VALORIZACIONES Y PAGOS. 10.01 Las valorizaciones serán quincenales o mensuales tendrán el carácter de pagos a cuenta., serán elaboradas por el Supervisor y el Contratista, en función de los metrados ejecutados, con los Precios Unitarios del Valor Referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad. El subtotal obtenido se multiplicará por el factor de relación, calculado hasta la quinta cifra decimal. A éste monto se agregará, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
10.02 Los metrados de obra serán formulados conjuntamente por EL CONTRATISTA y el SUPERVISOR, el último día de cada quincena o mes y deberán ser valorizados también en forma conjunta, debiendo presentarse a LA MUNICIPALIDAD a mas tardar cinco (5) días de transcurrido la quincena o mes. Este último plazo corresponde a la aprobación de la valorización por el Supervisor.
10.03 Si el SUPERVISOR no se presenta para la valorización conjunta con el Contratista, la efectuará EL CONTRATISTA. El Supervisor deberá revisar los metrados durante el periodo de aprobación de la valorización.
10.04 Las valorizaciones y de ser el caso los presupuestos adicionales por obras complementarias realizadas, se abonarán conjuntamente con sus respectivos reajustes, los que se calcularán de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 011–79–VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, acompañando los CONTROLES DE CALIDAD correspondientes de las etapas constructivas.
10.05 EL CONTRATISTA presentará en su Primera Valorización dos (02) tomas fotográficas del terreno antes del inicio de la Obra, para la segunda Valorización presentará dos (02) fotografías de la ejecución de la obra y dos (02) fotografías para la Valorización final.
10.06 Las valorizaciones por concepto de contrato principal, reajustes por alzas, adicionales, mayores gastos generales y otros, serán cancelados en la fecha no posterior al último día del mes siguiente al que corresponde la valorización. Los funcionarios que tengan a su cargo la revisión y/o visación de los metrados, el procesamiento, aprobación, trámite de valorizaciones por concepto de contrato principal, reajuste por alzas, adicionales mayores gastos generales y otros, en la medida que intervengan serán responsables de que las valorizaciones se remitan a las dependencias pagadoras para su cancelación, dentro de los doce (12) días naturales contados a partir de su recepción y en dichas dependencias pagadoras, los funcionarios que i...
VALORIZACIONES Y PAGOS. Las valorizaciones serán mensuales y tendrán el carácter de pagos a cuenta. Serán elaboradas por el inspector o Supervisor y el Contratista, en función de los metrados ejecutados, con los Precios Unitarios del Valor Referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad. El sub. total obtenido se multiplicara por el factor de relación, calculando hasta la xxxxxx xxxxx xxxxxxx. X xxxx monto se agregara el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Los metrados de obra serán formulados conjuntamente por EL CONTRATISTA y el INSPECTOR O SUPERVISOR, el último día de cada mes y deberán ser valorizados también en forma conjunta, debiendo presentarse al GOBIERNO REGIONAL TUMBES a mas tardar el cinco (5) días de transcurrido el mes. Este último plazo corresponde a la aprobación de la valorización por el inspector o Supervisor, cual fuera el caso. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con EL CONTRATISTA, la efectuará EL CONTRATISTA. El Supervisor deberá revisar los metrados durante el periodo de aprobación de la valorización.
VALORIZACIONES Y PAGOS. Valorizaciones y metrados
VALORIZACIONES Y PAGOS. 11.01 Los pagos al Prestador de Servicio, se efectuarán mediante valorización única una vez concluido su estudio y otorgada la respectiva conformidad.
11.02 El Plazo máximo para otorgar la conformidad al trabajo presentado por el Prestador de Servicio a LA MUNICIPALIDAD, xx xxxx (10) días naturales de recibido.
11.03 La valorización única por concepto de contrato principal será cancelada en el plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha en que se otorgó la conformidad respectiva, salvo el caso en que las observaciones efectuadas por LA MUNICIPALIDAD no hubieran sido subsanadas en forma oportuna.
11.04 A partir del vencimiento del plazo establecido en el Numeral anterior, el Prestador de Servicio tendrá derecho al reconocimiento del interés legal de conformidad con el Artículo 1244° del Código Civil. El pago de estos intereses se efectuará en las valorizaciones siguientes.
VALORIZACIONES Y PAGOS. EL RESIDENTE DE OBRA presentará los Informes Técnicos en forma Mensual el cual contendrá las valorizaciones, visadas por el Inspector, mediante mesa de Partes, los pagos se realizaran a la CONFORMIDAD de la gerencia de Obras de LA MUNICIPALIDAD.
VALORIZACIONES Y PAGOS. El pago se realizará en dos armadas, en cada caso la Unidad Formuladora, evacuará un informe de cumplimiento del trabajo realizado el que finalmente será visado por la Gerencia Subregional de Huaytará.
VALORIZACIONES Y PAGOS. La Valorización será a pedido del CONTRATISTA, la elaborarán conjuntamente el supervisor con EL CONTRATISTA, ciñéndose a lo dispuesto en los Art. Nº 255º y 257º del D. S. Nº 084-2004-PCM, adjuntando para ello los folios registrados correspondientes a la obra en cada Valorización. La cancelación de las Valorizaciones y Presupuestos Adicionales de existir, se realizaran en un plazo establecido en la propuesta de Financiamiento presentada por EL CONTRATISTA, cuyo periodo periodo de amortización corresponde a: Financiado por 90 días por el monto de S/. 514,911.53 (Quinientos catorce mil novecientos once y 53/100 Nuevos Soles).
VALORIZACIONES Y PAGOS. Las valorizaciones y pagos serán por periodo trimestraldel monto de supervisión proporcional al avance xx xxxxx tendrán el carácter de pagos a cuenta,serán presentadas hasta el día cinco del mes siguiente al que corresponde los servicios desupervisión.
VALORIZACIONES Y PAGOS. Los pagos al Consultor, por el servicio de Supervisión de la Obra que corresponde al 90% del Monto del contrato, se efectuará mediante Valorizaciones Mensuales cuyo monto será proporcional al porcentaje de avance físico de la Obra, el 10% restante corresponde al Servicio de elaboración del informe final y se pagará a la aprobación del mismo, de acuerdo a indicado en el numeral 17.00 De las Valorizaciones y Pagos de las Bases. Las Valorizaciones de EL CONSULTOR, serán respaldadas por la presentación oportuna de los Informes Mensuales y otros adicionales de acuerdo a lo indicado en el numeral 8.00 de los Términos de Referencia, así como el Informe final que deberá presentar el Supervisor El Informe Mensual será presentado en original y copia dentro de los cinco (5) primeros días naturales de cada mes. El Informe Final deberá ser entregada dentro del plazo indicado en el Numeral 17.02 de las Bases. El Plazo máximo de aprobación de los Informes Parciales presentados por EL CONSULTOR a EL MINISTERIO, incluido la subsanación de observaciones, será xx xxxx (10) días naturales de recibidos. Las valorizaciones mensuales serán pagadas en un plazo xx Xxxx (10) días naturales contados desde la fecha de aprobado el respectivo Informe Mensual, salvo el caso en que las observaciones efectuadas por EL MINISTERIO a los Informes Parciales que respaldan la valorización, no hubieran sido subsanadas en forma oportuna. A partir del vencimiento del plazo establecido en el Numeral anterior, el Contratista tendrá derecho al reconocimiento del interés legal de conformidad con el Artículo 1244° del Código Civil. El pago de estos intereses se efectuará en las valorizaciones siguientes.
VALORIZACIONES Y PAGOS