USO DE LOS VEHÍCULOS Cláusulas de Ejemplo

USO DE LOS VEHÍCULOS. Las Partes” convienen en que los vehículos arrendados se usarán para dar apoyo a las actividades y servicios del Departamento de Parques y Jardines y del Departamento de Servicios Generales, ambos del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, sin ser limitativo a que pueda ser utilizado por alguna otra dependencia perteneciente al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango. DESCRIPCIÓN CAPACIDAD DESTINO
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará al Servicio Técnico Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: ▪ Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio. ▪ Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado. ▪ Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. ▪ Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. ▪ Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. ▪ Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios. ▪ Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública. ▪ Todos los vehículos deberán cumplir con la normativa legal de seguridad aplicable a los mismos y en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. ▪ Todos los vehículos automóviles que deban someterse a la Inspección Técnica de Vehículos. Lo harán según establece la normativa en vigor.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La empresa adjudicataria comunicará a la Dirección Técnica Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: -Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio. -Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado, etc... -Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos para mantenerlos limpios en todo momento. -Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. -Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. -Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios. -Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública. -Ningún vehículo adscrito al servicio podrá ser empleado para otra finalidad salvo autorización expresa de la Dirección Facultativa, ni podrá salir del termino municipal de Pontevedra sin la pertinente autorización municipal.
USO DE LOS VEHÍCULOS. A. “EL LICITANTE” adjudicado proporcionará un vehículo sustituto temporal en caso de mantenimiento, descompostura o falla mecánica recurrente, que persista por más de 2 (dos) ocasiones, tales como calentamiento de motor, fallas en el sistema electrónico, defectos en el sistema de suspensión y caja de velocidades, entre otros. El cambio se realizará en un lapso no mayor a 24 horas en la Ciudad de México, Área Metropolitana y en el resto de las entidades federativas será de 120 horas, previa emisión del diagnóstico del taller correspondiente o el reporte del seguro en el caso de pérdida total, sin cargo al SNICS.
USO DE LOS VEHÍCULOS. 3.1 Sistema de monitoreo y geolocalización (GPS). “EL PROVEEDOR” instalará en cada vehículo un rastreador satelital (GPS), para el seguimiento y control de los mismo. Durante la vigencia del contrato, “EL PROVEEDOR” será responsable del pago del servicio de envío y recepción de datos para el correo funcionamiento del dispositivo GPS. “EL PROVEEDOR” proporcionará a “EL MUNICIPIO” un sistema informático para el monitoreo y control de los vehículos que permita su consulta vía web desde cualquier equipo de cómputo con conexión a internet, que cuente al menos con las siguientes funciones: Visualización de los vehículos en una proyección cartográfica digital. Creación de geocercas, en un área geográfica definida por el administrador para delimitar el recorrido de los vehículos. Consulta sobre la ubicación y actividad de los vehículos las 24 horas del día, los 365 días del año (ubicación, tiempo xx xxxxxx, tiempo de conducción, distancias recorridas, odómetros, consumo y rendimiento de combustible).
USO DE LOS VEHÍCULOS. El OFERENTE proporcionará un vehículo sustituto temporal en caso de mantenimiento, descompostura o falla mecánica recurrente, que persista por más de 2 (dos) ocasiones, tales como calentamiento de motor, fallas en el sistema electrónico, defectos en el sistema de suspensión y caja de velocidades, entre otros. Este deberá proveerse de manera inmediata en un lapso no mayor a 24 horas en la Ciudad de México, Área Metropolitana y en el resto de las entidades federativas será de 60 horas. En caso de que la falla afecte la funcionalidad original del vehículo y/o las características originales del mismo, procederá la sustitución definitiva (reposición) del vehículo. El cambio se realizará en un lapso no mayor a 24 horas en la Ciudad de México, Área Metropolitana y en el resto de las entidades federativas será de 60 horas, previa emisión del diagnóstico del taller correspondiente o el reporte del seguro en el caso de pérdida total, sin cargo a LAS PARTICIPANTES. El OFERENTE realizará a favor de LAS PARTICIPANTES, el reemplazo de una unidad por otra de iguales o superiores características, cuando se presente descompostura o falla mecánica recurrente durante los primeros 6 (seis) meses a partir de la entrega inicial del vehículo y que persista por más de 2 (dos) ocasiones, tales como calentamiento de motor, fallas en el sistema electrónico y caja de velocidades o defectos en el sistema de la suspensión, así como en el caso de siniestro dictaminado como pérdida total, entre otros. El cambio se realizará en un lapso no mayor a 48 horas en la Ciudad de México, Área Metropolitana y en el resto de las entidades federativas será de 120 horas, previa emisión del diagnóstico del taller correspondiente o el reporte del seguro en el caso de pérdida total, sin cargo a LAS PARTICIPANTES. El OFERENTE sustituirá el vehículo entregado por una unidad nueva similar, de características iguales o superiores, o del modelo más reciente en el mercado y de las mismas características, cuando éste haya recorrido más de 180,000 kilómetros. El OFERENTE contará con todo aquello que garantice la disponibilidad y el correcto funcionamiento de las unidades objeto del SERVICIO contratado. El OFERENTE, entregará dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al mes de ocurrencia, el reporte de multas por infracciones al Reglamento de Tránsito de la entidad federativa que corresponda, ocurridas en el mes anterior y que sean notificadas por la autoridad correspondiente. En el caso de Entidades F...
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará al responsable del contrato las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones:  Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado.  Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos.  Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita.  Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto.  Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará al Servicio Técnico Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: • Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado. • Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. • Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. • Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. • Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios.
USO DE LOS VEHÍCULOS. 6.3.1. K-PARTNERS S.A.P.I. DE C.V. contará con cuatro vehículos sustitutos (2 pick up con conversión a patrulla de policía y 2 sedanes con conversión a patrulla de tránsito), los cuales serán unidades seminuevas o usadas con características y especificaciones técnicas iguales o similares a “LOS VEHICULOS” establecidos en el contrato, a efecto de continuar con la prestación del servicio en caso de que “LOS VEHICULOS” se encuentren en mantenimiento, descompostura y/o sean objeto de un siniestro. El vehículo sustituto se proporcionará en un plazo no mayor a 48 horas contados a partir de que “LOS VEHICULOS” entren a mantenimiento, o bien, que se presente la eventualidad de descompostura o siniestro.

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  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Ofertas alternativas de los Oferentes 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio.

  • MODELO DE CONTRATO El modelo de Contrato al que se sujetará el Licitante Adjudicado será el contenido en el Apartado K, el cual previo a su firma deberá ser requisitado por la Contratante con la información legal y fiscal de las partes, integrando los anexos correspondientes, observando lo dispuesto en el Capítulo VIII de la Ley y Capítulo IX del Reglamento. El Apartado K, no se deberá anexar a la Propuesta Técnica.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente acuerdo causa estado en vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra él se puede interponer recurso contencioso-administrativo en única instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 15 de octubre de 2010

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • Tratamiento de datos de carácter personal Por tratamiento de datos de carácter personal se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo sexta de TRLCSP, y a las siguientes reglas: 1. La contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento. 2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada. 3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero. 4. La contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Este deber perdurará aún después de que el contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución. 5. La contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato: a) A este respecto, la empresa deberá entregar al órgano de contratación antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante el curso de la ejecución del contrato fuera necesario incorporar o dar de baja a personal, la empresa adjudicataria entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la empresa adjudicataria como todo el personal que figure en estas relaciones deberán comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.

  • CONTENIDO DE LOS SOBRES 15.1. SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS. 1) Declaración responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 LCSP, cuyo modelo consiste en el documento europeo único de contratación (DEUC) adjunto como anexo VIII, aprobado a través del Reglamento (UE) nº 2016/7, de 5 de enero (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx), que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación. De conformidad con lo establecido en la parte II, sección A, quinta pregunta, dentro del apartado titulado “Información general” del formulario normalizado del documento europeo único de contratación, las empresas que figuren inscritas en una “lista oficial de operadores económicos autorizados” solo deberán facilitar en cada parte del formulario aquellos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas “listas oficiales”. En España, las empresas no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada en el Registro de Licitadores que corresponda, ya sea el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o el Registro Oficial de Contratistas de Euskadi, siempre y cuando las empresas incluyan en el formulario normalizado del documento europeo único de contratación (DEUC) la información necesaria para que el órgano de contratación pueda realizar el acceso correspondiente (dirección de internet, todos los datos de identificación y, en su caso, la necesaria declaración de consentimiento). Para el caso de que la empresa se encuentre inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro Oficial de Contratistas de Euskadi, la empresa licitadora deberá asegurarse de qué datos se encuentran inscritos y actualizados en dichos Registros y cuáles no están inscritos o estándolo no están actualizados. En lo que respecta a empresas no nacionales procedentes de Estado Miembros de la UE, tanto el órgano de contratación como las empresas interesadas tienen a su disposición el depósito de certificados en línea e-Certis, en el cual consta: una lista completa y actualizada de los documentos y certificados que en cada Estado son susceptibles de ser utilizados por las empresas interesadas como medio de prueba del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a una licitación pública, así como una lista de los Registros de licitadores o de otro tipo y de las bases de datos que expiden estos certificados y documentos. 2) Integración de la solvencia con medios externos. 3) Uniones Temporales de Empresarios. 4) Empresas vinculadas. 5) Dirección de correo electrónico.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -