Bienes de la Concesión. Son los bienes que se encuentran afectados a la Concesión y son los contemplados en la Cláusula 5.2 del presente Contrato. Dichos bienes serán revertidos al CONCEDENTE a la Caducidad de la Concesión.
Bienes de la Concesión. (a) Los bienes de la Concesión estarán conformados por:
(i) Las obras y demás componentes de las Unidades Funcionales,
(ii) Los Predios a Cargo de la ANI,
(iii) Los Predios a Cargo del Concesionario,
(iv) Los equipos, software y otros bienes tangibles e intangibles requeridos para la prestación de los Servicios de Apoyo a la Navegación, y
(v) La Señalización
(b) El listado de Bienes Revertibles se encuentra en el Apéndice Técnico 2.
(c) Se entenderá que la ANI se hará propietaria de las Unidades Funcionales, incluyendo los bienes muebles o inmuebles por destinación o adhesión, que hagan parte de éstas al momento de su ejecución o destinación a los fines del Proyecto; no obstante lo cual, el Concesionario conservará la mera tenencia para efectos del cumplimiento del Contrato y será por ende responsable de la guarda material y jurídica de tales bienes aquí mencionados que conforman el Proyecto hasta la Reversión.
(d) La Reversión será efectuada a favor de Xxxxxxxxxxxx, quien se hará propietaria de la totalidad de los Bienes Revertibles una vez terminada la Reversión y, por lo tanto, con ocasión de la Reversión, la ANI transferirá la propiedad de los bienes muebles e inmuebles a Cormagdalena y el Concesionario entregará a esta última la tenencia de las Unidades Funcionales y transferirá la propiedad de los Bienes Revertibles cuya propiedad no se hubiese transferido previamente a la ANI.
(e) En lo relacionado con las Obras para Redes, dichas obras no serán de propiedad de la ANI, ni del Concesionario. Las mismas serán de propiedad de los titulares de las Redes respectivas y serán entregadas a dichos titulares en los términos establecidos en el Apéndice Técnico 5.
(f) Lo previsto en el Sección 3.3(c) anterior se entiende sin perjuicio de la posibilidad de que ciertos activos de la concesión diferentes de los Predios sean adquiridos por el sistema de leasing o similares, y sean revertidos al finalizar el Contrato.
Bienes de la Concesión. Son los bienes que se encuentran afectados a la Concesión y están constituidos por: i) los bienes del CONCEDENTE; ii) el Área de la Concesión; iii) Obras y iv) cualquier otro bien que se haya integrado a las Obras y no pueda ser separado sin afectar el adecuado funcionamiento de las mismas. Este término incluye la infraestructura vial del Tramo (carretera, bermas, obras de protección y seguridad, puentes, entre otros), unidades de Peaje y sistemas de pesaje, las edificaciones, los equipos y sistemas eléctricos, mecánicos o electrónicos. Los Bienes de la Concesión pueden ser Reversibles o no Reversibles.
Bienes de la Concesión. Son los bienes afectos a la operación de transporte del Sistema Integrado de Transporte, tales como autobuses vinculados al Sistema, equipos de comunicaciones, dotación de patios y talleres y todos aquellos que no se encuentren expresamente excluidos de la concesión a través del presente Contrato.
Bienes de la Concesión. Son los bienes muebles e inmuebles que se encuentran afectados a la Concesión. Son: i) los Bienes del CONCEDENTE; ii) Obras y iii) cualquier otro bien, incluyendo los bienes intangibles, que se hubiera integrado a las Obras y que no puedan ser separados sin afectar el adecuado funcionamiento de las mismas y que permitan al CONCESIONARIO cumplir con los Niveles de Servicio y Productividad previstos en el Contrato. Dichos bienes serán revertidos al CONCEDENTE a la Caducidad de la Concesión. Los Bienes de la Concesión no incluyen a los Bienes del CONCESIONARIO.
Bienes de la Concesión. Son: i) los Bienes del CONCEDENTE; ii) Obras y iii) cualquier otro bien, incluyendo los bienes intangibles, que se hubiera integrado a las Obras y que no puedan ser separados sin afectar el adecuado funcionamiento de las mismas y que permitan a la SOCIEDAD CONCESIONARIA cumplir con los Niveles de Servicio y Productividad previstos en el Contrato de Concesión. Dichos bienes serán revertidos al CONCEDENTE a la Caducidad de la Concesión. Los Bienes de la Concesión no incluyen las Obras resultantes de las Inversiones Complementarias, a excepción, en este último caso, de las Obras que no puedan ser removidas o cuya remoción pudiera causar daño a los Bienes de la Concesión. Los Bienes de la Concesión, serán revertidos al CONCEDENTE a la terminación del Contrato de Concesión. Los bienes aportados por ENAPU en el marco del Contrato de Asociación en Participación a que se refiere el Anexo 21, que califiquen como Equipamiento Portuario, adquirirán la calidad de Bienes de la Concesión a partir de la fecha de suscripción del acta a la que se refiere el acápite (vi) de la Cláusula 5.7.
Bienes de la Concesión. 10.1.- Quedan comprendidos dentro de la Concesión: i) Los espacios físicos y bienes (muebles e inmuebles), detallados en Pliego de Selección, que se encuentren dentro del Área de la Concesión y que hayan sido entregados por La Concedente a La Concesionaria, mediante la correspondiente Acta de Entrega Recepción de Bienes, a la Fecha de Toma de Posesión, pasando a formar parte de La Concesionaria durante el plazo de vigencia de la concesión; ii). Los espacios físicos e inmuebles que en el futuro se incorporen según lo previsto en las condiciones de la concesión determinadas en el Pliego, la Oferta y en el Presente Contrato; y, iii). Los Bienes de La Concesionaria.
10.2.- Todas las condiciones y reglas fijadas en lo inherente a la titularidad, naturaleza, afectación, responsabilidad y reversión de los bienes afectados a la concesión, serán las establecidas en el Pliego de Selección y en la legislación vigente.
Bienes de la Concesión. Son todos los bienes destinados a la remodelación e implementación de infraestructura del Hotel de Turistas del Cusco, conforme a lo establecido en las Bases, su Propuesta Técnica y el Proyecto Definitivo de Ingeniería aprobado, los cuales serán entregados al CONCESIONARIO en la Toma de Posesión, incluyendo el Área de la Concesión y cuyo listado formará parte del presente Contrato como Anexo. También son Bienes de la Concesión todos aquellos de titularidad del CONCEDENTE, incluyendo servidumbres y derechos, entregados al CONCESIONARIO para el cumplimiento del presente Contrato.
Bienes de la Concesión. 7.1 Durante la vigencia del Contrato, el Concesionario será el propietario de los Bienes de la Concesión.
7.2 El Concesionario instalará equipos nuevos de tecnología apropiada para la prestación del Servicio de Transporte conforme a este Contrato y que cumplan con las Leyes Aplicables, no pudiendo instalar equipos de segundo uso, excepto en los casos de traslados o reubicaciones de sus equipos que conforman los Bienes de la Concesión, para su uso en la prestación del Servicio de Transporte y previa acreditación ante el OSINERGMIN que dichos equipos están aptos para la prestación del Servicio de Transporte conforme a este Contrato y las Leyes Aplicables.
7.3 El Concesionario deberá mantener un inventario actualizado de los Bienes de la Concesión, indicando sus características, ubicación, estado de conservación y funcionamiento, así como su rendimiento en los casos que corresponda. Dicho inventario deberá ser entregado al Concedente en el segundo trimestre de cada año.
7.4 Una vez aprobado el Estudio de Riesgos, el Concesionario deberá tomar y mantener hasta la terminación del Contrato, los siguientes seguros:
a) Seguro de responsabilidad civil contractual y extracontractual contra cualquier daño, perjuicio, pérdida o lesión que pudiere sobrevenir a bienes y personas. El monto mínimo asegurado para la póliza de responsabilidad civil extracontractual no podrá ser inferior al establecido con carácter general por el Reglamento
Bienes de la Concesión. Son los bienes que se encuentran afectados a la Concesión y están constituidos por los bienes que el Concedente pone a disposición de la concesión, el área de la Concesión, Obras y cualquier otro bien que se integre a las obras y a la concesión. Los bienes pueden incluir la infraestructura vial (corredor, bermas, puentes, drenajes, entre otros), edificaciones, los equipos, estaciones de peaje y pesaje y sistemas eléctricos, mecánicos o electrónicos necesarios para realizar las actividades solicitadas en el Contrato de Concesión.