Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra Cláusulas de Ejemplo

Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra. La Coordinación de Seguridad y Salud de las obras, en los términos mínimos previstos en el R.D. 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones de seguridad y salud en las obras de construcción, corresponderá al facultativo designado por la EMV xx Xxxxxx.
Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra. El Servicio de Apoyo en Seguridad y Salud Laboral, además de incluir las funciones previstas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, abarca también los siguientes aspectos: - Determinar para cada obra las condiciones relativas al orden, limpieza, ambiente, instalaciones y máquinas con referencia a la detección de riesgos profesionales. - Actuar como especialista en materia de Seguridad y Salud Laboral en los Comités de Seguridad e Higiene de cada contrato de obra. - Analizar e informar sobre el Plan de Seguridad e Higiene de cada obra, proponiendo su aprobación. - En los aspectos no recogidos o no suficientemente detallados en el Plan de Seguridad y Salud, el Coordinador/a recabará de la Contratista la elaboración de procedimientos de construcción de los tajos o partes de la obra que así lo requieran, siempre con carácter previo al inicio de su ejecución. El Coordinador/a analizará su contenido, introducirá las modificaciones que estime oportunas y propondrá su aprobación, en su caso. Asimismo, hará seguimiento de su cumplimiento durante la ejecución de las obras. - Comunicar a cada Dirección de Obra, las situaciones del riesgo detectado en sus respectivas obras y las medidas de prevención adecuadas. - En caso de accidentes en obra deberá seguirse el ANEXO I del procedimiento interno PRL- 004 de ETS, PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES. - Analizar los accidentes que se produzcan en cada obra indicando sus posibles causas a la Dirección de Obra, proponiendo en su caso medidas correctoras o medidas complementarias de seguridad. - Controlar la aplicación de las Normas de Seguridad. - Controlar la puesta en obra de las unidades de Seguridad. - Efectuar las mediciones en cada obra de las unidades de seguridad. - Controlar los documentos de autorización de utilización de la maquinaria de obra, así como los correspondientes a las revisiones médicas. - Asesorar a la Dirección de cada Obra y Servicio de Apoyo en sus propias medidas de seguridad. - Asistir a la Dirección de Obra en la tramitación de aperturas de centro de trabajo y aprobaciones de Planes de Seguridad y Salud ante la autoridad laboral. - Colaborar con ETS-RFV en el control de accesos de personas a obra y en el control de acreditaciones de acceso. En particular, la/el CSS deberá prestar atención y vigilancia de los siguientes aspectos: • En trabajos s...

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