CONSTANCIA. Las partes dejan constancia que en la celebración del presente no ha mediado vicio alg uno capaz de invalidarlo.
CONSTANCIA. El Inversionista y el ejecutivo de BN Fondos o de una de sus Entidades Comercializadoras debidamente autorizadas, declaran que el Inversionista ha sido debidamente informado y asesorado sobre las características fundamentales y los riesgos de los Fondos de Inversión marcados en el numeral I. Además el inversionista hace constar que comprende lo que es un Fondo de Inversión y su funcionamiento general, que se le informó y se le brindó la información suficiente y necesaria sobre el contenido del (os) Prospecto(s) al momento de firmar este contrato, así mismo que acepta las condiciones de los Fondos de Inversión marcados en el numeral I conforme a lo indicado en el (los) Prospecto(s). El Inversionista reconoce expresamente que recibió los Prospectos de los Fondos seleccionados en el numeral I en idioma español y en el formato seleccionado en el numeral IV y que para consultas futuras se le informó que la versión vigente de los Prospectos es la que se encuentra en todo momento en la página web BN Fondos xxx.xxxxxxxx.xxx. En caso de que el inversionista solicite un Prospecto en otro idioma, conoce y acepta que para todos los efectos legales, la versión oficial es la escrita en idioma español.
CONSTANCIA. La Institución que se negare a pagar un cheque deberá hacer constar su negativa en el mismo documento con expresa mención del motivo en que se funde, de la fecha y de la hora de presentación y del nombre y del domicilio registrado en la Institución, del titular de la cuenta corriente. Cuando el o los firmantes del cheque actúen en representación del titular de la cuenta corriente, persona física o jurídica, deberá dejarse constancia de los datos del titular y del o de los firmantes. Tratándose de persona física se anotará además, en todos los casos, el número de documento de identidad. Tratándose de persona jurídica se anotará la constancia del Registro Nacional de Comercio (N°, F°, L°) o la inscripción en el Registro que corresponda a su naturaleza jurídica. Cualquiera que fuere la causa del rechazo del cheque, si el librador no tuviere provisión de fondos, o si ésta fuera insuficiente para el pago del cheque, la Institución también deberá dejar constancia expresa de la provisión insuficiente de fondos.
CONSTANCIA. Las partes dejan constancia que el precio de este Contrato no tendrá ningún descuento de volumen, financiero o de cualquier otra índole que El Cliente pudiere tener en virtud de otro acuerdo con El Mercurio. Asimismo, las partes hacen constar que la celebración de este Contrato no producirá en ningún caso la extensión del plazo de vigencia de otros acuerdos que El Cliente tenga con El Mercurio.
CONSTANCIA. En todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las cláusulas del Convenio de Agenciamiento original que se viene a extender.
CONSTANCIA. Se deja constancia, que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa, en los correspondientes Contratos de Suministro de Bienes Muebles y Órdenes de Compra que se suscriban o se giren al adjudicatario, y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
CONSTANCIA. En todo lo no modificado por el presente instrumento, siguen plenamente vigentes las cláusulas del acuerdo de desempeño original que se viene a extender.
CONSTANCIA. Se deja constancia que, además de las partes que suscriben el presente Convenio, en este acto concurren con su firma el Ministro de Hacienda, el Ministro de Economía, Fomento y Turismo y la Ministra del Medio Ambiente, a efecto de ratificar la alianza de cooperación público- privada entre SOFOFA y el Gobierno de Chile, materializada a través del Ministerio de Hacienda. XXXXX XXXXXX XXXXXXX MINISTRO DE HACIENDA XXXXX XXXXXX XXXXXXX SUBSECRETARIA DE HACIENDA XXXXXXX XXX XXXXX PRESIDENTE PP. SOCIEDAD DE FOMENTO FABRIL XXXXXXX XXXX XXXXXX MINISTRO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
CONSTANCIA. Para constancia de lo acordado en el presente contrato, las partes firman por triplicado en unidad de acto. Firmado en esta ciudad de _____ ____________________ _______________________ Firma Firma CLIENTE C.C. REPRESENTANTE LEGAL
CONSTANCIA. 24.1 Las partes dejan constancia que en la celebración del presente contrato no ha mediado vicio alguno capaz de invalidarlo.