Animales Cláusulas de Ejemplo

Animales. Se admiten animales en algunos campings Yelloh! Village (con la excepción de perros de 1ª y 2ª categoría) mediante el pago de una tasa en el momento de la reserva. Cuando se autoriza su entrada, deberán ir siempre atados. Están prohibidos en las inmediaciones de las piscinas, en las tiendas de alimentación y en los edificios. El carnet de vacunación de perros y gatos deberá estar al día.
Animales. Se prohíbe estrictamente la tenencia de animales en el edificio.
Animales. 2.5.1. Se deberá impedir el ingreso de animales a las áreas cultivadas y a las zonas de manipulación de producto cosechado. 2.5.2. Deberá impedirse el ingreso de animales domésticos, xx xxxxxx y otros animales de trabajo (que no estén cumpliendo actividades), a través de prácticas que eviten su entrada, proliferación y acercamiento. 2.5.3. En el caso de los animales de trabajo que se utilicen para otras tareas deberán estar sanos, vacunados y desparasitados.
Animales. Toda reclamación resultante o que en su origen o extensión provenga de animales, o de la transmisión de sus enfermedades.
Animales. No se podrán introducir animales en el Centro, salvo en el caso de:
Animales. Queda rigurosamente prohibido la tenencia y el transporte de animales dentro de la Autocaravana, salvo los animales que recoge la ley como perros guías para ciegos, en este se le comunicara INEXCUSABLEMENTE a Autocaravanas Fuerteventura este hecho y constara dentro de las clausulas particulares del contrato. Si no fuese así también esta TAXATIVAMENTE prohibido en este caso. En caso de incumplimiento perderá 100 € de la fianza por incumplimiento de contrato.
Animales. Se aceptan mascotas (excepto perros de categorías 1 y 2, definidos como peligrosos) siempre y cuando se facilite un certificado antirrábico y una licencia de capacitación para ser propietario de perros de razas consideradas como potencialmente peligrosas y se abonen las sumas correspondientes, de las que podrá informase contactando directamente con el complejo de apartamentos o en la página web. Se autorizan los animales atados en las partes comunes, pero no les está permitido el ingreso a la zona de las piscinas. Existe la posibilidad de que los complejos asociados no acepten animales o que apliquen sus propias tarifas. Infórmese poniéndose en contacto con el complejo de apartamentos. No se admiten animales en los hoteles, salvo excepciones (consúltenos al respecto). En el caso de los «Adagio»: infórmese directamente poniéndose en contacto con el Complejo.
Animales. En ningún momento se permite la permanencia de animales domésticos en el Rancho de Fiestas. Únicamente se permitirá el acceso de aquellos animales auxiliares de personas con discapacidad de conformidad con la legislación vigente en la materia. El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de Cien dólares o su equivalente en colones, pagaderos con un mínimo de cincuenta mil colones.
Animales. AERONAVES, EMBARCACIONES, VEHÍCULOS A MOTOR, MAQUINARIA AGRÍCOLA Y DE CONSTRUCCIÓN, QUE SE ENCUENTREN DENTRO O FUERA DE LOS PREDIOS DEL ASEGURADO Y QUE TENGAN O DEBAN TENER LICENCIA PARA TRANSITAR EN CARRETERAS, NAVES ESPACIALES, SATÉLITES, VEHÍCULOS DE LANZAMIENTO Y BIENES CONTENIDOS EN LOS MISMOS.
Animales. Contrariamente a lo expresado en la Cláusula 4 - Riesgos no Asegurados, inciso i) de las Condiciones Generales para los Seguros de Responsabilidad Civil se amplía a cubrir la Responsabilidad Civil emergente de la tenencia de animales domésticos, excluidas las enfermedades que pudieran transmitir. Esta cobertura es independiente de la que debiera contratar el tenedor o poseedor de un animal considerado peligroso y que deba ser amparada por un seguro especifico. Cláusulas Adicionales para actividades Especiales para ser aplicadas en la Cobertura Específica de Responsabilidad Civil Comprensiva CA-CO 14.1 - Plantas de Gas Licuado y Actividades Afines Sin perjuicio de lo expresado en el Cláusula 4 - Riesgos no Asegurados, inciso a) de las Condiciones Generales para los Seguros de Responsabilidad Civil, el seguro se amplía a cubrir la Responsabilidad Civil Contractual por los daños provocados por el gas licuado únicamente como consecuencia de deficiencias de los envases correspondientes. Contrariamente a lo establecido en la Cláusula 3 - Riesgos Excluidos, inciso f) de las Condiciones de Cobertura Específicas para el Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva el seguro se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil por: • El transporte de gas licuado en vehículos automotores de propiedad de terceros, en la medida que no se encuentre vigente otro seguro más específico, permaneciendo excluidos los daños a la carga propiamente dicha. • El transporte de gas licuado en vehículos automotores únicamente como consecuencia de deficiencias de envases en la medida que no se encuentre vigente otro seguro más específico, permaneciendo excluidos los daños a la carga propiamente dicha. NOTA: Esta cobertura adicional deberá ser contratada obligatoriamente como complemento de las Condiciones de Cobertura Específicas para el Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva (CC- CO 1.1) y las Cláusulas Adicionales CA- CO 1.1 - Incendio, Rayo, Explosión, Descargas Eléctricas y Escapes de Gas y CA- CO 8.1 - Carga y Descarga de Bienes Fuera del Local del Asegurado CA-CO 15.1 - Clínicas, Sanatorios, Hospitales o Cualquier otro Centro Medico Asistencial