Soluciones Cláusulas de Ejemplo

Soluciones. En caso de que los Productos no cumplan la garantía de Producto (denominándose entonces a dichos Productos los “Productos no conformes”), el Vendedor deberá, a discreción de ITW, reparar o sustituir de forma inmediata y gratuita los Productos no conformes o conceder a ITW crédito o el reembolso completo por el importe del precio de compra de los Productos. El Vendedor es responsable de todos los gastos contraídos por ITW en relación con la falta de conformidad, incluidos los costos relacionados con el desempaque, clasificación, examen, reempacado, reetiquetado, prueba adicional y devolución. El Vendedor abonará todos los costos de retirada derivados o relacionados con los Productos no conformes. Si el Vendedor no es capaz de solucionar dicha falta de conformidad en el plazo de tiempo que requiere ITW, ITW o una tercera parte de su elección podrá adoptar cualquier medida para solucionar la falta de conformidad, en cuyo caso, el Vendedor reembolsará a ITW los gastos que haya contraído a tal efecto. El Vendedor reconoce y acepta que los daños monetarios no serán una solución suficiente para ningún incumplimiento real o amenaza de incumplimiento del Acuerdo por parte del Vendedor y que, además de todos los demás derechos y soluciones que pueda tener ITW, este tendrá derecho a un desempeño específico y a una medida cautelar temporal, preliminar y permanente en relación con cualquier acción para hacer cumplir el Acuerdo. Además, si el Vendedor no cumple alguna de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, ITW y sus agentes pueden (pero no estarán obligados), sin perjuicio de los demás derechos, cumplir tales obligaciones sin renunciar ni liberar al Vendedor de las mismas. Cuando corresponda, ITW y sus agentes tendrán derecho a acceder a las instalaciones del Vendedor para usar o retirar cualquier Herramienta de ITW (como se define a continuación) y todos los materiales y equipos necesarios para cumplir tales obligaciones. Todos los costos, daños y gastos contraídos directa o indirectamente por ITW en relación con lo anterior, incluidos los honorarios por servicios jurídicos y otros servicios profesionales, así como el tiempo administrativo, la mano de obra y los materiales de ITW, serán pagados por el Vendedor a ITW a pedido o, a elección exclusiva de ITW, podrán deducirse de cualquier cantidad que ITW deba al Vendedor.
Soluciones. Conforme se exponen los aspectos críticos del proyecto, deben plantearse soluciones para cada una de las problemáticas presentadas, mostrando de una manera ordenada y clara el procedimiento encaminado a resolver la situación presentada.
Soluciones. En la Unión Europea, las Primeras Directivas sobre Electricidad y Gas (publicadas en 1997- 1998) exigían la separación contable de las empresas de energía que ya operaban en el mercado; mientras que las Terceras Directivas sobre Energía (publicadas en 2009) a la larga exigían medidas de separación más estrictas y, en algunos casos, la separación total de la propiedad. Estas fueron medidas reguladoras y no acciones de un responsable de hacer cumplir la ley en materia de competencia. Sin embargo, a menudo sirve de preparación o preludio para modalidades de separación más rigurosas que se describen a continuación. Un paso más en esta dirección sería la creación de un departamento de negocios mayoristas, como lo ilustra el ejemplo australiano de Telstra (véase la sección 4.1.2). El departamento mayorista independiente se encargaría de surtir la demanda externa, mientras que la demanda interna propia de la empresa sería atendida por un departamento distinto dentro de la estructura integrada de la empresa. Sin embargo, esta solución ha sido criticada por ser ineficaz y promover la discriminación, ya que aumenta las diferencias entre la empresa que ya opera en el mercado y sus competidores (Cave, 2006[21]). Las autoridades competentes pueden optar por exigirle a las empresas que eviten discriminar entre la demanda interna y la externa, sin exigirles que separen físicamente los procesos de producción. Esta separación virtual tendría la ventaja de ser menos costosa que otras medidas que impliquen la separación física de activos. Sin embargo, a la fecha no ha sido posible probar su eficacia. Puede argumentarse que esta modalidad de separación también estaría sujeta a limitaciones importantes, como el hecho de que es poco probable que los competidores encuentren incentivos para invertir en los procesos de producción en cuestión.34 Un grado de separación más importante sería la separación comercial física, a saber, la separación de activos específicos en una unidad independiente que atienda a la vez la demanda interna y la externa de manera equivalente, no discriminatoria. Diferentes factores de producción pueden sujetarse a esta separación (como las instalaciones, la fuerza laboral, la marca o los sistemas de información administrativa), que pueden dar pie a un grado de separación diferente conforme a esta solución estructural. En 2002, Italia Telecom (IT), una empresa italiana de telecomunicaciones que proporciona servicios de telefonía, móviles y datos DSL se separ...
Soluciones a) Reparación o re-entrega Si se produce un defecto durante el período de garantía, la Sociedad lo notificará sin demora al Contratista y éste, a su propio costo, sin demora reparará, re-ejecutará o reemplazará el Trabajo defectuoso.
Soluciones. Tu Gruero C.A. Podrá notificar al afiliado a través de las distintas vías de comunicación que su plan está próximo a vencerse. Si el cliente realiza la renovación antes de la fecha de culminación de su contrato contará con la continuidad del servicio, en caso contrario, deberá esperar veinte (20) días continuos para hacer uso de su plan.
Soluciones. Tu Gruero C.A reconocerá y pagará el reembolso de un servicio xx xxxx bajo las siguientes condiciones: 1. Debe ser autorizado por la compañía, 2. Se reconocerá el monto de forma parcial o total según la revisión exhaustiva del caso presentado y el monto baremo de precios de Soluciones Tu Gruero C.A, 3. El cliente debe enviar una factura fiscal emitida bajo las exigencias dictadas por la providencia Administrativa 0071 del Seniat (recibos y notas de entrega no son válidas), 4. La factura debe contener los datos fiscales de Soluciones Tu Gruero y datos de servicio como: placa, marca y modelo del vhc, dirección de origen y destino, 6. La factura debe ser enviada de forma digital a xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx y en físico por medio del casillero ZOOM CCS-382193, 7. El reembolso se pagará a la cuenta bancaria titular del cliente solicitante transcurrido un max. 7 días contínuos luego de recibir la factura en fisico.
Soluciones. Tu Gruero C.A no reconocerá ningún servicio de asistencia vial (grúa, auxilio de batería, cambio e inflado de caucho y acompañamiento vial) tomado de forma particular cuando no sean autorizados por la compañía. Por tanto, no se realizará el reembolso de cantidades pagadas a proveedores externos a la compañía cuando no sean autorizados previamente por el respectivo personalde la empresa.
Soluciones. Tu Gruero C.A., acepta realizar servicios a vehículos de uso particular (Motos, Automóviles, Camionetas y/o Rústicos sin cabina de Furgón) con blindaje nivel I y II, únicamente si el cliente efectúa un pago particular por el peso adicional que posee el vehículo. (léase la cláusula 30)
Soluciones. Tu Gruero, C.A. no garantiza brindar servicio de asistencia vial (grúa, auxilio de batería y gasolina, cambio e inflado de caucho y acompañamiento vial) en lugares que sean considerados “Zonas Xxxxx” en el territorio nacional. Puede verificar la lista de zonas en nuestro portal web: xxx.xxxxxxxx.xx
Soluciones. Tu Gruero, C.A., NO prestará servicios de asistencia vial (grúa, auxilio de batería y gasolina, cambio e inflado de caucho y acompañamiento vial) a vehículos con averías propiciadas por negligencia, como: Caucho espichado sin un repuesto en buen estado ni implementos (gato y xxxxx xx xxxx), batería descargada por luces prendidas, requerimiento de gasolina, vehículo accidentado en zona sin acceso vial, llaves dejadas dentro del vehículo, atascos negligentes en barro/arena, personas bajo efectos de sustancias psicoactivas (alcohol etílico) y/o psicotrópicas (drogas) y cualquier otra avería que el operador considere negligente