DEPOSITO DE GARANTIA Cláusulas de Ejemplo

DEPOSITO DE GARANTIA. Por la contratación del alquiler objeto del presente procedimiento, la Universidad hará efectivo el correspondiente depósito de garantía de acuerdo al valor correspondiente al primer mes de alquiler.
DEPOSITO DE GARANTIA. NSE 3.5.1. La Empresa de Distribución podrá requerir al solicitante de un nuevo servicio de energía eléctrica un depósito de garantía equivalente a un mes de su consumo estimado basándose en su censo de carga. El solicitante, a su elección, podrá enterar este depósito al contado o en cuotas cuyo plazo no exceda de seis (6) meses.
DEPOSITO DE GARANTIA. 3. De acuerdo con el Código Anotado de Maryland, Artículo de Bienes Raíces, el Inquilino ha depositado con el Propietario/Agente la suma de________________ _____ __________________ _ ___ Dólares ($ ), la cual es aquí reconocida, y no excede el total del alquiler de dos (2) meses, y la cual sirve como seguro colateral a ser aplicado a cualquier pago del alquiler o servicio público adeudado a la fecha de expiración de este contrato de alquiler, cualquier extensión de ahí en adelante o permanencia del Inquilino en la propiedad, o aplicado a cualquier daño a lal propiedad más allá del uso y desgaste normal de la propiedad ocasionados por el Inquilino, su familia, agentes, empleados, visitantes, invitados, mascotas, o cualquier otro daño o gasto sufrido o incurrido por el Propietario/ Agente como resultado del rompimiento de cualquiera de las cláusulas y/o términos de este contrato. El Inquilino no debe utilizar el depósito de garantía como alquiler y no debe disponer del mismo como pago del último mes de este contrato de alquiler. El depósito de garantía será depositado durante los treinta (30) días luego de recibido. El depósito de garantía debe ser mantenido en certificados de depósito asegurados, en una cuenta especial dentro de una institución bancaria asegurada por el gobierno federal y que mantiene sucursales en el Estado de Maryland, o en certificados/bonos emitidos por el gobierno federal o el Estado de Maryland. Dentro de 45 días después que el inquilinato terminó, el propietario debe devolver el depósito de garantía más el interés que ha acumulado de acuerdo al índice anual determinado por el Departamento xxx Xxxxxx de Estados Unidos (yield curve-curva de rendimiento) correspondiente al año en cuestión, o al 1.5%, cualquiera sea el mayor. El depósito de garantía acumulará interés en intervalos de seis meses. Por cada año que el propietario ha tenido el depósito por menos de un año, la cantidad de interés se calcula de la siguiente manera:
DEPOSITO DE GARANTIA. Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta y el cumplimiento del contrato mediante deposito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario, por un valor equivalente al 1% y 5% respectivamente del valor de la oferta y de la adjudicación. Dicho trámite se realizara en el Departamento de Finanzas (Tesorería) Xxxxxx 000 xxxx 0x en el horario de 10:00 a 15:00.
DEPOSITO DE GARANTIA. Dentro de los diez (10) días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato, la Adjudicataria deberá afianzar el cumplimiento de su compromiso con un monto no inferior al 5% del monto de contrato. Este depósito de garantía se podrá hacer efectivo mediante algunas de las formas previstas por el Artículo Nº6 de las presentes condiciones.
DEPOSITO DE GARANTIA. EL CLIENTE deberá proporcionar a ACOB una garantía que ACOB hará efectiva en caso de daño o perdida del equipo en alquiler, esta garantía podrá ser a juicio de ACOB un PAGARE, DEPOSITO EN EFECTIVO ó VOUCHER DE TARJETA DE CREDITO CON AUTORIZACION POR $25,000.00 M.N. POR CADA LECTORA Y $5,000.00 M.N. POR CADA IMPRESORA. El pago por la renta del EQUIPO no podrá ser reembolsable en caso de daño o pérdida del equipo.
DEPOSITO DE GARANTIA. Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta y el cumplimiento del contrato mediante deposito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario, por un valor equivalente al 1 y 5 % respectivamente del valor de la oferta y de la adjudicación, y cuando exceda el monto legal establecido para la licitación abreviada 8 articulo 55 del TOCAF). Dicho trámite se realizara en Tesorería, Rincón 723 1º piso en el horario de 10.00 a 15. 30 horas.
DEPOSITO DE GARANTIA. LA DISTRIBUIDORA podrá requerir del usuario la constitución de un Depósito de Garantía en los siguientes casos: El depósito de garantía será equivalente a la facturación del período de consumo, según corresponda a su categoría tarifaria (mensual, bimestral u otro), el cual podrá ser revisado periódicamente para aplicar los ajustes de acuerdo a los consumos reales. En los casos de titulares no propietarios, se fijará en base a una facturación probable de su consumo de energía eléctrica. El depósito de garantía o la parte del mismo que no hubiera sido imputado a la cancelación de deudas, será devuelto al usuario cuando deje de serlo con más el interés que corresponda de acuerdo con las normas establecidas al respecto por la Autoridad de Aplicación.
DEPOSITO DE GARANTIA. A la firma de este contrato, EL ARRENDATARIO paga a EL ARRENDADOR, y este así lo reconoce, la cantidad de XXXXXXXX Balboas con 00/100 (B/. 0,000.00.),, en concepto de DEPOSITO DE GARANTIA. EL DEPOSITO DE GARANTIA no devengará intereses y será devuelto a EL ARRENDATARIO al término de este contrato, a mas tardar tres (3) días hábiles, después que se verifique que no existe reclamo por parte de EL ARRENDADOR. EL ARRENDATARIO no podrá aplicar la suma dada como DEPOSITO DE GARANTIA, para pago del alquiler, de ninguno de los meses de vigencia de este contrato.
DEPOSITO DE GARANTIA. El Arrendatario entrega a La Arrendante en este acto un depósito de garantía por la suma especificada en el Detalle de Condiciones, que equivale al monto de un mes xx xxxxx. Dicha suma cubrirá a la Arrendante de posibles cuentas de servicios públicos o daños al local arrendado que al finalizar el contrato se encuentren pendientes de pago y que le sean imputables al Arrendatario. Comprobado que no existen daños ni deudas por pagar, o deducido el monto correspondiente, se devolverá lo que corresponda al Arrendatario, en un plazo máximo de treinta y cinco días naturales después de haber desalojado el local. El Arrendatario no podrá aplicar este depósito para pagar mensualidades correspondientes a alquiler.