Determinación de Responsabilidad Cláusulas de Ejemplo

Determinación de Responsabilidad. La compañía a través de las personas que autorice, determinará o deslindará las responsabilidades de los vehículos involucrados en un hecho de tránsito terrestre en base a los preceptos legales y de tránsito aplicables al lugar de la ocurrencia de los hechos, tomando preferentemente la Guía de Deslinde para Compañías de Seguros emitida por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguro, misma que podrá consultar en el portal de internet: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx; en su defecto, en caso de no haber acuerdo entre las partes, se tendrá a lo que determine la autoridad competente.
Determinación de Responsabilidad. La responsabilidad del Asegurado o conductor se determinará en apego a lo establecido en la «Guía de Deslinde para las Compañías de Seguros» publicada por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, A.C. y la determinación, peritaje de causalidad o dictamen que emita la autoridad competente en términos del Reglamento de Tránsito vigente en la Entidad Federativa.
Determinación de Responsabilidad. DEL BANCO.- Son atenuantes o 1. Por el uso incorrecto, fraudulento, impreciso o indebido que del servicio de INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN XXXXXXXX ACCESO X XXXXX realice EL CLIENTE, sus empleados o terceros, que por cualquier motivo o circunstancia hayan tenido acceso al servicio mediante el uso de las claves, correos electrónicos y/o mecanismos fuertes de autenticación. 2. El uso incorrecto, fraudulento, impreciso o indebido que del servicio realice EL CLIENTE. 3. Por la infidelidad en que puedan incurrir los empleados de EL CLIENTE o terceros que por cualquier circunstancia hayan tenido el manejo y custodia de las claves, correos electrónicos y/o mecanismos fuertes de autenticación. Por consiguiente, EL CLIENTE será el único responsable ante EL BANCO, por el uso indebido del servicio de INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN MEDIANTE ACCESO X XXXXX, de sus autorizados, claves, correos electrónicos y/o mecanismos fuertes de autenticación 4. Por la omisión, errores o demora de EL CLIENTE al efectuar las OPERACIONES a través del servicio de INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN MEDIANTE ACCESO X XXXXX. 5. Los inconvenientes ocasionados por hechos atribuibles al proveedor de bienes y/o servicios objeto de la transacción, tales como, no actualizar oportunamente sus bases de datos de facturación o actualizar sus bases de datos erradamente o facturar un valor errado y/o que como consecuencia de ello, el pago no pueda hacerse o se realice por un valor o en fecha errados. 6. Si el INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN se demora, llega a ser interferido o no ejecutado por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o por fallas imputables a los empleados o proveedores de EL CLIENTE, o a empleados de la entidad financiera destino, o porque el INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN realizado no sea procesada por EL BANCO, cuando haya lugar a ello, según lo estipulado en el presente CAPÍTULO. 7. Si el INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN no puedan realizarse por causas atribuibles a EL CLIENTE, incluyendo pero sin limitar, cuentas embargadas cuentas saldadas o canceladas, insuficiencia de fondos, omisiones o insuficiencia de información en los datos solicitados en su inscripción al servicio o en la consulta o transacción realizada. 8. La pérdida, hurto o deterioro de los equipos de EL CLIENTE, que dé lugar al uso indebido del servicio y que EL CLIENTE no haya informado inmediatamente a EL BANCO su bloqueo, suspensión, cancelación o pérdida, a través de los canales dispuestos por EL BANCO para ello. 9. Los reclamos que pre...
Determinación de Responsabilidad. DAI no celebrará ningún tipo de acuerdo con un Oferente antes de garantizar la responsabilidad del Oferente. Al evaluar la responsabilidad de un Oferente, se tienen en cuenta los siguientes factores: 1) Proporcionar evidencia de las licencias comerciales requeridas para operar en el país anfitrión. 2) Evidencia de un número UEI (explicado a continuación e instrucciones contenidas en el Apéndice D). 3) La fuente, el origen y la nacionalidad de los productos o servicios no son de un país prohibido (explicado a continuación). 4) Tener recursos financieros adecuados para financiar y realizar el trabajo o entregar bienes o la capacidad de obtener recursos financieros sin recibir fondos anticipados de DAI. 5) Capacidad para cumplir con los cronogramas de entrega o desempeño requeridos o propuestos. 6) Tener un historial de rendimiento pasado satisfactorio. 7) Tener un historial satisfactorio de integridad y ética empresarial. 8) Tener la organización, experiencia, controles contables y operativos necesarios y habilidades técnicas. 9) Contar con los equipos e instalaciones de producción, construcción y técnicos necesarios si corresponde. 10) Estar calificado y ser elegible para realizar trabajos bajo las leyes y regulaciones aplicables. 6.Entregables anticipados posteriores a la adjudicación Tras la adjudicación de un subcontrato, los entregables y plazos detallados en la siguiente tabla se presentarán a Dai. El Oferente debe detallar los costos propuestos por entregable en el Programa de Precios. Todos los entregables deben ser enviados y aprobados por DAI antes de que se procese el pago. # Descripción Fecha de vencimiento 1 Póliza de cobertura Médica y de vida para empleados permanentes y Póliza colectiva de vida para los colaboradores temporales 7 días después de adjudicado, la cual debe tener como fecha de inicio el 1 de septiembre de 2022 2 Carnets para el personal tanto permanente como temporal o en su defecto la carta de cobertura Dependerá de la inscripción del personal 7.Inspección y aceptación El Gerente de Proyecto DAI designado inspeccionará de vez en cuando los servicios que se realizan para determinar si las actividades se están realizando de manera satisfactoria y si todos los equipos o suministros son de calidad y estándares aceptables. El subcontratista será responsable de cualquier contramedida o acción correctiva, dentro del alcance de esta RFP, que pueda ser requerida por el Jefe de Parte de la DAI como resultado de dicha inspección. 8.Cumplim...

Related to Determinación de Responsabilidad

  • EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.

  • LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 7.1 EN NINGÚN CASO LAS PARTES O SUS AFILIADAS SERÁN RESPONSABLES POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS, CONSECUENTES, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS O EJEMPLARES, NI POR LUCRO CESANTE O PÉRDIDA DE INGRESOS (A EXCEPCIÓN DE TARIFAS EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO), VENTAS, DATOS, USO DE DATOS, GOODWILL, O REPUTACIÓN. 7.2 EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ORACLE Y DE NUESTRAS AFILIADAS QUE SURJA EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DEL PRESENTE CONTRATO O SU ORDEN, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL, O DE OTRA NATURALEZA, SUPERARÁ EL TOTAL DE LAS SUMAS EFECTIVAMENTE PAGADAS EN VIRTUD DE SU ORDEN POR LOS SERVICIOS QUE DAN ORIGEN A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL EVENTO QUE DA ORIGEN A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • Límite de responsabilidad Es la cantidad máxima que pagará la Compañía en concepto de una cobertura particular según se muestra en las Condiciones Particulares.

  • EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD La ENTIDAD no se hace responsable de los perjuicios que pudieran recaer sobre el/los INTERVINIENTE/S en caso de uso indebido de esta cuenta así como de los instrumentos necesarios para su utilización, cualquiera que fuera la causa, salvo que fueran imputables a la ENTIDAD. De igual forma la ENTIDAD no responderá en el supuesto de que la no prestación de los servicios aquí descritos se produzca por problemas de cualquier índole no imputables a la organización interna de la ENTIDAD.

  • LÍMITES DE RESPONSABILIDAD El Cliente acepta que el Banco no será responsable en caso fortuito o fuerza mayor o debido a desperfectos o suspensión del servicio de los equipos automatizados, interrupción en los sistemas de comunicación o fallas en el servicio de Internet. El Banco sólo será responsable de omisiones o retrasos en la ejecución de instrucciones efectivamente recibidas en sus sistemas informáticos y, en consecuencia, no asumirá responsabilidad alguna por fallas o retrasos imputables a terceros que provean servicios relacionados con Internet, correo electrónico (e-mail) u otros medios teleinformáticos.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.

  • LIMITE DE RESPONSABILIDAD La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las condiciones descritas en el presente anexo, no implica responsabilidad en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás anexos de la póliza de seguros de vehículos, a la que accede el presente anexo de asistencia pequeños accesorios.

  • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Deberá concertar un contrato de seguro de responsabilidad civil general por riesgos profesionales que incluya los citados en el párrafo anterior, en la que el capital asegurado no sea inferior al un 25% del precio de adjudicación de cada contrato (IVA excluido), con un máximo de 3.000.000€, sin perjuicio de la responsabilidad legal que puede tener el contratista, siendo el mínimo por víctima asegurado de 300.000€. El contratista deberá presentar a la firma del contrato copia de la póliza de seguro conforme a los requisitos mencionados anteriormente y del documento que acredite que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. Al finalizar el servicio, uniéndose en su caso al acta de recepción, deberá acreditar que la póliza tiene vigencia durante el plazo de garantía establecido y que la prima correspondiente a la misma se encuentra totalmente satisfecha. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista, sino que ésta alcanza todos los daños y perjuicios en los que se cifre dicha responsabilidad. En esta póliza deben figurar expresamente como asegurados los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los servicios, imputables tanto al adjudicatario como al personal del ente contratante con intervención directa en el contrato. Se entenderá cumplida esta obligación mediante la extensión al personal funcionario o laboral citado que intervenga en la ejecución del contrato, de la póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales que tenga la empresa, siempre que el capital asegurado sea igual o superior al anteriormente citado, a cuyo efecto el adjudicatario aportará certificación expedida por personal con poder bastante de la compañía aseguradora correspondiente. El adjudicatario se comprometerá a mantener la póliza de seguro en las condiciones descritas desde la firma del contrato, hasta la finalización del periodo de garantía establecido en este pliego.

  • Limitación de la responsabilidad 6.1 EXCEPTO POR LA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA SECCIÓN 7, LA RESPONSABILIDAD QUE NO PUEDA LIMITARSE POR LEY, LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL XX XXXXXX, EL USO O LA DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE DATOS QUE DEN LUGAR A UN USO O DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE DATOS PERSONALES, O LOS IMPORTES ADEUDADOS EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO, EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY: (A) NINGUNA DE LAS PARTES NI SUS FILIALES SERÁN RESPONSABLES ANTE LA OTRA PARTE O SUS FILIALES DE (I) CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, PUNITIVO, EJEMPLAR O CONSECUENTE; (II) CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS, INGRESOS, VENTAS, USO, DATOS, USO DE DATOS, FONDO DE COMERCIO O REPUTACIÓN, O CUALQUIER INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO; O (III) CUALQUIER DAÑO CAUSADO POR CUALQUIER SERVICIO DE SUSCRIPCION PROPORCIONADO EN BASE A UNA VERSION BETA, DE EVALUACION O GRATUITA; Y (B) EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES O DE SUS FILIALES QUE SURJA DE ESTE ACUERDO O ESTÉ RELACIONADA CON ÉL, YA SEA POR CONTRATO, AGRAVIO O DE OTRO MODO, SUPERARÁ LOS IMPORTES TOTALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR LOS SERVICIOS DE SUSCRIPCIÓN Y/O LOS SERVICIOS DE NO SUSCRIPCIÓN QUE DEN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL HECHO QUE DÉ LUGAR A DICHA RESPONSABILIDAD.