Ingreso Cláusulas de Ejemplo

Ingreso. —El ingreso del personal en las empresas se realizará de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de colocación en el momento de la contratación. Prioritariamente, se considerará la utilidad de aquellos trabajadores en desempleo que procedan del Sector, dada su experiencia en el mismo.
Ingreso. El personal que se incorpore a trabajar en la Fundación realizará las pruebas técnicas de ingreso que se consideren oportunas, incluidos certificados acreditativos de perfil y/o reconocimientos médicos a los candidatos seleccionados según puesto, sin perjuicio del derecho a la intimidad de éstos. La Fundación informará previamente vía Comité Intercentros acerca de los criterios técnicos concretos utilizados en la selección de nuevo personal.
Ingreso. Para el ingreso del personal comprendido en este Convenio se estará a lo dispuesto en el capítulo VIII del presente Convenio, en los Convenios colectivos de ámbito inferior y en la legislación vigente. Prioritariamente, se considerará el ingreso en las empresas de aquellos trabajadores en desempleo que procedan del sector, dada su experiencia en el mismo.
Ingreso. El ingreso del personal en las empresas se realizará de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de colocación en el momento de la contratación.
Ingreso. La empresa estará obligada a entregar al trabajador/a copia del contrato, una vez firmado entre las partes, diligenciadas por la entidad competente. Asimismo, la empresa estará obligada a entregar a los trabajadores/as, antes xx xxxx (10) días desde su incorporación al puesto de trabajo copia del alta en la Seguridad Social. La empresa estará obligada a entregar a los representantes legales de los/las trabajadores/as, (Comité de Empresa, Delegados de Personal y Delegados Sindicales allí donde existan) en el mismo plazo copia básica del mencionado contrato, y copia del alta en la Seguridad Social conjuntamente, ambas diligenciadas por la entidad competente.
Ingreso. Los ingresos del personal en la Empresa se efectuarán por el nivel de entrada, dentro de cada grupo laboral, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 121.- y previa superación de las pruebas de aptitud y requisitos que se determinen. No obstante, la Dirección podrá ingresar por niveles superiores al nivel de entrada, en función del grado de conocimiento y experiencia que, en cada momento, requiera el puesto a cubrir. Con independencia de lo anterior, los Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico que se contraten y que acrediten tener una Licencia L.M.A. Parte 66, categoría B, con alguna habilitación para flotas mantenidas por Iberia, ingresaran por el nivel 6.
Ingreso. Los sistemas selectivos de funcionarios xx xxxxxxx serán los de oposición y concurso- oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. Sólo en virtud xx Xxx podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos. Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, incluyendo, en su caso, las pruebas prácticas que sean precisas. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Ingreso. El ingreso de personal en las empresas, se realizará de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de contratación y con lo dispuesto en el presente convenio, utilizando las modalidades contractuales vigentes en cada momento.
Ingreso. El acceso como personal fijo en la compañía para el Grupo Profesional de Operati- vos podrá efectuarse mediante cualquier procedimiento de selección objetiva. Este acceso o ingreso, se articulará a través de convocatorias. Las bases de dichas convocatorias, fijarán los sistemas selectivos, mediante la superación de pruebas, en- trevistas, y/o baremación de los méritos o aptitudes profesionales que en ellos se con- templen, y que guarden relación con los puestos ofertados. Asimismo determinarán sus respectivos ámbitos territoriales y puestos a cubrir. Dichas bases se tratarán con las organizaciones sindicales a través de la Comisión de Seguimiento. Las organizaciones sindicales presentes en la CIVCA formarán parte de los órganos de selección. CC.OO., como sindicato firmante de los acuerdos, y como primer sindicato, Y formamos parte de la Comisión de Seguimiento donde se deciden las convo- catorias y sus bases y, además, también formamos parte del tribunal encarga- do de la selección del personal.
Ingreso. Las vacantes o nuevos puestos de trabajo que se vayan produciendo se proveerán por con‑ vocatoria al exterior o por promoción interna, según decisión del Consejo de Administración, con sometimiento en todo caso a los principios de capacidad, mérito y publicidad. Los puestos que no impliquen capacitación técnica ni supongan incremento de plantilla serán cubiertos preferentemente por promoción interna.