Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, la mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos B y B1 del cuadro-resumen, e identificando la mejor oferta puntuada. Cuando se produzca empate entre ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en los párrafos siguientes. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de Contratación remitirá al Órgano de Contratación, junto con el Acta, la correspondiente propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos VI y VII e identificando la económicamente más ventajosa.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de contratación remitirá al Órgano de contratación, junto con el Acta, la correspondiente propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos VI y VII e identificando la económicamente más ventajosa. Cuando no se haya previsto en el Anexo VII criterios de desempate o, cuando previstos y aplicados el empate persistiera entre la puntuación global de dos o más licitadores, éste se dirimirá según lo previsto en el art.12 Ley 3/2011. A tal efecto, la Mesa de contratación requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el Anexo III pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación de los criterios que se mencionan en el artículo 147 LCSP, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: En el caso de que no se hubiese previsto de manera expresa el orden de prelación de criterios de desempate en una licitación en concreto y se produzca un empate entre dos o más proposiciones desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, éste se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios: En primer lugar, menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. En segundo lugar, proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En tercer lugar, proposiciones de empresas de inserción que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para tener esta consideración. Si aún persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. Si tras la aplicación de todos los criterios continuara el empate, se procederá a sorteo público para determinar el adjudicatario. La Universidad requerirá al licitador o licitadores que hayan presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se relaciona en el Modelo correspondiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señ...
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de Contratación remitirá al Órgano de Contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas por aplicación de los criterios indicados en el Pliego e identificando la oferta mejor puntuada.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, el Órgano de Xxxxxxxxxx remitirá al Órgano de Contratación, junto con el Acta, la correspondiente propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos V y VI e identificando la más ventajosa.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez hayan sido valoradas las ofertas conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 11.1 de este Pliego, la Mesa de Contratación procederá a realizar una suma aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada uno de los licitadores en los criterios de valoración. La Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación ante el Órgano de Contratación en favor de la oferta económicamente más ventajosa en su conjunto que será la que alcance mayor puntuación en dicha suma. En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, disponga del mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en su plantilla. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a INTERBIAK, mientras no se haya formalizado el contrato. Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación de INTERBIAK por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá optar por declarar desierta la licitación cuando no se haya presentado ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación que figuran en este pliego.
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el Anexo
Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de contratación remitirá al Órgano de contratación, junto con el Acta, la correspondiente propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios de adjudicación, e identificando la económicamente más ventajosa. Cuando se produzca un empate en los términos de las ofertas presentadas por dos o más licitadores desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación del contrato, tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 %, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Si todavía persistiera el empate, se resolverá mediante sorteo realizado en acto público en la sede del órgano de contratación.