COSTOS DEL SERVICIO. Por la prestación de los servicios, materia del presente contrato, el Cliente pagará a VECTOR CAPITAL las comisiones que se detallarán en cada una de las estrategias escogidas por Cliente, las cuales serán debidamente informadas y enviadas por parte de VECTOR CAPITAL al Cliente y que éste, a su vez, deberá confirmar, aceptando expresamente el Mandato, las cuales una vez suscritas por ambas partes se entenderán formar parte integrante del presente anexo y contrato. Las comisiones a pagar a VECTOR CAPITAL mencionadas anteriormente, serán gravadas con el impuesto al valor agregado (IVA), vigente a la fecha de facturación. Al tiempo del pago de las comisiones que procedan, VECTOR CAPITAL remitirá al Cliente la correspondiente factura por el monto de las comisiones pagadas en el periodo de que se trate, estando expresamente facultado para vender parte de la cartera administrada para pagar dichas comisiones, en caso de que éstas no se paguen dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de una factura. A su vez, serán de cargo del Cliente todos los gastos incurridos en la apertura y mantención mensual de la cuenta de mandantes que mantenga el Cliente abierta a su nombre en el DCV, en el evento que así lo solicite y requiera. Estos gastos serán determinados de acuerdo con la facturación mensual que realice el DCV para esa cuenta de mandante y cobrados en periodos mensuales. Asimismo, todos los costos relativos a comisiones y gastos por la ejecución de las inversiones y rescates serán asumidos por el Cliente. Dichos costos y comisiones serán detallados en cada una de las estrategias escogidas por Cliente, las cuales serán debidamente informadas y enviadas por parte de VECTOR CAPITAL y suscritas expresamente por el Cliente. Nombre : Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx RUT : 00.000.000-0 Firma : p.p. VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa SpA Nombre : RUT : Firma : p.p. Cliente VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa SpA (en adelante indistintamente “VECTOR CAPITAL” o el “Comisionista”) se encuentra autorizado a llevar a cabo como actividad complementaria la asesoría y comisión específica para la compra y venta de valores en mercado de valores extranjeros, bajo los términos y condiciones expuestos en la Circular N° 1.046 de la CMF (en adelante la “Circular”).
COSTOS DEL SERVICIO. VECTOR CAPITAL cobra por este SERVICIO de la siguiente manera:
a) Comisión por volumen transado: hasta un 1%. Podría pactarse una comisión menor, en cuyo caso quedará definida en la ficha de cliente. Al total del volumen transado, se multiplicará por dicho porcentaje, y eso se aplicará como comisión tanto para las compras como para las ventas realizadas cada día.
b) Comisión por Gastos de Facturación por día de transacción: $4.000 (cuatro mil pesos). Sólo se aplica este cobro los días en que el Cliente haya transado, y sólo se aplica una vez al día. En la plataforma, este cobro se ve reflejado en la primera transacción del día. Nombre : Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx RUT : 00.000.000-0 Firma : p.p. VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa SpA Nombre : RUT : Firma : p.p. Cliente VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa SpA ofrece a sus Clientes, entre otros servicios, el servicio de Intermediación de Fondos Mutuos. Este servicio lo distribuye según todos los términos contenidos en el “CONTRATO GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS” (en adelante, el “CONTRATO”), y según las especificaciones que se detallan a continuación.
COSTOS DEL SERVICIO. Por el servicio de distribución de Fondos Mutuos, VECTOR CAPITAL NO cobra comisiones a sus Clientes. Sin perjuicio de lo anterior, cada Administradora en particular aplica cobros diferenciados a cada Fondo Mutuo. Dichos cobros están siempre detallados en los folletos informativos de cada fondo (también conocidos como “Factsheets”), los cuales el Cliente puede encontrar en la página web de cada administradora, así como también en la página web de VECTOR CAPITAL xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, en la sección “Fondos Mutuos”. Por último, y en cumplimiento a lo indicado en la Norma de Carácter General N° 380 de la CMF, el Cliente declara que VECTOR CAPITAL le ha explicado que producto de los patrimonios que el Cliente invierte en Fondos Mutuos, VECTOR CAPITAL recibe una comisión proveniente de la Administradora a la cual se han destinado los patrimonios del Cliente. Nombre : Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx RUT : 00.000.000-0 Firma : p.p. VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa SpA Nombre : RUT : Firma : p.p. Cliente El Cliente individualizado precedentemente, comparece por sí, y viene a declarar los siguiente: En mi calidad de cliente, declaro que un ejecutivo me ha explicado y yo he entendido cada uno de los siguientes términos relevantes y relacionados a la operatoria con Vector Capital Corredores de Bolsa SpA. (en adelante, la “Xxxxxxxxx” x “XXXXXX XXXXXXX”):
COSTOS DEL SERVICIO. A. Como retribución al servicio encomendado el Cliente pagará al Comisionista, por cada transacción, una remuneración equivalente a lo que resulte mayor entre USD $10 (Diez dólares estadounidenses) y USD $0,05 por cada acción transada (Cinco centavos xx xxxxx estadounidense por cada acción transada). Dichos valores incluyen la remuneración y gastos en que incurra VECTOR CAPITAL Corredores de Bolsa en el extranjero (con excepción del que se comenta en la letra B siguiente), la Comisión que cobra VECTOR CAPITAL por sus servicios y el IVA asociado a esta última comisión.
B. El Corredor Internacional a través del cual VECTOR CAPITAL realiza el servicio encomendado por el Cliente, aplica un cobro mínimo mensual de USD $10 (Diez dólares estadounidenses). Es decir, al final del mes se calculará cuánto ha pagado el Cliente sólo al Corredor.
C. Internacional por el servicio de intermediación, y lo que falte para completar los USD $10, serán cargados como gastos por dicho Corredor. Para aquellos Clientes cuyo patrimonio sea inferior a USD $2.000, este cobro será de USD $20 al mes; mientras que para aquellos cuyo patrimonio sea mayor a USD $100.000, no existirá cobro por este concepto. Cualquier otro impuesto no mencionado en este documento, y que grave cualquiera de los Servicios prestados por VECTOR CAPITAL en virtud del presente Contrato o en virtud de cualquiera de las operaciones que se efectúan conforme a él, serán de cargo exclusivo del Cliente. Por tanto, el Cliente estará obligado a informar a la entidad correspondiente las ganancias obtenidas en el extranjero para cómputo de los impuestos correspondientes, liberando de toda obligación a VECTOR CAPITAL. Asimismo, las Partes dejan expresa constancia de que VECTOR CAPITAL no tendrá responsabilidad alguna de retener impuesto de ningún tipo en relación con ganancias de capital obtenidas en el exterior por el Cliente.
COSTOS DEL SERVICIO. El costo del servicio se determinará de acuerdo con la estructura de costos que se adjunta al final de este documento. El costo total del servicio, que deberá pagar la Entidad al consultor, lo determinará el estudio xx xxxxxxx y será a todo costo con reajustes o gastos reembolsables, incluidos los impuestos xx xxx. Este costo incluye los gastos por desplazamiento al lugar del proyecto para toma de datos, verificaciones, y correcciones, etc.; así como los gastos que se generan dentro del plazo de garantía del servicio cuando la Entidad solicite aclaraciones, correcciones, absolver consultas u observaciones.
COSTOS DEL SERVICIO. Los cargos mensuales por el servicio previsto en la cláusula primera en función de la operatoria desarrollada por el ADHERENTE a través de FOREX-MAE serán informados oportunamente.
COSTOS DEL SERVICIO. El servicio será ejecutado a todo costo, en la oferta que presente el postor estarán incluidos los costos de mano de obra, transporte, equipos, herramientas, viáticos, seguros, insumos, materiales de repuesto, impuestos y otros.
COSTOS DEL SERVICIO. 4.1. En caso de que la entrega de la tarjeta BN Débito obedezca a un trámite de reposición o reemplazo, el Banco cobrará en línea al momento de la transacción las comisiones que correspondan de acuerdo con lo establecido en el contrato de apertura de servicios bancarios. El cliente autoriza que el débito de las comisiones se realice de cualquiera de sus cuentas autorizadas.
4.2. En la transacción de solicitud de reemplazo de la tarjeta BN Débito en las plataformas digitales (Banca en Línea y BN Móvil) el cliente autoriza al Banco para que deduzca en línea de sus cuentas al momento de la transacción, la comisión por el servicio de entrega a domicilio, si escoge dicha opción. Esta comisión es de $14,5 (catorce dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) para ubicaciones dentro de la GAM y de $15,5 (quince dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) para cantones fuera de la GAM. El banco se reserva la facultad de modificar los costos de las comisiones indicadas. El cliente podrá consultar las comisiones vigentes previo al momento de realizar la transacción mediante
4.3. Las comisiones por reposición y entrega a domicilio no serán devueltas si por situaciones atribuibles al cliente no se puede concretar la entrega en la fecha, hora y sitio indicados por el cliente en la transacción. La empresa porteadora de mensajería demostrará al Banco los esfuerzos realizados para lograr la coordinación de entrega con el cliente (incluida la cantidad de intentos) que serán utilizados como evidencia de situación atribuible al cliente.
COSTOS DEL SERVICIO. 4.1. Serán los especificados en el Contrato de Suscripción firmado por las partes y que por este medio se adenda.
4.2. El costo del equipo router inalámbrico o cualquier otro dispositivo necesario para la distribución del internet dentro de las premisas de EL CLIENTE, será responsabilidad de EL CLIENTE.
COSTOS DEL SERVICIO. EL CLIENTE reconocerá a IRIS como remuneración por el servicio prestado, las tarifas que IRIS tenga definidas y publicadas en su sitio web, autorizando a debitar de su cuenta de ahorros los valores adeudados a IRIS. Las tarifas podrán ser modificadas por IRIS en cualquier momento, de lo cual dará aviso a EL CLIENTE a través del sitio web, respetando las disposiciones normativas sobre cambio de tarifas. Si anunciado el cambio en la tarifa EL CLIENTE no se presenta a cancelar el producto o continúa haciendo compras mediante la Tarjeta Virtual, se entenderá que acepta incondicionalmente el valor de la misma. También estarán a cargo de EL CLIENTE los gastos, impuestos o contribuciones que se causen en desarrollo del servicio prestado por IRIS.