SEMANAL Cláusulas de Ejemplo

SEMANAL. Fregado de los pavimentos de todas las dependencias. No obstante, en pasillos de escaso uso o escaleras secundarias (se fregaran quincenalmente). Aspirado de alfombras, moquetas y pavimentos textil es. No obstante, diariamente cuando se detecte, se procederá a la extracción y fregado de manchas apreciables de estos pavimentos. Limpieza de estanterías, aparatos de cl ima tiza ción, apliques, interruptores de luz, extintores de incendios, tablones de anuncios y rótulos de señalización, elementos decora tivos , frisos, zócalos y xxxxxx xx xxxxxxx y ventanas. Limpieza de luminarias y techos de la cabina de ascensores y montacargas. Aspirado de guías de las puertas. Limpieza a fondo de aseos (empleando productos desincrustantes, etc.) con objeto de asegurar las condiciones higiénicas y de desinfección adecuadas. Limpieza xx xxxxxxx, puertas y xxxxxx, luminarias, altos y techos. El iminación de polvo y telarañas de techos y paredes Revisión o retira da de contenedores higiénico sanitarios. Limpieza externa de taquillas en vestuarios Barrido o mopeado de pavimentos de archivos y a lmacenes de uso no diario y, s i se observa, extracción y fregado de manchas. Vaciado de contenedores de papel y cartón, plás ticos y envases, vidrio y pilas y baterías, con los des tinos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas. Fregado completo de pavimentos de archivos y almacenes de uso no diario. Re tira da de residuos y barrido de pa tios , terrazas y cualquier zona exterior de di fci l accesibilidad y uso menos frecuente. No obstante, diariamente s i se detecta, se re tira rán desechos de palomas, aves muertas, hierbajos y malas hierbas, etc. Limpieza de altos, techos, paredes, luminarias, reji l las de extractores, etc., incluyendo, s i hubiere, la l impieza completa de los cristales de ventanas y xxxxxx. Aspirado de tapicerías de s i l las, s i l lones, sofás. No obstante, diariamente s i se detecta, se procederá a la extracción de manchas en esos elementos, o en los entelados de paramentos vertica l es. Limpieza de carpintería y cri stales en puertas, así como los elementos dorados de puertas y ventanas mediante el uso de abrillantadores o l impiametales. Limpieza a fondo de bajos y traseras de mesas, radiadores, cables ordenador y otras conducciones accesibles, guías y perfl es, etc. Limpieza a fondo y tratamiento del mobiliario con ceras o productos adecuados.
SEMANAL. Inmuebles y oficinas:
SEMANAL. El descanso semanal será dpeordolass pactadas en el presente Convenio. días por semana. Por el contrario las normas y cláusulas de la ordenanza y de an- Artículo 20.–DERECHOS SINDICALES: 1.–Los representantes deterliosres convenios, que sean compatibles con éste quedarán xxxxx- trabajadores dispondrán de veinticuatro horas mensuales retribteusi-sin perjuicio de las normas legales de compensación y absor- das; no obstante lo anterior, y para los cursos de formación alcCióon- en materias económicas. mité de Empresa se le podrá otorgar por la Empresa con cuatro días de antelación a la realización de dichos cursos.
SEMANAL. Las trabajadoras afectadas por el presente Convenio colectivo, disfrutarán de un descanso mínimo semanal de día y medio, que comprenderá preferentemente la tarde xxx xxxxxx y el domingo. No obstante, si por las necesidades de los servicios contratados por las empresas con sus clientes, no fuese posible establecer dicho descanso semanal, las empresas, de acuerdo con la representación de los trabajadores, podrán esta- blecer descansos alternativos, o la acumulación de descansos, a elección del trabajador. Las trabajadoras que por necesidades del servicio, tengan que trabajar la Nochebuena y/o la Nochevieja, en el turno de noche, percibirán un complemento, para el año 2009 de 39,08 €, debiendo ser la comisión paritaria la que determine los valores para los restantes años de vigencia del Convenio. Las jornadas realizadas en domingo o festivo, tendrán una retribución con el 20 por ciento de incremento sobre el valor de la jornada ordinaria, tal y como se dispone en el artículo 28.
SEMANAL. Los trabajadores y trabajadoras tendrá derecho a un descanso semanal mínimo de un día y medio ininterrumpido, pudiendo acu- mularse éste como máximo por catorce días, en cuyo caso, el trabajador/a tendrá derecho a cuatro días ininterrumpidos. Para establecer esta acumulación de descansos por quincenas o variar el orden establecido, deberá mediar acuerdo por escrito y registrado entre la empresa y los delegados de personal.
SEMANAL. Limpieza con productos especiales de fotocopiadoras y ordenadores. • Limpieza de frigoríficos, microondas, paredes y mobiliario de Office. • Limpieza de mamparas. • Limpieza Sala Técnica. • Traslado al exterior del edificio y depósito en punto limpio de reciclaje del Ayuntamiento de los cubos amarillos con restos de plásticos y envases.
SEMANAL. Las horas efectivas de trabajo semanales son conside- radas como promedio en cómputo anual: Para el año 2002: 39 horas semanales. Para el año 2003: 38 horas semanales. Para el año 2004: 37,5 horas semanales. Se realizarán durante los días: Todo el personal, excepto el personal sujeto a turnos en la ETAP: De Lunes a Viernes Personal de la ETAP sujeto a turnos de trabajo: Serán jornadas de 8 horas diarias, de Lunes x Xxxxxxx, con los descansos que establece la Ley. La Empresa elaborará un cuadrante de turnos de tra- bajo que tendrá periodicidad trimestral y que se publi- cará con una semana de antelación a su entrada en vigor. Si por circunstancias productivas y/o organizativas fuera necesario un cambio en la asignación del turno de trabajo, deberá comunicarse el cambio con al menos 24 horas de antelación, salvo en casos excepcionales ajenos a la Empresa. Antes de finalizar el año, se elaborarán los calenda- xxxx laborales anuales, y que serán consensuados, con- forme a las necesidades de la explotación y organización de la Empresa.
SEMANAL. Cód. 2018-01410 Cód. 2018-01410 Cód. 2018-01410
SEMANAL. Fregado de suelos, moviendo el mobiliario (sillas o sillones). • Limpieza del polvo del mobiliario que no supere los 2 metros de altura. • Limpieza xx xxxxxxxxx interiores en plantas baja y primera, que comprenderá igualmente en el exterior el mármol de la fachada y los xxxxxx metálicos de la planta baja. • Rejillas de aire acondicionado ubicadas en las paredes, lámparas de iluminación y alto de armarios. • Tratamiento adecuado para la conservación de los suelos xx xxxxxx de la planta baja: pulido y cristalizado.
SEMANAL. Todos los trabajadores tendrán derecho semanalmente al disfrute de un descanso mínimo de día y medio ininterrumpido. Para todo el personal afectado por este convenio habrá de ha- cerse una programación que recoja con la máxima antelación posible el trabajo a realizar, bien entendido que dadas las peculiaridades del transporte discrecional habrá la mayor flexibilidad para su regulación y para las modificaciones que por necesidades organizativas sean necesarias sin menoscabo de los descansos regulados en este con- venio.