Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación Cláusulas de Ejemplo
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 1. El órgano competente para la valoración de las proposiciones calificará previamente la documentación a que se refiere el artículo 146, que deberá presentarse por los licitadores en sobre distinto al que contenga la proposición. Posteriormente procederá a la apertura y examen de las proposiciones, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario, y sin perjuicio de la intervención del comité de expertos o del organismo técnico especializado a los que hace referencia el artículo 150.2 en los casos previstos en el mismo, cuya evaluación de los criterios que exijan un juicio de valor vinculará a aquél a efectos de formular la propuesta. La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. En todo caso, la apertura de la oferta económica se realizará en acto público, salvo cuando se prevea que en la licitación puedan emplearse medios electrónicos. Cuando para la valoración de las proposiciones hayan de tenerse en cuenta criterios distintos al del precio, el órgano competente para ello podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx.
2. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. Adjudicación.
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 1. El órgano competente para la valoración de las proposiciones calificará previamente la documentación a que se refiere el artículo 146, que deberá presentarse por los licitadores en sobre distinto al que contenga la proposición. Posteriormente procederá a la apertura y examen de las proposiciones, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario, y sin perjuicio de la intervención del comité de expertos o del organismo técnico especializado a los que hace referencia el artículo 150.2 en los casos previstos en el mismo, cuya evaluación de los criterios que exijan un juicio de valor vinculará a aquél a efectos de formular la propuesta. La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. En todo caso, la apertura de la oferta económica se realizará en acto público, salvo cuando se prevea que en la licitación puedan emplearse medios electrónicos.
2. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Por lo expuesto, el hecho de que se hable de una adjudicación provisional no invalida el procedimiento, porque lo que parece claro es que la misma se refiere a la denominada en la Ley como propuesta de adjudicación. Tal extremo no sanciona en modo alguno con la nulidad ni la anulabilidad el expediente tramitado, por lo que debe rechazarse este motivo de Recurso. Alega también el recurrente si se ha notificado correctamente la adjudicación definitiva, tal y como exige el artículo 151.4. y el párrafo segundo de la Cláusula 15 del PCAP. Debiendo rechazarse el motivo del recurso ya que no cabe duda de que tal notificación se ha producido al constar en el Expediente documento 13 el acuse de recibo de notificación de fecha 21 xx xxxxx de 2016. Cuestión distinta será si el acto objeto de tal notificación cumple con los parámetros exigidos para considera que la misma se ha realizado correctamente en cuento a su motivación y contenido y si se genera o no indefensión, que a continuación pasamos a analizar. El contenido del acto de notificación de la adjudicación debe ser analizado de conformidad con los artículos antes transcritos y la Doctrin...
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 15 6.1. Apertura del sobre nº 1 Documentación administrativa. 15
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 16.2.- Apertura del sobre nº 2: Documentación relativa a criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio de valor.- De conformidad con el artículo 157.3 de la LCSP se procederá, en un plazo no superior a 20 días a contar desde la finalización de presentación de ofertas, a la apertura del sobre nº 2, al objeto de evaluar su contenido. La valoración la realizará la mesa de contratación, a cuyo efecto podrá solicitar los informe técnicos que considere precisos. Se excluirá del procedimiento de contratación a aquellos licitadores que incorporen en el sobre nº 2, documentación que deba ser objeto de evaluación posterior y que deba ser incorporada en el sobre nº 3.
16.3.- Apertura del sobre nº 3: Documentación relativa a la oferta económica y, en su caso, demás documentación relativa a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmula. En el acto público a celebrar en el lugar, fecha y hora señalada en el perfil de contratante, se informará de las proposiciones admitidas y, en su caso, de las excluidas, y se procederá a dar lectura a los resultados de la valoración de los criterios evaluables mediante juicios de valor y la posterior apertura del sobre nº 3, y a dar lectura de las ofertas económicas y de las ofertas relativas a otros criterios de adjudicación evaluables mediante fórmula, en su caso.
16.4.- Propuesta de adjudicación.- La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Tratándose de varios criterios de adjudicación, la clasificación por orden decreciente será la que resulte de la suma de las puntuaciones obtenidas por los criterios evaluables mediante juicios de valor y las obtenidas por los criterios evaluables de manera automática por cada uno de los distintos licitadores. Cuando se produzca empate entre ofertas, se aplicarán los criterios de desempate previstos en el artículo 147.2 de la LCSP. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas. Cada licitador afectado por el empate deberá aportar la documentación acreditativa de la circunstancia que alegue. Esta documentación será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.
16.5.- Documentación a requerir al propuesto como adjudicatario.- Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, requerirá ...
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. Adjudicación - SECCIÓN 3ª. Procedimiento restringido [arts. 146 a 152] - Artículo 146. Caracterización - Artículo 147. Criterios para la selección de candidatos - Artículo 148. Solicitudes de participación - Artículo 149. Selección de solicitantes - Artículo 150. Contenido de las invitaciones e información a los invitados
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. El órgano competente para la valoración de las proposiciones calificará previamente la documentación a que se refiere el artículo 62, que deberá presentarse por los licitadores en sobre distinto al que contenga la proposición, y procederá posteriormente a la apertura y examen de las proposiciones, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario. La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. En todo caso, la apertura de la oferta económica se realizará en acto público, salvo cuando se prevea que en la licitación puedan emplearse medios electrónicos. Cuando para la valoración de las proposiciones hayan de tenerse en cuenta criterios distintos al del precio, el órgano competente para ello podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx.
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. (Pág.166) Enmienda Nº 207: [Modificación apartado 3] El artículo 158 en su apartado 4 establece que la adjudicación (en procedimientos con «pluralidad de criterios») debe realizarse en el plazo de dos meses a contar desde la apertura de proposiciones, y si no se produce la adjudicación dentro de este plazo, el licitador tiene derecho a retirar su oferta. Pero la Ley 9/2017 tiene un vacío legal en tanto en cuanto no se regula qué sucede si no se procede a la apertura de proposiciones y, por tanto, no se llega al supuesto regulado en ese artículo 158 ya en sede de adjudicación. Se propone esta modificación para que el derecho del licitador a la retirada de oferta esté también en la fase previa a dictarse la adjudicación.
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 14 6.1. Apertura de las proposiciones 14
Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación. Cuando para la valoración de las proposiciones hayan de tenerse en cuenta criterios distintos al del precio, posibilidad de requerir informes a: • Organizaciones sociales de usuarios destinatarios de la prestación, • Organizaciones representativas del ámbito de actividad al que corresponda el objeto del contrato, • Organizaciones sindicales, • Organizaciones que defiendan la igualdad de género • Otras organizaciones para la verificación de las consideraciones sociales y ambientales. Departament d’Economia i Finances