SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El PRESTADOR se compromete, a fin de facilitar el seguimiento de la ejecución del Contrato, a remitir periódicamente al CLIENTE información y/o documentación sobre el estado de las actividades desarrolladas en ejecución del presente Contrato. No obstante, el CLIENTE se reserva la facultad de exigir al PRESTADOR otra información o documentación adicional que pudiera necesitar para poder realizar un correcto seguimiento de la prestación de servicios y, en su caso, bajo la debida justificación que le incumbe en cumplimiento de la normativa aplicable que corresponde.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, actuará como interlocutor con el contratista, en representación del Ayuntamiento, el técnico del Servicio de designado por el órgano de contratación como responsable del contrato. Por consiguiente será este Servicio quien mantendrá la relación con el Director Técnico del Proyecto designado por el contratista. En los aspectos relacionados con el mantenimiento del edificio tendrá también capacidad de interlocución la persona que esté llevando las labores de mantenimiento del edificio e instalaciones incluidas en el contrato.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El control y seguimiento de la realización de las prestaciones objeto del contrato correrá a cargo de personal adscrito al Negociado de informática. El responsable del seguimiento del contrato deberá firmar la conformidad con el servicio prestado, después de realizar las oportunas comprobaciones..
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, actuará como interlocutor con el contratista, en representación del Ayuntamiento de Madrid, el técnico de la Dirección General de Coordinación Territorial designado por el órgano de contratación como responsable del contrato. Por consiguiente será esta Dirección General quien mantendrá la relación con el Director Técnico del Proyecto designado por el contratista. Dada la diversidad de prestaciones que contempla el contrato, para llevar a cabo dicha labor, la mencionada Dirección General contará con el apoyo de las siguientes Direcciones Generales del Ayuntamiento de Madrid: • La Dirección General de Contratación y Servicios, a la que le corresponderá el seguimiento y control presupuestario, y económico-financiero del contrato así como la tramitación de las incidencias que en materia de contratación puedan surgir a lo largo de la ejecución del contrato. • La Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 que velará por el seguimiento y control de los ahorros obtenidos durante la ejecución del contrato a través de los sistemas y protocolos de verificación previstos en el pliego así como por el cumplimiento de los compromisos de ahorro y eficiencia ofertados por el licitador. • La Dirección General de Educación y Juventud que valorará e informará con carácter previo a su realización, todas aquellas actuaciones que derivadas de la ejecución del contrato puedan afectar al normal funcionamiento de las actividades educativas. • La Dirección General de Patrimonio a la que le compete el control de la relación de las instalaciones y que decidirá, en caso de la existencia de diversas soluciones técnicas alternativas para los supuestos previstos en el artículo 4.3 del PPT, cual de ellas debe incorporarse al centro consumidor de energía.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Durante ejecución de las Obras, las cláusulas contractuales propias de los temas MSSS permiten sancionar a una empresa que no cumpla con los requisitos de las Especificaciones MSSS. El seguimiento de las no‑conformidades con respecto a las Especificaciones MSSS será realizado por el Ingeniero, como se especifica en las Especificaciones MSSS. Una no-conformidad de nivel 3 (nivel máximo) implicará la suspensión de pago hasta que sea resuelta, y en algunos casos, implicará la suspensión de las Obras. Además, toda actividad en un sitio del Área del Proyecto solo podrá comenzar si la información proporcionada por el Contratista garantizando el cumplimiento de las Especificaciones MSSS en este sitio es aprobada por el Ingeniero. Finalmente, la identificación de los precios MSSS asegurará que las actividades MSSS no realizadas no serán remuneradas. Las Espificaciones MSSS especifican la frecuencia y el contenido de los informes de actividades MSSS que debe proporcionar la empresa de Obras de construcción. Estos informes mensuales contendrán las informaciones siguientes: Lista del personal MSSS presente al final del mes; Obras de construcción durante el mes; Inspecciones realizadas (localización y frecuencias); No-conformidades detectadas durante el mes y descripción del análisis de las causas correspondientes y de las medidas correctivas implementadas; Acciones realizadas durante el mes para remediar a las no-conformidades y para manejar los riesgos e impactos ambientales, sociales, de salud y de seguridad; Acciones emprendidas con las partes involucradas al exterior del Área del Proyecto: poblaciones vecinas, autoridades locales, agencias gubernamentales, etc.; Resultados del seguimiento de los indicadores siguientes (efluentes, producción de residuos, emisiones atmosféricas, etc.) Contrataciones, número de puestos y número de horas de trabajo realizadas por el Personal local del Contratista Estadísticas Salud y Seguridad: número de accidentes y gravedad, enfermedades graves, faltas graves del Personal del Contratista; inclusive el análisis de las causas correspondientes y las medidas correctivas implementadas; Dado el caso, quejas formales o informales relativas a los riesgos e impactos medioambientales, sociales, de salud o de seguridad de las Obras; incluyendo el análisis de las causas correspondientes y las medidas correctivas implementadas; Evaluación de las actividades de formación (tema, número y duración de las sesiones, número de participantes); Program...
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El Cuidador se compromete, a fin de facilitar el seguimiento de la ejecución del Contrato, a informar sobre cualquier incidencia que pueda surgir en el desarrollo de la prestación del Servicio y a remitir periódicamente al Cliente información sobre la situación y el estado de las Mascotas. No obstante, el Cliente se reserva la facultad de exigir al Cuidador cualquier otra información o documentación adicional que pudiera estimar necesaria para comprobar la correcta prestación del Servicio. DOGCLAN EL COLE DE LOS PERROS, S.L., con domicilio en CALLE XXXXXX XXXXX XXXXXX, 24, CIF/NIF núm. X00000000 e inscrita en: Registro Mercantil de Madrid, con los siguientes datos: tomo 43.447, libro 0, folio 141,sección GNE, hoja 767.387
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El personal de limpieza que preste su servicio en las funciones que le son propias, deberá estar en todo momento sujeto a las normas de conducta, decoro y comportamiento genéricas para el personal municipal, independientemente de las normas que a este respecto deba cumplir por pertenecer a la empresa de limpieza adjudicataria. El personal de limpieza, obligatoriamente comunicará, al personal responsable de cada edificio o servicio municipal cualquier situación que considere anómala o extraordinaria, para que sea subsanada, corregida o simplemente conocida y advertida, por dicho personal. Es aconsejable que el personal de cada edificio sea siempre el mismo, con el fin de que conozca la dinámica de trabajo de ese centro. La empresa adjudicataria se hará cargo de los daños causados del inadecuado uso de productos de limpieza o de un inadecuado procedimiento en la realización de los trabajos. Las empresas deberán presentar y poner en marcha un plan operativo que permita controlar el servicio en cuanto a organización, asistencia y presencia de los trabajadores en sus puestos de trabajo, con objeto de garantizar y mantener o mejorar la calidad del servicio, que estará a disposición el Ayuntamiento. El control y seguimiento de la realización de las prestaciones objeto del contrato correrá a cargo de personal adscrito al Servicio de Gestión Económica y Presupuestos en los edificios municipales, y del Servicio de Educación en los colegios. El control y seguimiento de las obligaciones derivadas de las cláusulas sociales, tanto señaladas como criterios de adjudicación como las señaladas como obligaciones esenciales, correrá a cargo de personal adscrito al Servicio Municipal de Bienestar Social. El responsable del seguimiento del contrato deberá firmar la conformidad con el servicio prestado, después de realizar las oportunas comprobaciones. En el caso de que la prestación del servicio no fuese conforme en alguno de los inmuebles incluidos en el contrato, el Ayuntamiento comunicará tal circunstancia a la empresa adjudicataria. A la vista de razonamientos fundados y demostrados, aportados por la empresa adjudicataria y el informe del responsable municipal del seguimiento del contrato, el Ayuntamiento podrá imponer al contratista una penalización económica del 10% de la facturación del periodo del inmueble afectado.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. La ejecución de los trabajos se desarrollará bajo la supervisión, inspección y control de la dirección del Centro de Arte Contemporáneo xx Xxxxxx, quien podrá dictar las instrucciones precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido así como ser informados en cualquier momento del estado de desarrollo de los trabajos. El Adjudicatario tendrá la obligación de proporcionar, a solicitud expresa de Centro de Arte Contemporáneo xx Xxxxxx, todos los datos, procesos y procedimientos empleados en la prestación de los servicios objeto del contrato.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Seguimiento
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. TEA será el encargado de hacer un seguimiento de la prestación del servicio, autorizar la comercialización de los productos de venta, así como de proponer las novedades que se estimen convenientes y aprobar los precios de venta al público de los productos que se vayan a comercializar. - Asimismo, TEA podrá excluir la venta de productos con diseños, calidades o contenidos que puedan perjudicar o deteriorar su propia imagen. - La adjudicataria deberá presentar, con carácter trimestral, un informe en el que se refleje la gestión de la tienda durante el periodo correspondiente. En cuanto a la contabilización de las ventas, se establecerán mecanismos para posibilitar la verificación del producto bruto de las ventas, presentándose liquidación por las ventas al finalizar el contrato y un informe global de la gestión de la tienda, según parámetros acordados previamente con TEA. - TEA se reserva la posibilidad de efectuar auditorías cuando así lo estime oportuno y conveniente.