Defectos Cláusulas de Ejemplo

Defectos. Si el Cliente identifica un Defecto Visible (como se define en la cláusula 8.1) en un Producto e informa al Vendedor de dicho Defecto Visible a más tardar setenta y dos (72) horas desde la entrega y durante el periodo de garantía aplicable establecido en la cláusula 7.2, y el Vendedor determinará, a su entera discreción, si dicho Producto es defectuoso, el Vendedor, como único recurso, reparará o reemplazará, a su entera discreción, el Producto o la pieza defectuosa. El Vendedor en ningún caso será responsable de buscar y encontrar los Productos defectuosos (por ejemplo, abrir paredes para encontrar un Producto defectuoso) y/o de excavar y retirar los Productos defectuosos o de restaurar los elementos en los que se instalaron los Productos.
Defectos. 13.1 En caso que, durante el Período de Corrección de Defectos, la Compañía constate la existencia de algún tipo de Defecto en los Bienes y/o Servicios (distintos a Defectos ocasionados por negligencia de la Compañía), la Compañía o el Contratista (en representación de la Compañía) podrá: (a) rechazar los Bienes que presenten el Defecto y devolverlos al Proveedor, en cuyo caso el Proveedor deberá reemplazar los Bienes sin cargo y reembolsar a la Compañía por cualquier gasto en que haya incurrido; (b) rechazar los Servicios que presenten el Defecto, en cuyo caso el Proveedor deberá volver a prestar los Servicios sin costo adicional para la Compañía; o (c) corregir directamente o contratar a otro contratista para que corrija el Defecto, en cuyo caso el Proveedor deberá reembolsar a la Compañía por cualquier gasto en que incurra. 13.2 En caso que el Proveedor no reemplace los Bienes según lo establecido en la cláusula 13.1(a), o si no vuelve a prestar los Servicios conforme a lo establecido en la cláusula 13.1(b), y: (a) la Compañía o el Contratista (en representación de la Compañía) ha pagado al Proveedor por los Bienes y/o Servicios que presentan el Defecto, el Proveedor deberá devolver a la Compañía o al Contratista (en representación de la Compañía) el Precio que ésta haya pagado por dichos Bienes y/o Servicios; o (b) la Compañía o el Contratista (en representación de la Compañía) no ha pagado al Proveedor por los Bienes y/o Servicios que presentan el Defecto, la Compañía o el Contratista (en representación de la Compañía) no tendrá la obligación de pagar al Proveedor por dichos Bienes y/o Servicios. 13.3 La aceptación por parte de la Compañía de cualesquiera Bienes y/o Servicios que presenten Defectos no generará para la misma ningún tipo de obligación de aceptar otros Bienes y/o Servicios que presenten Defectos, ni afectará ninguno de los otros derechos de la Compañía bajo la presente Orden de Compra o la Ley. 13.4 En caso que el Proveedor haya subsanado cualquier Defecto de conformidad con la presente cláusula, dichos Bienes y/o Servicios estarán sujetos al mismo Período de Corrección de Defectos que los Bienes y/o Servicios originales, desde la fecha en que el Proveedor haya subsanado el Defecto en cuestión.
Defectos. En caso de que las especificaciones sean proporcionadas por el Comprador, esta Orden deberá basarse en dichas especificaciones. El pago por los Productos previo a la inspección por el Comprador no librará al Proveedor del estricto y completo cumplimiento de dichas especificaciones y/o reemplazo a opción del Comprador. Tratándose de bienes, los costos de transportación por envío al Comprador y devolución al Proveedor deberán cubrirse por el Proveedor.
Defectos. Xxxx será responsable de aquellos defectos que se detecten en el objeto del contrato en los siguientes términos: 1. Todas aquellas piezas que presenten algún defecto – con independencia del tiempo de uso de las mismas – serán reparadas o suministradas de nuevo, sin coste alguno para el Cliente, siempre y cuando la causa de tal defecto existiera ya al tiempo del traspaso del riesgo al Cliente. 2. Los derechos de reclamación por defectos prescriben a los 12 meses, contados desde la fecha de traspaso del riesgo al Cliente (Artículo 5). 3. El Cliente deberá denunciar cualquier defecto por escrito y sin demora. 4. En caso de reclamaciones por defectos, el Cliente podrá retener el pago en una medida razonable en función del defecto detectado. Si la reclamación por defectos fuera injustificada, Xxxx estará facultada para reclamar al Cliente los gastos que dicha circunstancia le hubiera causado. 5. En principio, habrá de concederse siempre x Xxxx la oportunidad de cumplimiento posterior dentro de un plazo razonable. 6. Si no se produjera el cumplimiento posterior, el Cliente podrá desistir del contrato, con independencia de cualquier posible reclamación indemnizatoria, o reducir el precio. El Cliente solo podrá reclamar indemnización por gastos inútiles, si Xxxx fuera responsable del defecto por dolo o negligencia grave. 7. No se considerará que existe un defecto, en caso de que el objeto suministrado solo presente desviaciones irrelevantes respecto de las condiciones pactadas, de merma irrelevante de su utilidad, de desgaste natural o por daños sufridos después del traspaso del riesgo a causa de un tratamiento defectuoso o negligente, de un uso excesivo, del empleo de equipos inadecuados o como consecuencia de factores externos no contemplados en el contrato, así como por fallos no reproducibles del software. Si el Cliente o un tercero realizan modificaciones o reparaciones inadecuadas, éstas y las consecuencias derivadas de las mismas tampoco podrán ser consideradas defectos. Lo mismo regirá si no fueran respetadas las especificaciones de manejo y demás instrucciones xx Xxxx o si el Cliente no realiza el mantenimiento adecuado. 8. Se excluyen cualesquiera reclamaciones del Cliente por gastos derivados del cumplimiento posterior, en especial gastos de transporte, traslado, mano de obra o de materiales, cuando el incremento de los gastos fuera consecuencia de que el objeto del suministro hubiera debido ser transportado posteriormente a una localidad diferente del ...
Defectos. (a) El Vendedor deberá sustituir de inmediato y gratuitamente o pagar los gastos de sustitución de cualquier Mercancía o partes de la misma que estén dañadas por defectos materiales del diseño (cuando se trate de un diseño no desarrollado o suministrado por el Comprador) o de fabricación en un plazo de 36 meses desde la fecha de entrega. (b) Si cualquier Mercancía proporcionada en virtud de este pedido para su posterior tratamiento antes del uso demuestra tener defectos durante dicho tratamiento, el Vendedor deberá pagar al Comprador el coste del trabajo invertido, además de cualesquiera derechos legales que pueda poseer el Comprador en relación con dicha Mercancía defectuosa.
Defectos. 8.1 El cliente debe inspeccionar las mercancías tras la descarga y anotar cualquier desviación o defecto en el albarán de entrega además de notificarnos las mismas a la mayor brevedad y sin que haya transcurrido más de una semana desde el momento de la entrega. Los productos entregados se considerarán aceptados si no se presenta queja por escrito. Roturas y daños no visibles en el momento de la descarga deberán reclamarse de inmediato sin que transcurra más de una semana desde la detección. 8.2 En el caso de tratarse de un producto defectuoso, si el cliente lo ha puesto en nuestro conocimiento en las condiciones y plazos establecidos, se procederá a la reposición o reembolso del importe del producto, decisión que será comunicada en un plazo razonable. 8.3 La presentación de una queja o cualquier otra reclamación no libera al comprador de su obligación de pago. 8.4 No garantizamos que el producto esté libre de patentes u otros derechos de propiedad intelectual. 8.5 En el caso de defectos de calidad del producto no detectables en el momento de la entrega, la incidencia deberá ser notificada no más tarde de una semana desde el momento de la recepción del producto. Xxxx Ibérica no se hace responsable de los daños que puedan sufrir los productos en las instalaciones de los clientes o de la inadecuada conservación.
Defectos. (a) El Vendedor deberá sustituir de inmediato y gratuitamente o pagar los gastos de sustitución de cualquier Mercancía o partes de la misma que estén dañadas por defectos materiales del diseño (cuando se trate de un diseño no desarrollado o suministrado por el Comprador) o de fabricación en un plazo de 36 meses desde la fecha de entrega. (b) Si alguna Mercancía suministrada o por suministrar bajo este pedido no estuviese en total conformidad con este pedido o cualquier especificación, dibujo, instrucción de proceso o procedimiento definido, el Comprador tendrá derecho a recuperar del Vendedor, como pago de daños, los costes de inspección y administración, en las siguientes cantidades: (1) 200 USD o la divisa equivalente por número de pieza (sujeto a las limitaciones de cantidad del Comprador) para los incumplimientos notificados por escritos y permitidos por el Comprador antes de su envío; y (2) 400 USD o la divisa equivalente por número de pieza entregada para los incumplimientos identificados primero a la entrega al Comprador o después de esta. El Comprador tendrá derecho a deducir dicha indemnización del importe que debe abonar según los términos del pedido o establecido de otro modo. Además, el Comprador se reserva el derecho a cobrar cualquier otro coste sustancial en el que haya recurrido con respecto a los suministros incumplidos. Estos remedios no afectarán a ningún otro derecho legal que pueda tener el Comprador con respecto a tal Mercancía.
Defectos. 8.1 Inmediatamente tras la recepción de los productos, y antes de proceder a su uso, el com- prador deberá inspeccionarlos conforme establecen las buenas prácticas comerciales. El comprador deberá asegurarse de que los productos cumplen todos los requisitos contrac- tuales. Si el comprador no realizara dicha inspección adecuadamente y en su debido mo- mento, perderá cualquier derecho con respecto a defectos que podrían haberse detectado en la inspección. 8.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 8.1, las reclamaciones por defectos deberán no- tificarse por escrito a HAMLET PROTEIN en los 14 días naturales siguientes a la fecha en que se detectó o se hubiera detectado el defecto. La reclamación deberá incluir una descripción del supuesto defecto.‌ 8.3 El plazo de prescripción para las acciones de reclamación por defectos es de 6 meses desde la entrega.‌ 8.4 No podrán presentarse reclamaciones una vez transcurridos los plazos establecidos en 8.2 y 8.3.
Defectos. Motiprints se hará responsable de defectos en algún Servicio, siempre y cuando se reúnan los siguientes requisitos:
Defectos. El contrato debe incluir la forma de manejo de los defectos que sean notificados a LA CONTRATISTA para fines de corrección y preparación para la entrega de la obra y el plazo en el que deberán ser corregidos por ella.