMANAL. Anotar los sacos de sal que se añaden al deposito Verificar consumos eléctricos y ajustes correctos de térmicos.
SEMANAL. Comprobar secuencia establecida del funcionamiento de los compresores
SEMANAL. Cód. 2018-01410 Cód. 2018-01410 Cód. 2018-01410
SEMANAL. El descanso semanal será dpeordolass pactadas en el presente Convenio. días por semana. Por el contrario las normas y cláusulas de la ordenanza y de an- Artículo 20.–DERECHOS SINDICALES: 1.–Los representantes deterliosres convenios, que sean compatibles con éste quedarán xxxxx- trabajadores dispondrán de veinticuatro horas mensuales retribteusi-sin perjuicio de las normas legales de compensación y absor- das; no obstante lo anterior, y para los cursos de formación alcCióon- en materias económicas. mité de Empresa se le podrá otorgar por la Empresa con cuatro días de antelación a la realización de dichos cursos.
SEMANAL. El día sábado Maquinaria y equipo: Pulidora. Utensilios: Disco negro y rociador, cubeta, jalador y recogedor. Materiales: Acido oxálico. Una vez barrido y trapeado el área a pulir, se mueven los muebles de tal manera que no estorben en la operación de la máquina, se esparce el ácido y se pule el piso con máquina, retirando el ácido con jalador y recogedor. Limpieza xx xxxxxxx y canceles. Semanal Utensilios: Escalera tipo tijera, franela gris, cubetas y guantes de hule.
SEMANAL. El día viernes de cada semana deberá efectuar limpieza profunda, considerando realizar al menos lo siguiente: Ø Limpieza de mobiliario disponible para guardar la vajilla y otros, disponibles en cada dependencia (piso o en cocinas, cuando así se dispone), como también de los artefactos de cocina, horno, microonda y refrigerador, según corresponda. Ø Limpieza xx xxxxxxx (interior), puertas, xxxxx xx xxxxxx, zócalos, guardapolvos, manillas e interruptores, en cada oficina o espacio de trabajo, según corresponda. Ø Aplicar removedor, limpiador y abrillantador en pisos flotantes. En cerámicas u otro piso, realizar limpieza profunda. Ø Lavar y desinfectar tachos de basura (baños) y papeleros (escritorios), a efectuarse una vez a la semana. Ø Limpieza xx xxxxxxx exterior e interior xxxx Xxxx 0, xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx x Casa de los Intendentes. Ø Limpieza de lámparas, sistemas de iluminación y persianas interiores en todos los pisos o espacio de trabajo, (en edificio Xxxxxxxxxx, no se consideran las oficinas y Espacio de Trabajo de los Pisos mitad del 2, 4, mitad del 6, 9, 10 y 11, porque corresponden a otros Servicios). Ø En Edificio Xxxxxxxxxx, realizar limpieza xx xxxxxxx interior y exterior de puerta acceso a escalera emergencia y puertas de acceso al edificio. Ø Limpieza en Sótano del Edificio Magallanes. Semestralmente, en coordinación con la encargada de la administración del Edificio xx Xxxxxxxxxx, ubicado en Xxxxxx Nº901, se deberá efectuar al menos: Ø Limpieza profunda de escaleras y sus gomas, barandas y acceso a escala. Asimismo, deberá aplicar renovador xx xxxxx que permita que este se vea reluciente, brillante y limpio. Ø Limpiar y desempolvar Xxxx xx xxxxxxx. Ø Limpiar y desempolvar Sala de Electricidad. · Se proveerá de contenedores con tapa para botar la basura, los que se encontrarán en la bajada hacia el sótano, los cuales deberán ser sacados, instalados y asegurados con cadenas en la parte trasera del Edificio Xxxxxxxxxx, todo debe estar dentro del receptáculo para evitar multas, según ordenanza municipal. · En la Casa de los Intendentes la basura debe ser sacada al frontis con las bolsas bien cerradas.
SEMANAL. El trabajador tendrá derecho a un des- canso semanal de día y medio continuado, el cual será fijado de mutuo acuerdo entre empresarios y trabajadores, teniendo en cuenta los Delegados de Personal o Comités de Empresa.
SEMANAL. En la fijación de los horarios mensuales en servicios organizados en régimen de turnos de trabajo, en cumplimiento del artículo 37.º de la ley del estatuto de los Trabajadores y del artículo 2 y 19 del real decreto 1.561/1995, en lo que se refiere al descanso semanal, de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador o la trabajadora, según necesidades del servicio, podrá acumularse el medio día de descanso semanal para su disfrute en otro momento dentro de un ciclo no superior a cuatro semanas, que no necesariamente comprenderá la tarde xxx xxxxxx, o en su caso la mañana del lunes y el domingo, y el día completo de descanso dentro de un ciclo no superior a catorce días, sin que ello implique reducción de la jornada anual pactada en el Convenio Colectivo. de acuerdo con el párrafo anterior el descanso del medio día semanal podrá acumularse en períodos de hasta cuatro semanas o separarse del día completo para su disfrute en otro día de la semana. para los trabajadores y/o las trabajadoras que presten los servicios regularmente durante 6 días a la semana el des- canso se podrá establecer por alguno de los siguientes sistemas: • Acumulándose cada dos semanas en un día completo, descansándose en semanas alternas dos días. • Cada dos semanas separando el medio día de una de ellas del día completo y uniéndolo al descanso de la otra semana, disfrutándose en la misma de los dos medios días, uno antes y el otro después del día completo que será preferentemente domingo. en el caso de que el descanso semanal se compense mediante el disfrute de un día de descanso a la semana, se en- tenderá en turnos rotativos a lo largo de toda la semana y no será posible su compensación económica. de contratarse algún menor de 18 años se estará a lo establecido en el artículo 37 del estatuto de los Trabajadores.