Subtratamiento Cláusulas de Ejemplo

Subtratamiento. 1.El importador de datos no subcontratará ninguna de sus operaciones de tratamiento llevadas a cabo en nombre del exportador de datos con arreglo a las Cláusulas sin previo consentimiento por escrito del exportador de datos. Si el importador de datos subcontrata sus obligaciones con arreglo a las Cláusulas, con el consentimiento del exportador de datos, lo hará exclusivamente mediante un acuerdo escrito con el subprocesador en el que se le impongan a este las mismas obligaciones impuestas al importador de datos con arreglo a las Cláusulas (3). En los casos en que el subencargado del tratamiento no pueda cumplir sus obligaciones de protección de datos con arreglo a dicho acuerdo escrito, el importador de datos seguirá siendo plenamente responsable frente al exportador de datos del cumplimiento de las obligaciones del subencargado del tratamiento en virtud de dicho contrato. 2.El contrato escrito previo entre el importador de datos y el subencargado del tratamiento contendrá asimismo una cláusula xx xxxxxxx beneficiario, tal como se establece en la Cláusula 3, para los casos en que el interesado no pueda interponer la demanda de indemnización especificada en el apartado 1 de la Cláusula 6 contra el exportador de datos o el importador de datos porque hayan desaparecido de hecho, hayan dejado de existir legalmente o hayan entrado en situación de insolvencia y no haya ninguna entidad sucesora que asuma todas las obligaciones legales del exportador de datos o del importador de datos mediante contrato o por operación legal. Dicha responsabilidad frente a terceros del subencargado del tratamiento estará limitada a sus propias operaciones de tratamiento en virtud de las Cláusulas. 3.Las disposiciones del contrato relacionadas con los aspectos de protección de datos del subtratamiento especificadas en el apartado 1 se regirán por la legislación del Estado miembro en el que esté establecido nominalmente el exportador de datos. 4.El exportador de datos conservará una lista con los contratos de subtratamiento celebrados con arreglo a las Cláusulas y notificados por el importador de datos en virtud de la Cláusula 5(j), la cual se actualizará al menos una vez al año. La lista estará disponible para la autoridad de supervisión de protección de datos del exportador de datos.
Subtratamiento. 3.1. Utilización de subencargados del tratamiento. El Responsable del Tratamiento autoriza al Encargado del Tratamiento a contratar a otros encargados (denominados en esta
Subtratamiento. En el caso en el que MINDBAZ deba contratar a subencargados para la realización de servicios en los que se traten datos personales, las Partes garantizarán en particular, en el marco del presente contrato, que MINDBAZ: - solicita la autorización previa por escrito del CLIENTE para contratar a otro subcontratista; - garantiza que todos sus subencargados, ya sean contratados por MINDBAZ o por uno de sus propios subencargados o por un subencargado de rango incluso inferior, se comprometen al mismo grado de obligación que MINDBAZ en cuanto a la protección de datos personales. Por tanto, el subencargado está obligado a cumplir con las obligaciones de este Contrato en nombre y según las instrucciones del CLIENTE. MINDBAZ debe asegurarse de que el subencargado presente las mismas garantías suficientes en cuanto a la aplicación de las medidas técnicas y organizativas adecuadas para que el tratamiento cumpla con los requisitos del Reglamento Europeo de Protección de Datos.
Subtratamiento. 4.1 El Cliente autoriza a HP a transferir Datos personales del Cliente o dar acceso a los Datos personales del Cliente a miembros del Grupo HP y terceros en calidad de Subencargados (y permitir a los Subencargados que designen a otros de acuerdo con la cláusula 4.1) a efectos de prestar los Servicios y demás fines recogidos en el apartado de 'Actividades de tratamiento' del Anexo 1. HP seguirá siendo responsable de que su Subencargado cumpla las obligaciones de la presente ATD. HP se asegurará de que todo Subencargado al cual HP transfiera Datos personales del Cliente suscribe contratos escritos con HP en los que se exija al Subencargado someterse a unos términos al menos igual de protectores que los estipulados en la presente ATD. HP pondrá a disposición del Cliente la lista actual de Subencargados para los Servicios contemplados en el Contrato de servicios. 4.2 HP puede nombrar un nuevo Subencargado en cualquier momento y sin justificación, siempre mediante aviso al Cliente con diez (10) días de antelación y que éste no se oponga de forma legítima a dichos cambios durante el plazo concedido. Las objeciones legítimas deben incluir argumentos razonables y documentados relacionados con el incumplimiento de las Leyes de privacidad y protección de datos aplicables por parte de un determinado Subencargado. En caso de que las objeciones sean legítimas, en opinión de HP, esta se abstendrá de recurrir al Subencargado en cuestión en lo referente al tratamiento de los Datos personales del Cliente. En estos casos, HP hará lo posible, dentro de lo razonable, por (i) poner a disposición del Cliente un cambio en los Servicios de HP o (ii) recomendar un cambio en la configuración o el uso de los Servicios por parte del Cliente para evitar que el Subencargado al que se objeta se ocupe del tratamiento de Datos personales del Cliente. Si HP no puede ofrecer dicho cambio en un plazo de tiempo razonable, que no habrá de superar los noventa (90) días, el Cliente podrá rescindir el Servicio que HP no pueda suministrar sin recurrir al Subencargado al que se objete, cursando a HP aviso por escrito.
Subtratamiento. 1. De acuerdo con los términos de este Artículo 5, Usted da su consentimiento para que Citrix utilice subencargados para el tratamiento de los Datos personales. 2. Citrix garantizará que los subencargados del tratamiento quedarán obligados mediante contratos por escrito que les exigirán como mínimo el mismo nivel de protección de datos impuesto a Citrix en virtud de los Términos del GDPR. 3. Citrix seguirá siendo responsable en todo momento de la conformidad de los subencargados del tratamiento con los Términos del GDPR, según corresponda. 4. Los subencargados del tratamiento están establecidos en la Lista de Subencargados del tratamiento que tiene a Su disposición. Al menos diez (10) días hábiles antes de que se otorgue autorización a nuevos Subencargados del tratamiento para que accedan a los datos personales, Citrix actualizará la Lista de Subencargados del tratamiento y le proporcionará un mecanismo para obtener un aviso de la actualización. Cuando Citrix sea un encargado del tratamiento (y no un subencargado), se aplicarán los siguientes términos: a) Si Usted no aprueba a un nuevo Subencargado del tratamiento, podrá finalizar la suscripción del servicio afectado sin una penalización siempre que proporcione un aviso por escrito de la finalización, antes de que finalice el período de aviso, en el que se incluya una explicación del motivo por el que no se concede la aprobación. b) Si el servicio afectado forma parte de una suite (o de una única compra similar de servicios), la finalización se aplicará a toda la suite.
Subtratamiento. 5.1 El Procesador no podrá designar (o revelar ningún Dato Personal de la Empresa a) Subprocesadores a menos que sea requerido o autorizado por el Controlador.
Subtratamiento. El Cliente acepta que Xxxxxxxx puede contratar a compañías afiliadas de Symantec o a terceros proveedores como Subencargados en virtud del Acuerdoy este Anexo (“Subencargados”) y le otorga, en este acto, a Symantec una autorizacióngeneral por escrito para la contratación de dichos Subencargados en la prestación de los Servicios. Symantec restringirá las actividades de Tratamiento realizadas por los Subencargados solo a lo estrictamente necesario para prestar los Servicios al Cliente de conformidad con el Acuerdo y este Anexo. Symantec impondrá obligaciones contractuales apropiadas por escrito a los Subencargados que no supongan un nivel de protección inferior que este Anexo, y Symantec seguirá siendo responsable del cumplimiento de los Subencargados con las obligaciones en virtud de este Anexo. Symantec pondrá a disposición del Cliente una lista de todos los Subencargados utilizados por Symantec en la prestación de Servicios en xxx.xxxxxxxx.xxx/xx/xx/xxxxxxx. Symantec puede modificar la lista de Subencargados agregando o reemplazando Subencargados en cualquier momento y cualquier cambio importante en la lista de Subencargados se divulgará en la ubicaciónespecífica del Servicio correspondiente en xxx.xxxxxxxx.xxx/xx/xx/xxxxxxx mediante notificación con treinta (30) días hábiles de anticipación a cualquier cambioque entre en vigor. El Cliente tendrá derecho a objetar a un nuevo Subencargados notificando a Symantec por escrito acerca de los motivos de su objeción dentro del períodode notificación de treinta (30) días mencionado anteriormente y, en tal caso, el Cliente tendrá derecho a cancelar los Servicios correspondientes.
Subtratamiento. Lenovo exigirá a todo subencargado del tratamiento que Lenovo designe para tratar los datos personales del responsable del tratamiento que cumpla las normas de protección de datos exigidas por la presente Adenda.

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  • Cumplimiento DEFECTUOSO

  • Reconocimiento 10.1 El Proveedor de servicios se compromete a otorgar el reconocimiento público, verbal y/o escrito al donante o donantes que aportan recursos a través de OIM, en todas las actividades públicas o privadas derivadas de la ejecución del presente Contrato, bien sea a través de publicaciones, como en los lugares físicos donde se implementará el Proyecto. Así mismo dicho reconocimiento se llevará a cabo en actividades tales como las inauguraciones, visitas de campo y entrevistas que se realicen a través de medios de comunicación. 10.2 Los eventos públicos, especialmente aquellos que pudieran contar con la presencia de medios de comunicación o de representantes de las entidades donantes, deberán incluir pendones de los donantes y de la OIM, o cualquier material que para el caso disponga la Unidad de Prensa de la OIM. Las obras de infraestructura derivadas de la ejecución del presente Contrato deberán incluir una placa conmemorativa de la inauguración de la obra, con los logos de todas las instituciones vinculadas formalmente al Proyecto. El diseño de tal placa deberá ser aprobado por la Unidad de Prensa antes de su producción. 10.3 A cada evento público al que asista el donante, la OIM, o el representante de la entidad gubernamental participante, el Proveedor de servicios deberá garantizarle un espacio en la mesa principal. 10.4 Ninguna contraparte está autorizada para producir ropa o material con logos del donante o de la OIM, ni de usar sus nombres emblemas o sellos sino cuenta con una autorización por escrito.

  • Mantenimiento MÁSMÓVIL reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por MÁSMÓVIL, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el Servicio de atención técnica de MÁSMÓVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.

  • INCUMPLIMIENTOS El PCP establecerá los supuestos de aplicación de penalización, que podrán contemplar la ejecución defectuosa de la prestación objeto del contrato, sobre consideraciones de tipo medioambiental o social, etc. Asimismo, la imposición de penalidades podrá estar referida a la demora en la ejecución del contrato, ya sea por retrasos en los plazos parciales o en el plazo total. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de RENFE. También se podrán imponer penalidades por incumplimiento de las condiciones que para la subcontratación se reflejan en estas Instrucciones, las cuales podrán alcanzar hasta el 50 por ciento del importe del subcontrato). Las penalidades que se establezcan en el PCP deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del importe de la adjudicación, si el PCP no señala otro porcentaje distinto. El procedimiento para la imposición de penalidades será el siguiente:  RENFE comunicará por escrito al Contratista la propuesta de penalización con la enumeración de los hechos que lo motiven.  El Contratista dispondrá de un plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del recibo de la comunicación anterior, para presentar las alegaciones que estime oportunas.  Una vez recibidas las alegaciones del Contratista (o transcurrido el plazo habilitado al efecto sin que se reciban), RENFE analizará las circunstancias concurrentes y resolverá lo que estime procedente, ratificando, anulando o modificando la penalización, que deberá notificarse al contratista en el plazo de quince días naturales a contar desde el día en que se adopte la citada resolución. Los pliegos indicarán las penalidades aplicables, su valoración, graduación en su caso, y la forma de abono que podrá contemplar la deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista, mediante compensación, o bien mediante incautación de la garantía definitiva que en su caso hubiese constituido, en cuyo caso quedará obligado a reponerla a su importe inicial.

  • Fallecimiento Certificado de Defunción del Asegurado, Certificación del Registro General de Últimas Voluntades y, si existiera testamento, Certificación del Albacea respecto a si en el mismo se designan Beneficiarios del seguro y los documentos que acrediten la personalidad de los Beneficiarios. Si los Beneficiarios fueran los herederos legales será necesario, además, el Auto Judicial o Acta Notarial, según el caso, de Declaración de Herederos. Asimismo, se deberá acreditar haber satisfecho el correspondiente Impuesto de Sucesiones o probar estar exento del pago del mismo.

  • INCUMPLIMIENTO “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------

  • Seguimiento 1.- LA EXIGENCIA DE CONSUMO DE DETERMINADOS PRODUCTOS. La empresa adjudicataria deberá utilizar en la prestación objeto del contrato productos ecológicos, de producción integrada, frescos y/o de temporada, así como de productos de Denominación de Origen Protegidos o con Indicaciones Geográficas Protegidas o equivalentes, en la prestación del servicio o en el contenido del suministro. La obligación, que será concretada por el órgano de contratación se establecerá bien sobre determinados productos (por ejemplo: verdura, fruta, carne, lácteos o pescados) o bien sobre un importe determinado o un porcentaje del precio calculado sobre el total del presupuesto destinado a la adquisición a los productos referidos en el párrafo primero. Véanse a este respecto los criterios de compra verde para alimentación (divididos entre comedor, catering puntuales y vending) de IHOBE en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/XxxxxxxxxxXxxxxx/Xxxxx.xxxx?XxXxxx=0XXX00X0-XXX0-0XX0-0000- 49D53CBBDF01&Idioma=es-ES Dicha obligación se acreditará mediante la presentación de una DECLARACIÓN RESPONSABLE. A tal fin, se entiende por agricultura ecológica el sistema de cultivo agrícola basado en la utilización óptima de los recursos naturales de manera sostenible y equilibrada, sin emplear productos químicos u organismos genéticamente modificados, ni para abono ni para prevenir las plagas, logrando de esta forma obtener alimentos orgánicos a la vez que se conserva la fertilidad de la tierra y se respeta el medio ambiente, conforme el Reglamento CE 834/2007, de 28 xx xxxxx de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos. El producto de producción integrada es aquel cultivado utilizando mecanismos de producción y métodos biológicos y químicos de control que intentan reducir los impactos medioambientales de la agricultura conforme el Real Decreto 1201/2002 por el que se regula la Producción Integrada de productos agrícolas y normas técnicas derivadas. El producto fresco se define conforme a los términos recogidos por el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español, o de las correspondientes reglamentaciones específicas de cada producto. Son productos de temporada aquellos que se cultivan al aire libre o que se pescan en cada temporada en la región, en línea con el calendario de productos de temporada recogidos en los criterios simplificados de compra verde de Ihobe : xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/XXX/0- COMEDORES_CRIT_SIMP_CAS.pdf Este criterio se aplicará respecto a las principales frutas, verduras y pescados recogidos en los menús a servir.

  • CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la entrega oportuna y adecuada de los bienes y servicios de la misma naturaleza objeto de este procedimiento. Los cuales están integrados de la siguiente forma: Elementos a evaluar del cumplimiento de contratos Puntos a otorgar por elemento evaluado Método de la evaluación Documento necesario para acreditar los aspectos a evaluar Numeral 3.25 Cumplimiento de Contratos Anexo 15 12 Analítico. - Se revisará que los contratos y garantías de cumplimiento presentadas para garantizar el cumplimiento del contrato hayan sido liberados o bien que se indique que fueron cumplidas en su totalidad las obligaciones contraídas. Un Mínimo de 2 Un Máximo de 5 La asignación de puntos se dará a los licitantes que habiendo cumplido lo anterior, se otorgará la mayor puntuación al licitante que presente la cantidad máxima de contratos estipulada con sus correspondientes cancelaciones de garantías o constancias de liberación, para el resto de los licitantes se repartirá en forma proporcional por regla de tres simple Copia integral de los contratos o, pedidos, convenios de compra-venta, órdenes de compra, así como de sus anexos, cuyo objeto sea la Instalación de equipos telecomunicaciones de voz y datos, redes de voz y datos, telefonía IP y en lo general cualquier servicio relacionado con comunicaciones. • Los documentos no serán considerados si no permiten identificar el objeto del contrato o bien, si no se presenta la constancia de liberación o documento que acredite el cumplimiento del mismo • A los licitantes que presenten el mismo número de contratos se les otorgara la misma cantidad de puntos. Así como respecto de cada uno de ellos el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento de cada uno de estos, de acuerdo a los documentos que se indican en el numeral 3.25 • Si algún licitante presenta una cantidad mayor a la cantidad máxima establecida de contratos, los contratos excedentes no serán considerados para la evaluación Si el licitante no presenta por lo menos la cantidad mínima de contratos no se le asignaran puntos en este rubro • Se verificara que se presente la cantidad mínima requerida de contratos • Se verificara que los documentos presentados hayan expirado su vigencia previa al acto de presentación y apertura de propuestas. • Se verificara que los contratos se hayan presentado completos y que aquellos que correspondan a dependencias o entidades públicas se encuentren debidamente firmados, los contratos que no cumplan con este requisito no serán considerados en la evaluación. • Se verificara que por cada contrato se haya presentado el documento, en los términos del numeral 3.23, que acredite el total cumplimiento de sus obligaciones, los casos en que no se presente tanto el contrato como el documento en el que conste el cumplimiento del mismo, no serán considerados dentro de la evaluación. Posteriormente a la evaluación de puntos y porcentajes se determinará como propuesta solvente técnicamente aquélla que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica cumpla con un mínimo de aceptación de 45 puntos del total de los rubros y que cumpla con el total de los requisitos solicitados en la presente convocatoria. La propuesta que no acumule un mínimo de 45 puntos en la evaluación técnica será considerada como no solvente y por tanto, de conformidad con el Articulo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, será DESECHADA por la CONVOCANTE Los licitantes que cumplan técnicamente con este mínimo de puntaje serán susceptibles de ser evaluados económicamente. La evaluación de los precios ofertados se realizará conforme al artículo 36 Bis Fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.