Riesgos y Responsabilidades Cláusulas de Ejemplo
Riesgos y Responsabilidades. Indemnizaciones El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al Personal del Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados) relacionado con: (a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualesquiera personas, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo que sean atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes, y (b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes raíces o personales (aparte de las Obras), en la medida en que dicho daño o pérdida se produzca como resultado o en el curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo y en la medida en que dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante, sus respectivos representantes o cualquier persona directa o indirectamente empleada por cualquiera de ellos. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al Personal del Contratista y sus respectivos representantes frente a y de cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados ) relacionados con (1) lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes, y (2) los asuntos en los que la responsabilidad al respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme se describe en los incisos (d) (i), (ii) y (iii) de la Subcláusula 18.3 [Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad].
Riesgos y Responsabilidades. El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al Personal del Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados) relacionado con:
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualesquiera personas, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo que sean atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o
Riesgos y Responsabilidades. Reglas de responsabilidad
(i) El Transportador ejercerá la custodia sobre el Crudo del Remitente a partir del momento en que el Remitente, o quien éste designe, lo entregue en el Punto de Entrada, y hasta el Punto de Salida.
(ii) El Transportador no será responsable por las consecuencias que el incumplimiento que se genere en las Entregas y los despachos por parte del Remitente.
(iii) El Transportador no será responsable por los daños o deterioro que pueda sufrir el Crudo Mezcla o segregado del Remitente, tal como contaminación con materias extrañas, decoloración, contaminación por el contacto de los diferentes tipos de Crudo, entre otros, si el daño o deterioro se debe a Eventos Justificados, vicio propio del crudo o culpa imputable al Remitente. En el evento de que ocurriera alguno de los casos enumerados anteriormente y resultaren involucrados uno o más Remitentes o Terceros, la totalidad de los Crudos afectados serán prorrateados entre los Remitentes o Terceros en proporción a la propiedad de cada uno de los crudos involucrados, sin perjuicio de las indemnizaciones posteriores a que haya lugar entre los Remitentes o Terceros afectados. El Transportador preparará la información correspondiente al volumen de Crudo afectado y la proporción que le corresponde a cada Remitente.
(iv) Mientras que el Transportador esté en posesión del Crudo del Remitente, no será responsable por cualquier pérdida, deterioro o daño en el mismo, ocasionados por el incumplimiento del Remitente, una demora en la Entrega del Crudo, o cualquier otra causa que no se deba a la culpa grave o dolo del Transportador.
(v) El Transportador no asumirá responsabilidad alguna por el rechazo o penalización que sufra el Remitente a causa de Entregas de Crudos que, a juicio del Transportador, puedan afectar, en razón de su calidad, la operación del Oleoducto y/o la Calidad de la mezcla de Crudos, así como su comercialidad.
(vi) Ni el Transportador ni el Remitente serán responsables por los daños, pérdidas, demoras, perjuicios o por cualquier incumplimiento, causados por Eventos Justificados, fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo con la normatividad colombiana. Las situaciones de caso fortuito, fuerza mayor o Evento Justificado deberán invocarse y manejarse de conformidad con lo previsto para el efecto en el Manual del Transportador. En caso de ocurrir cualquier Evento Justificado, fuerza mayor o caso fortuito, de ser el caso el Transportador recalculará la Capacidad Efectiva y se procederá nu...
Riesgos y Responsabilidades. El alumno manifiesta en este acto ser consciente de los riesgos que, por causas fortuitas o de fuerza mayor, pudiera implicar para la integridad personal la realización de un curso de vuelo en avión. Por ello exime de manera expresa, de toda responsabilidad a la Escuela ante cualquier accidente que pudiera ocasionarse en vuelo o en tierra con la aeronave en el transcurso de las clases de vuelo en avión, siempre que éste no se produjera como consecuencia de una mala actuación del instructor o de mala condición de la aeronave, en cuyo caso la Escuela asumirá la responsabilidad que legalmente proceda. Canavia tiene contratados los seguros de responsabilidad civil legalmente exigidos para cubrir las responsabilidades que se pudieran derivar de los servicios de formación contratados. De las franquicias del seguro de las aeronaves por un máximo de 5.000 € se hará cargo el alumno cuando los daños causados hayan sido responsabilidad del mismo por encontrarse como piloto al mando o solo, así como por negligencia, incumplimiento de los procedimientos establecidos o indebida aplicación de las instrucciones recibidas. Se prohíbe expresamente al alumno acceder, manipular y/o pilotar la aeronave sin la presencia o autorización del instructor a signado. El incumplimiento de esta prohibición exime a la Escuela de cualquier indemnización al alumno por daños ocasionados, asumiendo el alumno toda responsabilidad derivada de ello, pudiendo la Escuela reclamar a éste o sus herederos legales los daños y perjuicios que se pudieran haber ocasionado a la aeronave o a terceros como consecuencia del incumplimiento de la presente cláusula. El artículo 34 de la Ley 21/2003 de 7 de Julio de Seguridad aérea, obliga al personal aeronáutico a ejercer las funciones y realizar las actividades propias de su clase sólo cuando se esté en posesión de un título habilitante, válido y eficaz, para ello y cumplir las condiciones, limitaciones y obligaciones establecidas en el propio título y en la normativa que lo regule, y abstenerse de ejercer dichas funciones y de realizar tales actividades en caso de disminución de la capacidad física o psíquica requerida. Para ello, por la firma del presente contrato, el alumno presta su consentimiento expreso a CANAVIA para la realización de pruebas para la detección del consumo de alcohol y sustancias estupefacientes, psicotrópicas o de efectos análogos, en cualquier momento durante la instrucción, y a que CANAVIA sea informada del resultado. En caso de resu...
Riesgos y Responsabilidades. 9.01. Reglas de responsabilidad Sin perjuicio de las demás disposiciones sobre riesgos y responsabilidades contenidas en el Manual del Transportador, aplicables al presente Contrato, éste se regirá por las siguientes reglas de responsabilidad: (i) El Transportador ejercerá la custodia sobre el Crudo del Remitente a partir del momento en que el Remitente, o quien éste designe, lo entregue en el Punto de Inyección, y hasta el Punto de Salida. (ii) El Transportador no será responsable por las consecuencias que el incumplimiento en las Entregas y los despachos por parte del Remitente generen en la programación, compromisos de exportación o ventas nacionales de los Remitentes y/o transportadores del Subsistema de Transporte aplicable al Remitente. (iii) EI Transportador no será responsable por ningún daño o deterioro que pueda sufrir el Crudo del Remitente, tal como contaminación con materias extrañas, decoloración, contaminación por el contacto de los diferentes tipos de Crudo, entre otros, si el daño o deterioro se debe a Eventos Justificados, vicio propio del Crudo o culpa imputable al Remitente. En el evento de que ocurriera alguno de los casos enumerados anteriormente y resultaren involucrados uno o más Remitentes, la totalidad de los crudos afectados serán prorrateados entre los Remitentes o Terceros en proporción a su propiedad sobre cada uno de los Crudos involucrados, y sin perjuicio de las indemnizaciones posteriores a que haya lugar entre Ios Remitentes o Terceros afectados. El Transportador preparará la información correspondiente al volumen de Crudo afectado y la proporción que le corresponde a cada Remitente.
Riesgos y Responsabilidades. Será de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad, derivado del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados a su propio personalmente. El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, la omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
Riesgos y Responsabilidades a) Desde la fecha en que los Bienes sean entregados al CLIENTE conforme a lo señalado en la cláusula tercera de este Contrato, éste asume todos los riesgos por daños o deterioros totales o parciales, que puedan sufrir los Equipos y Accesorios que componen los Bienes arrendados por cualquier causa, incluido el uso indebido y el caso fortuito, sin limitación alguna. Asimismo, el CLIENTE será responsable por cualquier pérdida de información que se produzcan a consecuencia xx xxxxxx de los Equipos y/o Accesorios que componen los Bienes recibidos en arriendo. El CLIENTE deberá informar al ARRENDADOR de todo daño, accidente o deterioro que sufran los Bienes, en forma inmediata, cualquiera fuere su causa o cuantía.
Riesgos y Responsabilidades. El Proveedor es responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios y/o suministro de productos objeto del Pedido, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna x XXXXXX IP. El Proveedor responderá de todos los daños y menoscabos que pudieran sobrevenir sobre los bienes objeto del Contrato de compraventa hasta su entrega en los locales xx XXXXXX IP o en aquel otro lugar designado por éste para la entrega de los mismos y, por tanto, concertara todos los seguros necesarios para cubrir toda clase de riesgos sobre dichos bienes hasta que la entrega tenga lugar y, en particular, de daños y transporte. Toda notificación o comunicación que deba realizar cualquiera de las Partes a la otra en virtud de este Pedido o relativas al mismo se realizarán por escrito, estarán firmadas por la Parte que las realice o en su nombre, y se dirigirán al domicilio indicado en el Pedido como dirección de entrega.
Riesgos y Responsabilidades. El Usuario reconoce, entiende y acepta que al interactuar con y en el Sitio y la Plataforma deberá, de manera enunciativa más no limitativa:
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