DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA DEBERÁ ENTREGARSE EN SOBRE CERRADO. T-1 MANIFESTACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE CONOCER EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES; ESTAR CONFORME EN AJUSTARSE A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES, A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, SUS ANEXOS Y LAS MODIFICACIONES QUE, EN SU CASO, SE HAYAN EFECTUADO; AL MODELO DEL CONTRATO, LOS PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE INGENIERÍA; EL HABER CONSIDERADO LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD, ASÍ COMO HABER CONSIDERADO EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE, QUE EN SU CASO PROPORCIONARÁ LA CONVOCANTE Y EL PROGRAMA DE SUMINISTRO CORRESPONDIENTE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 44 FRACCIÓN I DEL “REGLAMENTO”.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. En este sobre deberá introducirse la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. A tal efecto, deberán presentar: - Adecuación del proyecto a las características técnicas - Otras mejoras La Propuesta técnica deberá venir asimismo firmada por el representante o apoderado legal de la empresa. Asimismo, deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos, conforme al modelo de proposición económica incluido al final del presente pliego.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. Los participantes deberán presentar la siguiente documentación, atendiendo a los requisitos que se señala para cada caso:
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. El participante deberá demostrar la experiencia en el manejo y operación de parques acuáticos, de entretenimiento y/o de diversiones, así como que cuenta con la experiencia para garantizar la seguridad de los visitantes de esos parques. Estos aspectos se validarán a través de lo siguiente: Que ha operado un parque acuático, de entretenimiento y/o de diversiones durante 3 años o más de manera continua, lo cual será acreditado con la presentación de las licencias de funcionamiento emitidas por los municipios o entidades federativas correspondientes. Que en la operación de los parques acuáticos, de entretenimiento y/o de diversiones que ha operado en los últimos 3 años, ha cumplido con lo establecido en las normas internacionales de la American Section of the International Association for Testing Materials, ASTM (Sección Americana de la Asociación Internacional para el Ensayo de Materiales) vigentes, de conformidad a lo establecido en la jurisdicción del Comité F 24 del ASTM sobre juegos y aparatos de diversión, presentando las certificaciones emitidas por la misma. El participante deberá acreditar que está afiliado a la International Association of Amusement Parks and Atraction, IAAPA (Asociación Internacional de Parques de Diversiones y Atracciones), presentando las certificaciones emitidas por la misma. El participante deberá presentar estados financieros auditados por auditor externo, correspondientes a los 3 (tres) ejercicios fiscales anteriores a la fecha de presentación y apertura de proposiciones. En caso de que en términos de la legislación aplicable, el licitante no esté obligado a auditar los estados financieros, se deberán exhibir los estados financieros internos firmados por el contador indicando su número de cédula profesional, así como por el representante legal, acompañados por un escrito bajo protesta de decir verdad en el que se incluya la razón por la cual no están obligados a auditar los estados financieros. Asimismo, deberá presentar estados financieros internos -- balance general, estado de resultados y estado de cambios en la situación financiera,-- (no auditados) debidamente firmados por el responsable de su preparación con una antigüedad no mayor a tres meses del ejercicio fiscal en curso. “EL IMSS” podrá solicitar cualquier información financiera que acredite la condición financiera de los accionistas del licitante El participante deberá acreditar que cumple con al menos uno de los siguientes requisitos: (i) capital contable por un m...
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. ESTA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ENTREGARSE DENTRO DEL SOBRE CERRADO, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 36 DE “LOPSRM” DOCUMENTO CONTENIDO
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. En cuya parte exterior deberá indicarse el lote para el que se presenta oferta. Se debe presentar un sobre por cada lote al que se licita. Se presentará un sobre que contendrá, a su vez, dos sobres:  SOBRE 2.1 – OFERTA NO ECONÓMICA. Valorable según los criterios de adjudicación de los puntos 20.02 al 20.06.  SOBRE 2.2 – OFERTA ECONÓMICA. Valorable según el criterio de adjudicación del punto 20.01. En la oferta económica se indicará el precio total del contrato, sin IVA, correspondiente a los 2 años de duración. El precio no será objeto de revisión durante la duración del contrato. El precio consignado comprende la totalidad del contrato e incluye: el importe de la totalidad de los trabajos, los gastos derivados de la aplicación de las disposiciones legales sobre prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo, el importe de los gastos del personal adscrito y de las cargas laborales de todo orden, así como de todos los eventuales aumentos que se produzcan en el transcurso del plazo de ejecución del contrato como consecuencia de la negociación colectiva, los impuestos y tasas de cualquier orden aparte del IVA y el importe de los productos y la maquinaria y aparatos necesarios para llevar a cabo los servicios.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. Capacidad Técnica presentando: Documento 16.- (Obligatorio).- Autorización Federal para prestar servicios de seguridad privada emitida por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, para la prestación de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, asimismo, deberá contar con el acuerdo de revalidación de la autorización o de inicio a la autorización, en las siguientes actividades autorizadas:

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.